Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 24/11/2008 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

B OLETÍN O FICIAL

Córdoba, 24 de noviembre de 2008

1

SECCIÓN

AÑO XCVI - TOMO DXXVI - Nº 222
CORDOBA, R.A. LUNES 24 DE NOVIEMBRE DE 2008

PUBLICACIONES

DE

GOBIERNO

www.boletinoficialcba.gov.ar E-mail: boletinoficialcba@cba.gov.ar
RESOLUCIONES
MINISTERIO DE OBRAS Y
SERVICIOS PÚBLICOS
SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS
SUBSECRETARÍA DE ARQUITECTURA

Notifican a contribuyentes y/o responsables del pago del Impuesto Inmobiliario
RESOLUCION Nº419
Córdoba, 6 de noviembre 2008
EXPEDIENTE N 0047-012861/2006
VISTO este Expediente en el que se tramitan las actuaciones relacionadas con la Ampliación de Plazo de los trabajos: Plan de Normalización y Adecuación de las instalaciones internas de Gas en Escuelas Provinciales ZONA Nº 5 - GRUPO Nº 18 ESTABLECIMIENTOS:JARDIN DE INFANTES EL GRAN
CAPITAN Cuenta Nº 370353, ubicada en Calle Carlos Avetta Nº 244 - Bº Centro - Alejandro Roca - Departamento Jurárez Celman, IPEM Nº 100 MARIA B. ARIAS Cuenta Nº 606153, ubicada en Calle General Paz Nº 320 - Bº Centro - La Carlota, Departamento Juárez Celman, ESCUELA CABILDANTES
Cuenta Nº 627860, ubicada en Calle Sarmiento Nº 1677 - Bº Punta del Sauce - La Carlota - Departamento Juárez Celman, JARDIN DE INFANTES DOMINGO F. SARMIENTO Cuenta Nº 628709 ubicada en calle J.r. Ross Nº 183 - Bº Centro - La Carlota - Departamento Juárez Celmán, JARDIN DE INFANTES
CABILDANTES de La Carlota Cuenta Nº 629183 ubicado en calle Sarmiento Nº 1639 - Bº Punta del Sauce - La Carlota Departamento Juárez Celman y CENTRO EDUCATIVO FRAY
MOISÉS ALVAREZ Cuenta Nº 4533412, ubicado en calle Sarmiento Nº 187 - Bº Centro - Bulnes - Departamento Río Cuarto - Provincia de Córdoba contratada oportunamente con la Empresa MARIA LAURA LIRIO;
Y CONSIDERANDO:Que a fs. 167 la Contratista mediante Nota de Pedido Nº 3, solicita ampliación de plazo de ejecución de la obra por el término de 45 días, debido a que no se pudieron desarrollar los trabajos con motivo del dictado de clases que impidió desalojar las aulas, como así también demora en las inspecciones por parte de ECOGAS ;
Que a fs. 168 la inspección actuante produce informe de plazos, del que se desprende que la obra se encuentra con el plazo contractual vencido, debido a los siguientes motivos:
Se debe trabajar con el edificio habilitado, no siendo posible contar con algunos locales desocupados, que restringen el horario de trabajo;
La localización de pérdidas por las razones expuestas demandó mayor tiempo al previsto, ya que algunas fallas se encontraban bajo piso.
Demoras por parte de la Empresa ECOGAS a efectuar las inspecciones finales;
Que a mérito de lo planteado, esa inspección, sugiere la ampliación del plazo solicitado;

Que transcurrido dicho plazo sin que se formule reclamo, corresponde modificar los actuales registros incorporando los resultados de la inspección, con vigencia a partir del año siguiente a la fecha de introducción de la mejora art. 25 inc. A de la Ley Nº 5057;
Por ello, disposiciones legales citadas, lo dispuesto por Decretos Nº 1443/2002 y Nº 2488/07, y facultades conferidas a esta Dirección por la Ley Nº 5057 y Decreto Reglamentario Nº 7949/1969;

MINISTERIO DE FINANZAS
DIRECCIÓN DE CATASTRO

RESOLUCIÓN Nº 254
Córdoba, 20 de noviembre de 2008
VISTO los alcances del Programa Extraordinario Integral de Relevamiento Catastral dispuesto por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial Nº 1443/2002, y prorrogas;
Y CONSIDERANDO:
Que en su artículo Segundo el Decreto Nº 1443/2002 establece que podrán acogerse al programa los contribuyentes y responsables que con motivo de su vigencia declaren en forma espontánea los metros cuadrados cubiertos no incorporados a la base de datos del impuesto inmobiliario y/o modifiquen los demás datos valuativos;
Que el inciso a del artículo tercero primera parte del mencionado decreto, establece que los contribuyentes y responsables con intimaciones cursadas por la Dirección de Catastro quedarán igualmente comprendidos en el programa creado por el presente instrumento, en los siguientes supuestos: a cuando a la fecha de vencimiento de la intimación no hubieran iniciado reclamo ante la Dirección por las diferencias intimadas, quedando éstas firmes;
Que por lo expuesto corresponde notificar en forma fehaciente a los contribuyentes y/o responsables el resultado del acta labrada con motivo de la inspección, a los fines de intimarlos para que, en caso de que no estuvieren de acuerdo con estas superficies, años y categorías de edificación, en un plazo de cinco 05 días hábiles acompañen los elementos probatorios que estimen hagan a su derecho Punto 4 de la Resolución Normativa Nº 01/2007 de la Dirección de Catastro y justifiquen una diferente registración;

Que a fs.169 la Jefatura de División Inspección solicita la aprobación de la Ampliación del plazo de obra a partir del 28/09/08
y por el término de 45 días, criterio que es compartirdo por la Dirección de Obras, Licitaciones y Contrataciones;
Que dada intervención a División Jurídica esta se expide a fs.171, mediante Dictamen Nº 417/08 expresando que a merito de lo manifestado y de las razones expuestas precedentemente, podrá conocerse de así considerarlo la superioridad, la ampliación del
EL DIRECTOR DE CATASTRO
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º.- Notifíquese a los contribuyentes y/o responsables del pago del Impuesto Inmobiliario sobre los inmuebles que se detallan en el listado anexo, el resultado de las actas de inspección realizadas en el marco de lo dispuesto por el Decreto Nº 1443/2002, otorgándole un plazo de cinco 05 días hábiles para que en caso de disconformidad acompañen los elementos probatorios fehacientes que justifiquen una diferente registración, cumplimentando el Punto 4 de la Resolución Normativa Nº 01/
2007 de la Dirección de Catastro;
ARTÍCULO 2º.- Incorporar en la base de datos inmobiliaria con la vigencia de ley, las diferencias detectadas en los inmuebles correspondientes a aquellos contribuyentes intimados en los términos del artículo precedente, que no comparecieran a formular reclamo dentro del plazo estipulado.ARTÍCULO 3º.- Protocolícese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.ING. CIVIL RAÚL ARANCIBIA
DIRECTOR GENERAL
CONTINÚA EN PÁGINAS 2 A 4

plazo contractual de obra a partir del 27 de Setiembre de 2008 y con nueva fecha de finalización el 11 de noviembre del corriente año. Todo ello previa renuncia expresa formulada por la contratista, a efectuar reclamación económica alguna con motivo de la mayor permanencia en obra;
Que en virtud de lo expuesto en el análisis precedente las constancias obrantes en autos, los distintos informes producidos CONTINÚA EN PÁGINA 2

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 24/11/2008 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date24/11/2008

Page count6

Edition count4173

First edition01/02/2006

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