Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 15/06/2010 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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BOLETÍN OFICIAL

VIENE DE TAPA
RESOLUCION Nº 61

VIENE DE TAPA
RESOLUCION Nº 45

titular del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, está facultado para adjudicar los trabajos.

titular del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, está facultado para adjudicar los trabajos.

Que según los informes incorporados al expediente, por disposiciones de la Ley de Presupuesto General para el corriente ejercicio N 9702 se le ha asignado el carácter de Recurso Afectado a la Tasa Vial y F.I.V, estableciendo que serán administrados por la jurisdicción responsable, y que puede el señor Ministro disponer la adjudicación de marras cualquiera fuere su monto puesto que las erogaciones se corresponden con la naturaleza del recurso afectado y se aplican las disposiciones del capítulo VII de la Ley N 7631, Orgánica de Contabilidad, Presupuesto General de Administración, Ley N 8614 de Obras Públicas y la Ley N 5901
T.O. Ley N 6300 y sus modificatorias esta última respecto del procedimiento a implementar en la contratación.

Que según los informes incorporados al expediente, por disposiciones de la Ley de Presupuesto General para el corriente ejercicio N 9702 se le ha asignado el carácter de Recurso Afectado a la Tasa Vial y F.I.V, estableciendo que serán administrados por la jurisdicción responsable, y que puede el señor Ministro disponer la adjudicación de marras cualquiera fuere su monto puesto que las erogaciones se corresponden con la naturaleza del recurso afectado y se aplican las disposiciones del capítulo VII de la Ley N 7631, Orgánica de Contabilidad, Presupuesto General de Administración, Ley N 8614 de Obras Públicas y la Ley N 5901
T.O. Ley N 6300 y sus modificatorias esta última respecto del procedimiento a implementar en la contratación.

Por ello, lo dictaminado por el Departamento Jurídico de este Ministerio con el Nº 116/2010 caso similar y su proveído de fecha 22-03-10, y por Fiscalía de Estado bajo el Nº 165/06.

Por ello, lo dictaminado por el Departamento Jurídico de este Ministerio con el Nº 116/2010 caso similar y su proveído de fecha 22-03-10, y por Fiscalía de Estado bajo el Nº 165/06

EL MINISTRO DE OBRAS Y SERVICIOS PBLICOS
RESUELVE:

EL MINISTRO DE OBRAS Y SERVICIOS PBLICOS
RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- AUTORIZAR la ejecución de los trabajos de la obra: MEJORAMIENTO DE LAS REDES VIALES SIN
PAVIMENTAR PRIMARIA, SECUNDARIA Y TERCIARIA
PERTENENCIENTES A LA JURISDICCIÓN DEL CONSORCIO
CAMINERO REGIONAL Nº 5 DEPARTAMENTO: RÍO SEGUNDO FIV Nº 8, y consecuentemente ADJUDICAR los mismos en forma directa al Consorcio Caminero Regional Nº 5, por la suma de PESOS UN MILLÓN NOVECIENTOS CINCUENTA Y
CUATRO MIL UNO CON SETENTA CENTAVOS $
1.954.001,70, con una duración del contrato de nueve 9 meses.

ARTÍCULO 1º.- AUTORIZAR la ejecución de los trabajos de la obra: MEJORAMIENTO DE LAS REDES VIALES SIN
PAVIMENTAR PRIMARIA, SECUNDARIA Y TERCIARIA
PERTENENCIENTES A LA JURISDICCIÓN DEL CONSORCIO
CAMINERO REGIONAL Nº 8 DEPARTAMENTO: SAN JUSTO
FIV Nº 8, y consecuentemente ADJUDICAR los mismos en forma directa al Consorcio Caminero Regional Nº 8, por la suma de PESOS UN MILLÓN NOVECIENTOS CINCUENTA Y
CUATRO MIL UNO CON SETENTA CENTAVOS $
1.954.001,70, con una duración del contrato de nueve 9 meses.

ARTÍCULO 2º.- IMPUTAR el egreso que asciende a la suma de PESOS UN MILLÓN NOVECIENTOS CINCUENTA Y
CUATRO MIL UNO CON SETENTA CENTAVOS $
1.954.001,70, conforme lo indica la Dirección de Jurisdicción de Recursos Económicos y Financieros de la Dirección Provincial de Vialidad en su Documento de Contabilidad Nota de Pedido Nº 2010/000043, con cargo a Jurisdicción 1.50, Programa 504006, Partida 12.06.00.00, Centro de Costo 238801 del P.V.

ARTÍCULO 2º.- IMPUTAR el egreso que asciende a la suma de PESOS UN MILLÓN NOVECIENTOS CINCUENTA Y
CUATRO MIL UNO CON SETENTA CENTAVOS $
1.954.001,70, conforme lo indica la Dirección de Jurisdicción de Recursos Económicos y Financieros de la Dirección Provincial de Vialidad en su Documento de Contabilidad Nota de Pedido Nº 2010/000017, con cargo a Jurisdicción 1.50, Programa 504006, Partida 12.06.00.00, Centro de Costo 238801 del P.V.

ARTÍCULO 3º.- FACULTAR al señor Presidente de la Dirección Provincial de Vialidad a suscribir el respectivo contrato de obra.

ARTÍCULO 3º.- FACULTAR al señor Presidente de la Dirección Provincial de Vialidad a suscribir el respectivo contrato de obra.

ARTÍCULO 4º.- PROTOCOLÍCESE, dése intervención a la Dirección de Jurisdicción de Recursos Económicos y Financieros de la Dirección Provincial de Vialidad, al Tribunal de Cuentas de la Provincia, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, pase a la citada Dirección a sus efectos y archívese.

