Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 27/01/2010 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

VIENE DE TAPA
RESOLUCION Nº 663

Que se hace necesario la aprobación de los mismos, de acuerdo con los requisitos acordados a nivel nacional.
Por ello, el Dictamen N 2772/09 del Departamento Jurídico de este Ministerio y lo aconsejado a fs. 38 por la Dirección de Coordinación de Asuntos Legales, EL MINISTRO DE EDUCACION
RESUELVE
Artículo 1.- APROBAR las carreras y planes de estudios de Profesorado de Educación Física, Profesorado de Artes Visuales, Profesorado de Música, Profesorado de Teatro y Profesorado de Educación Especial con Orientaciones en Ciegos y Disminuidos Visuales, en Discapacidad Intelectual y en Sordos e Hipoacúsicos, conforme se determina en los Anexos I, II, III, IV, V, VI y VII del presente instrumento legal.
Artículo 2.- DETERMINAR que a partir del ciclo lectivo 2010, las instituciones de Educación Superior que cuenten con las ofertas de que se trata, inscriban alumnos del primer año solamente, en las carreras cuyos planes de estudios se aprueban por la presente resolución.
Artículo 3.- DISPONER que los títulos a otorgar a los egresados de las mismas sean de Profesor/a de Educación Física, Profesor/a de Artes Visuales, Profesor/a de Música, Profesor/a de Teatro, Profesor/a de Educación Especial con Orientación en Ciegos y Disminuidos Visuales, Profesor/a de Educación Especial con Orientación en Discapacidad Intelectual y Profesor/a de Educación Especial con Orientación en Sordos e Hipoacúsicos.
Artículo 4.- ESTABLECER que las instituciones de Educación Superior que ofrezcan las carreras y los respectivos planes de estudios que se aprueban por esta resolución, podrán inscribir alumnos de segundo, tercer y cuarto años en las carreras y planes vigentes hasta la fecha.
Artículo 5.- AUTORIZAR a la Dirección General de Educación Superior y a la Dirección General de Institutos Privados de Enseñanza, a establecer criterios para la reubicación de docentes y para contemplar la situación académica de los alumnos que cursan los planes que caducan, a fin de no resentir la continuidad y finalización de sus carreras.
Artículo 6.- DEROGAR progresivamente la Resolución Ministerial N 91/01 en sus Anexos XV, XVII, XVIII, XIX, XXI, XXII y XXIII, aprobatorios de las carreras, planes de estudios y titulaciones de los actuales Profesorados de Educación Física, de Artes en Artes Visuales, de Artes en Música, de Artes en Teatro y de Educación Especial con Orientaciones en Alteraciones en el Desarrollo Sensorial:
Hipoacusia y Sordera, Baja Visión y Ceguera, y en Alteraciones en el Desarrollo Cognitivo.
Artículo 7.- LAS disposiciones consignadas en los artículos precedentes quedan sujetas a su ratificación por parte del Poder Ejecutivo Provincial.
Artículo8.-PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
PROF. WALTER GRAHOVAC
MINISTRO DE EDUCACIÓN
LOS ANEXOS DE LA PRESENTE RESOLUCION SE ENCUENTRAN A
DISPOSICIÓN DE LOS INTERESADOS EN EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN.

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BOLETÍN OFICIAL

CÓRDOBA, 27 de enero de 2010

MINISTERIO de OBRAS y SERVICIOS PÚBLICOS

RESOLUCION Nº 142

Córdoba, 6 de Octubre de 2009
Expediente Nº 0451-056432/09.VISTO: este expediente en el que obra el Convenio celebrado con fecha 18 de mayo de 2009, entre el Gobierno de la Provincia de Córdoba y la Comuna de Tinoco, del cual surge el compromiso asumido por ambas partes de llevar adelante la Obra: "CORDÓN CUNETA Y
VADENES EN CALLES DE LA COMUNA DE
TINOCO".
Y CONSIDERANDO:
Que la Comuna de Tinoco ha presentado oportunamente el Proyecto, Cómputo y Presupuesto y demás documentos para la concreción de la obra de que se trata.
Que en el Convenio mencionado, obrante a fs.
3/4 de autos, la citada Comuna se obliga a realizar las contrataciones que sean necesarias para ejecutar la obra, en la forma, condiciones y demás especificaciones establecidas en el proyecto respectivo, vinculando dichas relaciones contractuales de manera exclusiva y excluyente a la Comuna, como asimismo la Dirección Técnica de la Obra, Inspecciones y Certificados de avance de la misma, mientras que la Provincia tendrá la facultad de supervisar el avance de los trabajos que realice la Comuna y/o Terceros.
Que la Provincia de Córdoba, a través de este
Ministerio, asume el costo que demande la ejecución de la obra de referencia, el cual asciende a la suma de $ 100.000, a través de aportes económicos no reintegrables, que se harán efectivos en cada caso mediante un adelanto y el saldo contra la certificación mensual y consecutiva de avance de obra, la que será expedida por la Comuna, hasta completar el monto total del Convenio.
Que el Convenio mencionado se refiere al otorgamiento de un subsidio a favor de la Comuna de Tinoco, por el monto consignado en su artículo primero, con la modalidad prevista en su artículo tercero y con una finalidad determinada, encuadrándose en las previsiones del artículo 6º de la Ley 9191.
Por ello y lo dictaminado por el Departamento Jurídico de este Ministerio con el Nº 491/09, EL MINISTRO DE OBRAS Y
SERVICIOS PÚBLICOS
R E S U E L V E:
Artículo 1º.- OTORGAR un subsidio por la suma de PESOS CIEN MIL $ 100.000 a favor de la Comuna de Tinoco, conforme lo establecido en el Convenio celebrado con fecha 18 de mayo de 2009, entre la Provincia de Córdoba, representada por el señor Ministro de Obras y Servicios Públicos Ingeniero Hugo Atilio TESTA, por una parte, y la citada Comuna, representada por su Presidente Comunal señor Heberto
MINISTERIO de GOBIERNO

