Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 13/11/2015 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CÓRDOBA, 13 de Noviembre de 2015

BOLETÍN OFICIAL - A ÑO CII - T OMO DCXI - Nº 219

los derechos y obligaciones que asumen las partes, adecuándose a los extremos exigidos por los artículos 959, 1533 y concordantes y correlativos del Código Civil y Comercial de la Nación.
Que de la documental obrante en autos surge que el inmueble en cuestión se encuentra ocupado desde el 17 de febrero de 2012 por la aludida comodataria.
Que en consecuencia y atento al tiempo transcurrido, procede en esta instancia convalidar la ocupación llevada a cabo y aprobar el contrato de que se trata, al no existir impedimentos desde el punto de vista jurídico-formal y por constituir un acto de buena administración a título gratuito.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo dictaminado por el Área Jurídica del Ministerio de Educación con el N 1984/2014, por Fiscalía de Estado bajo el N 000753/15 y en uso de las atribuciones constitucionales;

2015 del Area Jurídica del Ministerio de Educación, lo dictaminado por Fiscalía de Estado en casos similares y en uso de sus atribuciones constitucionales;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1.-CONVALÍDASE lo actuado por la Dirección General de Nivel Inicial y Primario, dependiente del Ministerio de Educación, -en carácter de comodantey la docente Adriana Josefa PEIRONE M.I.N 11.996.444, -en carácter de comodatariapor el cual el Estado Provincial cede a esta última, en calidad de préstamo de uso, un inmueble y/o porción donde funcionaba la Escuela de Nivel Primario JOSÉ MARÍA PAZ de Zona Rural -Campo Corralitopor Villa del Rosario, Departamento Río Segundo, para funcionamiento de vivienda, desde el 17 de febrero 2012 y hasta la fecha de este instrumento legal y APRUÉBASE el contrato de comodato a partir de esta última fecha y hasta el 17 de febrero de 2020, y en las condiciones que se estipulan en el contrato que como Anexo I compuesto de una 1 foja, forma parte del presente Decreto.
Artículo 2.-El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Educación y el señor Fiscal de Estado.
Artículo 3.-PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
JOSE MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
PROF. WALTER GRAHOVAC
MINISTRO DE EDUCACIÓN
DR. JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO
ANEXO
http goo.gl/FzBtMR

Decreto N 739

Córdoba, 13 de julio de 2015

VISTO: El Expediente Nº 0110-126882/2014 del registro del Ministerio de Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que las referidas actuaciones se relacionan con la terna elevada para la imposición de nombre al Instituto Provincial de Educación Media N 376 de esta Capital, dependiente de la Dirección General de Educación Secundaria -Ministerio de Educación-.
Que de la misma surge el nombre de NELSON MANDELA, como justo reconocimiento a quien tuviera un destacado interés por las desigualdades sociales, participando activamente en defensa de un estado multirracial, ecuánime y democrático, en el que las personas puedan vivir juntas en armonía y con igualdad de oportunidades, demostrando un gran sentido de la solidaridad en todas las acciones que emprendiera con ese fin.
Que por otra parte, su figura se caracterizó por la honestidad, la humildad y la hombría de bien, lo que constituye un ejemplo para toda la comunidad.
Que los organismos técnicos competentes han tomado la debida intervención, cumplimentándose los requisitos establecidos en el Decreto Nº 7694/E/68.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, el Dictamen N 0636/

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1º. IMPÓNESE el nombre de NELSON
MANDELA al Instituto Provincial de Educación Media N 376
de esta Capital, dependiente de la Dirección General de Educación Secundaria -Ministerio de Educación-.
Artículo 2. El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Educación y el señor Fiscal de Estado.

