Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 11/01/2011 - 1º Sección

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

2

BOLETÍN OFICIAL

VIENE DE TAPA
DECRETO Nº 1672

cuenta la inversión realizada con el Plan anterior, categorizando a los edificios en Bueno Regular Malo, conforme la impresión general que el edificio transmitía en su inspección previa.
Que se refleja en la planilla de inversión general que en cinco 5 de las once 11 zonas en las que se dividió operativamente la ciudad de Córdoba, el porcentaje de avance de las obras supera el 50%, en las restantes seis 6 zonas el porcentaje de avance de obra supera el 40%, debido a la planificación inicial del Plan de priorizar en los primeros meses las emergencias y programar para el final las mayores intervenciones, según relevamientos realizados al inicio de los mismos y rectificados al momento de la planificación para el comienzo de la obra.
Que debido a la cantidad, calidad y continuidad de las emergencias urgencias solicitadas y viendo que se podría poner en riesgo el desarrollo pedagógico si no se les diera respuesta inmediata, se determinó disminuir lo programado inicialmente como obras de mayor envergadura, por lo que lo solicitado no es posible abordarlo con el monto asignado al Plan en vigencia.
Que según la planilla de proyección de la zona donde se plantea lo solicitado por la Dirección General de Infraestructura Escolar dependiente del Ministerio de Educación, se evidencia en la misma que la necesidad es de un 30% aproximadamente del contrato de obra $3.500.000,00.
Que por lo expuesto y atendiendo a la proximidad de la finalización del Plan actual, el receso escolar de invierno y posteriormente la proximidad de la época de lluvias, se otorga un adicional al contrato original de obra del 30%, de manera
de disponer de todo el saldo actual del contrato para las obras ya programadas y contar con el adicional hasta el 31
de diciembre de 2010, de manera de finalizar el ciclo lectivo con los establecimientos en condiciones.
Que los trabajos adicionales a realizar, no superan en cuanto a su valor económico, el límite porcentual del treinta por ciento 30% establecido en los artículos 40 y 41 de la Ley de Obras Públicas Nº 8614.
Que se ha incorporado en autos el correspondiente Certificado de Habilitación para Adjudicación expedido por el Registro de Constructores de Obras artículo 7 del Decreto Nº 8/98 y Resolución Nº 002/99 del entonces Ministerio de Obras, Servicios Públicos y Vivienda.
Por ello, las disposiciones de la Ley Nº 5901 T.O. ley 6300 y modificatorias, lo dictaminado por el Departamento Jurídico del Ministerio de Obras y Servicios Públicos con el Nº 460/10 y por Fiscalía de Estado bajo el Nº 878/10, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A:
Artículo 1º.- APRUÉBANSE los trabajos adicionales necesarios de efectuar en la obra: EJECUCIÓN DE LAS
TAREAS DE REPARACIONES Y REFUNCIO NALI
ZACIONES que oportunamente se determinen para la realización del PLAN INTEGRAL DE REGULARIZACIÓN
EDILICIA DE ESTABLECIMIENTOS ESCOLARES, ubicados en la Ciudad de Córdoba AÑO 2009 - ZONA F Provincia de Córdoba y consecuen temente ADJUDÍCASE la ejecución de los mismos, a la Empresa JOSÉ JACOBO
contratista de la obra principal, por la suma total de PESOS
UN MILLÓN CINCUENTA MIL $ 1.050.000,00, estableciéndose un plazo de ejecución de obra de ciento
VIENE DE TAPA
DECRETO Nº 1695

reparaciones relacionadas con el estado edilicio, teniendo en cuenta la inversión realizada con el Plan anterior, categorizando a los edificios en Bueno Regular Malo, conforme la impresión general que el edificio transmitía en su inspección previa.
Que se refleja en la planilla de inversión general que en cinco 5 de las once 11 zonas en las que se dividió operativamente la ciudad de Córdoba, el porcentaje de avance de las obras supera el 50%, en las restantes seis 6 zonas el porcentaje de avance de obra supera el 40%, debido a la planificación inicial del Plan de priorizar en los primeros meses las emergencias y programar para el final las mayores intervenciones, según relevamientos realizados al inicio de los mismos y rectificados al momento de la planificación para el comienzo de la obra.
Que debido a la cantidad, calidad y continuidad de las emergencias urgencias solicitadas y viendo que se podría poner en riesgo el desarrollo pedagógico si no se les diera respuesta inmediata, se determinó disminuir lo programado inicialmente como obras de mayor envergadura, por lo que lo solicitado no es posible abordarlo con el monto asignado al Plan en vigencia.
Que según la planilla de proyección de la zona donde se plantea lo solicitado por la Dirección General de Infraestructura Escolar dependiente del Ministerio de Educación, se evidencia en la misma que la necesidad es de un 30%
aproximadamente del contrato de obra $3.500.000,00.

