Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 15/06/2010 - 1º Sección

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CÓRDOBA, 15 de junio de 2010

observándose que el escrito de que se trata luzca fundado, tal como l o exige la ley de procedimiento administrativo Nº 5350 T.O. de la ley N º 6658 y modif., sin siquiera poder vislumbrarse cuales son los agravios que el mismo ocasiona.
Por ello, en merito de lo reseñado, los informes producidos y los dictámenes Nº 076/09 del Ministerio de Educación y 295/10 de Fiscalía de Estado, y en uso de las atribuciones conferidas en el Art. 144 de la Constitución Provincial.
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º .- RECHAZÁSE , el Reclamo formulado por la docente Silvia Beatriz Martínez M.I. Nº 22.078.695, dependiente del Ministerio de educación, en orden a que se le abonen haberes correspondientes al cargo de Director de Escuela Primaria de Tercera de la Escuela de Nivel Primario Gabriela Mistral de Campo El Chato zona rural de La Laguna,Dpto. Gral. San Martín dejados de percibir entre el 01 de Marzo de 2006 y 28 de Febrero de 2007, por ser el mismo sustancialmente improcedente.
ARTICULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Educación y el señor Fiscal de Estado.
ARTICULO 3º.- PROTOCOLÍSECE, comuníquese, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
CR. JUAN SCHIARETTI
GOBERNADOR
WALTER M. GRAHOVAC
MINISTRO DE EDUCACIÓN

REGISTRO GENERAL de la PROVINCIA

Resolución General Nº 8. Córdoba, uno de junio de dos mil diez.
VISTO: Lo dispuesto en Resolución General N 03/2001 y concs. respecto a la tramitación de documentos que se presenten a este Registro General por parte de los Sres. Gestores o Tramitadores; y los requerimientos formulados por Sres. Gestores en relación al plazo de vigencia de la credencial otorgada por este organismo.
Y CONSIDERANDO:
1.- Que el otorgamiento de la credencial de gestores opera en supuestos de autorización genérica emitida por algunos de los sujetos legitimados, conforme las previsiones contenidas por el art. 31 de la L.P. 5771; lo que no obsta a la autorización particular por parte del autor del documento con vocación registral.
2.- Que se ha estimado conveniente y oportuno modificar integralmente la normativa vigente, a efectos de adaptarla a las circunstancias actuales y a los requerimientos del servicio; estudio que se está elaborando y estará concluido durante el mes en curso, fecha en la que entrará en vigencia la nueva disposición.
3.- Que por lo expuesto, es menester prorrogar excepcionalmente hasta el 30-06-2010, sólo aquellas credenciales otorgadas en forma definitiva y cuyo vencimiento hubiere operado desde el 01-06-2009 y hasta la entrada en
Resolución Nº 111

Resolución Nº 174 A
Córdoba, 18 de Mayo de 2010
VISTO: El Expediente Nº 0007-075403/2009 en el cual constan actuaciones referidas a la Entidad CLUB SPORTIVO BARRIO
FATIMA, con asiento en la Ciudad de Villa Dolores, Provincia de Córdoba.Y CONSIDERANDO:

Córdoba, 26 de mayo de 2010

Expediente 0047- 014736/2010
VISTO: este Expediente en el que obran las actuaciones relacionadas con la fecha de apertura de la Licitación Pública N
02/ 2010 para contratar el desarrollo del proyecto ejecutivo completo y la ejecución de la obra : CONSTRUCCION NUEVO
EDIFICIO PARA CENTRO CIVICO DE RIO CUARTO DEPARTAMENTO RIO CUARTO - PROVINCIA DE
CÓRDOBA fijada para el día 22/06/2010 a las 13:00 hs, conforme se dispusiera por Resolución N 092 del 12/05/ 2010
de esta sub Secretaría;
ATENTO ELLO, EL SUBSECRETARIO DE ARQUITECTURA
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º.- PRORROGAR para el día 25 de JUNIO DEL
AÑO 2010 a las 13:00 hs, la fecha de apertura de las propuestas que se formulen a la Licitación Pública N 020/ 2010 para contratar el desarrollo del proyecto ejecutivo completo y la ejecución de la obra: CONSTRUCCION NUEVO EDIFICIO PARA CENTRO
CIVICO DE RIO CUARTO - DEPARTAMENTO RIO CUARTO PROVINCIA DE CÓRDOBA debiéndose presentar las ofertas en sede de Gobierno Provincial de la Ciudad de Río Cuarto, sita en calle General Paz N 922 esquina Rivadavia - Ciudad de Río Cuarto, hasta las 12:00 horas de la fecha indicada precedentemente.
ARTICULO 2º.- PROTOCOLICESE notitiquese, publiquese en el Boletín Oficial y los medios autorizados oportunamente por la Dirección de Administración del ministerio de Obras y Servicios Públicos, hágase saber a las Direcciones de Obras, Licitaciones y Contrataciones, de Planificación y Proyectos, y PASE a División Licitaciones y Contratos a sus efectos.
ARQ. ANDRÉS EDUARDO CAPARROZ
SUBSECRETARIO DE ARQUITECTURA

