Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 19/10/2012

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

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AÑO XXI -

tancia en lo Civil y Comercial, por su orden;
g por el Juez de Primera Instancia del Trabajo;
h por el Juez Electoral si la suplencia corresponde al Distrito Sur;
i por los Conjueces..
Artículo 5.- Sustituyese el artículo 78 de la Ley provincial 110 por el siguiente texto: Artículo 78.El Juez Correccional será reemplazado por los magistrados del mismo Distrito Judicial en el siguiente orden:
a por el Juez de Ejecución;
b por los Jueces de Instrucción que no hubiesen dictado el auto de procesamiento, por su orden. En las causas iniciadas directamente ante el Juzgado Correccional, por el Juez de Instrucción que no se halle de turno, por su orden;
c por los Jueces de Primera Instancia de Familia y Minoridad, en orden inverso de numeración;
d por los Jueces de Primera Instancia en lo Civil y Comercial, en orden inverso de numeración;
Artículo 6º.- Sustitúyente el inciso c del artículo 78 bis de la Ley Provincial 110 por el siguiente texto:
c por los demás magistrados, en el orden establecido en los incisos d a i del artículo 77..
Artículo 7.- Sustitúyese el artículo 79 de la Ley provincial 110 por el siguiente texto: Artículo 79.Los Jueces de Primera Instancia en lo Civil y Comercial serán reemplazados por los magistrados del mismo Distrito Judicial en el siguiente orden:
a por los restantes Jueces de Primera Instancia en lo Civil y Comercial, en orden sucesivo con respecto al Juzgado que debe integrarse;
b por el Juez de Primera Instancia del Trabajo;
c por los Jueces de Familia y Minoridad, por su orden;
d por el Juez Electoral si la suplencia corresponde al Distrito Sur;
e por el Juez Correccional;
f por el Juez de Ejecución;
g por los Jueces de Instrucción, por su orden;
h por los Conjueces..
Artículo 8.- Sustitúyese el artículo 79 bis de la Ley provincial 110
por el siguiente texto: Artículo 79
bis.- El Juez de Primera Instancia del Trabajo será reemplazado por los magistrados del mismo Distrito Judicial en el siguiente orden:
a por los Jueces de Primera Ins-

Ushuaia, Viernes 19 de Octubre de 2012 - Nº 3083

tancia en lo Civil y Comercial, por su orden;
b por los Jueces de Familia y Minoridad, en orden inverso de numeración, c por el Juez Electoral;
d por el Juez Correccional;
e por el Juez de Ejecución;
f por los Jueces de Instrucción, por su orden;
g por los Conjueces..
Artículo 9.- Sustituyese el artículo 81 de la Ley provincial 110 por el siguiente texto: Artículo 81.El Juez de Primera Instancia Electoral será reemplazado por los magistrados del mismo Distrito Judicial en el siguiente orden:
a por los Jueces de Primera Instancia en lo Civil y Comercial, por su orden;
b por el Juez de Primera Instancia del Trabajo;
c por los Jueces de Familia y Minoridad, por su orden;
d por el Juez Correccional;
f por los Jueces de Instrucción, por su orden;
g por los Conjueces:.
Artículo 10º.- Derogase el artículo 81 bis incorporado por la Ley provincial 135.
Artículo 11º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN SESIÓN ORDINARIA DEL DÍA 20 DE SEPTIEMBRE DE 2012.LFFLER
---0--DECRETO Nº 2337

16-10-12

POR TANTO:
Téngase por Ley N 897, Comuníquese, dése al Boletín Oficial de la Provincia y archívese.
RIOS
Guillermo H. ARAMBURU
DECRETO Nº 2290

