Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 18/07/2013

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

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el Banco Interamericano de Desarrollo BID y la República Argentina; b Decretos N 1859/11 del Poder Ejecutivo Nacional, aprobatorios de los Contratos de Préstamo; c Reglamento Operativo;
d MPA del PROSAP y e Normas para la Prevención y Lucha contra el Fraude y la Corrupción en proyectos financiados con préstamos del Banco Interamericano de Desarrollo BID.
Art. 27. - En caso de incompatibilidad o de interpretación diferente entre una disposición de este Convenio Marco de Préstamo Subsidiario y el Contrato de Préstamo del Banco Interamericano de Desarrollo y/o aquellos que en el futuro los complementen o reemplacen prevalecerá la disposición de estos últimos, del Reglamento Operativo y/o MPA, si correspondiere.
Art. 28. - La vigencia contractual -para ejecución de proyectosfinalizará en la fecha estipulada en el/los Contrato/s de Préstamo para gestionar el último desembolso, mientras que la vigencia contractual -para el pago de las obligaciones emergentes del presente conveniofinalizará al momento del pago de la última cuota de amortización fijada por el calendario de amortizaciones estipulado en el/
los Contrato/s de Préstamo.
RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
Art. 29. - En el caso que se susciten controversias entre las partes con motivo de la ejecución del Programa de Servicios Agrícolas Provinciales III
en la PROVINCIA, las mismas serán solucionadas mediante un procedimiento arbitral, cuyo mecanismo será establecido de mutuo acuerdo por las partes para la ocasión.
Previa lectura, se firman tres ejemplares de un mismo tenor y a un sólo efecto en la ciudad de a los días del mes de del año dos mil trece.
oOo DECRETO Nº 940
Viedma, 3 de julio de 2013.
Visto, el Expte. N 115.942-SA-13, del registro del Mtrio de Agricultura, Ganadería y Pesca, y;
CONSIDERANDO:
Que la Asociación Civil de Productores Hortícolas de Allen solicita colaboración del Gobierno Provincial, destinado a poner en marcha el Proyecto Alternativa Hortícola Allense que involucra la horticultura y producciones alternativas para la diversificación productiva del Alto Valle;
Que el objetivo de dicho proyecto es la puesta en marcha de una superficie de sesenta 60
hectáreas para concretar un plan de comercialización integral que contará con un fuerte componente de capacitación, integrado por técnicos del INTA, INTI y Ministerio de Agricultura y Pesca de la provincia;
Que el proyecto mencionado incorporará a las familias productoras a una actividad sustentable que abarca desde el ámbito familiar toda la perspectiva que actualmente no posee generando continuidad y acceso a canales de supervivencia dignos;
Que beneficiará a treinta 30 familias de productores con experiencia en la actividad de extensiones no mayores a seis 6 hectáreas en promedio, muchos de los cuales son arrendatarios de la superficie en la cual trabajan;
Que actualmente existen malas condiciones de trabajo en lo predial, técnico comercial y deficiencia en el desarrollo de posibilidades futuras en el área productiva, esperando con este proyecto el aumento de la calidad y cantidad de los productos ofrecidos con canales comerciales concretos a partir de la creación de un mercado de acopio zonal;
Que por ello, entre la Provincia de Río Negro, representada por el Sr. Gobernador, Dn. Alberto Weretilneck y la Asociación Civil de Productores
BOLETIN OFICIAL N 5164
Hortícolas de Allen, representada por su presidente, Oscar Braicovich, celebraron un Convenio en el cual quedan plasmados los objetivos y compromisos de cada una de las partes;
Que de acuerdo a lo establecido en la Cláusula Primera del Convenio, la Provincia de Río Negro se compromete a otorgar a la Asociación, la suma de pesos ochocientos mil $ 800.000,00 que tiene por objeto el de otorgar asistencia financiera para la ejecución de un fondo de crédito a ser asignados a los productores hortícolas socios de la Asociación;
Que la Asociación Civil de Productores Hortícolas de Allen cuenta con Personería jurídica autorizada mediante Resolución N 131/11, según consta a fojas 39/40;
Que a fojas 51 el Departamento Rendiciones de Cuentas de la Contaduría General de la Provincia, informa que la Cooperativa, no mantiene cargos pendientes de rendiciones vencidas;
Que se designan responsables de la inversión, administración y rendición en los términos del Decreto N 134/10 y su modificatorio Decreto N
229/13, al Presidente de la Asociación Sr. Oscar Juan Braicovich;
Que se hace necesario comprometer y devengar el presente gasto de acuerdo a lo establecido en los Arts. 30 y 31 de la Ley H N 3.186 de Administración Financiera;
Que el presente trámite se encuadra en lo establecido en el Decreto N 134/10 y su modificatorio N 229/13;
Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, Asesoría Legal del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca, Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado mediante Vista N 04162-13;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Art. 181 Inciso 1 de la Constitución Provincial.
Por ello, El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA:
Artículo 1º - Ratificar el Convenio suscripto entre la Provincia de Río Negro, representada por el Sr. Gobernador, Don Alberto Weretilneck y la Asociación Civil de Productores Hortícolas de Allen, representada por su presidente, Oscar Juan Braicovich, que como Anexo forma parte integrante del presente Decreto.
Art. 2º - Otorgar un aporte no reintegrable por la suma de pesos ochocientos mil $ 800.000,00 a la Asociación Civil de Productores Hortícolas de Allen Cuit N 33-71404234-9, representada por su Presidente, Sr. Oscar Juan Braicovich Cuil N
20-11861820-4, destinado a poner en marcha el Proyecto Alternativa Hortícola Alíense que involucra la horticultura y producciones alternativas para la diversificación productiva del Alto Valle.Art. 3º - La utilización, inversión y rendición del aporte deberá ajustarse a lo establecido en el Decreto N 134/10, modificado por Decreto N
229/13, siendo responsables de ello, el Presidente de la Asociación, Sr. Eduardo Oscar Juan Braicovich.
Art. 4º - Comprometer los créditos y devengar el gasto de la Jurisdicción 26, Programa 32.00.00.02, Partida 517, Código de Recurso 10, por la suma de pesos ochocientos mil $
800.000,00.
Art. 5º - Proceder a abonar por Tesorería General de la Provincia a la Asociación Civil de Productores Hortícolas de Allen Cuit N 3371404234-9, representada par su Presidente, Sr.
Oscar Juan Braicovich Cuil N 20-11861820-4, la suma de pesos ochocientos mil $ 800.000,00
depositándose en la Cuenta Corriente N 265
124518042000 del Banco Patagonia Sucursal Allen, que será debitada de la Cuenta Corriente N
900001178 Rentas Generales de la Provincia.-