RESOLUCION Nº 490

Córdoba, 29 de diciembre de 2009
VISTO:
el Expediente Nº 0531-034613/2009.
Y CONSIDERANDO:
Que obra la Resolución N 57 de fecha 19 de mayo de 2005, emitida por el entonces Secretario de Seguridad, por la que se autorizó el funcionamiento como Prestadora Privada de Seguridad a la Empresa "COOPERATIVA DE TRABAJO DE VIGILANCIA
PUERTO DESEADO LIMITADA" y se habilitó a los señores Raúl Andrés FARIAS y Urbano FARIAS como Directores Técnicos Responsable y Sustituto respectivamente Que por Resolución N 46 de fecha 12 de marzo de 2007
emitida por el Secretario General y de Coordinación del entonces Ministerio de Seguridad, se dispuso la baja de los Directores antes mencionados y se habilitó por el término de dos 2 años a los señores Gustavo Adolfo VALDEZ y Orlando Abraham COCA, en los cargos vacantes citados precedentemente.
Que encontrándose vencido el término previsto en el acto administrativo precedentemente citado, la mencionada firma solicita la renovación de la habilitación del Director Técnico Responsable y la designación como Directora Técnica Sustituta de la señora Sylvia del Valle PEÑALOZA en reemplazo del señor Orlando Abraham COCA.
Que emite informe la Dirección de Jurisdicción de Prestadores Privados de Seguridad, corroborando el cumplimiento de los requisitos exigidos legalmente y el que expresa favorablemente a lo gestionado en autos.

Gustavo BUSTOS por la otra, con oportuna rendición de cuentas, para la ejecución de la Obra: "CORDÓN CUNETA Y VADENES EN
CALLES DE LA COMUNA DE TINOCO", el que como ANEXO I compuesto de DOS 2 fojas integra la presente resolución.
Artículo 2º.- IMPUTAR el egreso que asciende a la suma de PESOS CIEN MIL $
100.000, conforme lo indica la Dirección de Jurisdicción de Administración de este Ministerio en su Documento de Contabilidad Afectación Preventiva Nº 10547/09, de acuerdo al siguiente detalle:
Jurisdicción 1.50- Subprograma 501/1- Partidas:
Principal 10,Parcial 01 del P.V 100.000,00
Artículo 3º.- AUTORIZAR la transferencia de la suma equivalente al veinte por ciento 20% del monto total del contrato a favor de la Comuna de Tinoco en concepto de anticipo, conforme lo previsto en la cláusula tercera del Convenio mencionado en el artículo primero.
Artículo 4º.- PROTOCOLÍCESE, dése intervención a la Dirección de Jurisdicción de Administración de este Ministerio, al Tribunal de Cuentas de la Provincia, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, pase a la citada Dirección a sus efectos y archívese.

ING. HUGO ATILIO TESTA
MINISTRO DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

Por ello, lo dictaminado por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales del Ministerio de Gobierno bajo el Nro. 617/
2009;
EL MINISTRO DE GOBIERNO
R E S U E L V E:
Artículo 1º DISPÓNESE la renovación de la habilitación por el término de dos 2 años como Director Técnico Responsable a l s e ñ o r G u s t a v o A d o l f o VA L D E Z M . I . N º 1 6 . 2 9 3 . 3 9 9 , perteneciente a la empresa "COOPERATIVA DE TRABAJO DE
VIGILANCIA PUERTO DESEADO LIMITADA", con domicilio en calle El Chaco N 147, Barrio Alberdi de la ciudad de Córdoba.
Artículo 2º DISPÓNESE la baja como Director Técnico Sustituto de la empresa "COOPERATIVA DE TRABAJO DE VIGILANCIA
PUERTO DESEADO LIMITADA", al señor Orlando Abraham COCA M.I. N 26.123.656 y la designación en su reemplazo a la señora Sylvia del Valle PEÑALOZA M.I. N 18.524.106.
Artículo 3 HABILITASE por el término de dos 2 años a la señora Sylvia del Valle PEÑALOZA M.I. N 18.524.106 como Directora Técnica Sustituta de la mencionada Entidad.
Artículo 4º Por intermedio de la Dirección de Jurisdicción de Prestadores Privados de Seguridad dependiente de este Ministerio de Gobierno, extiéndase a la Directora Técnica Sustituta credencial habilitante y al Director Técnico Responsable la renovación de la misma, sin autorización para el uso de armas.
Artículo 5º PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

CARLOS CASERIO
M INISTRO DE G OBIERNO

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 27/01/2010 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date27/01/2010

Page count8

Edition count4184

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