Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 16/08/2018 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria
JUEVES 16 DE AGOSTO DE 2018
AÑO CV - TOMO DCXLIV - Nº 154
CORDOBA, R.A.
http boletinoficial.cba.gov.ar Email: boe@cba.gov.ar
PODER EJECUTIVO

1

a SECCION

Decreto N 1251
Córdoba, 7 de Agosto de 2018
VISTO: el Expediente N 0435-067546/2018 del registro del Ministerio de Agricultura y Ganadería.
Y CONSIDERANDO:
Que mediante las presentes actuaciones el titular de la Secretaría de Agricultura de la cartera precitada insta el dictado del decreto reglamentario de la Ley N 10.467, de creación del Plan Provincial Agroforestal; ello en virtud de las prescripciones del artículo 31 de la Ley de que se trata.

Que enfatiza la necesidad de contar con la reglamentación en cuestión a los fines de ejercer las competencias acordadas a dicha Cartera como Autoridad de Aplicación y cumplir con los fines específicos de la Política de Estado en la materia, toda vez que su implementación resultará beneficiosa a los intereses de la Provincia y que promueve de manera directa e indirecta el cuidado del Ambiente, la disminución del impacto de las actividades del Hombre, la diversidad en la producción, la innovación tecnológica, el espíritu emprendedor, la capacitación del hombre de campo fomentando el trabajo en grupo y el asociativismo, la inclusión de la familia del productor y la de sus trabajadores por medio del trabajo calificado y digno.
Que resalta el trabajo conjunto, los aportes, asesoramiento y la asistencia técnica de la Comisión Provincial Agroforestal, la Dirección de Jurisdicción de Sistemas y la Dirección de Jurisdicción de Conservación de Suelos y Manejo de Aguas, en la elaboración de la propuesta de reglamentación en estudio, la que ha quedado plasmada en las recomendaciones e informes realizados que lucen incorporados a los presentes actuados.
Que el texto a considerar, se aboca a la reglamentación de los Capítulos II Alcances y Obligaciones y Capítulo VII Infracciones y Sanciones de la Ley N 10.467.
Que en relación al Capítulo II se precisa el ámbito de aplicación personal de la Ley, determinando los sujetos obligados por sus disposiciones art. 5; se determinan con detalle las pautas para el cumplimiento de los porcentajes de cobertura vegetal arbórea que deben observar los predios alcanzados art. 6; se establecen las condiciones que deben seguir los sujetos por la modalidad de mecanismo de agregación de masa arbórea para alcanzar los porcentajes de cobertura aludidos art 7; se fijan los alcances que sobre el Impuesto Inmobiliario Rural tendrán aquellos que voluntariamente decidan implantar un porcentaje mayor de especies al que obligatoriamente corresponda; reglamentándose también el procedimiento a seguir por los sujetos obligados en orden a la presentación del Plan de Forestación requerido por Ley art. 9.
Que respecto al Capítulo VII se tipifican las infracciones por incumBOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS

SUMARIO
PODER EJECUTIVO
Decreto Nº 1251 pag. 1
Decreto Nº 1239 pag. 2
Decreto Nº 1249 pag. 2
Decreto Nº 1248 pag. 3
Decreto Nº 1234 pag. 4
Decreto Nº 1233 pag. 5
Decreto Nº 1181 pag. 5
Decreto Nº 1232 pag. 6
Decreto Nº 1235 pag. 6
Decreto Nº 1236 pag. 7
Decreto Nº 1237 pag. 7
Decreto Nº 1238 pag. 8
Decreto Nº 1203 pag. 8
Decreto Nº 1247 pag. 9

continua en pagina 2

plimiento de las obligaciones impuestas por los artículos 6, 7 y 9 de la ley; se establecen las sanciones a aplicar, graduadas conforme el límite máximo previsto en la misma y se disponen pautas procedimentales.
Que consta en autos la Intervención del señor Secretario de Ingresos Públicos del Ministerio de Finanzas y el visto bueno del señor Ministro de Agricultura y Ganadería.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dispuesto por el artículo 24 de la Ley N 10.467 y artículo 35, inciso 13 del Decreto N1791/2015, ratificado por Ley N 10.337, lo dictaminado por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales del Ministerio de Agricultura y Ganadería, con el N 116/2018, por Fiscalía de Estado bajo el N 701/2018, y en uso de atribuciones constitucionales.
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA
ARTÍCULO 1.- APRUÉBASE la reglamentación de la Ley N 10.467
de creación del Plan Provincial Agroforestal, la que como Anexo I, compuesto de seis 6 fojas útiles, forma parte integrante de este instrumento legal ARTÍCULO 2- El presente Decreto será refrendado. por los señores Ministro de Agricultura y Ganadería, Ministro de Finanzas y Fiscal de Estado.
ARTÍCULO 3. PROTOCOLÍCESE, comuníquese, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR / SERGIO BUSSO MINISTRO DE
AGRICULTURA Y GANADERIA / OSVALDO GIORDANO, MINISTRO DE FINANZAS
/ JORGE EDUARDO CORDOBA FISCAL DE ESTADO

ANEXO

1

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 16/08/2018 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date16/08/2018

Page count17

Edition count4190

First edition01/02/2006

Last issue31/07/2024

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