Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 28/07/2016 - 1º Sección

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

1

a
AÑO CIII - TOMO DCXIX - Nº 146
CORDOBA, R.A., JUEVES 28 DE JULIO DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

Resolución N 245
Córdoba, 27 de julio de 2016
VISTO:
El Expediente Nº 0045-018370/2016 por el que se solicita la creación del Fondo Permanente E MANTENIMIENTO DE BANQUINAS, COMPRA DE MATERIAS PRIMAS Y OTROSdel Ministerio de Vivienda, Arquitectura y Obras Viales.
Y CONSIDERANDO:

Que por Decreto N 1791/15 se establece la nueva estructura orgánica del Poder Ejecutivo, en el que se crea el Ministerio de Vivienda, Arquitectura y Obras Viales.
Que por Resolución Ministerial N 413/15 se aprueba la reestructuración del Presupuesto General de la Administración Provincial del año 2016
Ley N 10322 y asigna al citado Ministerio el programa presupuestario atendido por el Fondo Permanente cuya creación se propicia.
Que conforme lo determina el artículo 63 de la Ley Nº 9086, es facultad de este Ministerio otorgar conformidad para el funcionamiento de los Fondos Permanentes y/o Cajas Chicas que soliciten los Servicios Administrativos, determinando su régimen y límites al momento de su creación.
Que no existen objeciones que formular desde el punto de vista técnico-contable en relación a la creación del Fondo Permanente requerido, habiendo efectuado la Dirección General de Tesorería y Crédito Público la intervención que le compete.
Que son atendibles las causales planteadas por la Jurisdicción requirente en el sentido que es necesaria la creación propiciada para el correcto
Resolución N 241

EL MINISTRO DE FINANZAS
R E S U E LV E :
Artículo 1 CREAR el Fondo Permanente E MANTENIMIENTO DE
BANQUINAS, COMPRA DE MATERIAS PRIMAS Y OTROSdel Ministerio de Vivienda, Arquitectura y Obras Viales por la suma de PESOS TRES MILLONES $ 3.000.000.-, con límite por cada pago hasta veinte 20 veces el valor del índice uno 1 previsto por el Artículo 11 de la Ley N 10155, del que será responsable el Titular del Servicio Administrativo del citado Ministerio. Integra como Anexo I de la presente Resolución, con una 1
foja útil, Formulario T2-Solicitud de Apertura, Modificación y/o Cierre de Fondos Permanentes.
Artículo 2 PROTOCOLÍCESE, comuníquese al Tribunal de Cuentas de la Provincia, a la Dirección General de Tesorería y Crédito Público, al Servicio Administrativo del Ministerio de Vivienda, Arquitectura y Obras Viales y a Contaduría General de la Provincia, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO: LIC. OSVALDO E. GIORDANO, MINISTRO DE FINANZAS

ANEXO: http goo.gl/pBzuZf
dictaminado por el Área Legales de este Ministerio al Nº 495/16, Córdoba, 27 de julio de 2016

VISTO:
El expediente Nº 0045-018866/2016, por el que se propicia la ampliación del Fondo Permanente P GASTOS DE INSPECCIÓN EN OBRAS
DE PAVIMENTO -CUENTA ESPECIAL LEY 8555- de la Dirección Provincial de Vialidad, creado por Resolución N 009/07 y modificado por sus similares N 024/08, 047/09, 052/12 y 132/14 todas de este Ministerio.

funcionamiento del Servicio.
Que la fuente de financiamiento del Fondo Permanente cuya creación se propicia está constituida por recursos con afectación específica.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo informado por la Dirección General de Tesorería y Crédito Público a fs. 12 y de acuerdo con lo dictaminado por el Área Legales de este Ministerio al Nº 491/16,
Y CONSIDERANDO:

Que conforme lo determina el artículo 63 de la Ley Nº 9086, es facultad de este Ministerio otorgar conformidad para el funcionamiento de los Fondos Permanentes y/o Cajas Chicas que soliciten los Servicios Administrativos, determinando su régimen y límites al momento de su creación y modificación.
Que no existen objeciones que formular desde el punto de vista técnico-contable en relación a la ampliación del Fondo Permanente solicitado,
EL MINISTRO DE FINANZAS
R E S U E LV E :
Artículo 1º AMPLIAR el Fondo Permanente P GASTOS DE INSPECCIÓN EN OBRAS DE PAVIMENTO -CUENTA ESPECIAL LEY 8555de la Dirección Provincial de Vialidad, hasta la suma de PESOS TRES
MILLONES $ 3.000.000.-, teniendo como límite de pago hasta VEINTE
20 veces el índice uno 1 previsto por el artículo 11 de la Ley N 10.155, del que será responsable el Titular del Servicio Administrativo del citado Organismo.
Artículo 2º PROTOCOLÍCESE, comuníquese al Tribunal de Cuentas de la Provincia, a Contaduría General de la Provincia, a la Dirección General de Tesorería y Crédito Público y al servicio administrativo de la Dirección Provincial de Vialidad, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO: LIC. OSVALDO E. GIORDANO, MINISTRO DE FINANZAS

habiendo efectuado la Dirección General de Tesorería y Crédito Público la intervención de su competencia.
Que son atendibles las causales planteadas por la Jurisdicción requirente en el sentido que es necesaria la ampliación propiciada para el correcto funcionamiento del Servicio.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo informado por la Dirección General de Tesorería y Crédito Público a fs. 6 y de acuerdo con lo BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

7

About this edition

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 28/07/2016 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date28/07/2016

Page count10

Edition count4193

First edition01/02/2006

Last issue05/08/2024

Download this edition

Other editions

<<<Julio 2016>>>
DLMMJVS
12
3456789
10111213141516
17181920212223
24252627282930
31