Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 28/01/2010 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

Educación Inicial y Primaria, mediante las cuales se dispuso, ad referendum de autoridad competente, el cambio de situación de la Escuela de Nivel Inicial "MANUEL BELGRANO", el cambio de imputación de los cargos de las docentes Nilda Raquel OLMEDO y Alba Liliana ORTEGA y la reubicación de esta última en la Escuela de Nivel Inicial "CORONEL ÁNGEL OLMEDO" -ambos establecimientos educativos de Villa Dolores, Departamento San Javier.
Que conforme a las constancias documentales e informativas incorporadas en autos y prescripciones legales de rigor, la decisión se ajusta a derecho, pues se encuadra dentro de la normativa que la funda.
Que en efecto, la medida cumple con los requerimientos jurídicos-formales-pedagógicos estatuidos por Decreto-Ley N 1910/E/57, Decretos Nros. 41009/A/38, 3999/E/67, su modificatorio 925/02 y Resolución N 46/01 del Ministerio de Educación, encontrándose tal determinación técnica, administrativa e institucional plasmada en las resoluciones de marras, dictadas en ejercicio de facultades discrecionales.
Que en consecuencia, se ha decidido en el marco de la normativa legal vigente y propendiendo a un mejor servicio educativo, motivos por los que no se visualizan impedimentos para la ratificación en esta instancia de los instrumentos legales en análisis.
Por ello, los informes producidos, los Dictámenes Nros. 2103/04, 2129/05, 2343/09 del Departamento Jurídico del Ministerio de Educación y 523/06, 1102/09 de Fiscalía de Estado;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1º. RATIFÍCANSE las Resoluciones Nros. 0111/01, 0623/04, 0719/05 de la entonces Dirección de Educación Inicial y Primaria y 1261/
08 de la Dirección General de Educación Inicial y Primaria -Ministerio de Educación-, mediante las cuales se dispuso, ad referendum de autoridad competente, el cambio de situación de la Escuela de Nivel Inicial "MANUEL BELGRANO", el cambio de imputación de los cargos de las docentes Nilda Raquel OLMEDO y Alba Liliana ORTEGA y la reubicación de esta última en la Escuela de Nivel Inicial "CORONEL ÁNGEL OLMEDO" -ambos establecimientos educativos de Villa Dolores, Departamento San Javier-, en los términos y condiciones que se consignan en las mismas, cuyas copias forman parte integrante de este instrumento legal como Anexo I, compuesto de cinco 5 fojas.
Artículo 2º. EL presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Educación y el señor Fiscal de Estado.
Artículo 3º. PROTOCOLÍCESE, dése a la Dirección General de Personal, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
CR. JUAN SCHIARETTI
GOBERNADOR
PROF. WALTER GRAHOVAC
MINISTRO DE EDUCACIÓN
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO
EL ANEXO I SE ENCUENTRA A DISPOSICIÓN DE LOS
INTERESADOS EN EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN

