Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 26/11/2008 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

B OLETÍN O FICIAL

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VIENE DE PÁGINA 3
RESOLUCION Nº 255

hace imprescindible en esta instancia contar con información sobre los inmuebles, que debe ser recabada necesariamente de quienes sean sus propietarios, poseedores o simples tenedores.Que la Dirección General de Catastro cuenta con facultades suficientes para ello, atento o dispuesto en el articulo 45 inc. b de la ley N
5057, reglamentado por el articulo 56 del decreto N 7949/69.Que por ello se estima procedente requerir a quienes revisten tal carácter para que dentro del plazo establecido por la ley presenten ante la Repartición información sobre las instalaciones, obras accesorias y otras mejoras no cubiertas incorporadas a la parcela con carácter permanente, tipologías tales como piletas de natación, canchas de deporte, etc.Que asimismo, la presentación de la información solicitada reviste el carácter de obligatoria, en virtud de lo establecido por el inc. a del art. 47
de la Ley N 5057 y art. 56 del Decreto
Córdoba, 26 de noviembre de 2008

MINISTERIO DE FINANZAS

Reglamentario N 7949/69.-

SECRETARÍA DE INGRESOS PÚBLICOS
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS

Por ello, en virtud de la normativa citada y las facultades acordadas a esta Dirección por la Ley N 5057;
EL DIRECTOR GENERAL DE CATASTRO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1.- Requerir a los propietarios, poseedores o simples tenedores de inmuebles en los que existan mejoras y/o accesiones descubiertas permanentes tales como piletas y canchas de deporte, que en el plazo de 15 días de publicada esta Resolución en el Boletín Oficial, -prorrogable hasta el 31 de Diciembre de 2008
inclusive-, presenten ante la Dirección General de Catastro los formularios que como Anexo se aprueban conteniendo la información sobre dichas mejoras o accesiones.ARTICULO 2.- Protocolícese, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.ING. CIVIL RAUL ARANCIBIA
DIRECTOR GENERAL

RESOLUCIÓN GENERAL Nº 1615
Córdoba, 18 de Noviembre de 2008
VISTO: Lo establecido en los Artículos 16 y 20 del Código Tributario vigente, Ley N 6006 y modificatorias - T.O. 2004 por Decreto N 270/04, Y CONSIDERANDO:
QUE se estima oportuno y conveniente asignar a la Agente NATALIA POLASTRELLI - D.N.I. Nº 26.081.313, que cumple funciones en la Dirección de Jurisdicción de Descentralización dependiente de esta Dirección General de Rentas, las facultades establecidas en los incs. 1, 4, 5, 14 y 19
del Artículo 5, y en los incs. 4, 5 y 6 del Artículo 6 de la Resolución General N 756 de fecha 16-02-1982 y modificatorias.
POR ELLO y en virtud de lo establecido por los Artículos 16 y 20 del Código Tributario - Ley N
6006 y sus modificatorias, T.O. 2004 por Decreto N 270/04, EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- ASIGNAR a la Agente NATALIA POLASTRELLI - D.N.I. Nº 26.081.313, que cumple funciones en la Dirección de Jurisdicción de Descentralización dependiente de esta Dirección General de Rentas, las facultades establecidas en los incs. 1, 4, 5, 14 y 19 del Artículo 5, y en los incs. 4, 5 y 6 del Artículo 6 de la Resolución General N 756 de fecha 1602-1982 y modificatorias.
ARTÍCULO 2.- La presente Resolución tendrá vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 3.- PROTOCOLÍCESE, PUBLÍQUESE en el BOLETÍN OFICIAL, NOTIFÍQUESE
a quienes corresponda y Archívese.
CR. ALFREDO LALICATA
DIRECTOR GENERAL

RESOLUCIONES

SINTETIZADAS

MINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS
SUB SECRETARIA DE RECURSOS HÍDRICOS
RESOLUCION Nº 433 - 23/09/08 - APROBAR la readecuación de Item de la obra: Red de Distribución de Agua a Barrios Villa 9 de Julio y Villa Serrana, cuya Contratista es la Empresa Roberto Adolfo Cajal, conforme la documentación técnica obrante en autos, no reconociéndosele a la Contratista adicional alguno, s/ Expte. Nº 0416-049509/07.MINISTERIO DE FINANZAS
RESOLUCION Nº 286 - 7/10/08 - Incrementar el Cálculo de las Contribuciones Figurativas y de las Erogaciones Figurativas del Presupuesto General de la Administración Provincial en vigencia - aprobado por Ley Nº 9441 - en la suma de Pesos Treinta Mil $ 30.000.

Distribuir, como consecuencia de lo dispuesto en el artículo 1, el monto asignado a las Erogaciones Figurativas en el programa y partida correspondiente, de conformidad con el detalle analítico incluido en Planilla Anexa que forma parte integrante de la presente Resolución, la que consta de Una 1 foja útil, s/ Expte. Nº 0182-026642/2008.-

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 26/11/2008 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date26/11/2008

Page count4

Edition count4175

First edition01/02/2006

Last issue10/07/2024

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