Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 17/01/2011 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CÓRDOBA, 17 de enero de 2011

RESOLUCION N 854
Córdoba, 17 de diciembre de 2010.VISTO: Los Expedientes N 0129-67265/2010 y N 012968541/2010 del Registro de la Dirección de Seguro de Vida y Resguardo del Automotor dependiente de la Secretaría General de la Gobernación.
Y CONSIDERANDO: Que la Dirección de Seguro de Vida y Resguardo del Automotor eleva para su aprobación propuestas de acuerdos extrajudiciales que como Anexo I, compuesto de dos 2 fojas útiles forman parte integrante de la presente Resolución.
Que obra propuesta de acuerdo extrajudicial efectuada por el señor Emmanuel LUJAN, D.N.I. N 32.346.614, con el patrocinio letrado del Dr. Diego Gómez Casavecchia, MP 1-34893, en el siniestro N 0129-67265, de fecha 19 de marzo de 2010, con la intervención del reclamante conduciendo el vehículo particular y del señor Francisco Jerónimo Rodríguez, D.N.I. N
27.921.338, al mando del vehículo asegurado de propiedad del Gobierno de la Provincia de Córdoba y afectado a la Policía.
Que obra propuesta de acuerdo extrajudicial efectuada por el señor Mario Ricardo GUILLÉN SUAREZ, D.N.I. N 92.217.821, en el siniestro N 0129-68541, de fecha 24 de diciembre de 2009, con la intervención del reclamante conduciendo el vehículo particular y del señor Raúl Eduardo Gallardo, D.N.I. N
17.112.696, al mando del vehículo asegurado entregado en depósito judicial a la Policía de la Provincia.
Que a resultas de la evaluación técnica practicada por la División Inspecciones y Siniestros del Seguro de Vida y Resguardo del Automotor, se estima oportuno acceder a los reclamos interpuestos.
Que el Departamento Jurídico de la nombrada dependencia ha emitido opinión respecto a la conveniencia de las propuestas de arreglo extrajudicial para los intereses de la Provincia.
Que se encuentran incorporados los Documentos Contables Notas de Pedido N 2010/000816 y N 2010/000801 para atender a la erogación.
Por ello, las actuaciones cumplidas, lo dispuesto por el artículo 32 inc. 24 de la Ley N 9454 y por el artículo 3 del Decreto N
1431/2006, modificado por Decreto N 1065/2008, lo dictaminado por el Departamento Jurídico de la Dirección de Seguro de Vida y Resguardo de Automotores bajo los Nros.
1352/2010 y 2054/2010 y por la Subsecretaría de Asuntos Legales de la Secretaría General de la Gobernación bajo los Nros. 650/10 y 651 /10;

Programa 5/0, Partida Principal 03, Parcial 99, Subparcial 00
del Presupuesto Vigente, correspondiente al Documento Contable, Nota de Pedido N 2010/000801, Ejercicio 2010, que certifica la reserva presupuestaria pertinente, a los efectos de atender la presente erogación.
Artículo 5: PROTOCOLÍCESE, dése a la Dirección General de Administración, de la Subsecretaría de Coordinación de Administración y Personal de la Secretaría General de la Gobernación, dése intervención al Tribunal de Cuentas de la Provincia, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
CR. RICARDO ROBERTO SOSA
SECRETARIO GENERAL DE LA GOBERNACIÓN

