Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 14/02/2011 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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BOLETÍN OFICIAL

Decreto Nº 170

VIENE DE TAPA
DECRETO Nº 1494

Certificado de Habilitación para Adjudicación expedido por el Registro de Constructores de Obras artículo 7 del Decreto Nº 8/98 y Resolución Nº 002/99 del entonces Ministerio de Obras, Servicios Públicos y Vivienda.
Por ello, las disposiciones de la Ley Nº 5901 T.O. ley 6300
y modificatorias, lo dictaminado por el Departamento Jurídico del Ministerio de Obras y Servicios Públicos con el Nº 454/10 y por Fiscalía de Estado bajo el Nº 819/10.
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1º.- APRUÉBANSE los trabajos adicionales necesarios de efectuar en la obra: EJECUCIÓN DE LAS
TAREAS DE REPARACIONES Y REFUNCIONALIZACIONES
que oportunamente se determinen para la realización del PLAN
INTEGRAL DE REGULARIZACIÓN EDILICIA DE
ESTABLECIMIENTOS ESCOLARES, ubicados en la Ciudad de Córdoba AÑO 2009 - ZONA I Provincia de Córdoba y consecuentemente ADJUDÍCANSE la ejecución de los mismos a la Empresa TETRA S.R.L., contratista de la obra principal, por la suma total de PESOS UN MILLÓN CINCUENTA MIL
$ 1.050.000,00, estableciéndose un plazo de ejecución de obra de ciento ochenta 180 días.
ARTÍCULO 2º.- IMPÚTASE el egreso que asciende a la suma de PESOS UN MILLÓN CINCUENTA MIL $
1.050.000,00, conforme lo indica la Dirección de Jurisdicción
de Administración del Ministerio de Obras y Servicios públicos en su Documento de Contabilidad Nota de Pedido Nº 2010/
000459, con cargo a: Jurisdicción 1.50, Programa 516-000, Partida 12.06.00.00 del P.V.
ARTÍCULO 3º.- FACÚLTASE a la Subsecretaría de Arquitectura dependiente del Ministerio de Obras y Servicios Públicos para firmar el contrato respectivo, debiendo la adjudicataria ampliar la garantía de contrato.
ARTÍCULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministro de Obras y Servicios Públicos y Fiscal de Estado.
ARTÍCULO 5º.- PROTOCOLÍCESE, dése intervención a la Dirección de Jurisdicción de Administración del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, al Tribunal de Cuentas de la Provincia, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, pase a la Subsecretaría de Arquitectura dependiente del citado Ministerio a sus efectos y archívese.
CR. JUAN SCHIARETTI
GOBERNADOR
ING. HUGO ATILIO CÓRDOBA
MINISTRO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS
JORGE EDUARDO CÓRDOBA
FISCAL DE ESTADO

Córdoba, 2 de diciembre de 2010

Expediente Nº 0045-014428/08.VISTO: Este expediente en el que la Dirección Provincial de Vialidad dependiente del Ministerio de Obras y Servicios Públicos propicia por Resolución Nº 00719/10, se autorice el llamado a Licitación Pública para contratar la ejecución de los trabajos de la obra: INTERSECCIÓN RUTA PROVINCIAL E-53 Y ACCESO
A EL MANZANO DEPARTAMENTO COLÓN, cuyo Presupuesto Oficial asciende a la suma de $ 1.272.700,00.
Y CONSIDERANDO:
Que la citada Dirección ha procedido a aprobar la correspondiente documentación base del llamado, como asimismo su Presupuesto Oficial, todo en cumplimiento de las disposiciones del artículo 1º del Decreto Nº 4757/77, Reglamentario de la Ley de Obras Públicas y artículo 2º del Decreto Nº 4758/77
Aprobatorio del Pliego General de Condiciones, no mereciendo la misma reparo alguno que formular.
Que respecto a la documentación aprobada y el estado actual del trámite, al momento de la venta de los pliegos, la Dirección Provincial de Vialidad deberá, mediante Nota Aclaratoria sin pedido, adecuar el artículo 25 del Pliego Particular de Condiciones al régimen legal vigente en cuanto a la Redeterminación de Precio.
Que se ha incorporado en autos el correspondiente Documento Contable Nota de Pedido, en cumplimiento de las previsiones del artículo 13 de la Ley de Obras Públicas Nº 8614 y el procedimiento de selección a emplear resulta adecuado en orden a lo establecido por la Ley N 5901 -T.O. Ley Nº 6300 y sus modificatorias, teniendo en consideración el presupuesto oficial aprobado.
Por ello y lo dictaminado por el Departamento Jurídico del Ministerio de Obras y Servicios Públicos con el Nº 608/10, EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º.- AUTORIZAR el llamado a Licitación Pública
Córdoba, 2 de febrero de 2011

Publicado en el Boletín Oficial el 9 de febrero de 2011.
VIENE DE EDICIÓN ANTERIOR

GUÍAS DE TRÁNSITO DE PRODUCTOS Y SUBPRODUCTOS
FORESTALES
La adquisición de Guías de Tránsito podrán ser tramitadas, una vez autorizada la IBN o el Acopio, por el titular o persona debidamente autorizada por escrito, donde conste nombre y apellido completo de esta última, número de documento de identidad, domicilio real, con la firma del titular debidamente certificada por Escribano Público, Juez de Paz o Autoridad Policial del lugar. Documentación que será agregada al Expediente.
La cantidad de guías que se podrá emitir desde esta Secretaría de Ambiente nunca será superior a las que el solicitante esté autorizado por la Resolución o en el caso de Acopios a las Entradas demostradas con los Originales de guías de otras IBN autorizadas más el remanente en la Base de Datos de Bosque Nativo Sistema Informático de Gestión Administrativo.
Se suspende la Expedición autorización o entrega de la Guía Única de Tránsito de Productos y Subproductos de Bosque Nativo a toda persona física o jurídica que fuera oportunamente autorizada para ello, o que en el futuro solicite autorización, en caso de detectarse cualquier tipo de infracción a la normativa forestal vigente, hasta tanto se resuelva y se cancelen totalmente los montos adecuados en virtud de la infracción. Resolución Nº 821/2008 de Secretaría de Ambiente CARACTERÍSTICAS Y UTILIZACIÓN DE LAS GUÍAS DE
TRÁNSITO DE PRODUCTOS Y SUBPRODUCTOS
FORESTALES

