Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 1/8/2006

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja

Martes 01 de agosto de 2006

BOLETIN OFICIAL

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1º- Dése de baja en la estructura de la Administración Provincial de Tierras, S.A.F. 202, la categoría programática que ha continuación se detalla:
Jurisdicción 20: Ministerio Coordinador de Gobierno. Sector 1: Público Provincial no Financiero. Subsector 1:
Administración Provincial. Carácter 2: Organismo Descentralizado. Programa Nº 16: Instituto del Minifundio y de las Tierras Indivisas. Unidad Ejecutora: Instituto del Minifundio y de las Tierras Indivisas. Finalidad: 1. Función:
130.
Artículo 2º- Como consecuencia de lo dispuesto precedentemente asígnase en la Administración Provincial de Tierras, el Servicio Administrativo Financiero S.A.F. Nº 203:
Dirección General de Administración Instituto del Minifundio y de las Tierras Indivisas, y la estructura programática que ha continuación se detalla:
Jurisdicción 20: Ministerio Coordinador de Gobierno.
Sector 1: Público Provincial no Financiero. Subsector 1:
Administración Provincial.
Carácter 2:
Organismo Descentralizado. Programa Nº 16: Instituto del Minifundio y de las Tierras Indivisas. Finalidad: 1. Función: 130.
Artículo 3º- Modifícase los créditos asignados por Ley de Presupuesto Nº 6.868, conforme a las reestructuraciones establecidas por los artículos precedentes.
Artículo 4º- Comuníquese por donde corresponda de la presente Modificación Presupuestaria a la Función Legislativa Provincial, conforme lo establece el Artículo 7º de la Ley de Presupuesto Nº 6.868.
Artículo 5º- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Hacienda y Obras Públicas.
Artículo 6º- Comuníquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
Maza, A.E., Gobernador - Cayol, R.E., M.H. y O.P.

DECRETO Nº 273
La Rioja, 14 de marzo de 2000
Visto: el Expte. Código B23 -Nº 0089-2/00, por el cual se gestiona la transferencia en la Secretaría de Asuntos Municipales del ex agente Carlos Mario Zapata, D.N.I. Nº 21.356.062, de la Municipalidad del departamento Angel Vicente Peñaloza; y Considerando:
Que la transferencia solicitada es consecuencia del convenio celebrado entre el Gobierno de la Provincia de La Rioja e Intendencia del departamento General Angel Vicente Peñaloza.
Que es propósito de la Función Ejecutiva acceder a lo solicitado.
Que a la fecha el organismo de destino del postulante a transferir no posee cargo vacante que permita la transferencia solicitada, por lo tanto se proceda a crear los mismos, teniendo en cuenta el segundo párrafo del Artículo 9º de la Ley de Presupuesto Nº 6.868, que permite por vía excepcional la creación de cargos, especialmente para resolver las dificultades en este sentido, que surgen de los convenios de transferencia de personal entre la Provincia y los Municipios.

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Que el Artículo 7º de la Ley de Presupuesto Nº 6.868
faculta a la Función Ejecutiva a disponer las reestructuraciones y modificaciones que considere necesarias con la excepción de la Jurisdicción 1 Función Legislativa, con la única limitación de no alterar el total de erogaciones fijadas en los Artículos 1º y 3º, comunicando las mismas a la Cámara en un plazo de cinco 5 días como también las disposiciones contenidas en loa Artículos 8º y 9º de la citada norma legal.
Que corresponde dictar el presente acto administrativo, en virtud a lo dispuesto por el Artículo 2º del Decreto de Distribución Nº 164/99 Reglamentario de la Ley de Presupuesto Nº 6.868.
Que la transferencia requerida debe efectuarse a partir del 01 de febrero de 2000, a propósito del Decreto Municipal Nº 010/2000, de renuncia del recurrente a la Municipalidad del departamento Angel Vicente Peñaloza, que corre a fojas 3 de autos.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas en el Artículo 123º de la Constitución Provincial, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1º- Modifícanse los cargos asignados por Ley de Presupuesto Nº 6.868, conforme se detalla a continuación:
Jurisdicción 20: Ministerio Coordinador de Gobierno.
Servicio 210.
Programa 4: Conducción Coord. y Administración.
Unidad Ejecutora: Secretaría de Asuntos Municipales.
Categoría Programática: 4-0-0-0-0.
Agrupamiento: Administrativo - Denominación:
Categoría 22 - Creación: 1.
Artículo 2º- Transfiérese, a partir del 01 de febrero de 2000, en la Jurisdicción 20 - Ministerio Coordinador de Gobierno, Servicio 210, Programa 4 - Conducción Coord. y Adm. Unidad Ejecutora - Secretaría de Asuntos Municipales.
Categoría Programática: 4-0-0-0-0, al Sr. Carlos Mario Zapata, D.N.I. Nº 21.356.062, en el cargo Categoría 22, Agrupamiento Administrativo.
Artículo 3º- Dése a conocer por donde corresponda de la presente modificación presupuestaria a la Función Legislativa Provincial, conforme lo establece el Artículo 7º de la Ley de Presupuesto Nº 6.868.
Artículo 4º- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Hacienda y Obras Públicas y suscripto por el señor Secretario de Hacienda.
Artículo 5º- Comuníquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
Maza, A.E., Gobernador - Cayol, R.E., M.H. y O.P. Guerra, R.A., S.H.

DECRETO Nº 274
La Rioja, 14 de marzo de 2000
Visto: el Expte. Código A27 -Nº 00147-6/99, mediante el cual la señora María Delicia Sierra, solicita en calidad de comodato un inmueble de propiedad del Estado Provincial; y Considerando:
Que mediante los términos de la Ley Nº 6.861, promulgada por Decreto Nº 186 de fecha 14 de febrero del

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Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 1/8/2006

TitleBoletín Oficial de la Provincia de La Rioja

CountryArgentina

Date01/08/2006

Page count14

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First edition02/01/1998

Last issue19/07/2024

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