RESOLUCION N 859

VISTO: El Expediente N 0378-085178/2010 del Registro de la Secretaría General de la Gobernación.
Y CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones obran los Acuerdos celebrados entre el Gobierno de la Provincia de Córdoba, representado por el señor Gobernador, Cr. Juan Schiaretti y el señor Secretario General de la Gobernación, Cr. Ricardo Roberto Sosa y la Empresa Provincial de Energía Eléctrica de Córdoba E.P.E.C. representada por el señor Presidente del Directorio, Daniel Alberto Bonetto, registrados bajo los Nros. 36
y 37 del Protocolo de Convenios de la Subsecretaría Legal y Técnica dependiente de Fiscalía de Estado, ambos de fecha 07
de julio de 2010.
Que mediante Decreto N 1324, de fecha 03 de septiembre de 2010, los citados Acuerdos fueron ratificados, disponiéndose en cumplimiento de los mismos el pago a favor de la Empresa Provincial de Energía de Córdoba E.P.E.C. de las sumas de Pesos Cuatro Millones Cuatrocientos Catorce Mil Seis con Cincuenta Centavos $ 4.414.006,50, equivalente a la suma de Dólares Estadounidenses Un Millón Ciento Diecisiete Mil Cuatrocientos Setenta U$S 1.117.470, tomando como paridad el valor 1 U$S = $ 3,95 y Pesos Veintitrés Millones Setecientos Mil $ 23.700,00, equivalente a la suma de Dólares Estadounidenses Seis Millones Setenta Mil Ochocientos Ochenta y Seis con Siete U$S 6.070.886,07, tomando como paridad el valor 1 U$S = $ 3,95, respectivamente.

Artículo 3º APRUÉBASE la propuesta de arreglo extrajudicial ofrecida por el señor Mario Ricardo GUILLÉN SUAREZ, D.N.I. N 92.217.821, por la suma de Pesos Dos Mil Cien $
2.100 y AUTORÍZASE el pago al citado tercero damnificado en el siniestro N 0129-68541 por todo concepto, sin derecho a reclamación posterior alguna.
Artículo 4º Artículo 3º: IMPÚTESE el egreso que asciende a la suma de Pesos Dos Mil Cien $ 2.100 a la Jurisdicción 101,
Por ello, las actuaciones cumplidas y lo informado por la Dirección General de Administración de la Secretaría General
Artículo 1º APRUÉBASE la propuesta de arreglo extrajudicial ofrecida por el señor Emmanuel LUJAN, D.N.I. N
32.346.614, por la suma de Pesos Nueve Mil Seiscientos $
9.600 y AUTORÍZASE el pago al citado tercero damnificado en el siniestro N 0129-67265 por todo concepto, incluidos honorarios profesionales, sin derecho a reclamación posterior alguna.
Artículo 2º Artículo 3º: IMPÚTESE el egreso que asciende a la suma de Pesos Nueve Mil Seiscientos $ 9.600 a la Jurisdicción 101, Programa 5/0, Partida Principal 03, Parcial 99, Subparcial 00 del Presupuesto Vigente, correspondiente al Documento Contable, Nota de Pedido N 2010/000816, Ejercicio 2010, que certifica la reserva presupuestaria pertinente, a los efectos de atender la presente erogación.

de la Gobernación;
EL SECRETARIO GENERAL DE LA GOBERNACIÓN
RESUELVE
Artículo 1º.- IMPÚTESE la suma de Pesos Veintiocho Millones Ciento Catorce Mil Seis con cincuenta centavos $
28.114.006,50 a la Jurisdicción 170, Programa 710, Partida Principal 15, Parcial 01, Subparcial 03 Préstamos a corto plazo a otros Organismos del Estado Provincial del Presupuesto Vigente de conformidad a lo informado por la Dirección General de Administración de la Secretaría General de la Gobernación.
Artículo 2º.- ENCOMIÉNDASE a la Subsecretaría de Informática y Telecomunicaciones de la Secretaría General de la Gobernación el análisis y desarrollo de las especificaciones técnicas para incluir en la eventual futura contratación, de conformidad a lo dispuesto en la Cláusula Tercera de los Acuerdos Nros. 36 y 37, ratificados por Decreto N 1324/2010.