10-10-12

ARTICULO 1- Autorizar el traslado en comisión de servicios del señor Secretario de Ingresos Públicos y Coordinación Fiscal del Ministerio de Economía, Dr. Cristian Mauricio DURRIEU, a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a la Ciudad de San Carlos de Bariloche en la Provincia de Río Negro, a partir del día once 11 y hasta el veintidós 22 de Octubre de 2012,
por los motivos expuestos en los considerandos.
ARTICULO 2- Autorizar la extensión de una orden de pasaje vía aérea por los tramos Ushuaia - Buenos Aires, Buenos Aires - Bariloche Buenos Aires y Buenos Aires - Ushuaia y la liquidación de cinco 5 días de viáticos, a favor del funcionario mencionado en el artículo 1.
ARTICULO 3- El gasto que demande el cumplimiento del presente será imputado a la UGG 7303, Incisos 371 y 372 correspondientes al ejercicio económico financiero en vigencia ARTICULO 4º- De forma.

Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, a las personas que se detallan en el Anexo I del presente.
ARTÍCULO 2- Dejar establecido que las designaciones del artículo precedente, serán con carácter Ad -Honorem".
ARTÍCULO 3- Notificar a quienes corresponda, dar al Boletín Oficial de la Provincia, y archivar.
RIOS
Gabriela C. MUÑIZ SICCARDI
DECRETO Nº 2292

11-10-12

ARTICULO 1º- Autorizar el usuRIOS fructo de la Licencia Especial de Hiram C. J. RUIZ Invierno correspondiente al año 2012, al señor Secretario de InnoDECRETO Nº 2291 11-10-12 vación Productiva, Licenciado Diego Manuel CANO, D.N.I. N
VISTO la Ley Provincial N 321; 28.370.679, durante el período y comprendido entre los días nueve 09 al quince 15 de octubre de CONSIDERANDO:
2012.
Que mediante la misma se crea el ARTÍCULO 2- De forma.
Consejo Económico y Social de la Provincia de Tierra del Fuego, AnRIOS
tártida e Islas del Atlántico Sur.
Inés C. YUTROVIC
Que en su artículo 4 establece que los Consejeros con voz y voto seDECRETO Nº 2293 11-10-12
rán nombrados por el Poder Ejecutivo Provincial, a solicitud de los ARTÍCULO 1- Otorgar una Pensectores que participan en dicho sión por Discapacidad a favor del Consejo.
señor Jorge Misael GONZALEZ
Que han confirmado su presencia VILLEGAS, DNI N 26.185.449, al Consejo, la Cámara de Comerla que comenzará a devengarse a cio, la Unión Industrial Fueguina, partir del mes siguiente de la firma la Central de Trabajadores de la del presente, de conformidad con Argentina, la Cámara Fueguina de lo establecido en el artículo 14 de la Construcción, el Concejo Delila Ley Provincial N 389. Ello por berante de Ushuaia, el Concejo los motivos expuestos en los conDeliberante de Río Grande, la siderandos.
Unión Obrera Metalúrgica de la ARTÍCULO 2- Establecer que a República Argentina y la Confedelos efectos del cobro de la pensión ración General del Trabajo Río por discapacidad, podrá también Grande.
percibir dicho beneficio la Sra.
Que la suscripta se encuentra faAdriana Patricia LEVIÑANCO, cultada para dictar el presente acto DNI N 26 974 969, en su carácter administrativo en virtud de lo disde apoderada.
puesto por el artículo 135 de la ARTÍCULO 3- El gasto que deConstitución Provincial y el artícumande el cumplimiento del presenlo 4 de la Ley Provincial N 321. te será imputado a la UGG 8373 Inciso 512 del ejercicio económico Por ello:
y financiero en vigencia.
LA GOBERNADORA DE LA
ARTÍCULO 4º- Notificar a los inPROVINCIA DE TIERRA DEL teresados con copia autenticada del FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS presente.
DEL ATLÁNTICO SUR
ARTÍCULO 5- De forma.
D E C R E T A:
RIOS
ARTÍCULO 1- Designar ConseMarisa E. MONTERO
jeros para integrar el Consejo Económico y Social de la Provincia de DECRETO Nº 2294 11-10-12

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Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 19/10/2012

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

CountryArgentina

Date19/10/2012

Page count72

Edition count3738

First edition02/01/2002

Last issue23/01/2024

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