Boletín Oficial de la República Argentina del 02/10/2015 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Viernes 2 de octubre de 2015

ser evaluados, cumpliendo funciones de asesoramiento técnico, por un tiempo determinado, sin relación de dependencia con el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, bajo la modalidad de contrato de locación de obra.
Que dichos miembros fueron designados, conforme lo previsto en el Artículo 5 y concordantes de la Ley 17.741 y sus modificatorias t.o. 2001, por el Consejo Asesor nombrado por Decreto N976/13.
Que el Consejo Asesor del INSTITUTO NACIONAL DE CIEN Y ARTES N17741 t.o. 2001.
Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que la facultad para el dictado de la presente Resolución surge del artículo 3 inciso e y del artículo 30 último párrafo de la Ley N17.741 t.o. 2001.
Por ello, LA PRESIDENTA
DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
RESUELVE:
ARTICULO 1 Designase como miembros del COMITE XXXVI DE EVALUACION DE PROYECTOS PARA PRIMERA, SEGUNDA Y TERCERA VIA, la Productora Carolina ALVAREZ, DNI
28.717.564, el Director José GLUSMAN, DNI 12.855.207, el Guionista Gianfranco QUATTRINI, DNI
18.832.736, el Técnico Alberto SCHUSTER, DNI 14.433.292 y el Actor Carlos BERRAYMUNDO, DNI 17.203.569, quiénes cesarán en sus funciones, una vez analizados los QUINCE 15 proyectos presentados a pre-clasificar y en un máximo de TRES 3 meses.
ARTICULO 2 Regístrese, notifíquese a los interesados, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y oportunamente archívese. LUCRECIA CARDOSO, Presidenta, Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales.
e. 02/10/2015 N151932/15 v. 02/10/2015

INSTITUTO NACIONAL DECINE YARTES AUDIOVISUALES

BOLETIN OFICIAL Nº 33.227

29

Que en tal sentido, a través de la Resolución N1.152 de fecha 19 de noviembre de 2013 del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA se establece el Sistema de Becas Manuel Belgrano, destinado a alumnos egresados de escuelas secundarias agrarias que aspiren a continuar sus estudios en Carreras Universitarias y Tecnicaturas Superiores vinculadas al sector agroalimentario y agroindustrial; cuya finalidad es incrementar el acceso, la permanencia y la graduación de estudiantes de carreras consideradas estratégicas para el desarrollo productivo del país.
Que en el Artículo 2 de la citada Resolución N1.152/13 se aprueba el Reglamento General Becas Manuel Belgrano, el cual establece los requisitos, las condiciones generales y los procedimientos para su implementación.
Que asimismo, establece el monto básico anual diferenciado de la beca y un aporte complementario por práctica laboral con sentido social.
Que por el Decreto N84 de fecha 23 de enero de 2014 se creó el PROGRAMA DE RESPALDO A ESTUDIANTES ARGENTINOS PROGRESAR con el fin de generar nuevas oportunidades de inclusión social y laboral a los jóvenes en situación de vulnerabilidad a través de acciones integradas que permitan su capacitación e inserción laboral.
Que el Sistema de Becas Manuel Belgrano es específico y por lo tanto complementario del PROGRAMA DE RESPALDO A ESTUDIANTES ARGENTINOS PROGRESAR, por lo que los participantes podrán percibir ambos beneficios.
Que es necesario actualizar los montos básicos y los montos estipulados como requisito de ingreso a la beca en relación al nivel socio económico de las familias de los postulantes para este año 2015.
Que por el Decreto N505 de fecha 6 de abril de 2015 se modifica el citado Decreto N84/14, previendo un incremento en el monto inicial de la cuantía de la prestación del CINCUENTA POR
CIENTO 50%, pasando de PESOS SEISCIENTOS $600 a PESOS NOVECIENTOS $900.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.
Que el suscripto es competente para dictar el presente acto, en virtud de las facultades que le otorgan la Ley de Ministerios texto ordenado por Decreto N438/92 y sus modificaciones.
Por ello, EL MINISTRO
DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA
RESUELVE:

Resolución 2939/2015
Bs. As., 28/09/2015
VISTO, el expediente N12627/2014/INCAA, la Resolución N1483/2015/INCAA y su modificatoria Resolución 1850/2015/INCAA y;
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución anteriormente citada se ha llamado a concurso para la selección de CATORCE 14 Cortometrajes en el llamado del año 2015.
Que el artículo 15 de dicha Resolución prevé el nombramiento de un Jurado integrado por TRES 3 miembros a los fines de la selección de los Proyectos Ganadores y Suplentes presentados en tal Concurso.
Que en cumplimiento de lo expuesto la Presidenta del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y
ARTES AUDIOVISUALES ha decidido designar como miembros del Jurado a Nathalie CABIRÓN; Graciela Emilia MAGLIE y Ulises Gustavo ROSELL.
Que es menester dictar resolución al respecto.
Por ello, LA PRESIDENTA
DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
RESUELVE:
ARTICULO 1 Desígnase a Nathalie CABIRÓN; Graciela Emilia MAGLIE y Ulises Gustavo ROSELL como miembros del Jurado para el llamado a concurso por la Resolución N1483/2015/
INCAA y su modificatoria Resolución N1850/2015/INCAA del año 2015; para la selección de CATORCE 14 Cortometrajes, en un plazo de NOVENTA 90 días, a partir del 1 de Octubre.
ARTICULO 2 Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y oportunamente archívese. LUCRECIA CARDOSO, Presidenta, Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales.
e. 02/10/2015 N151934/15 v. 02/10/2015

MINISTERIO DEAGRICULTURA, GANADERÍA YPESCA
Resolución 645/2015
Bs. As., 28/09/2015

VISTO el Expediente NS05:0052730/2014 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, la Resolución N903 de fecha 11 de septiembre de 2013 y la Resolución N1.152 de fecha 19 de noviembre de 2013 del citado Ministerio, y CONSIDERANDO:
Que por Resolución N903 de fecha 11 de septiembre de 2013 del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, se crea el PROGRAMA NACIONAL DE APOYO A LA EDUCACIÓN
RURAL Y AGRARIA, cuyo objetivo es brindar a los jóvenes rurales las herramientas y el apoyo necesario para el logro de una formación académica adecuada, facilitando su inserción laboral y arraigo.
Que por el Artículo 2 de la citada Resolución N903/13 se aprueban las líneas de acción del citado Programa, las cuales incluyen el apoyo a egresados de la educación agraria, a través de un sistema de becas.

ARTÍCULO 1 Actualízanse los montos básicos anuales diferenciados y los montos estipulados como requisito de ingreso a la beca en relación al nivel socio económico de las familias de los postulantes, establecidos en el Reglamento General de Becas Manuel Belgrano aprobado por la Resolución N1.152 de fecha 19 de noviembre de 2013 del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, conforme se indica en el Anexo que se aprueba y forma parte integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO 2 Establécese que aquellos estudiantes que perciban el beneficio determinado por Decreto N84 de fecha 23 de enero de 2014, y que simultáneamente sean becarios de la Beca Manuel Belgrano, podrán percibir también este último beneficio.
ARTÍCULO 3 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Ing. Agr. CARLOS HORACIO CASAMIQUELA, Ministro de Agricultura, Ganadería y Pesca.
ANEXO

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 02/10/2015 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data02/10/2015

Conteggio pagine36

Numero di edizioni9385

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione03/07/2024

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