Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 08/06/2010 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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BOLETÍN OFICIAL

VIENE DE TAPA
DECRETO Nº 734

Cruz del Eje informa que el mencionado Obispado ha cumplimentado con los cargos impuestos en la Ordenanza Nº 1575/02, artículo 2 y 3.
Que la Subsecretaría de Vivienda dependiente del Ministerio de Obras y Servicios Públicos puede dar en donación el inmueble de que se trata conforme lo establece el artículo 4º - inciso l de la Ley 8558.
Por ello, lo dictaminado por el Departamento Jurídico del Ministerio de Obras y Servicios Públicos con el Nº 164/10 y por Fiscalía de Estado bajo el Nº 341/10
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1º.- DÓNASE a favor del OBISPADO DE CRUZ DEL EJE - CARITAS PARROQUIA SANTA ROSA DE LIMA, un Lote de Terreno ubicado en Barrio Yanicelli, de la Localidad de Cruz del Eje, Departamento Cruz del Eje, Provincia de Córdoba, designado como Lote 16, Manzana H, que mide: 12 mts sobre calle J.J. de Urquiza al Sud; con un contrafrente de 12 mts. al
Decreto Nº 812
Córdoba, 4 de junio de 2010
VISTO: el expediente Nº 0051-058253/10 Cuerpos 1 al 25, en el que da cuenta del proceso licitatorio realizado por la Subsecretaría de Arquitectura dependiente del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, para la contratación del proyecto ejecutivo y ejecución de la obra: NUEVA
ESTACIÓN TERMINAL DE ÓMNIBUS DE
CÓRDOBA, por la suma de $ 85.915.000,00.
Y CONSIDERANDO:
Que concretado el pertinente llamado se realiza el acto de apertura de las ofertas que se presentaron al mismo, todo lo cual quedó documentado mediante acta labrada al efecto, que obra a fs. 6731/6736 de autos.
Que la Comisión de Estudio de las ofertas se expide a fs. 6738/6742 de autos en cumplimiento de las disposiciones de los artículos 29 y 30 del Decreto 4758/77 aprobatorio del Pliego General de Condiciones de la Ley de Obras Públicas y actual artículo 29 de la Ley 8614, y aconseja la adjudicación a la propuesta de la Empresa RIVA
S.A.I.I.C.F.A., por ser la más conveniente en los términos del Artículo 29 de la Ley 8614.
Que se ha realizado el pertinente Documento Contable Nota de Pedido según lo dispuesto por el artículo 13 de la Ley 8614 e incorporado Certificado de Habilitación para Adjudicación en cumplimiento de lo establecido por el artículo 7 último párrafo del Decreto 8/98 y Resolución Nº 002/99 del ex Ministerio de Obras, Servicios Públicos y Vivienda.
Por ello, las disposiciones de la Ley 5901 - T.O.
Ley 6300 y modificatorias, lo dictaminado por el Departamento Jurídico del Ministerio de Obras y Servicios Públicos con el Nº 204/10 y por Fiscalía de Estado bajo el Nº 438/2010;

Norte; en su costado Este 54 mts. y en su costado Oeste 54 mts.; Superficie de Seiscientos Cuarenta y Ocho Metros Cuadrados, lindando al Sud con calle J.J. de Urquiza, al Norte con Lote 4, al Este con Lotes 15 y 10 y al Oeste con Lotes 17 y 22, inscripto en Matrícula Nº 681.266 14-01 CRUZ DEL EJE a nombre del Instituto Provincial de la Vivienda.
ARTÍCULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Obras y Servicios Públicos y el señor Fiscal de Estado.
ARTÍCULO 3º.- PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, dese intervención a la Contaduría General de la Provincia, pase a la Subsecretaría de Vivienda dependiente del Ministerio de Obras y Servicios Públicos a sus efectos y archívese.
CR. JUAN SCHIARETTI
GOBERNADOR
ING. HUGO ATILIO TESTA
MINISTRO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS
JORGE EDUARDO CÓRDOBA
FISCAL DE ESTADO

NUEVA ESTACIÓN TERMINAL DE ÓMNIBUS
DE CÓRDOBA, a la Empresa RIVA S.A.I.I.C.F.A.
por la suma de PESOS OCHENTA Y CINCO
MILLONES NOVECIENTOS QUINCE MIL $
85.915.000,00.
ARTÍCULO 2º.- IMPÚTASE el egreso que asciende a la suma total de PESOS OCHENTA Y
CINCO MILLONES NOVECIENTOS QUINCE
MIL $ 85.915.000,00 conforme lo indica la Dirección de Jurisdicción de Administración dependiente del Ministerio de Obras y Servicios Públicos en su Documento de Contabilidad Nota de Pedido Nº 2010/000056, con cargo a:
Jurisdicción 1.50 Programa 506-011 Partida: 12.06.00.00 del P.V. $ 16.000.000,00
Importe Futuro Año 2011 $ 69.915.000,00

ARTÍCULO 3º.- FACÚLTASE al señor Subsecretario de Arquitectura a suscribir el respectivo contrato de obra, previa constitución de la correspondiente garantía de cumplimiento y demás recaudos legales.
ARTÍCULO 4º.- El presente decreto será refrendado por los señores Ministro de Obras y Servicios Públicos y Fiscal de Estado.
ARTÍCULO 5º.- PROTOCOLÍCESE, dése intervención a la Dirección de Jurisdicción de Administración del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, al Tribunal de Cuentas de la Provincia, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, notifíquese, pase a la Subsecretaría de Arquitectura dependiente del citado Ministerio a sus efectos y archívese.
CR. JUAN SCHIARETTI
GOBERNADOR

