Boletín Oficial de la República Argentina del 16/04/2013 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Martes 16 de abril de 2013
Categoría 1
2 3
4 5
6 W
X Y
Z Z1
Z2
Z3
Z4

Incremento salario básico $ 473
$ 578
$ 731
$ 854
$ 951
$ 1.035
$ 937
$ 1.046
$ 1.146
$ 1.248
$ 1.378
$ 1.488
$ 1.594
$ 1.686

TERCERO: A partir de enero de 2013, un incremento de carácter remunerativo a través del pago que se liquidará bajo la voz Acta 30-07-12 - Tercero, cuyo valor se detalla a continuación para cada categoría profesional:
Categoría 1
2 3
4 5
6 W
X Y
Z Z1
Z2
Z3
Z4

Incremento remunerativo ene-13
$ 453
$ 522
$ 623
$ 705
$ 769
$ 825
$ 760
$ 832
$ 898
$ 965
$ 1.051
$ 1.124
$ 1.194
$ 1.255

Las Partes acuerdan la incorporación al salario básico del incremento acordado precedentemente conforme a los montos y el cronograma que se establece a continuación para cada categoría profesional:
Categoría 1
2 3
4 5
6 W
X Y
Z Z1
Z2
Z3
Z4

Monto del Acta 30-7-12 - Tercero a incorporar al básico en Abril 13
$ 128
$ 148
$ 176
$ 200
$ 218
$ 234
$ 215
$ 236
$ 254
$ 273
$ 298
$ 318
$ 338
$ 356

Monto remanente del Acta 30-7-12 Tercero a incorporar al básico en Julio 13
$ 325
$ 374
$ 447
$ 505
$ 551
$ 591
$ 545
$ 596
$ 644
$ 692
$ 753
$ 806
$ 856
$ 899

SEPTIMO: En función a lo establecido en el punto SEXTO del acta suscripta el 22/06/11, las Partes detallan la composición del nuevo valor de referencia a considerar para la actualización de algunos rubros convencionales, que hasta el 30/06/12 estaba fijado en $ 6.879.-:
Concepto
a. Compensación mensual por viático en un valor de $ 155 mensuales pesos ciento cincuenta y cinco, de tal manera que el valor total sea de $ 690 mensuales pesos seiscientos noventa.
b. Compensación tarifa telefónica en un valor de $ 57 mensuales pesos cincuenta y siete, de tal manera que el valor total sea de $ 357 mensuales pesos trescientos cincuenta y siete.
SEXTO: Las sumas establecidas en los puntos precedentes serán aplicadas a trabajadores de jornada completa. El detalle de las escalas resultantes se establece en el Anexo A. Para el resto
$ 4.877
$ 775
$ 389
$ 388
$ 470
$$ 690
$ 357
$ 7.946

Valor a partir del 01/13
$ 4.877
$ 775
$ 389
$ 388
$ 470
$ 705
$ 690
$ 357
$ 8.651

