Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 13/3/2023

Versione di testo Cosa è?Dateas è un sito indipendente non affiliato a entità governative. La fonte dei documenti PDF che pubblichiamo qui è l'entità governativa indicata in ciascuno di essi. Le versioni in testo sono trascrizioni che realizziamo per facilitare l'accesso e la ricerca di informazioni, ma possono contenere errori o non essere complete.

Source: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

Página 4

B.O. P. DE CADIZ NUM. 47

Infraestructura de Evacuación
Centro de Seccionamiento 1 -Celda de protección 2 -Celda de protección tipo V
3 -Celda de medida 4 -Celda de línea x3 u.
5 -Celda de salida Con salida de suministro para SS.AA.

Línea de evacuación de 30 kV hasta Subestación colectora TAN ENERGY
Tipo: Línea eléctrica trifásica subterránea-aérea-subterránea.
Tensión: 30 kV
Longitud: 4,57 km Tipo Conductor subterráneo: 1x3x630 mm2 Al HEPRZ1 18/30 kV 4.303,30 m Tipo Conductor aéreo: LA-110 344,50 m Número de circuitos: 1
Número de cables: 3
Nota: La línea de evacuación tiene un tramo aéreo de 264,19 m para salvar su paso a través del río Guadiaro para recorrer esta distancia se usarán 344,50 m de cable LA-110.

Conforme a los proyectos técnicos:
ANTEPROYECTO - INSTALACIÓN SOLAR FOTOVOLTAICA TAN ENERGY
4y Declaración responsable de 29 de julio de 2022.
Técnico titulado competente: Ingeniero Técnico Industrial, D. JUAN PEDRO CONEJO
SANCHEZ, colegiado n.º 26199 del COLEGIO OFICIAL DE INGENIEROS
TECNICOS INDUSTRIALES DE MADRID.
ANEJO 8. ANTEPROYECTO - INSTALACIÓN SOLAR FOTOVOLTAICA TAN
ENERGY 4y Declaración responsable de 23 de septiembre de 2022.
Técnico titulado competente: Ingeniero Técnico Industrial, D. JUAN PEDRO CONEJO
SANCHEZ, colegiado n.º 26199 del COLEGIO OFICIAL DE INGENIEROS
TECNICOS INDUSTRIALES DE MADRID.

Las infraestructuras de evacuación comunes desde la subestación colectora TAN ENERGY hasta el punto de conexión SE PINAR DEL REY 400 KV no son objeto de la presente autorización siendo tramitadas en el expediente AT-14430/20.

SEGUNDO.- La autorización se concede de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica debiendo cumplir las condiciones que en el mismo se establecen, y sin perjuicio de otras autorizaciones y licencias que adicionalmente fueran preceptivas, y las especiales siguientes:

1 Las obras no podrán iniciarse hasta que la persona titular de la instalación no obtenga la Autorización Administrativa de Construcción, de acuerdo a lo establecido en el artículo 53.1b de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre.

2 El plazo para solicitar la Autorización Administrativa de Construcción será de 9 meses contados a partir de la presente Resolución. Transcurrido dicho plazo sin que se haya presentado la solicitud de Autorización Administrativa de Construcción, se procederá a la caducidad de la presente Resolución. El titular podrá presentar solicitud debidamente justificada para la modificación de la presente Resolución por parte de esta Delegación Territorial en lo que se refiere al mencionado plazo, necesariamente antes de la terminación de dicho plazo. En todo caso el plazo para presentar la documentación para solicitar la Autorización Administrativa de Construcción no podrá ser superior al 24 de abril de 2023 tres meses antes del plazo máximo establecido por el artículo 1 del Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica.

