Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 24/11/2015 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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Primera Sección
y el Caribe de Gobiernos Subnacionales, durante los dos años posteriores inmediatos, siendo la Arq. Marta Graciela López quien ejerce la Presidencia de la aludida entidad, en representación del gobierno provincial, situación que motiva la invitación que ahora se le ha cursado.
Que los gastos correspondientes a pasajes, hospedaje y de manutención de la misión oficial, serán asumidos por la entidad convocante; consecuentemente la participación que se proyecta no implicará erogación alguna por parte de la Provincia.
Por ello, lo dispuesto por el Artículo 1º de la Ley Nº 6197, Decreto N 1387/13, ratificado por Ley N 10.185, lo dictaminado por el Servicio Jurídico del Ministerio de Comunicación Pública y Desarrollo Estratégico bajo el Nro. 135/2015 y por Fiscalía de Estado bajo el Nro. 864/2015;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1º.- AUTORÍZASE a la señora Directora del Sistema de Gestión por Objetivos del Ministerio de Comunicación Pública y Desarrollo Estratégico, Arq. Marta Graciela López M.I. N
14.423.725, a efectos de viajar en misión oficial al Municipio de Tarija del Estado Plurinacional de Bolivia, durante los días 26, 27
y 28 de noviembre del corriente año, con motivo de participar del XXII Congreso Ordinario de Arquitectos de Bolivia, Arquitecto +
Sociedad.
Artículo 2º.- EL presente Decreto será refrendado por los señores Ministro de Comunicación Pública y Desarrollo Estratégico y Fiscal de Estado.

B OLETÍN OFICIAL - A ÑO CII - T OMO DCXI - Nº 226

CÓRDOBA, 24 de Noviembre de 2015

0912/2014, por Fiscalía de Estado en casos similares y en uso de sus atribuciones constitucionales;

situación de la Escuela de Nivel Primario JUAN GREGORIO
DE LAS HERAS de la localidad de Pachango Departamento San Alberto-, como así también el cambio de imputación del cargo de la docente María Luisa ROJAS M.I.
N 14.540.804, en los términos y condiciones que se consignan en la misma, cuya copia forma parte integrante de este instrumento legal como Anexo I, compuesto de una 1
foja.

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1º. RATIFÍCASE la Resolución N 0860/13 de la Dirección General de Nivel Inicial y Primario -Ministerio de Educación-, mediante la cual se dispuso, el cambio de situación de la Escuela de Nivel Inicial PROFESORA LUZ
VIEIRA MENDEZ de esta Capital y el cambio de imputación del cargo que detenta la docente Silvia Alejandra LAZARTE
M.I.N 22.370.583, en los términos y condiciones que se consignan en la misma, cuya copia forma parte integrante de este instrumento legal como Anexo I, compuesto de una 1
foja.
Artículo 2º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Educación y el señor Fiscal de Estado.
Artículo 3º. PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
G OBERNADOR

Artículo 2º. El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Educación y el señor Fiscal de Estado.
Artículo 3º. PROTOCOLÍCESE, dése a la Dirección General de Administración de Capital Humano, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
G OBERNADOR
PROF. WALTER GRAHOVAC
M INISTRO DE EDUCACIÓN
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO
ANEXO

P ROF. WALTER GRAHOVAC
M INISTRO DE EDUCACIÓN
JORGE EDUARDO CORDOBA
F ISCAL DE ESTADO

Artículo 3º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

http goo.gl/ZQu8pI

Decreto N 729
Córdoba, 10 de julio de 2015

ANEXO
http goo.gl/nS269v
VISTO: El Expediente Nº 0109-067057/2004, del registro del Ministerio de Educación;

JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR

MINISTRO

DE

LIC. JORGE A. LAWSON
COMUNICACION PUBLICA Y DESARROLLO
ESTRATEGICO

JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO

Y CONSIDERANDO:

Decreto N 819
Córdoba, 31 de julio de 2015
VISTO: El Expediente Nº 0109-112671/2013, del registro del Ministerio de Educación;
Y CONSIDERANDO:

