Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 25/10/2010

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 25 de Octubre de 2010

Nº 4875

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305.136
Precio Ejemplar del día: $ 3,00 PUBLICACION BISEMANAL
AÑO LI
EDICION DE 14 PAGINAS

SECRETARIA GENERAL
DE LA GOBERNACION
Dirección de Boletín Oficial Tel. 02920 422862 - 423512 Fax 02920-430404
Laprida 212 - 8500 Viedma
Sumario en Pág. 14

RESOLUCIONES

Provincia de Río Negro DIRECCION GENERAL DE RENTAS
Resolución Nº 1711
Viedma, 15 de Octubre de 2010.
Visto, el expediente 015054-R-10, de los registros de esta Dirección General y las facultades y poderes atribuidos por el Código Fiscal Ley 12686
u otras Leyes Fiscales a la Dirección y;
CONSIDERANDO:
Que a fs. 1 obra nota N 155/10, de la Delegación Zonal de Rentas Cipolletti, donde elevan a consideración de esta Dirección, acerca de lo solicitado por contribuyente Clínica Radiológica del Sur S.A.;
Que a fs. 2 obra nota de la razón social Clínica Radiológica del Sur CUIT n 30-56246579-7, donde solicita la remisión de multa correspondientes a los trámites N 174954 y 174950, cuya fecha instrumental es el 20/05/04 y el 20/05/02
respectivamente, generados por determinación de Impuesto de Sellos, a través de expediente de inspección 18182-R-08 de esta Dirección;
Que a fs. 3 y 4 consta copia de los trámites en cuestión;
Que dicho pedido se fundamenta en razón que la Clínica Radiológica del Sur S.A., solicita compensar esta deuda por aplicación del Decreto 942/95, dado que es acreedor del estado Provincial, a través del Ministerio de Salud Pública;
Que en virtud de lo expresado en párrafo anteriores y haciendo uso de las facultades conferidas por los artículos 5, 53 y 60 del Código Fiscal Ley I 2686;
Por ello:
El Subsecretario de Ingresos Públicos a/c de la Dirección General de Rentas RESUELVE:
Artículo 1º.- No aplicar multas, sobre los trámites N 174954 y 174950 generados en esta Dirección General, para el cobro del Impuesto de Sellos, correspondientes a la razón social Clínica Radiológica del Sur S.A., cuya CUIT es 30-56246579-7, con domicilio en calle Irigoyen n 19 de la ciudad de Cipolletti de esta Provincia;

Art. 2.- Regístrese, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, notifíquese al contribuyente y a la Delegación Zonal de Rentas Cipolletti, cumplido archívese.Cr. Roberto Aníbal Gil, Subsecrtario de Ingresos Públicos a/c de la Dirección Gral. de Rentas.
oOo República Argentina Provincia de Río Negro DEPARTAMENTO PROVINCIAL DE AGUAS
Resolución Nº 1929
Expediente Nº 35733-DGRS-10
Viedma, 07 de Octubre de 2010.
Visto el expediente N 35733-DGRS-10 del registro del Departamento Provincial de Aguas, y CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones se tramita la tarifa a aplicar para abastecimiento de agua a MCC
Minera Sierra Grande S. A., cuya prestación se encuentra concesionada a Aguas Rionegrinas S.A.;
Que de acuerdo a lo previsto por el artículo 40 del Anexo al Decreto N 454/10 a fojas 49/71 el cual aprobó el régimen tarifario vigente para la concesión del servicio de provisión de agua potable y desages cloacales a cargo de Aguas Rionegrinas S. A., y conforme a lo establecido en el artículo 2 del Decreto N 454/
10, en base a la propuesta de El Concesionario, el Departamento Provincial de Aguas está facultado para analizar y establecer los valores tarifarios para provisión de agua a la citada explotación minera;
Que A.R.S.A. presentó el pedido de revisión tarifaria a fojas 2, adjuntando el correspondiente estudio fojas 3/12 y la información complementaria solicitada por el Ente Regulador incorporada a fojas 30/32 y 36/48;
Que, analizada la propuesta, este Organismo elaboró un informe técnico fs. 72 a 77 en el cual se volcaron las conclusiones;
Que de las consideraciones efectuadas, se concluye que corresponde afectar el 53% del costo del contrato de mantenimiento de los acueductos de abastecimiento, la amortización de las instalaciones y los costos operativos personal, energía y otros imputables al abastecimiento de agua a la Minera, recomendando aprobar un cuadro tarifario compuesto de un cargo fijo y tres rangos de consumos crecientes;

Que a tenor de los antecedentes reseñados, dicho incremento resulta debidamente justificado a fin de restablecer el equilibrio económico ltnanciero de la prestación, garantizando además de tal modo la calidad, regularidad y eficiencia en la prestación del servicio;
Que la presente encuentra su sustento legal en lo prescripto por las Leyes Q N 2952, J N 3183
y el Decreto N 454/10;
Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, la Dirección General de Asuntos Legales del Departamento Provincial de Aguas y Fiscalía de Estado;
Por ello, El Intendente General de Hidráulica y Saneamiento a/c de la Superintendencia General de Aguas RESUELVE:
Artículo 1º.- Apruébanse los valores tarifarios aplicables para suministro a Explotaciones Mineras de Sierra Grande - que, corno anexo, se adjunta a la presente norma, sustituyendo en adelante al artículo 40 - Agua para Explotaciones Mineras en Sierra Grande - del Régimen Tarifario aprobado por el Decreto N 454/10. Los nuevos valores entrarán en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.
Art. 2.- Regístrese, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, cumplido, archívese.
Ing. Carlos Enrique Selzer, Intendente Gral. de Hidráulica y Saneamiento - D.P.A.

ANEXO a la Resolución N 1929/10
Sustituye al Artículo 40 Agua para Explotaciones Mineras en Sierra Grande del Regimen Tarifario aprobado por el Decreto Nº 454/10
Artículo 40 Agua para Explotaciones Mineras En Sierra Grande.
Los valores de consumo de agua se facturarán mensualmente de acuerdo a al siguiente cuadro:

Rango Unidad Hasta 30.000 m cargo fijo $
De 30.000 m a 90.720 m $/ m De 90.720 m a 135.000 m $/ m Más de 135.000 m $/ m
Minera Sierra Grande 193.640
2,24
2,74
3,23

oOo Provincia de Río Negro Ministerio de Hacienda, Obras y Servicios Públicos DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
Resolución Nº 061
Viedma, 03 de Septiembre del 2010.
Visto, el expediente nro. 014606-R-2010 del registro de la Dirección General de Rentas, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 4 de la Ley I 1284, establece que los índices con los cuales se determinará la base imponible de los vehículos del Grupo A-1 y B-1, cuyo modelo-año sea 1981 y posteriores y de los motovehículos del grupo C-1 cuyo modelo-año sea 2000 y posteriores, será de acuerdo a la Valuación Fiscal que establezca la Dirección General de Rentas mediante Resolución;

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Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 25/10/2010

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

CountryArgentina

Date25/10/2010

Page count14

Edition count1924

First edition03/01/2002

Last issue29/07/2024

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