3 El titular de la instalación tendrá en cuenta, en la redacción del proyecto de construcción, el cumplimiento de los condicionados que han sido establecidos por Administraciones, organismos, empresas de servicio público o de interés general, los cuales han sido trasladados al titular de la instalación, habiendo sido aceptados por el mismo. En particular, el titular de la instalación deberá cumplir el condicionado expuesto en:
INFORME DE LA DELEGACIÓN TERRITORIAL EN CÁDIZ DE LA CONSEJERÍA
DE SOSTENIBILIDAD, MEDIO AMBIENTE Y ECONOMÍAAZUL, EN RELACIÓN
A LA SOLICITUD DE OTORGAMIENTO DE AUTORIZACIÓN AMBIENTAL
UNIFICADA PARA EL PROYECTO DE PLANTA SOLAR FOTOVOLTAICA
TAN ENERGY 4, DE 49,8 MWP, Y LA LINEA DE EVACUACIÓN SUS
INFRAESTRUCTURAS DE EVACUACIÓN, EN LOS TÉRMINOS MUNICIPALES
DE JIMENA DE LA FRONTERA Y SAN MARTÍN DEL TESORILLO CÁDIZ, PROMOVIDO POR TAYANT INVESTMENT 15, S.L. EXPEDIENTE Nº: AAU/
CA/036/21 de fecha 25/10/2022.
ACUERDO POR EL QUE SE RECTIFICA ERRORES DE HECHO EN EL
INFORME DE FECHA 25 DE OCTUBRE DE 2022, POR LA QUE SE OTORGA LA
AUTORIZACIÓN AMBIENTAL UNIFICADA A TAYANT INVESTMENT 15 S.L., PARA EL PROYECTO DE PLANTA SOLAR FOTOVOLTAICA TAN ENERGY 4 DE
49,8 MWP Y LINEA DE EVACUACIÓN DE 45 KV ASOCIADA, EN EL TÉRMINO
MUNICIPAL DE JIMENA DE LA FRONTERA CÁDIZ. EXPEDIENTE: AAU/
CA/036/21 de fecha 04/11/2022.
INFORME DE LA DELEGACIÓN TERRITORIAL EN CÁDIZ DE LA CONSEJERÍA
DE SOSTENIBILIDAD, MEDIO AMBIENTE Y ECONOMÍAAZUL, EN RELACIÓN
A LA SOLICITUD DE OTORGAMIENTO DE AUTORIZACIÓN AMBIENTAL
UNIFICADA PARA EL PROYECTO DE PLANTA SOLAR FOTOVOLTAICA
TAN ENERGY 4, DE 49,8 MWP, Y LA LINEA DE EVACUACIÓN SUS
INFRAESTRUCTURAS DE EVACUACIÓN, EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE
JIMENA DE LA FRONTERACÁDIZ, PROMOVIDO POR TAYANT INVESTMENT
15, S.L. EXPEDIENTE Nº: AAU/CA/036/21 de fecha 04/11/2022. cuyo contenido íntegro puede consultarse en la siguiente dirección: http www.cma.junta-andalucia.
es/medioambiente/servtc1/AAUo/

Así mismo, el proyecto se deberá adecuar al cumplimiento reglamentario en la afección de aquellos proyectos que dispongan de autorización administrativa previa a fecha de la presente resolución.

13 de marzo de 2023

4 La autorización administrativa previa no dispensa de la necesaria obtención por parte del titular de la instalación de las autorizaciones adicionales que se precisen.

5 Esta Resolución quedará sin efecto si como consecuencia de su ejecución se produjesen afecciones a bienes y derechos a cargo de Administraciones, organismos o empresas de servicio público o de servicios de interés general que no hubiesen sido contemplados expresamente en el proyecto presentado.

6 La Administración dejará sin efecto la presente Resolución en cualquier momento en que observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en ella.

7 En tales supuestos la administración, previo el oportuno expediente, acordará la anulación de la autorización, con todas las consecuencias de Orden administrativo y civil que se deriven según las disposiciones legales vigentes.

8 El peticionario deberá publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz, así como en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

TERCERO.- Notifíquese la presente resolución a los interesados en el expediente y a los organismos que hayan sido consultados en los trámites realizados en el expediente.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada, ante el Excmo. Sr. Consejero de Política Industrial y Energía de la Junta de Andalucía, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Nueve de febrero de dos mil veintitrés. LA DELEGADA TERRITORIAL
EN CÁDIZ. MARÍA INMACULADA OLIVERO CORRAL. Firmado. Nº 22.219


CONSEJERIA DE POLITICA INDUSTRIAL Y ENERGIA
CADIZ
RESOLUCIÓN DE LA DELEGACIÓN TERRITORIAL DE ECONOMÍA, HACIENDA, FONDOS EUROPEOS Y DE POLÍTICA INDUSTRIALY ENERGIA EN
CÁDIZ POR LA QUE SE CONCEDE AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA PREVIA
A INSTALACIÓN ELÉCTRICA DE ALTA TENSIÓN. Expediente: AT-14428/20.