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A:

ING. HUGO ATILIO TESTA
MINISTRO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS

ARTÍCULO 1º.- ADJUDÍCASE la contratación del proyecto ejecutivo y ejecución de la obra:

JORGE EDUARDO CÓRDOBA
FISCAL DE ESTADO

CÓRDOBA, 8 de junio de 2010

VIENE DE TAPA
DECRETO Nº 373

de acuerdo al siguiente detalle:

Certificado de Habilitación para Adjudicación, expedido por el Registro de Constructores de Obras artículo 7 del Decreto Nº 8/98 y Resolución Nº 0002/99 del entonces Ministerio de Obras, Servicios Públicos y Vivienda.

Jurisdicción 1.50
Programa 504-002
Partida: 12.06.00.00 del P.V. $ 3.000.000,00

Por ello, las previsiones de la Ley Nº 5901 - T.O.
6300 y modificatorias, lo dictaminado por el Departamento Jurídico del Ministerio de Obras y Servicios Públicos con el Nº 092/2010 y por Fiscalía de Estado bajo el Nº 203/10, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1º.- ADJUDÍCASE la ejecución de los trabajos de la obra: PUENTE SOBRE EL RÍO
CTALAMOCHITA EN DESVÍO DE TRÁNSITO
PESADO NOR-ESTE A RÍO TERCERO DEPARTAMENTO: TERCERO ARRIBA a la Empresa ARC S.R.L., por la suma de PESOS
TRES MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y
NUEVE MIL DOSCIENTOS SESENTA Y TRES
CON NOVENTA CENTAVOS $ 3.999.263,90.
ARTÍCULO 2º.- IMPÚTASE el egreso que asciende a la suma total de PESOS TRES
MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE
MIL DOSCIENTOS SESENTA Y TRES CON
NOVENTA CENTAVOS $ 3.999.263,90, conforme lo indica la Dirección de Jurisdicción de Recursos Económicos y Financieros de la Dirección Provincial de Vialidad en su Documento de Contabilidad Nota de Pedido Nº 000009/2010,
Importe Futuro $ 999.263,90

ARTÍCULO 3º.- FACÚLTASE al señor Presidente de la Dirección Provincial de Vialidad a suscribir el contrato pertinente, para lo cual el adjudicatario deberá cumplimentar los requisitos que a tal fin se establecen en la documentación contractual.
ARTÍCULO 4º.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Obras y Servicios Públicos y el señor Fiscal de Estado.
ARTÍCULO 5º.- PROTOCOLÍCESE, dése intervención a la Dirección de Jurisdicción de Recursos Económicos y Financieros de la Dirección Provincial de Vialidad dependiente del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, al Tribunal de Cuentas de la Provincia, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, pase a la citada Dirección a sus efectos y archívese.
CR. JUAN SCHIARETTI
GOBERNADOR
ING. HUGO ATILIO TESTA
MINISTRO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS
JORGE EDUARDO CÓRDOBA
FISCAL DE ESTADO

Decreto Nº 813
Córdoba, 4 de junio de 2010
VISTO: La necesidad de llevar adelante un plan integral de reparación y construcción en inmuebles dependientes de la Policía de la Provincia.
Y CONSIDERANDO:
Que el estado edilicio que presentan algunos de los inmuebles de la fuerza de seguridad provincial, deteriorados por el uso intensivo y los servicios que desde ellos se prestan, hace imprescindible disponer medidas que permita la intervención en los mismos, ya sea de reparación o de nueva construcción.
Que a fin de dar una respuesta orgánica y estructural a la problemática que plantea la situación de ciertos bienes inmuebles de la Policía, resulta necesario disponer la creación de un fondo con afectación específica, destinado a solucionar esos problemas.
Que el Ministerio de Gobierno, como organismo a cargo de la seguridad de la Provincia será la autoridad de aplicación del fondo, quedando autorizado a suscribir con los municipios y comunas los acuerdos que en cada caso se requiera para realizar las obras o acciones que implique el programa de reparación y/o construcción pertinente.
Por ello, los informes y dictámenes producidos y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 de la Constitución Provincial;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- CRÉASE el Fondo de Reparación y Construcción de Edificios dependientes de la Policía de la Provincia, destinado a ejecutar las obras necesarias para atender las necesidades edilicias de inmuebles afectados a la fuerza policial del Interior Provincial.
ARTÍCULO 2º.- ESTABLÉCESE que el Fondo creado por el artículo anterior, se conformará por un total de Pesos Catorce Millones $ 14.000.000,00, y se integrará con los recursos que presupuestariamente se asignen.
ARTÍCULO 3.- DESÍGNASE autoridad de aplicación del Fondo de Reparación y Construcción de Edificios dependientes de la Policía de la Provincia de Córdoba, al Ministro de Gobierno, quien deberá disponer de manera inmediata las acciones necesarias para llevar adelante la reparación y/o construcción de los inmuebles alcanzados por la presente norma.

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 08/06/2010 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date08/06/2010

Page count5

Edition count4177

First edition01/02/2006

Last issue12/07/2024

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