Decreto N 141
Córdoba, 5 de marzo de 2015
VISTO: El Expediente Nº 0109-091541/2009, del registro del Ministerio de Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que consta en autos la Resolución N 0860/13 de la Dirección General de Nivel Inicial y Primario -Ministerio de Educación-, mediante la cual se dispuso, ad referéndum de autoridad competente, el cambio de situación de la Escuela de Nivel Inicial PROFESORA LUZ VIEIRA MENDEZ de esta Capital y el cambio de imputación del cargo que detenta la docente Silvia Alejandra LAZARTE.
Que conforme a las constancias documentales e informativas incorporadas en autos y prescripciones legales de rigor, la decisión se ajusta a derecho, pues se encuadra dentro de la normativa que la funda.
Que en efecto, las medidas cumplen con los requerimientos jurídicos-formales-pedagógicos estatuidos por Leyes Nros.
26206 y 9870, Decreto-Ley N 1910/E/57, Decreto Reglamentario N 3999/E/67, Decretos Nros. 41009/A/38, 925/09 y Resolución N 46/01 del Ministerio de Educación, encontrándose tales determinaciones técnica, administrativa e institucional plasmadas en la resolución de marras.
Que en consecuencia, se ha decidido en el marco de la normativa legal vigente y propendiendo a un mejor servicio educativo, motivos por los que no se visualizan impedimentos para la ratificación en esta instancia del instrumento legal en análisis.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo dictaminado por el Área Jurídica del Ministerio de Educación con el N

Que consta en los referidos autos la Resolución N 0753/
14 de la Dirección General de Nivel Inicial y Primario Ministerio de Educación-, mediante la cual se dispuso ad referéndum de la Superioridad, el cambio de situación de la Escuela de Nivel Primario JUAN GREGORIO DE LAS
HERAS de la localidad de Pachango -Departamento San Alberto-; como así también el cambio de imputación del cargo que detenta la docente María Luisa ROJAS.
Que conforme a las constancias documentales e informativas incorporadas en autos y prescripciones legales de rigor, las decisiones se ajustan a derecho, pues se encuadran dentro de la normativa que las funda.
Que en efecto, las medidas cumplen con los requerimientos jurídicos-formales-pedagógicos estatuidos por Leyes Nros.
26206 y 9870, Decreto N 41009/A/38, Decreto-Ley N
1910/E/57 y Decreto Reglamentario N 3999/E/67, encontrándose tales determinaciones técnicas, administrativas e institucionales plasmadas en la resolución de marras.
Que en consecuencia, se ha decidido en el marco de la normativa legal vigente y propendiendo a un mejor servicio educativo, motivos por los que no se visualizan impedimentos para la ratificación en esta instancia del instrumento legal en análisis.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo dictaminado por el Área Jurídica del Ministerio de Educación bajo el N
0458/15 y por Fiscalía de Estado en casos análogos y en uso de sus atribuciones constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1º. RATIFÍCASE la Resolución N 0753/14, de la Dirección General de Nivel Inicial y Primario -Ministerio de Educación-, mediante la cual se dispuso, el cambio de
Que consta en los referidos autos la Resolución N 1109/
10 de la entonces Dirección General de Educación Inicial y Primaria y su similar N 0116/14 emanada de la Dirección General de Nivel Inicial y Primario, mediante la cual se dispuso, ad referéndum de autoridad competente, el cambio de situación de la Escuela de Nivel Primario FERNANDO
FADER de Ischilín Viejo, Departamento Ischilín.
Que conforme a las constancias documentales e informativas incorporadas en autos y prescripciones legales de rigor, la decisión se ajusta a derecho, pues se encuadra dentro de la normativa que la funda.
Que en efecto, la medida cumple con los requerimientos jurídicos-formales-pedagógicos estatuidos por Leyes Nros.
26206 y 9870 Decreto Nro. 41009/A/38, encontrándose tal determinación técnica, administrativa e institucional plasmada en las resoluciones de marras.
Que conforme con lo expuesto, no existe objeción alguna para la ratificación en esta instancia de los instrumentos legales bajo análisis.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo dictaminado por el Área Jurídica del Ministerio de Educación con el N
1069/2013, por Fiscalía de Estado en casos similares y en uso de sus atribuciones constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1º. RATIFÍCASE la Resolución N 1109/10 de la entonces Dirección General de Nivel Inicial y Primario y su similar N 0116/14 emanada de la Dirección General de Nivel Inicial y Primario -Ministerio de Educación-, mediante la cual se dispuso, el cambio de situación de la Escuela de Nivel Primario FERNANDO FADER de Ischilín Viejo, Departamento Ischilín, en los términos y condiciones que se consignan en la misma, cuya copia forma parte integrante de este instrumento legal como Anexo I, compuesto de dos 2
fojas.
Artículo 2º. El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Educación y el señor Fiscal de Estado.

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 24/11/2015 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date24/11/2015

Page count8

Edition count4190

First edition01/02/2006

Last issue31/07/2024

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