Visto el expediente AT-14428/20, incoado en esta Delegación Territorial, solicitando Autorización administrativa previa para instalación eléctrica de alta tensión en el que consta como:
Peticionario: TAYAN INVESTMENT 13, SL.
Domicilio: PLAZA DE LA LEALTAD, Nº 2, 3º, 28014 MADRID.
Emplazamiento de la instalación: PLANTA SOLAR EN PARCELAS 9001, 9003, 9023, 39, 40, 52, 55, 56, 62, 79, 80, 81, 82, 88, 89, 90 91, 124, 126 Y 165 DEL POLÍGONO 8
Y PARCELAS 9001, 32, 33 Y 34 DEL POLÍGONO 9 JIMENA DE LA FRONTERA.
Términos municipales afectados: JIMENA DE LA FRONTERA CÁDIZ.
Finalidad de la instalación: GENERACIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA MEDIANTE
TECNOLOGÍA FOTOVOLTAICA

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- Con fecha de 21 de diciembre de 2020, la sociedad mercantil TAYAN INVESTMENT 13, S.L.B88454384, solicita Autorización Administrativa Previa, para la implantación de la instalación de generación de energía eléctrica mediante tecnología fotovoltaica denominada PSFV TAN ENERGY 2 de 49,8 MWp potencia, ubicada en el término municipal de Jimena de la Frontera Cádiz, aportando para ello la documentación preceptiva que establece la normativa en vigor y que obra en el expediente de referencia, acreditando capacidad legal, técnica y económico-financiera para la realización del proyecto.

SEGUNDO.- Con fecha de 10 de noviembre de 2021, el Ayuntamiento de Jimena de la Frontera, en aplicación a lo dispuesto en el artículo 42.3 de la derogada Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, informa favorablemente en relación a la compatibilidad urbanística del proyecto. Según la disposición transitoria quinta del Decreto-ley 26/2021, de 14 de diciembre, por el que se adoptan medidas de simplificación administrativa y mejora de la calidad regulatoria para la reactivación económica en Andalucía, se determina que en aquellos procedimientos iniciados con anterioridad a la entrada en vigor de dicho Decreto-ley en los que se hubiese evacuado el informe de compatibilidad urbanística, se tendrá en cuenta dicho informe.

TERCERO.- De acuerdo con los trámites reglamentarios establecidos en el Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica en adelante, R.D. 1955/2000, así como lo dispuesto en el Decreto 356/2010, de 3 de agosto, por el que se regula la autorización ambiental unificada, se establece el régimen de organización y funcionamiento del registro de autorizaciones de actuaciones sometidas a los instrumentos de prevención y control ambiental, de las actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera y de las instalaciones que emiten compuestos orgánicos volátiles, y se modifica el contenido del Anexo I de la Ley 2/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental en adelante, Decreto 356/2010, se sometió el expediente a información pública, insertándose anuncios en:
BOP de la provincia de Cádiz número 243, de fecha 23 de diciembre de 2021
BOJA número 1, de fecha 3 de enero de 2022

Habiendo formulado alegaciones dentro del plazo por Dña. Cecilia Heredia Pérez con D.N.I. 30-L , D. Eduardo Navarro Cupido, con D.N.I 34-K
, D. Ian Hally Burton, con D.N.I. Y--G, D. Jennifer Heinzelmann Amey, D.
José Manuel Garzón Núñez, con D.N.I. 30-K, Dña. Carolina Rivas Triviño, con D.N.I. 54-Q, Dña. Elena Castilla Galvez, con D.N.I. 42-X, Dña. Elisabeth Mary Louise Castle,con D.N.I. X--X, D. Javier Rodríguez Rodríguez, con D.N.I
24-H, D. Jean Brown Sasoon, con D.N.I X--E, D. José Manuel Alber Doncel, con D.N.I. 37-P, Dña. Noemí Castilla Vela, con D.N.I 79-P, Dña.
Rosario María Sánchez Sánchez, con D.N.I. 74-K, Dña. Inmaculada Pérez Alberto, con D.N.I. 36-R, D. Willibrord Beemster, con D.N.I. X--D, D. José Lorenzo Quirós Sánches de Medina, con D.N.I. 38-S, por GRUPO VERDEMAR

Riguardo a questa edizione

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 13/3/2023

TitoloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaeseSpagna

Data13/03/2023

Conteggio pagine15

Numero di edizioni6034

Prima edizione02/01/2001

Ultima edizione11/07/2024

Scarica questa edizione

Altre edizioni

<<<Marzo 2023>>>
DLMMJVS
1234
567891011
12131415161718
19202122232425
262728293031