vigencia de la nueva disposición; siempre que no hubiere sido revocada la autorización que le dio origen.
POR TODO ELLO, y en uso de las atribuciones conferidas por la ley 5771 arts. 61 y 62, y las normas citadas, la DIRECCIÓN
GENERAL DEL REGISTRO GENERAL DE LA PROVINCIA, RESUELVE:
Artículo Primero: PRORROGAR excepcionalmente hasta el 30-06-2010, sólo aquellas credenciales otorgadas a los Sres.
Gestores o Tramitadores en forma definitiva y cuyo vencimiento hubiere operado desde el 01-06-2009 y hasta la entrada en vigencia de la nueva disposición; siempre que no hubiere sido revocada la autorización que le dio origen.
Artículo Segundo: DAR PUBLICIDAD Y COMUNICAR el contenido de la presente al Excelentísimo Tribunal Superior de Justicia de la Provincia, a la Justicia Federal, a la Fiscalía de Estado, a la Secretaría de Ingresos Públicos, al Ministerio de Justicia, a la Unidad Ejecutora, a los Colegios Profesionales de Abogados, Escribanos, Martilleros y Agrimensores, a sus efectos.
Artículo Tercero: Protocolícese, comuníquese al Boletín Oficial de la Provincia, dése copia y archívese.DRA. MARÍA CRISTINA CÁCERES DE DNKLER
DIRECTORA GENERAL

DIRECCIÓN de INSPECCIÓN de PERSONAS JURÍDICAS

JORGE EDUARDO CÓRDOBA
FISCAL DE ESTADO

SUBSECRETARÍA de ARQUITECTURA

3

BOLETÍN OFICIAL

Que se presentan un grupo de personas, quienes manifiestan ser socios de la Entidad CLUB SPORTIVO BARRIO FATIMA, con asiento en la Ciudad de Villa Dolores, Provincia de Córdoba, y solicitan se designe una Comisión Normalizadora, denunciando una situación de acefalía e irregularidad institucional.Que conforme lo manifiesta el Departamento Asociaciones Civiles y Fundaciones en el Informe Técnico la Entidad posee Personería Jurídica otorgada por Resolución N 127 A de fecha 06 de Noviembre de 1975.Que de nuestros registros surge que la fecha de cierre del ejercicio económico opera el 31 de Diciembre de cada año, adeudándose asimismo los cierres de ejercicios correspondientes a los años 31/12/1998 y 31/12/2008 inclusive, que el último acto social realizado por la entidad es la Asamblea General Ordinaria de fecha 30 de Agosto de 1998, encontrándose las autoridades designadas oportunamente con sus mandatos vencidos, por lo tanto la Institución se encuentra en la situación prevista en el Inc.
j, Apartado 2 del Art. 10 de la Ley Nº 8652.-

integrantes de la misma, quienes deberán tomar posesión del cargo, suscribiendo un acta ante el Departamento Asociaciones Civiles y Fundaciones de esta Dirección.ARTÍCULO 2º.- AUTORIZAR su funcionamiento por el término de sesenta 60 días, plazo en el cual deberá convocar a Asamblea General Ordinaria que trate los ejercicios vencidos y elija las autoridades de la entidad, garantizando la amplia participación de la masa societaria y respetando las normas estatutarias en vigencia.ARTÍCULO 3º.- PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, vuelva al Departamento Asociaciones Civiles y Fundaciones para la anotación de la medida en el registro pertinente y archívese.DR. RUBÉN OMAR DI FIORE
DIRECTOR DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS


Resolución Nº 170 A/10
Córdoba, 17 de mayo de 2010
VISTO: El Expediente Nº 0007-074237/2008 en el cual constan actuaciones referidas a la Entidad CLUB ATLETICO
INDEPENDIENTE, con asiento en la Ciudad de Cosquín, Provincia de Córdoba.Y CONSIDERANDO:

Que se estiman cumplidos los requisitos formales y legales con relación a la solicitud de designación de Comisión Normalizadora de la Entidad CLUB SPORTIVO BARRIO FATIMA.En consecuencia y en uso de las facultades conferidas por los Arts. 2 y 10 y concordantes de la Ley Nº 8652, EL DIRECTOR DE INSPECCION
DE PERSONAS JURIDICAS
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º.- DESIGNAR como Comisión Normalizadora de la Entidad Civil denominada CLUB SPORTIVO BARRIO
FATIMA, con sede legal en la Ciudad de Villa Dolores, Provincia de Córdoba, a los Señores: Jorge Iván SUAREZ D.N.I. Nº 14.821.549, Oscar Antonio MERCAU PUERTAS D.N.I. Nº 20.414.450 y Alfredo ORTIZ D.N.I. Nº 7.799.387, como
Que se presentan un grupo de personas, quienes manifiestan ser socios de la Entidad, CLUB ATLETICO INDEPENDIENTE, con asiento en Ciudad de Cosquín, Provincia de Córdoba y solicitan se designe una Comisión Normalizadora, denunciando una situación de acefalía e irregularidad institucional.Que conforme lo manifiesta el Departamento Asociaciones Civiles y Fundaciones en el Informe Técnico la Entidad posee Personería Jurídica otorgada por Decreto N 19804 de fecha 08
de Mayo de 1928.Que de nuestros registros surge que la fecha de cierre del ejercicio económico opera el 28 de Febrero de cada año, adeudándose asimismo se advierte que el último acto social realizado por dicha entidad, es una asamblea ordinaria de fecha CONTINÚA EN PÁGINA 4

About this edition

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 15/06/2010 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date15/06/2010

Page count4

Edition count4177

First edition01/02/2006

Last issue12/07/2024

Download this edition

Other editions

<<<Junio 2010>>>
DLMMJVS
12345
6789101112
13141516171819
20212223242526
27282930