Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 06/07/2016 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

MIERCOLES 6 DE JULIO DE 2016
AÑO CIII - TOMO DCXIX - Nº 131
CORDOBA, R.A.
http boletinoficial.cba.gov.ar Email: boe@cba.gov.ar
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a SECCION

LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS

SUMARIO

MINISTERIO DE AGRICULTURA y GANADERÍA

MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
Resolución Nº 78 PAG. 1
ENTE REGULADOR DE LOS SERVICIOS PUBLICOS
Resolución Nº 1787 PAG. 1

Resolución N 78
Córdoba, 4 de Julio de 2016.-

PODER LEGISLATIVO
Decreto Nº 124 PAG. 3

VISTO: El Expediente Nº 0436-000511/2016, registro de este Ministerio de Agricultura y Ganadería;
Y CONSIDERANDO:

Que obra Decreto Nº 317/2016, por el que se declara en estado Emergencia y/o Desastre Agropecuario a productores agrícolas y productores ganaderos y tamberos afectados por el fenómeno anegamiento de suelos por lluvias extraordinarias, durante el ciclo productivo 2015/2016, que se encuentren en las zonas afectadas que se determinan de acuerdo al criterio de cuenca hídrica, conforme el sistema de información territorial cartográfica georeferenciada.
Que el mencionado instrumento legal faculta a esta Cartera de Estado a dictar las normas complementarias que se requieran a los fines de la aplicación del mismo.
Que el Área de Emergencia Agropecuaria dependiente de la Secretaría de Agricultura adjunta nuevos listados de productores agropecuarios afectados por dicho fenómeno; asimismo realiza modificaciones a la Resolución N 52/2016 en su Anexo III para subsanar errores materiales involuntarios ocurridos al momento de la confección de los listados.
Que toma debida intervención el Sr. Secretario de Agricultura instando el dictado de la Resolución complementaria del Decreto con el fin de poder emitir las constancias correspondientes.
Por ello, las facultades conferidas por el artículo 10º del Decreto Nº 317/2016, lo informado por el área de Emergencia Agropecuaria y lo dictaminado por la Dirección de Asuntos Legales bajo Nº 87/2016;

ENTE REGULADOR DE SERV PÚBLICOS

EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
RESUELVE
Artículo 1º MODIFICAR el Anexo III de la Resolución N 52/2016 complementaria al Decreto N 317/2016, en cuanto a los listados de productores agropecuarios conforme a las exclusiones que surgen de la planilla que, como Anexo I con una 1 foja útil, forma parte integrante del presente instrumento legal.
Artículo 2º APROBAR los listados de productores agropecuarios afectados por el fenómeno de anegamientos de suelos por lluvias extraordinarias, declarados en estado de Emergencia y/o Desastre Agropecuario mediante Decreto N 317/2016, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, como Anexo II con tres 3 fojas, Anexo III con cinco 5 fojas, Anexo IV con nueve 9 fojas y Anexo V con trece 13 fojas.
Artículo 3 EL señor Ministro de Agricultura y Ganadería y el señor Secretario de Agricultura podrán emitir certificaciones conforme el modelo aprobado oportunamente.

Artículo 4º PROTOCOLÍCESE, notifíquese, comuníquese y archívese.

FDO. SERGIO SEBASTIÁN BUSSO - MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA

ANEXO: http goo.gl/1zdlsT

de la revisión tarifaria de las empresas prestatarias del servicio publico de transporte interurbano de pasajeros de la Provincia de Córdoba reguladas por la Ley Nº 8669 y sus modificatorias.-

ERSEP

Resolución N 1787
Córdoba, 05 de Julio de 2016. Y VISTO: El Expediente Nº 0048-002112/2016 en el que obran las presentaciones promovidas por la Federación de Empresarios del Transporte Automotor de Pasajeros F.E.T.A.P, la Asociación de Empresarios del Transporte Automotor de Córdoba ASETAC y el informe técnico elaborado por la Secretaría de Transporte del Ministerio de Agua, Ambiente y Servicios Públicos, entre otros documentos, a los fines del tratamiento BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

Y CONSIDERANDO:

Voto del Presidente Dr. Mario Agenor BLANCO y de los Directores Luis Antonio SANCHEZ y Alicia Isabel NARDUCCI.
Que en orden a lo anterior, el Art 5 de la Ley 8669 texto VIGENTE conf.
Ley 9034 establece que: se determina a la Dirección de Transporte de la Provincia de Córdoba como Autoridad de Aplicación y al ERSeP como Autoridad de Control. Asimismo entre las facultades referidas a la Autoridad
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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 06/07/2016 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date06/07/2016

Page count3

Edition count4171

First edition01/02/2006

Last issue03/07/2024

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