ARTÍCULO 4º.- PROTOCOLÍCESE, dése intervención a la Dirección de Jurisdicción de Recursos Económicos y Financieros de la Dirección Provincial de Vialidad, al Tribunal de Cuentas de la Provincia, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, pase a la citada Dirección a sus efectos y archívese.

ING. HUGO ATILIO TESTA
MINISTRO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS

ING. HUGO ATILIO TESTA
MINISTRO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS

CÓRDOBA, 15 de junio de 2010

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1º.- RECTIFÍCASE parcialmente el artículo 1º del Decreto Nº 1855 del 18 de diciembre de 2009, el que quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 1º.- ACÉPTASE la revocación de la donación efectuada por la Municipalidad de Calchín a favor del entonces Instituto Provincial de la Vivienda, por inejecución del cargo de construcción de planes de vivienda, y en consecuencia RESTITÚYESE a dicho Municipio el inmueble ubicado en la Localidad de Calchín, Departamento Río Segundo,designado Manzana J; mide 91 ms. 60 cms., su lado Este y 91 ms. 53 cms. su lado Oeste, por 52 ms. 31 cms. y 52 ms. 81 cms de ancho cada uno de sus lados Norte y Sur respectivamente, con una superficie de 4812 ms. 69 dcms. Cuadrados; linda al Norte con Ferrocarril General Bartolomé Mitre; al Sur con Boulevard San Martín ; al Este con camino público a Carrilobo y al Oeste con calle pública; inscripto en el Registro General de la Provincia en la Matrícula Nº 246.202 27-09 Río Segundo, Cuenta Nº 270917203366, Nomenclatura Catastral: 27-09-01-01-01-054000.
ARTÍCULO 2º.- MODIFÍCASE el artículo 2º del Decreto Nº 1855 del 18 de diciembre de 2009, el que quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 2º.- AUTORÍZASE expresamente a la Dirección de Vivienda, Ley Nº 8558, C.U.I.T. Nº 3057128032-5, con domicilio legal en calle Humberto Primero Nº 467 de la ciudad de Córdoba, a suscribir la pertinente Escritura de Restitución de Dominio a la Municipalidad de Calchín, C.U.I.T. Nº 3066937887-0, con domicilio legal en 9 de Julio Nº 173 de la localidad de Calchín.
ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Obras y Servicios Públicos y el señor Fiscal de Estado.
ARTÍCULO 4º.- PROTOCOLICESE, comuníquese, dése intervención a la Contaduría General de la Provincia, a la Subsecretaría de Vivienda del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
CR. JUAN SCHIARETTI
GOBERNADOR
ING. HUGO ATILIO TESTA
MINISTRO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS
JORGE EDUARDO CÓRDOBA
FISCAL DE ESTADO


Decreto Nº 594
Decreto Nº 735

VIENE DE TAPA
DECRETO Nº 767

GAS DEL CENTRO S.A., representada en este acto por los señores Donaldo SLOOG y Miguel E. HÉE, Gerentes General y Comercial, respectivamente, el que como Anexo I, compuesto de TREINTA Y
SEIS 36 fojas, forma parte integrante del presente Decreto.

Córdoba, 21 de mayo de 2010
VISTO: El expediente Nº 0135-023137/2009 del registro de la entonces Dirección Provincial de la Vivienda del Ministerio de Obras y Servicios Públicos.

ARTÍCULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministro de Obras y Servicios Públicos y Fiscal de Estado.
Y CONSIDERANDO:
ARTÍCULO 3º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en Boletín Oficial, pase a la Secretaría de Planeamiento y Desarrollo Energético e Infraestructura dependiente del Ministerio de Obras y Servicios Públicos a sus efectos y archívese.
CR. JUAN SCHIARETTI
GOBERNADOR
ING. HUGO ATILIO TESTA
MINISTRO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS
JORGE EDUARDO CÓRDOBA
FISCAL DE ESTADO

Que en las presentes actuaciones obra el Decreto Nº 1855 de fecha 18 de diciembre de 2009 por el cual se aceptó la revocación de la donación de un inmueble, efectuada por la Municipalidad de Calchín a favor del entonces Instituto Provincial de la Vivienda, por inejecución del cargo, como así también se ordenó la restitución del mismo al citado Municipio.
Que toma intervención Escribanía General de Gobierno, sugiriendo la rectificación parcial del instrumento legal citado a fin de poder dar cumplimiento a lo en él ordenado, por lo que corresponde en esta instancia proceder conforme lo propiciado.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 inciso 1º de la Constitución Provincial;

Córdoba, 30 de abril de 2010

VISTO: El expediente 0109-069560/2006, en que la docente Silvia Beatriz Martínez dependiente del Ministerio de Educación reclama el pago de haberes correspondiente al cargo de Directora Escuela Primaria de Tercera en la Escuela de Nivel Primario Gabriela Mistral de Campo El Chato, zona rural de La Laguna, Departamento General San Martín, dejados de percibir entre el 01 de Marzo de 2006 y el 28 de Febrero de 2007.
Y CONSIDERANDO:
Que sometidos a consideración las presentes actuaciones, relacionadas con el recurso de reconsideración interpuesto por la señora Silvia Beatriz Martínez M.I. Nº 22.078.695 , en contra del Decreto Nº 291/10 mediante el cual se rechaza el reclamo formulado por dicha agente, respecto al pago de haberes correspondiente a un cargo de Director de Escuela.
Que del texto del libelo impugnativo, se desprende su carácter de recurso de reconsideración, toda vez que tuvo como finalidad impugnar los términos del Decreto Nº 291/10, correspondiendo agregar que dicho remedio fue presentado en tiempo oportuno.
Que la recurrente no aporta elemento alguno que logre conmover lo dispuesto por la disposición atacada, no

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 15/06/2010 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date15/06/2010

Page count4

Edition count4177

First edition01/02/2006

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