Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 5/4/2023

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Source: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

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B.O. P. DE CADIZ NUM. 64

d Experiencia profesional adquirida por permanencia en puestos de nivel inferior en tres o cuatro niveles al solicitado: 1,1 puntos por año, hasta un máximo de 5,5 puntos.
e Experiencia profesional adquirida por permanencia en puestos de nivel inferior en cinco o más niveles al solicitado: 0,5 puntos por año, hasta un máximo de 4 puntos.

2.2 Permanencia en el puesto de trabajo de la misma especialidad funcional:
a Por tres años completos de permanencia 1 punto.
b Por cuatro años completos de permanencia 1,2 puntos.
c Por cinco años completos de permanencia 1,4 puntos.
d Por seis años completos de permanencia 1,6 puntos.
e Por siete años completos de permanencia 1,7puntos.
f Por ocho años completos de permanencia 1,8 puntos.
g Por nueve años completos de permanencia 1,9 puntos.
h Por diez años completos de permanencia 2 puntos.

3. Formación y Perfeccionamiento MAXIMO 10 puntos:

3.1. Cursos de formación y perfeccionamiento. Max. 5 puntos:

Las acciones formativas y de perfeccionamiento se valoraran siempre que se encuentren relacionadas con el puesto a que se opta. Las de Prevención de Riesgos Laborales se valoraran si son de aplicación directa al puesto al que se opta. Tendrán que ser impartidas por Centros Oficiales u homologados por la autoridad educativa correspondiente, estar realizadas en el ámbito de los acuerdos o convenios entre Administración y Sindicatos o haber sido convocadas por Administraciones Públicas. La formación en materia de Prevención de Riesgos Laborales y de Igualdad será aceptada cuando hayan sido autorizadas por la autoridad competente para ello. Igualmente se valoraran las acciones formativas relativas a las aplicaciones informáticas cuando así lo estime la Comisión de Valoración. Se deberán acreditar con certificación original o título.
Se valorarán de acuerdo con la siguiente escala de puntos en función de las horas empleadas en cada uno de ellos:
Hasta 14 horas o, en su defecto, 2 días 0,10 puntos De 15 a 40 horas o, en su defecto, hasta 7 días 0,20 puntos De 41 a 70 horas o, en su defecto, hasta 12 días 0,25 puntos De 71 a 100 horas o, en su defecto, hasta 20 días 0,50 puntos De 101 a 200 horas o, en su defecto, hasta 40 días 0,75 puntos De 201 horas o más, o más de 40 días 1,00 puntos
Las acciones formativas en las que no exista mención a estos datos, se puntuarán con 0,05 puntos cada una.

Si la participación es a título de profesor/a, la puntuación será el doble de la expresada.

3.2. Publicaciones, colaboraciones y trabajos. Max .1 punto
Las publicaciones, colaboraciones y trabajos deberán tener depósito legal y registro, ISBN o ISSN establecidos en la legislación vigente para que puedan ser contabilizados, según la siguiente escala:
a Publicaciones: deberán tener depósito legal y registro ISBN o ISSN establecidos en la legislación vigente para que puedan ser contabilizados:
- Por cada libro completo: 1,00 puntos - Por cada capítulo de libro 0,50 puntos/No de autores - Por cada publicación en revista especializada: 0,50 puntos b Trabajos de investigación: 0,50 puntos por cada uno
3.3. Titulaciones académicas. Max. 4 puntos
Se valorara hasta un máximo de 4 puntos, la posesión de titulaciones académicas directamente relacionadas con el puesto al que se concursa, distintas y de igual o superior nivel a las exigidas para acceder al Grupo/Subgrupo o Grupos/
Subgrupos a que está adscrito el puesto.