Primera Sección
3

Artículo 3º. PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
JOSE MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
PROF. WALTER GRAHOVAC
MINISTRO DE EDUCACIÓN
DR. JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO
ANEXO
http goo.gl/kQBdJd
Artículo 3º. PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

Decreto N 732
JOSE MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
PROF. WALTER GRAHOVAC
MINISTRO DE EDUCACIÓN

Córdoba,13 de julio de 2015

VISTO: El Expediente Nº 0110-126441/2014 del registro del Ministerio de Educación;
Y CONSIDERANDO:

DR. JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO

Decreto N 1191

Córdoba, 30 de octubre de 2015

VISTO: El Expediente Nº 0109-117556/2013, del registro del Ministerio de Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que consta en los referidos autos la Resolución N 0011/15 de la Dirección General de Nivel Inicial y Primario, mediante la cual se dispuso, ad referéndum de autoridad competente, el cambio de situación de la Escuela de Nivel Primario LUIS GORJON
ALVAREZ de la Localidad de El Rodeito, Departamento Sobremonte y el cambio de imputación del cargo del docente Rodolfo Salvador ROLDÁN.
Que conforme a las constancias documentales e informativas incorporadas en autos y prescripciones legales de rigor, la decisión se ajusta a derecho, pues se encuadra dentro de la normativa que la funda.
Que en efecto, la medida cumple con los requerimientos jurídicosformales-pedagógicos estatuidos por Leyes Nros. 26206 y 9870
Decreto Nro. 41009/A/38, Decreto-Ley N 1910/E/57 y Decreto Reglamentario N 3999/E/67 encontrándose tal determinación técnica, administrativa e institucional plasmada en la resolución de marras.
Que en consecuencia, se ha decidido en el marco de la normativa legal vigente y propendiendo a un mejor servicio educativo, motivos por los que no se visualizan impedimentos para la ratificación en esta instancia del instrumento legal en análisis.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo dictaminado por el Área Jurídica del Ministerio de Educación con el N 1252/2015, por Fiscalía de Estado en casos similares y en uso de las atribuciones constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1º. RATIFÍCASE la Resolución N 0011/15 de la Dirección General de Nivel Inicial y Primario -Ministerio de Educación-, mediante la cual se dispuso, el cambio de situación de la Escuela de Nivel Primario LUIS GORJÓN ALVAREZ de la Localidad de El Rodeito, Departamento Sobremonte y el cambio de imputación del cargo que detenta el docente Rodolfo Salvador ROLDÁN M.I.N 17.522.087, en los términos y condiciones que se consignan en la misma, cuya copia forma parte integrante de este instrumento legal como Anexo I, compuesto de una 1
foja.
Artículo 2º. El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Educación y el señor Fiscal de Estado.

Que las referidas actuaciones se relacionan con la terna elevada para la imposición de nombre al Instituto Provincial de Educación Media N 316, de Villa Carlos Paz, dependiente de la Dirección General de Educación Secundaria -Ministerio de Educación-.
Que de la misma surge el nombre de EVA DUARTE DE
PERÓN, como reconocimiento a su trabajo social, su sensibilidad hacia los más necesitados, su insistencia por mejorar las condiciones de vida y la lucha por los derechos de niños y jóvenes a una educación inclusiva y equitativa.
Que tras su temprana desaparición física, su figura mítica trascendió al mundo entero, quedando marcada su trayectoria y su obra por un profundo amor a los niños, los ancianos y los trabajadores, actitud que le valió el apelativo de abanderada de los humildes.
Que los organismos técnicos competentes han tomado la debida intervención, cumplimentándose los requisitos establecidos en el Decreto Nº 7694/E/68.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo dictaminado por el Área Jurídica del Ministerio de Educación con el N 2097/2014, por Fiscalía de Estado bajo el N 296/2015 y en uso de sus atribuciones constitucionales EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1º. IMPÓNESE el nombre de EVA DUARTE DE
PERÓN al Instituto Provincial de Educación Media N 316, de Villa Carlos Paz, dependiente de la Dirección General de Educación Secundaria -Ministerio de Educación-.
Artículo 2. El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Educación y el señor Fiscal de Estado.
Artículo 3º. PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
JOSE MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
PROF. WALTER GRAHOVAC
MINISTRO DE EDUCACIÓN
DR. JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO

Decreto N 1045
Córdoba, 21 de setiembre de 2015
VISTO: El expediente N 0109-075896/2006 del registro del Ministerio de Educación;
Y CONSIDERANDO:

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 13/11/2015 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date13/11/2015

Page count8

Edition count4171

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