SECRETARÍA de OBRAS PÚBLICAS

Resolución Nº 114

CÓRDOBA, 14 de febrero de 2011

para contratar la ejecución de los trabajos de la obra:
INTERSECCIÓN RUTA PROVINCIAL E-53 Y ACCESO A EL
MANZANO DEPARTAMENTO COLÓN, cuyo Presupuesto Oficial asciende a la suma de PESOS UN MILLÓN
DOSCIENTOS SETENTA Y DOS MIL SETECIENTOS $
1.272.700,00.
ARTÍCULO 2º.- IMPUTAR el egreso que asciende a la suma total de PESOS UN MILLÓN DOSCIENTOS SETENTA Y DOS
MIL SETECIENTOS $ 1.272.700,00, conforme lo indica la Dirección de Jurisdicción de Recursos Económicos y Financieros de la Dirección Provincial de Vialidad, en su Documento de Contabilidad Nota de Pedido Nº 2010/001398, de acuerdo al siguiente detalle:
Jurisdicción 1.50, Programa 504-002, Partida 12.06.00.00, Centro de Costo 297101
Presupuesto Futuro Año 2011
$ 1.272.700,00
ARTÍCULO 3º.- FACULTAR a la Dirección Provincial de Vialidad, para que proceda a fijar la fecha de la Licitación Pública, en los términos que técnicamente estime conveniente, debiendo asimismo determinar lugar y hora de apertura de sobres.
ARTÍCULO 4º.- IMPUTAR los gastos que demande la publicidad que ascienden a la suma de PESOS OCHO MIL
CIENTO CINCUENTA Y CUATRO CON NOVENTA
CENTAVOS $ 8.154,90, conforme lo indica la Dirección de Jurisdicción de Recursos Económicos y Financieros de la Dirección Provincial de Vialidad, en su Documento de Contabilidad Nota de Pedido Nº 2010/001586, con cargo a Jurisdicción 1.50, Programa 504-001, Partida 3.09.03.00 del P.V.
ARTÍCULO 5.- PROTOCOLÍCESE, dese intervención a la Dirección de Jurisdicción de Recursos Económicos y Financieros de la Dirección Provincial de Vialidad, al Tribunal de Cuentas de la Provincia, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, pase a la citada Dirección a sus efectos y archívese.
ING. MARCELO CÁMARA
SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

El Área de Bosque Nativo emite una autorización para retirar las guías que se imprimen en la Administración de la Autoridad de Aplicación. En la autorización deberá constar: fecha, solicitante, tipo de guía, cantidades unitarias, cantidades totales de material discriminado por tipo, precios unitarios por tonelada de producto y por guía, responsable de la autorización, números de las guías recibidas y responsable de la venta. Administración emite la orden de pago que luego de hacerse efectiva en el banco se habilita para la entrega de la guía. Posteriormente la autorización es devuelta a la Área de Bosque Nativo por personal de Administración junto con el comprobante de la venta de guías correspondiente.
La guía es emitida desde la Administración por triplicado; Para expedición del producto con los casilleros Transporte, Destinatario, destino y Expedición, completos. El original lo lleva el transportista y dejará en el lugar del destino, el duplicado será devuelto al Área Bosques para su archivo y el triplicado permanecerá con el Titular.
Cuando se realiza la impresión, el sistema carga automáticamente los datos del titular, la cantidad y el tipo de producto, la fecha, hora de emisión y la fecha de vencimiento de la guía. La Base de datos de Bosques, descuenta del total de producto a retirar la cantidad de producto autorizado.
Se presentará nota solicitud de inspección una ves que el producto haya superado el total autorizado en la Resolución, esperando inspección e informe de ampliación del cupo o tonelaje de producto que será incorporada a la Base de Datos de Expedientes del Área Bosques.
La impresión solo podrá realizarse si dicha Base de Datos BD
comprueba que todos los requisitos del expediente se han cumplido en tiempo y forma.
Además de la emisión de la autorización para retirar guías de transporte de productos forestales madereros y no madereros, la BD, facilita dos aspectos, la reducción del tiempo invertido en la atención al público y en la confección de la guía y una mayor seguridad en la emisión, permitiendo reducir errores y proporcionando un mayor control y seguimiento de las solicitudes de Intervención sobre el Bosque Nativo tanto desde el aspecto técnico de la Área Bosque Nativo, como desde lo administrativo y legal de las Áreas de Administración y de Asuntos Legales respectivamente.
Al momento y lugar de despacho de guías de tránsito, en el campo o en el acopio, se deberá completar la guía con los datos del Transporte, Destinatario, Destino y el casillero correspondiente a Expedición del Titular o Persona Autorizada. Cuando el que despache las guías en el campo no sea el titular, deberá informarse previamente a la Secretaría mediante nota en la que las firmas y datos de la persona autorizada se certifiquen debidamente.

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 14/02/2011 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date14/02/2011

Page count10

Edition count4189

First edition01/02/2006

Last issue30/07/2024

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