Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 10/05/2012

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

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BOLETIN OFICIAL N 5038

Cláusula Décimo Quinta: para todos los efectos legales que se desprendan del presente convenio, las partes fijan los domicilios en los lugares consignados en el encabezamiento, acordando las mismas el sometimiento a la jurisdicción de los tribunales ordinarios de la ciudad de Viedma, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponder.
En prueba de conformidad, las partes interesadas firman tres ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de Cervantes, Provincia de Río Negro, a los días del mes de del año 2012.
oOo DECRETO Nº 474
Viedma, 02 de mayo de 2012.
Visto, el expediente N 107233-C-2.007, del Registro de la Jefatura de Policía de la Provincia de Río Negro, y;
CONSIDERANDO:
Que el Señor Juan Carlos ASAROFF DNI N 17.536.507, Legajo N
3787, Interpone Recurso en los términos del artículo 104 del Decreto N
32/94 contra la Resolución N 405/10 de la Secretaría de Seguridad y Justicia;
Que según opinión de la Asesoría Legal de la Policía de Río Negro el recurso ha sido interpuesto en tiempo y forma;
Que el objeto del recurso presentado es que el Poder Ejecutivo deje sin efecto la cesantía por abandono del servicio dictada mediante Resolución N
194 de fecha 12 de mayo de 2.010 de la Secretaria de Seguridad y Justicia;
Que habiendo sido objeto de recurso de revocatoria la Resolución N 194/
10, la Secretaría de Seguridad y Justicia dispuso mantener en todos sus términos la misma mediante el dictado de la Resolución N 405/10;
Que a efectos de resolver el presente se debe merituar lo expuesto por el 2 Jefe de la Unidad 5a, Comisario Antonio Jesús Mandagaray quien en fecha 14 de Abril de 2.010, describe diversas cuestiones de índole social, de salud y laboral que sintetizan un concepto positivo y muy favorable para el empleado policial Asaroff;
Que a fojas 196/197 consta resumen clínico de fecha 22 de agosto de 2.010, firmado por el médico psiquiatra Norberto Altamirano mediante el cual se deja constancia que el recurrente padeció desde el año 2.006 al 2.009
un proceso de naturaleza depresiva endógena con desencadenante reactivo sin tratamiento, motivo por el cual ante el pesimismo que caracteriza al cuadro que se suma al abatimiento y falta de voluntad descuidó sus actividades y responsabilidades laborales en la fuerza, determinando su ausentismo injustificado, dejando constancia que las faltas no justificadas no fueron producto de rebeldía ni desinterés responsable conciente, sino por la enfermedad padecida, cuadro que es conocido por los especialistas y muy frecuentemente determinan todo este proceder. Asimismo manifiesta que se encuentra apto para la actividad policial con todas las exigencias que esto requiere;
Que a fojas 198 obra informe de entrevista clínica y tratamiento firmado por el médico psiquiatra Miguel Angel Vera, mediante el cual se deja constancia que el oficial principal Asaroff en el año 2.008 concurrió varias veces y una vez en el año 2.009 a entrevista clínica por padecer alteraciones del sueño y cambios de humor y conducta, no se estableció plan de tratamiento dada la discontinuidad de su concurrencia que es comportamiento habitual en este tipo de patología que revierte a la normalidad solo con estricto tratamiento prolongado, asimismo, en fecha 26 de agosto de 2.010 el referido empleado policial por su discurso y su comportamiento demuestra límites de normalidad para la situación y circunstancia de examen;
Que a fs. 199 consta certificado médico recomendando reposo de fecha 15/12/2.006 a 01/01/2.007, extendido por el médico pediatra y neonatólogo Carlos Alberto Viganó perteneciente al Hospital Área Programa Villa Regina;
Que mediante Oficio N 497 D 1 de fecha 27 de Noviembre de 2010, el Comisario Antonio Jesús Mandagaray Jefe de la Unidad 5ta Villa Regina manifiesta a las claras el creciente y constante cambio positivo del Oficial Principal Asaroff, el cual primeramente se lo acompañó para recuperarlo en la parte personal y una vez que estuvo equilibrado comenzó a dar los frutos que la Jefatura pretendía de él;