Viedma, 18 de Julio de 2013
Art. 6º - El presente Decreto será refrendado por el Sr. Ministro de Agricultura, Ganadería y Pesca.
Art. 7º - Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al Boletín Oficial y archivar.
WERETILNECK.- A. A. Palmieri.

En la ciudad de Viedma, Provincia de Río Negro a los 7 días del mes de junio de 2013, entre la Provincia de Río Negro representada en este acto por el Sr. Gobernador de la Provincia, Dn. Alberto Weretilneck D.N.I. N 16.170.327, con domicilio en calle Laprida N 212 de la ciudad de Viedma, en adelante la PROVINCIA y la Asociación Civil de Productores Hortícolas de Allen representada por su Presidente Oscar Braicovich D.N.I. N
11.861.820 acreditando poder suficiente mediante Acta de Asamblea General Ordinaria, con domicilio en calle Libertad N 189 de la localidad de Allen, en adelante la ASOCIACION, se reúnen y acuerdan:
ANTECEDENTES:
Que mediante Proyecto denominado Alternativa Hortícola Allense, presentado por la Asociación, al Sr. Ministro de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Provincia se inició el Expte. N 115942-SA-13, por el que se tramita un aporte provincial de carácter económico no reintegrable de pesos ochocientos mil $
800.000.00 , con el objeto de incorporar familias productoras a la actividad sustentable, y propiciar el aumento de la calidad y cantidad de productos y hectáreas productivas a través de la creación de un fondo rotatorio;
Que las acciones a desarrollar por la Asociación, en el marco del aporte solicitado, redundarán en capacitaciones en el manejo de fondo rotatorio, la capacitación para el manejo del cultivo de acuerdo a los cánones de la agricultura familiar, el desarrollo de prácticas de manejo de explotación con diversificación productiva y crianza de pequeños animales, incorporando a las familias productoras a una actividad sustentable que abarque toda la perspectiva que el ámbito familiar no posee, generando continuidad y acceso a canales de supervivencia dignos;
Que la situación actual, de malas condiciones de trabajo en lo predial, técnico, comercial y la deficiencia en el desarrollo de las posibilidades futuras, en el área productiva de las familias que se pretende incorporar al proyecto, hacen que resulte necesaria la intervención del Estado, para propiciar, el desarrollo de sistemas de financiamiento autogestionados, que reduzcan la asimetría existente entre el tomador de créditos y el otorgante, promoviendo de este modo, la reducción de los costos financieros y del desarrollo de vínculos que fortalecerán los lazos asociativos;
Que en el marco del proyecto presentado y se solicitó un aporte no reintegrable de pesos ochocientos mil $ 800.000.00 y el Sr. Ministro de Agricultura, Ganadería y Pesca autoriza el presente aporte no reintegrable;
Que en el marco de lo establecido por el Convenio N 271/12 entre el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación y la Provincia de Río Negro acuerdan en suscribir el presente convenio sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones:
Primera: LA PROVINCIA se compromete otorgar la suma pesos ochocientos mil $
800.000.00, que tiene por objeto el de otorgar la asistencia financiera para la ejecución de un fondo de crédito a ser asignados a los productores hortícolas socios de la ASOCIACION.Segunda: LA PROVINCIA se compromete a acompañar técnicamente a la ASOCIACION, para la puesta en marcha y correcta aplicación del fondo.

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Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 18/07/2013

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

CountryArgentina

Date18/07/2013

Page count24

Edition count1927

First edition03/01/2002

Last issue08/08/2024

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