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BOLETÍN OFICIAL

CÓRDOBA, 28 de enero de 2010
DECRETO N 1708

Córdoba, 24 de noviembre de 2009.VISTO: el Expte. N 0045-014783/09 Cuerpos 1 al 5 en el que la Dirección Provincial de Vialidad dependiente del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, propicia por Resolución N 00615/09
se adjudique la ejecución de los trabajos de la obra: "Cobertura Zona 1 - Conservación Mejorativa en Caminos Pavimentados de la Capital y Alrededores - Departamentos: Capital - Colón Calamuchita - Punilla - Santa María" a la Empresa Afema S.A., por la suma de $ 42.513.266,60.
Y CONSIDERANDO:
Que concretado el pertinente llamado se realiza el acto de apertura de las ofertas que se presentaron al mismo, todo lo cual quedó documentado mediante acta labrada al efecto, que obra a fs. 131/132 de autos.
Que dada intervención a la Comisión de Estudio de las Ofertas, en cumplimiento de las disposiciones de los artículos 29 y 30 del Decreto N 4758/77 aprobatorio del Pliego General de Condiciones de la Ley de Obras Públicas y actual artículo 29 de la Ley 8614, se expide a fs.
858/860 realizando un análisis comparativo de las ofertas y sometiendo a consideración del Directorio de la Dirección Provincial de Vialidad la adjudicación a la propuesta presentada por la empresa AFEMA S.A., oferente que cumple con los requisitos de admisibilidad y a tenor de las prescripciones del artículo 29 de la Ley N 8614
y 31 del Decreto N 4758/77.
Que, conforme lo propiciado por la Comisión de Estudio de Ofertas, el citado Directorio aconseja a fs. 866 mediante Resolución N 00615/09, adjudicar los trabajos de la obra de referencia a la empresa AFEMA S.A., por resultar conveniente en los términos del artículo 29 de la Ley de Obras Públicas N 8614 y 31 del Decreto N 4758/77.
Que se ha incorporado la afectación presupuestaria del gasto de conformidad a las previsiones del artículo 13 de la Ley 8614.
Que obra en autos el correspondiente Certificado de Habilitación para Adjudicación, expedido por el Registro de Constructores de Obras artículo 7 del Decreto N 8/98 y Resolución N 0002/99 del entonces Ministerio de Obras, Servicios Públicos y Vivienda.
Por ello, las previsiones de la Ley N 5901, TO
6300 y modificatorias, lo dictaminado por el Departamento Jurídico del Ministerio de Obras y Servicios Públicos con el N 452/09 y por Fiscalía de Estado bajo el N 1000/09.
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1 - Adjudícase la ejecución de los trabajos de la obra: "Cobertura Zona 1 Conservación Mejorativa en Caminos Pavimentados de la Capital y Alrededores Departamentos: Capital - Colón - Calamuchita Punilla - Santa María" a la Empresa AFEMA S.A., por la suma de Pesos Cuarenta y Dos Millones Quinientos Trece Mil Doscientos Sesenta y Seis con Sesenta Centavos $ 42.513.266,60.
Artículo 2 - Impútase el egreso que asciende a la suma total de Pesos Cuarenta y Dos Millones Quinientos Trece mil Doscientos Sesenta y Seis con Sesenta Centavos $ 42.513.266,60
conforme lo indica la Dirección de Jurisdicción de Recursos Económicos y Financieros de la Dirección Provincial de Vialidad de acuerdo al siguiente detalle: Documento de contabilidad Afectación Preventiva N 2113/09. Jurisdicción 1.50, Subprograma 504/2. Proyecto 2357, Partidas: Principal 12. Parcial 06, Obra 235714
del P.V. $ 4.000.000,00. Preventivo Futuro Año
2010, Afectación Futura N 117 $ 20.000.000,00.
Preventivo Futuro Año 2011. Afectación Futura N 14 $ 20.904.330,32. Documento de Contabilidad Afectación Preventiva N 11106/
09. Preventivo Futuro Negativo Año 2010.
Afectación Futura Negativa N 216 $ 2.391.063,72.
Artículo 3 - Facúltase al señor Presidente de la Dirección Provincial de Vialidad a suscribir el contrato pertinente, para lo cual el adjudicatario deberá cumplimentar los requisitos que a tal fin se establecen en la documentación contractual.
Artículo 4 - El presente decreto será refrendado por los señores Ministro de Obras y Servicios Públicos y Fiscal de Estado.
Artículo 5 - Protocolícese, dése intervención a la Dirección de Jurisdicción de Recursos Económicos y Financieros de la Dirección Provincial de Vialidad, al Tribunal de cuentas de la Provincia, comuníquese, publíquese en el BOLETIN OFICIAL, pase a la citada Dirección a sus efectos y archívese.
CR. JUAN SCHIARETTI
GOBERNADOR
ING. HUGO A. TESTA
MINISTRO DE OBRAS Y
SERVICIOS PUBLICOS
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO

DECRETO Nº 1846

Córdoba, 18 de diciembre de 2009.VISTO: El Expediente Nº 0423-033981/09, del registro del Ministerio de Gobierno.
Y CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones el señor Intendente Municipal de Altos de Chipión solicita
la declaración de día no laborable, el próximo 6
de mayo del año 2010, en virtud de conmemorarse el Centésimo Aniversario de la fundación de dicho municipio.
Que se ha incorporado en autos la Ordenanza Municipal Nº 0816/09 y su Decreto Promulgatorio Nº 44/09, por la que se faculta al titular del Departamento Ejecutivo a declarar día no laborable al 6 de mayo del año 2010.
Que la iniciativa está comprendida por lo dispuesto por el artículo 6º de la Ley Nº 6326 que faculta expresamente a este Poder Ejecutivo para disponer otros días feriados o no laborables, cuando no se trate de fiesta patronal de la localidad, y el alcance de los mismos.
Por ello, las disposiciones de la Ley Nº 6326, lo dictaminado por la Dirección de Asuntos Legales Municipales del Ministerio de Gobierno bajo el Nº 153/09, por Fiscalía de Estado en casos análogos y en uso de las atribuciones conferidas por la Constitución Provincial;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A:
Artículo 1º.-DECLÁRASE día no laborable en el municipio de Altos de Chipión, Departamento San Justo, el 6 de mayo de 2010, con motivo de conmemorarse el Centésimo Aniversario de su fundación, con los alcances previstos por el artículo 4º de la Ley 6326.
Artículo 2º.-El presente Decreto será refrendado por los señores Ministro de Gobierno y Fiscal de Estado.
Artículo 3º.-PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
CR. JUAN SCHIARETTI
GOBERNADOR
CARLOS CASERIO
MINISTRO DE GOBIERNO
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO

MINISTERIO de OBRAS y SERVICIOS PÚBLICOS

RESOLUCIÓN Nº 209

Córdoba, 03 de Diciembre de 2009

Expediente Nº 0045-014575/08.VISTO: este expediente en el que obra la Resolución Nº 051/09 de la Secretaría de Obras Públicas por la cual se imputó el egreso que implica el cumplimiento del Convenio celebrado con fecha 8 de abril de 2008, entre el Gobierno de la Provincia de Córdoba y la Municipalidad de la ciudad de Cruz del Eje, del cual surge el compromiso asumido por ambas partes de llevar adelante la Obra:
"PAVIMENTACIÓN DE LAS CALLES: COSTANERA entre calle Aurelio Crespo hasta calle Rivadavia;
INTENDENTE DR. GUSTAVO LUNA ASIS entre calle Gral. Bustos y calle Juan Díaz de Solis;
AMADEO SABATTINI entre calle Alem y calle Sarmiento y FORMOSA entre calle Amadeo Sabattini y calle Vélez Sarsfield".
Y CONSIDERANDO:
Que la Municipalidad de Cruz del Eje ha presentado oportunamente el Proyecto, Cómputo y Presupuesto y demás documentos para la concreción de la obra de que se trata.
Que en el Convenio mencionado, obrante a fs. 2/5 de autos y su Adenda de fecha 15 de julio de 2009, obrante a fs. 41 de autos, la citada Municipalidad se obliga a realizar las contrataciones que sean necesarias para ejecutar la obra, en la forma, condiciones y demás especificaciones establecidas en el proyecto respectivo, vinculando dichas relaciones contractuales de manera exclusiva y excluyente a la Municipalidad, como asimismo la Dirección Técnica de la Obra, Inspecciones y Certificados de avance de la misma, mientras que la Provincia tendrá la facultad de supervisar el avance de los trabajos que realice la Municipalidad y/o Terceros.
Que la Provincia de Córdoba, a través de la Dirección Provincial de Vialidad dependiente de este Ministerio aportará la suma total de $ 290.000,00, conforme el avance y aprobación de los trabajos, con oportuna rendición de cuentas.
Que el Convenio mencionado y su Adenda se refieren al otorgamiento de un subsidio a favor de la Municipalidad de la ciudad Cruz del Eje, con una finalidad determinada, encuadrándose en las previsiones del artículo 6º de la Ley 9191, por lo que resulta necesario dejar sin efecto la Resolución CONTINÚA EN PÁGINA 4

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 28/01/2010 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date28/01/2010

Page count8

Edition count4178

First edition01/02/2006

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