La valoración se efectuará de la siguiente forma:
- Doctorado: 1 punto.
- Suficiencia Investigadora o Experto Universitario: por estar en posesión de la Suficiencia Investigadora en el ámbito de las funciones indicadas en la convocatoria:
0,50 puntos. No computara este concepto si se aporta simultáneamente el grado de Doctor.
- Máster Universitario Oficial: 1 punto.
- Otra Titulación Universitaria, de nivel académico superior que el solicitado en la convocatoria y perteneciente a la misma Rama de Conocimientos: en los términos del Anexo II del Real Decreto 1393/2007: 1,5 puntos.
- Otra Titulación Universitaria, del mismo nivel académico que el solicitado en la convocatoria y perteneciente a la misma Rama de Conocimientos: en los términos del Anexo II del Real Decreto 1393/2007: 1 punto.

Se valorara con 0,50 puntos, la obtención de Premio Extraordinario Oficial o similar, al mejor expediente académico de cualquiera de las anteriores titulaciones.

No tendrá la consideración de título académico a efectos de valoración en concursos de merito el haber superado tres cursos completos de una licenciatura.

Sólo se valoraran las titulaciones reconocidas por el Ministerio competente en la materia, como títulos académicos de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, debiendo citarse en el caso de equivalencia de titulación la disposición en la que se establece la misma, y, en su caso, el Boletín Oficial del Estado en que se publica.

Asimismo, no se valorarán como méritos las titulaciones académicas imprescindibles para la obtención de otras de nivel superior que se aleguen.

4. Por servicios prestados a la Administración MAXIMO 12 puntos:
Por año de servicio 0,37 puntos hasta un máximo de 12 puntos.

5. Conciliación MAXIMO 6 puntos:
a Que el destino previo o residencia del cónyuge o pareja de hecho, este en un radio de 30 km donde radique el puesto solicitado se valorara con 2,5 puntos.
b Por ser Familia monoparental con menores a su cargo se valorara con 2,5 puntos.
Se entenderá por familia monoparental la que conste acreditada, es decir, solo viudos/
as, divorciados/as y madres solteras cuyos hijos/as no estén reconocidos/as por el padre; excluyendo así a las madres solteras, cuyos hijos e hijas si estén reconocidos por su padre, y a las mujeres separadas que aun no hayan terminado los tramites del divorcio entre otras.
c El cuidado de hijos/as o cuidado de un familiar se valorara con 1 punto, siendo
5 de abril de 2023

incompatibles entre sí ambos supuestos:
c.1. Cuidado de hijos/as. Se valorara, tanto cuando lo sea por naturaleza como por adopción o acogimiento permanente o preadoptivo, hasta que cumpla doce años, siempre que se acredite por las personas interesadas fehacientemente que el puesto que se solicita permite una mejor atención al menor, de acuerdo con el Real Decreto 255/2006, de 3 de marzo.
c.2. Cuidado de un familiar. Se valorara hasta el segundo grado inclusive de consanguinidad o afinidad siempre que, por razones de edad, accidente, enfermedad o discapacidad no pueda valerse por sí mismo y no desempeñe actividad retribuida, siempre que se acredite fehacientemente por las personas interesadas que el puesto que se solicita permite una mejor atención del familiar, de acuerdo con el Real Decreto 255/2006, de 3 de marzo.

9º. Acreditación de méritos.

Para la valoración de méritos presentados, las personas candidatas vendrán obligadas a presentar junto con la solicitud de admisión al proceso selectivo, aquellos documentos que acrediten todos los méritos alegados en la solicitud, no pudiéndose valorar por parte de la comisión méritos no acreditados suficientemente.

10º. Propuesta de adjudicación.
1. La puntuación final del concurso será la resultante de sumar la puntuación obtenida en cada uno de los conceptos objeto de valoración de méritos generales. En caso de empate en la puntuación, se acudirá para dirimirlo a la fase de mérito según lo dispuesto en el artículo 44.4 del Real Decreto 364/1995,de 10 de marzo.
2. Una vez realizada la valoración de méritos, la comisión de valoración también formulará propuesta de adjudicación con carácter provisional, que junto con la puntuación obtenida por los/as participantes, se publicará en el Tablón electrónico de Anuncios y Edictos del Consorcio para la Gestión de Residuos Urbanos de la Provincia de Cádiz, estableciendo un plazo de reclamación de cinco días hábiles a contar desde el siguiente a dicha. En el supuesto que no se hubiera producido reclamación alguna a la lista con la puntuación, la lista y la propuesta de adjudicación provisional se elevará a definitiva, sin necesidad de acuerdo.
3. Resueltas las reclamaciones, la comisión de valoración hará público en el Tablón electrónico de Anuncios y Edictos del Consorcio para la Gestión de Residuos Urbanos de la Provincia de Cádiz la lista con la puntuación final y relación de aprobados/as provisional, atendiendo en su caso, a las reclamaciones formuladas.

