Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 04/11/2013

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 04 de Noviembre de 2013
virtud de lo normado por la Reglamentación del Sistema de Clasificación de Alojamientos Turísticos aprobado por Decreto 657/03 y Resolución 228/
05, con un total de tres 3 y ocho 8.
Art. 2º - Extender el correspondiente Certificado de Habilitación Turística, el que deberá exhibirse permanentemente en la recepción o ingreso al establecimiento.
Art. 3º - Hacer saber que, el establecimiento asume la carga de mantener actualizada y vigente la documentación presentada, bajo apercibimiento de ordenar la Caducidad de la presente habilitación de oficio.
Art. 4º - Registrar, comunicar, notificar al interesado, publicar, remitir copia a la Municipalidad de Luis Beltrán, Dirección General de Rentas y Policía de Río Negro, dar al Boletín Oficial y archivar.
Lic. Daniel Torres, Subsecretario de Control de Fiscalización y Calidad Turística - Ministerio de Turismo, Cultura y Deporte.
oOo Resolución Nº 070/13 SCFyCT
S. C. de Bariloche, 11 de octubre de 2013.
Visto, el Expte n 2.637-A T-13 del registro de la Subsecretaría de Control de Fiscalización y Calidad Turística, mediante el cual se tramita la Habilitación Turística del alojamiento denominado Chimpay;
propiedad de la Sra. Melina Beatriz Gardon, con domicilio en la calle Rafael Hernalz 909, de la localidad de Chimpay, y CONSIDERANDO:
Que por Decreto 657/03 y Resolución 228/05
se aprobó la Reglamentación del Sistema de Clasificación de Alojamientos Turísticos de la Provincia de Río Negro;
Que el presente expediente fue iniciado con fecha 10/8/2013, por lo que se considera al establecimiento como existente al momento del dictado de la nueva reglamentación, conforme a la previsión del Art. 16 de la citada Resolución, y por ello es procedente mantener los requerimientos dimensionales de la normativa anterior;
Que ha presentado documentación suficiente al efecto de iniciar el trámite de Habilitación Turística indicada en el Art. 12 de la Resolución 228/05 y a Fs. 02 obra Acta de Inspección n 761 y a Fs. 28/
36 el relevamiento confeccionado con fecha 27/
01/09;
Que a Fs. 37/39, surge del Informe de Categorización que el establecimiento reúne los requisitos para su habilitación turística como Tipo 1 - Hotel, y con un puntaje de doscientos setenta con 75/100
270,75 puntos, lo que determina su Categoría en Una Estrella.
Por ello, El Subsecretario de Control de Fiscalización y Calidad Turística del Ministerio de Turismo, Cultura y Deporte RESUELVE:
Artículo 1º - Habilitar por el término de tres 3
años a partir de la fecha, al establecimiento de Alojamiento Turístico denominado Chimpay;
propiedad de la Sra. Melina Beatriz Gardon, en el Tipo: 1 - Hotel, Categoría: Una Estrella, Modalidad: Motel, en virtud de lo normado por la Reglamentación del Sistema de Clasificación de Alojamientos Turísticos aprobado por Decreto 657/03 y Resolución 228/05, con un total de doce 12 Unidades Alojativas y veintiocho 28 Plazas Hoteleras.
Art. 2º - Inscribir al establecimiento Chimpay en el Registro Único Provincial de Alojamientos Turísticos.
Art. 3º - Extender el correspondiente Certificado de Habilitación Turística, el que deberá exhibirse permanentemente en la recepción o ingreso al establecimiento.