CÓRDOBA, 11 de enero de 2011

Que por lo expuesto y atendiendo a la proximidad de la finalización del Plan actual, el receso escolar de invierno y posteriormente la proximidad de la época de lluvias, se otorga un adicional al contrato original de obra del 30%, de manera de disponer de todo el saldo actual del contrato para las obras ya programadas y contar con el adicional hasta el 31 de diciembre de 2010, de manera de finalizar el ciclo lectivo con los establecimientos en condiciones.
Que los trabajos adicionales a realizar, no superan en cuanto a su valor económico, el límite porcentual del treinta por ciento 30% establecido en los artículos 40 y 41 de la Ley de Obras Públicas Nº 8614.
Que se ha incorporado en autos el correspondiente Certificado de Habilitación para Adjudicación expedido por el Registro de Constructores de Obras artículo 7 del Decreto Nº 8/98 y Resolución Nº 002/99 del entonces Ministerio de Obras, Servicios Públicos y Vivienda.
Por ello, las disposiciones de la Ley Nº 5901
T.O. ley 6300 y modificatorias, lo dictaminado por el Departamento Jurídico del Ministerio de Obras y Servicios Públicos con el Nº 462/10 y por Fiscalía de Estado bajo el Nº 852/10, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A:
Artículo 1º.- APRUÉBANSE los trabajos adicionales necesarios de efectuar en la obra: EJECUCIÓN DE LAS TAREAS DE

ochenta 180 días.
Artículo 2º.- IMPÚTASE el egreso que asciende a la suma de PESOS UN MILLÓN CINCUENTA MIL $
1.050.000,00, conforme lo indica la Dirección de Jurisdicción de Administración del Ministerio de Obras y Servicios públicos en su Documento de Contabilidad Nota de Pedido Nº 2010/000456, con cargo a: Jurisdicción 1.50, Programa 516-000, Partida 12.06.00.00 del P.V.
Artículo 3º.- FACÚLTASE a la Subsecretaría de Arquitectura dependiente del Ministerio de Obras y Servicios Públicos para firmar el contrato respectivo, debiendo la adjudicataria ampliar la garantía de contrato.
Artículo 4º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministro de Obras y Servicios Públicos y Fiscal de Estado.
Artículo 5º.- PROTOCOLÍCESE, dése intervención a la Dirección de Jurisdicción de Administración del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, al Tribunal de Cuentas de la Provincia, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, pase a la Subsecretaría de Arquitectura dependiente del citado Ministerio a sus efectos y archívese.

CR. JUAN SCHIARETTI
GOBERNADOR

MINISTRO

REPARACIONES Y REFUNCIONALIZACIO
NES que oportunamente se determinen para la realización del PLAN INTEGRAL DE REGU
LARIZACIÓN EDILICIA DE ESTABLECI
MIENTOS ESCOLARES, ubicados en la Ciudad de Córdoba AÑO 2009 - ZONA C Provincia de Córdoba y consecuentemente ADJUDÍCASE
la ejecución de los mismos, a la Empresa IC
CONSTRUCCIONES S.R.L., contratista de la obra principal, por la suma total de PESOS UN
MILLÓN CINCUENTA MIL $ 1.050.000,00, estableciéndose un plazo de ejecución de obra de ciento ochenta 180 días.
Artículo 2º.- IMPÚTASE el egreso que asciende a la suma de PESOS UN MILLÓN
CINCUENTA MIL $ 1.050.000,00, conforme lo indica la Dirección de Jurisdicción de Administración del Ministerio de Obras y Servicios públicos en su Documento de Contabilidad Nota de Pedido Nº 2010/000452, con cargo a:
Jurisdicción 1.50, Programa 516-000, Partida 12.06.00.00 del P.V.
Artículo 3º.- FACÚLTASE a la Subsecretaría de Arquitectura dependiente del Ministerio de
ING. HUGO A. TESTA
DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO

Obras y Servicios Públicos para firmar el contrato respectivo, debiendo la adjudicataria ampliar la garantía de contrato.
Artículo 4º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministro de Obras y Servicios Públicos y Fiscal de Estado.
Artículo 5º.- PROTOCOLÍCESE, dése intervención a la Dirección de Jurisdicción de Administración del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, al Tribunal de Cuentas de la Provincia, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, pase a la Subsecretaría de Arquitectura dependiente del citado Ministerio a sus efectos y archívese.
CR. JUAN SCHIARETTI
GOBERNADOR

MINISTRO

ING. HUGO A. TESTA
DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO

VIENE DE TAPA
ACUERDO Nº 145

ANEXO I JUEZ DE PAZ DEL DEPARTAMENTO SOBREMONTE
VACANTE: SAN FRANCISCO DEL CHAÑAR.CONCURSANTES
1 2

APELLIDO Y NOMBRE
Tipo ORONA, GUSTAVO ANIBAL D.N.I
LOZA, JUSTO RAMÓN
D.N.I

Número 13.499.852
22.968.330

TOTAL
55,00
50,12

About this edition

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 11/01/2011 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date11/01/2011

Page count9

Edition count4192

First edition01/02/2006

Last issue02/08/2024

Download this edition

Other editions

<<<Enero 2011>>>
DLMMJVS
1
2345678
9101112131415
16171819202122
23242526272829
3031