Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 31/07/2003

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

04 de Agosto de 2003

ART. 2º - LEY 40

DECRETO Nº 1410
El texto de las leyes sancionadas por esta Legislatura, el de los Decretos y Resoluciones del Poder Ejecutivo y el de otros documentos oficiales que se publiquen en el Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro, serán tenidos por auténticos.

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PRESENTACION
DE AVISOS, ETC.

Para la presentación de avisos, etc., a insertar en este Boletín, concurrir a:

Dirección de Boletín Oficial Viedma:
Laprida 212.
Delegación del Boletín Oficial en General Roca:
9 de Julio 911 - Tel/Fax: 02941 - 431230;
y en San Carlos de Bariloche:
OConnor 181, 1º piso Dcción. de Registro Civil Tel/Fax: 02944 - 428112.

Viedma, 30 de Diciembre del 2002.
Visto, el DecretoLey N 6/02 y, CONSIDERANDO:
Que es necesario desagregar los créditos presupuestarios de cada una de las jurisdicciones y entidades y sus correspondientes financiamientos que fueron aprobados en dicha norma legal;
Que mediante el Decreto-Ley de referencia, se aprobaron los presupuestos de erogaciones y recursos para el año 2003 de la Lotería para Obras de Acción Social, Instituto Autárquico Provincial del Seguro, Ente Provincial Regulador de la Electricidad e Instituto Provincial del Seguro de Salud, respectivamente.
Por ello, El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA:
Artículo 1 - Apruébase la distribución de los créditos presupuestarios -gastos corrientes, de capital, figurativos y aplicaciones financierassegún Anexo I que forma parte del presente.
Art. 2 - Apruébase la distribución de los recursos presupuestarios por rubro según Anexo II que forma parte del presente.
Art. 3 - Apruébase el presupuesto de Lotería para Obras de Acción Social según Anexo III que forma parte del presente.
Art. 4 - Apruébase el presupuesto del Instituto Autárquico Provincial del Seguro según Anexo IV que forma parte del presente.
Art. 5 - Apruébase el presupuesto del Ente Provincial Regulador de la Electricidad según Anexo V que forma parte del presente.
Art. 6º - Apruébase el presupuesto del Instituto Provincial del Seguro de Salud, según Anexo VI, que forma parte del presente.
Art. 7º - El presente Decreto será refrendado por el Sr. Ministro de Economía.
Art. 8º - Regístrese, comuníquese, publíquese, tómese razón, dése al Boletín Oficial y archívese.
VERANI.- J. L. Rodríguez.

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Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 31/07/2003

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

CountryArgentina

Date31/07/2003

Page count174

Edition count1922

First edition03/01/2002

Last issue22/07/2024

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