BOLETIN OFICIAL N 5195
Art. 4º - Hacer saber que, el establecimiento asume la carga de mantener actualizada y vigente la documentación presentada, bajo apercibimiento de ordenar la caducidad de la presente habilitación de oficio.
Art. 5º - Registrar, comunicar, notificar al interesado, publicar, remitir copia a la Municipalidad de Chimpay, Dirección General de Rentas y Policía de Río Negro, dar al Boletín Oficial y archivar.
Lic. Daniel Torres, Subsecretario de Control de Fiscalización y Calidad Turística - Ministerio de Turismo, Cultura y Deporte.
oOo Resolución Nº 071/13 SCFyCT
S. C. de Bariloche, 11 de octubre de 2013.
Visto, el Expte n 2.394-AT-08 del registro de la ex Dirección General de Proyectos y Fiscalización, mediante el cual se tramita la Habilitación Turística del alojamiento denominado Willy, propiedad de la Sra. Marcela Alejandra Mioli, con domicilio en la calle Miguel Andésn 2169, de la localidad de El Bolsón, y CONSIDERANDO:
Que por Resolución 717/09 MT, de fecha 31/
07/09 se otorgó la Habilitación Turística al establecimiento en el Tipo 5 - Casas de Alquiler Turístico, Categoría: Única, por el término de tres 3 años;
Que con fecha 12/11/08 se realizó una inspección mediante Acta de Inspección n 1021
P a Fs. 32;
Que a Fs. 27/29, surge del Informe de Categorización que el establecimiento reúne los requisitos para continuar como Tipo 5 - Casas de Alquiler Turístico, Categoría: Única.
Por ello, El Subsecretario de Control de Fiscalización y Calidad Turística del Ministerio de Turismo, Cultura y Deporte RESUELVE:
Artículo 1º - Rehabilitar por el término de tres 3 años a partir de la fecha, al establecimiento hotelero denominado Willy, propiedad de la Sra.
Marcela Alejandra Mioli, en el Tipo: 5 - Casas de Alquiler Turístico, Categoría: Única, en virtud de lo normado por la Reglamentación del Sistema de Clasificación de Alojamientos Turísticos aprobado por Decreto 657/03 y Resolución 228/05, con un total de una 1 Unidades Alojativas y cuatro 4
Plazas Hoteleras.
Art. 2º - Extender el correspondiente Certificado de Habilitación Turística, el que deberá exhibirse permanentemente en la recepción o ingreso al establecimiento.
Art. 3º - Hacer saber que, el establecimiento asume la carga de mantener actualizada y vigente la documentación presentada, bajo apercibimiento de ordenar la Caducidad de la presente habilitación de oficio.
Art. 4º - Registrar, comunicar, notificar al interesado, publicar, remitir copia a la Municipalidad de El Bolsón, Dirección General de Rentas y Policía de Río Negro, dar al Boletín Oficial y archivar.
Lic. Daniel Torres, Subsecretario de Control de Fiscalización y Calidad Turística - Ministerio de Turismo, Cultura y Deporte.
oOo Resolución Nº 072/13 SCFyCT
S. C. de Bariloche, 11 de octubre de 2013.
Visto, el Expte n 2.083-AT-04 del registro de la ex Dirección General de Servicios Turísticos, mediante el cual se tramita la Habilitación Turística del alojamiento denominado Comodoro;
propiedad de la Sra. Dora Nélida Sandoval, con domicilio en la calle Mariano Moreno 3307, de la localidad de El Bolsón, y
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CONSIDERANDO:
Que por Resolución 863/09 MT, de fecha 2/09/
09 se otorgó la Habilitación Turística al establecimiento en el Tipo 5 - Casas de Alquiler Turístico, Categoría: Única, por el término de tres 3 años;
Que con fecha 25/09/13 se realizó una inspección mediante Acta de Inspección n 1023
P a Fs. 158;
Que a Fs. 142/144, surge del Informe de Categorización que el establecimiento reúne los requisitos para continuar como Tipo 5 - Casas de Alquiler Turístico, Categoría: Única.
Por ello, El Subsecretario de Control de Fiscalización y Calidad Turística del Ministerio de Turismo, Cultura y Deporte RESUELVE:
Artículo 1º - Rehabilitar por el término de tres 3 años a partir de la fecha, al establecimiento hotelero denominado Comodoro; propiedad de la Sra. Dora Nélida Sandoval, en el Tipo: 5 - Casas de Alquiler Turístico, Categoría: Única, en virtud de lo normado por la Reglamentación del Sistema de Clasificación de Alojamientos Turísticos aprobado por Decreto 657/03 y Resolución 228/
05, con un total de cuatro 4 Unidades Alojativas y treinta y tres 33 Plazas Hoteleras.
Art. 2º - Extender el correspondiente Certificado de Habilitación Turística, el que deberá exhibirse permanentemente en la recepción o ingreso al establecimiento.
Art. 3º - Hacer saber que, el establecimiento asume la carga de mantener actualizada y vigente la documentación presentada, bajo apercibimiento de ordenar la Caducidad de la presente habilitación de oficio.
Art. 4º - Registrar, comunicar, notificar al interesado, publicar, remitir copia a la Municipalidad de El Bolsón, Dirección General de Rentas y Policía de Río Negro, dar al Boletín Oficial y archivar.
Lic. Daniel Torres, Subsecretario de Control de Fiscalización y Calidad Turística - Ministerio de Turismo, Cultura y Deporte.
oOo Resolución Nº 073/13 SCFyCT
S. C. de Bariloche, 11 de octubre de 2013.
Visto, el Expte n 2.606-AT-13 del registro de la Subsecretaría de Control de Fiscalización y Calidad Turística, mediante el cual se tramita la Habilitación Turística del alojamiento denominado Las Tunas, propiedad del Sr. Martín Malts, con domicilio en la calle Yrigoyen 191, de la localidad de Viedma, y CONSIDERANDO:
Que por Decreto 657/03 y Resolución 228/05
se aprobó la Reglamentación del Sistema de Clasificación de Alojamientos Turísticos de la Provincia de Río Negro;
Que el presente expediente fue iniciado con fecha 5/27/2013, por lo que se considera al establecimiento como existente al momento del dictado de la nueva reglamentación, conforme a la previsión del Art. 16 de la citada Resolución, y por ello es procedente mantener los requerimientos dimensionales de la normativa anterior;
Que ha presentado documentación suficiente al efecto de iniciar el trámite de Habilitación Turística indicada en el Art. 12 de la Resolución 228/05 y a Fs. 19 obra Acta de Inspección n 275, y a Fs. 12/
18 el relevamiento confeccionado con fecha 24/
05/13;
Que a Fs. 20/23, surge del Informe de Categorización que el establecimiento reúne los requisitos para su habilitación turística como Tipo 5 - Casas de Alquiler Turístico, Categoría Única.

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Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 04/11/2013

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

CountryArgentina

Date04/11/2013

Page count48

Edition count1916

First edition03/01/2002

Last issue01/07/2024

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