Viedma, 10 de Mayo de 2012

Que así, teniéndose en cuenta que el Oficial Asaroff ha sido sancionado con la medida expulsiva de CESANTÍA, debe encuadrarse el presente recurso jerárquico dentro del marco del artículo 104 del Régimen de Normas para los Sumarios Administrativos R.N.S.A. Decreto N 32/94.
Que a efectos de analizar la cuestión de fondo, el núcleo central de la cuestión estriba en la sanción de CESANTÍA mediante la cual fue sancionado el Oficial Principal ASAROFF, ello en el marco de las ausencias reiteradas e injustificadas conforme al Capítulo 1, artículo 3 del R.N.S.A.Decreto N
32/94, Capítulo X, artículo 73, Acápite A, inc. c del Reglamento del Régimen Disciplinario Policial Decreto N 1994/94;
Que la normativa vigente dispone que Se instruirán actuaciones sumarísimas, cuando se impute o presuma la comisión de la falta disciplinaria gravísima y en este caso se endilgó El abandono del servicio o cargo por más de cinco 5 días corridos, dado que el hoy recurrente inasistió al servicio desde el 15 de Diciembre del 2.006 al 01 de Enero del 2.007.;
Que analizados todos los antecedentes y principalmente los certificados médicos presentados posteriormente por el causante, sin perjuicio de la demora en haberlos remitido, se comprende la conducta depresiva y el estado de abandono en el cual se encontraba sumido el causante en el período de inasistencias, clínicamente denominada depresión endógena;
Que también funda una resolución favorable al recurso el buen concepto del que gozó en su última etapa laboral, conforme lo manifiesta el Jefe de la Unidad 5ta. de Villa Regina, quien estuvo a cargo del recurrente y advierte una clara conducta positiva y un sentido de responsabilidad que contribuye al buen desempeño laboral, brindando los frutos y expectativas que la institución policial esperaba de él;
Que la Dirección de Asuntos Legales del Ministerio de Gobierno aconseja hacer lugar al Recurso Jerárquico interpuesto por el Oficial Principal Asaroff, dejándose sin efecto la sanción de cesantía que le fuera impuesta, correspondiendo aplicarle una sanción menor y por ende reincorporarlo a la institución policial en la jerarquía que ostentaba últimamente;
Que mediante Vista N 013778-11 Fiscalía de Estado expresa que: se hace necesario que con carácter previo se expida la Junta Médica Central y Única informando si es posible corroborar el estado psicológico transitado por el agente depresión endógena como su recuperación, también si está en condiciones de prestar servicios, ello conforme Vistas N 91268-04 y 122610;
Que la Junta Médica Viedma, Provincia de Río Negro, en fecha 21 de diciembre de 2011 ante la presencia del recurrente determina que: Se corrobora eñ antecedente de patología de depresión mayor endógena, habiéndose recuperado en la actualidad, encontrandose APTO para desempeñarse en la Institución Policial. ;
Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, Asesoría Legal de la Policía de Río Negro, Dirección de Asuntos Legales del Ministerio de Gobierno, Secretaría Legal y Técnica y Fiscalía de Estado mediante Vista N 00808-12;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 181 Inciso 7 de la Constitución Provincial;
Por ello:
El Gobernador de la Provincia de Río Negro D E C R E T A:
Artículo 1.- Hacer lugar al Recurso presentado por el Señor Juan Carlos ASAROFF, DNI N 17.536.507, Legajo N 3787, en los términos del artículo 104 del Decreto N 32/94 contra la Resolución N 405/10 de la Secretaría de Seguridad y Justicia, por los considerandos antes descriptos.Art. 2.- Disponer el reenvío de las actuaciones a la Secretaría de Seguridad y Justicia a los fines emita una nueva sanción ajustada a las pautas establecidas en los considerandos del presente Decreto.Art. 3.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro de Gobierno.Art. 4.- Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al Boletín Oficial y archivar.WERETILNECK.- H. H. Lastra.-

oOo
DECRETOS SINTETIZADOS

DECRETO Nº 445.- 24-04-2012.- Designar, a partir del día 23 de abril de 2012, al Sr. Jorge Omar Caliani, DNI. Nº 11.946.952, en el cargo de Director de Estadística y Censos de la Subsecretaría de Planificación, dependiente de la Secretaría General.
DECRETO Nº 446.- 24-04-2012.- Designar, a partir del día 23 de abril de 2012, al Sr. Héctor Oscar Ockier, L.E. Nº 7.579.191, en el cargo de Director de Ordenamiento Territorial, de la
Subsecretaría de Planificación, dependiente de la Secretaría General.
DECRETO Nº 447.- 24-04-2012.- Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, a la Sra.
María Mercedes Llano, DNI. Nº 32.362.158, en el cargo de Directora de Asuntos Legales, dependiente de la Secretaría General.
DECRETO Nº 448.- 24-04-2012.- Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, al Sr. Julián Horacio Fernández Eguia, DNI. Nº 23.508.174, en el cargo de Vocal Gubernamental de la Junta de Administración, del Instituto Provincial del Seguro de Salud I.Pro.S.S., ad honórem.

DECRETO Nº 455.- 2-05-2012.- Designar, a partir del día 1 de mayo de 2012, al Sr. Roberto Alonso Bernal, DNI. Nº 16.757.518, en el cargo de Delegado de Trabajo, en la localidad de Ingeniero Jacobacci, dependiente de la Secretaría de Trabajo, del Ministerio de Gobierno, con rango de Subdirector.
DECRETO Nº 456.- 2-05-2012.- Adherir a los festejos organizados con motivo de la conmemoración de un nuevo aniversario de la fundación de la localidad de Lamarque.Declarar asueto para el personal de la Administración Pública Provincial y

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Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 10/05/2012

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

CountryArgentina

Date10/05/2012

Page count28

Edition count1925

First edition03/01/2002

Last issue01/08/2024

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