11º. Resolución y publicación.
1. El plazo máximo para la resolución y publicación del presente concurso será de seis meses contados desde el siguiente al de la exposición de la lista provisional de admitidos y excluidos.
2. Las personas aspirantes que sean propuestas deberán presentar certificación del organismo del que dependan, acreditando su condición y demás circunstancias que obren en su expediente personal.
3. Quien dentro de los plazos previstos en estas bases no hubiera presentado la documentación preceptiva o de la misma se dedujese que carece de alguno de los requisitos exigidos, no podrá ser nombrado, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en la que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de participación.
4. Cuando se produzca renuncia de la persona aspirante seleccionada o ésta decaiga de sus derechos, antes de su nombramiento o toma de posesión, el órgano convocante procederá a la resolución del concurso a favor de quien la siguiese en puntuación.
5. El concurso se resolverá por resolución de la Presidencia del Consorcio para la Gestión de Residuos Urbanos de la Provincia de Cádiz, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz en la que figurará la identificación de la persona adjudicataria del puesto adjudicado.

12º. Incorporación y Permanencia en el Puesto.
1. El plazo de incorporación en el puesto adjudicado será de tres días hábiles, si no implica cambio de residencia, o de un mes, si implica cambio de residencia o el reingreso al servicio activo, en su caso. Este plazo empezará a contar a partir del día siguiente al del cese en el puesto de trabajo que se ocupaba, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la resolución del concurso en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz. Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de reincorporación deberá computarse desde dicha publicación. El cómputo de los plazos de incorporación se iniciará cuando finalicen los permisos o licencias que hayan sido concedidos a las personas interesadas, salvo que por causas justificadas, el órgano convocante acuerde suspender el disfrute de los mismos. Efectuada la incorporación, el día en que ésta acontece se considerará como de servicio activo a todos los efectos, salvo los supuestos normativamente previstos.
2. Por necesidades del servicio se podrá diferir la incorporación en el nuevo puesto hasta treinta días hábiles. Para ello la entidad local afectada, deberá solicitarlo justificadamente al Consorcio para la Gestión de Residuos Urbanos de la Provincia de Cádiz, que autorizará, en su caso, dicha incorporación diferida. No obstante, y excepcionalmente, por exigencias del normal funcionamiento de los servicios, se podrá aplazar la fecha de incorporación al nuevo destino hasta un máximo de dos meses, computada la prórroga indicada anteriormente.
3. El destino adjudicado será irrenunciable, salvo que, antes de finalizar el plazo de incorporación, se hubiera obtenido otro destino distinto mediante convocatoria pública.
El personal empleado deberá permanecer en el puesto de trabajo obtenido por el sistema de concurso el tiempo mínimo de dos años.

13º. Protección de datos.

En cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, se informa que los datos personales obtenidos mediante la cumplimentación de formularios y demás documentos que se presenten, serán incluidos, para su tratamiento, en el fichero registro electrónico del que es responsable el Consorcio para la Gestión de Residuos Urbanos en la Provincia de Cádiz. Asimismo, le informamos que la finalidad del citado fichero es la tramitación de procedimientos telemáticos a través del Registro Electrónico y notificación de actos administrativos a las personas interesadas. Los datos de carácter personal que solicitados son absolutamente necesarios para gestionar adecuadamente

Riguardo a questa edizione

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 5/4/2023

TitoloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaeseSpagna

Data05/04/2023

Conteggio pagine19

Numero di edizioni6048

Prima edizione02/01/2001

Ultima edizione31/07/2024

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