Córdoba, 22 de diciembre de 2010.-

Que el citado instrumento legal dispuso que el Ministerio de Finanzas realizaría las adecuaciones presupuestarias pertinentes a fin del cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto.
Que con posterioridad la Dirección General de Administración de la Secretaría General de la Gobernación manifiesta que el señor Ministro de Finanzas, en ejercicio de la facultad citada en el párrafo anterior, dictó la Resolución N 360/10, modificada por Resolución N 439/10; asimismo informa que a instancias de las medidas citadas supra y de un posterior ajuste efectuado por esa área, existe crédito presupuestario disponible en la Partida Principal 15, Partida Parcial 01, Subparcial 03
Préstamos a corto plazo a otros Organismos del Estado Provincial del Programa 710 de la Jurisdicción Presupuestaria 170, susceptible de imputarse para atender la erogación involucrada en el Decreto N 1324/2010 y que, siendo la Secretaría General de la Gobernación la Unidad de Organización de los créditos presupuestarios dispuestos en la Categoría Programática 710 Abastecimientos Comunes de la Jurisdicción Presupuestaria 170, y una dependencia inmediata de ésta Dirección General de Compras, Mantenimiento, Infraestructura y Servicios, la Unidad Ejecutora, corresponde que aquélla emita el acto administrativo que impute los créditos.
Que por otra parte, corresponde encomendar a la Subsecretaría de Informática y Telecomunicaciones de la Secretaría General de la Gobernación el análisis y desarrollo de las especificaciones técnicas para incluir en la eventual futura contratación, de conformidad a lo estipulado en la Cláusula Tercera de los Acuerdos Nros. 36 y 37/2010.

EL SECRETARIO GENERAL DE LA GOBERNACION
RESUELVE

3

BOLETÍN OFICIAL

Artículo 3.- PROTOCOLÍCESE, dése a la Dirección General de Administración de la Subsecretaría de Coordinación de Administración y Personal de la Secretaría General de la Gobernación, dése intervención al Tribunal de Cuentas, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
CR. RICARDO ROBERTO SOSA
SECRETARIO GENERAL DE LA GOBERNACIÓN

RESOLUCION N 777
Córdoba, 3 de diciembre de 2010.VISTO: El expediente N 0165-086134/2010 del Registro de la Dirección General de Administración de la Secretaría General de la Gobernación en el que se propicia la formalización de ajustes en la distribución de los Recursos Financieros asignados por el Presupuesto General de la Administración Provincial en vigencia.
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo dispuesto por el artículo 31 del Decreto Nº 150/
04 Reglamentario de la Ley Nº 9086, modificado por Decreto N
1966/2009, se faculta a los titulares de cada uno de los Poderes y Jurisdicciones de la Administración Central a autorizar las modificaciones presupuestarias compensadas entre los créditos asignados dentro de su misma jurisdicción.
Que mensualmente cada uno de los Poderes y Jurisdicciones deberá formalizar dichas modificaciones mediante el dictado de la Resolución pertinente.
Que las modificaciones propuestas encuadran en las disposiciones legales vigentes, de acuerdo a los artículos 31 y 110 in fine de la Ley de Administración Financiera y del Control Interno de la Administración General del Estado Provincial N 9086.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas y la normativa citada;
EL SECRETARIO GENERAL DE LA GOBERNACIÓN
RESUELVE
Artículo 1º FORMALÍZANSE las modificaciones en las asignaciones de Recursos Financieros del Presupuesto General de la Administración Provincial en vigencia, de conformidad con el reporte compactado, que incluye el Documento de Modificación de Crédito Presupuestario Nro. 17, que como Anexo I, compuesto de dos 02 fojas útiles forman parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2º PROTOCOLICESE, dése intervención al Tribunal de Cuentas, comuníquese a la Legislatura, a la Contaduría General de la Provincia y a la Dirección General de Presupuesto e Inversiones Públicas, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
CR. RICARDO ROBERTO SOSA
SECRETARIO GENERAL DE LA GOBERNACIÓN

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 17/01/2011 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date17/01/2011

Page count9

Edition count4196

First edition01/02/2006

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