Los valores resultantes de los adicionales que se ajustan automáticamente en función de este valor de referencia se detallan en el Anexo B del presente.
OCTAVO: Las Partes consideran que el presente acuerdo contribuye al mejoramiento del clima laboral y de la paz social y por ello acuerdan asimismo impulsar de manera conjunta iniciativas que por un lado permitan mejorar la calidad del servicio a los clientes y por otro ayuden a balancear adecuadamente el flujo de ingresos y costos de la actividad de telefonía básica y sus parámetros de comercialización.
NOVENO: En Acta Complementaria el Fondo Compensador para Jubilados y Pensionados Telefónicos y las Obras Sociales Telefónicas prestan expresa conformidad y aceptación respecto de lo pactado precedentemente y renuncian a cualquier aporte y/o contribución, de cualquier naturaleza sobre los puntos Primero y Quinto.
DECIMO: En atención a los términos del acuerdo arribado por las partes en el presente, las entidades sindicales se comprometen en forma inmediata a dejar sin efecto todas las medidas de acción directa y las empresas a no adoptar sanciones con relación al presente conflicto.
DECIMOPRIMERO: Las Partes mantendrán conversaciones para tratar, en futuras negociaciones paritarias, la incorporación al básico de las sumas no incorporadas a dicho concepto suscriptas en actas paritarias anteriores.
DECIMOSEGUNDO: Las Partes establecen que las condiciones establecidas en el presente acuerdo, tendrán vigencia durante el plazo de 1 un año, contado desde el 1 de julio de 2012, hasta el 30 de junio de 2013. Dichas condiciones podrán ser objeto de revisión total o parcial en caso de registrarse una alteración de las variables macroeconómicas vigentes. Las Partes manifiestan que, habiendo sido receptados razonablemente los argumentos y fundamentos vertidos por las mismas durante la presente negociación, asumen el compromiso recíproco y conjunto de sostener la paz social durante el plazo de vigencia del presente acuerdo.
Las Partes manifiestan que las condiciones acordadas en el presente serán puestas a consideración de sus respectivos mandantes por la parte Empresaria y a los respectivos cuerpos orgánicos de la Organización Sindical.
Cumplida que fuera la condición establecida en el párrafo anterior, las Partes solicitarán la homologación de los acuerdos resultantes de los compromisos asumidos en el presente acuerdo al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación.
Se firman 3 ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.

Anexo A - Acta 30-7-12
Escala salarial julio 2012:
Salario Básico
Adicional Especial
Acta Jun/2011

Acta Jul/10

Suma Rem. LC

Comp.
Suma Rem. LC
1

Viáticos 9/2003

Tarifa telefónica
TOTAL

1

2.473

429

215

255

175

43

535

300

4.425

2

2.970

511

256

312

175

43

535

300

5.102

3

3.557

635

318

415

262

64

535

300

6.086

4

4.023

775

388

470

309

80

535

300

6.880

5

4.446

850

425

528

338

83

535

300

7.505

6

4.808

916

458

578

367

89

535

300

8.051

W

4.322

1.430

0

399

344

86

535

300

7.416

X

5.059

885

442

899

0

0

535

300

8.120

Y

5.498

974

487

973

0

0

535

300

8.767

Z

5.943

1.052

526

1.066

0

0

535

300

9.422

Z1

6.437

1.215

607

1.167

0

0

535

300

10.261

Z2

6.882

1.327

663

1.265

0

0

535

300

10.972

Z3

7.355

1.409

705

1.351

0

0

535

300

11.655

Z4

7.741

1.503

751

1.420

0

0

535

300

12.250

Escala salarial agosto 2012 a diciembre 2012:
Suma Rem. LC

Comp.
Suma Rem. LC
1

Viáticos 9/2003

Tarifa telefónica
TOTAL

255

175

43

690

357

5.110

312

175

43

690

357

5.892

318

415

262

64

690

357

7.029

775

388

470

309

80

690

357

7.946

5.397

850

425

528

338

83

690

357

8.668

6

5.843

916

458

578

367

89

690

357

9.298

W

5.259

1.430

0

399

344

86

690

357

8.565

X

6.105

885

442

899

0

0

690

357

9.378

Y

6.644

974

487

973

0

0

690

357

10.125

Salario Básico
Adicional Especial
Acta Jun/2011

Acta Jul/10

1

2.946

429

215

2

3.548

511

256

3

4.288

635

4

4.877

5

La entidad sindical solicitará a la Empresa que dicho pago sea adelantado a la última semana del mes de noviembre de 2012.
QUINTO: Incrementar, a partir del 01/08/12, el valor de las siguientes compensaciones de carácter convencional:

Valor a partir del 08/12

Básico Adicional Especial Adicional Vales alimentarios Ley 26.341
Acuerdo 17-6-11
Acuerdo Junio 2010
Acta 30-7-12 - Tercero Compensación mensual por viáticos Compensación mensual tarifa telefónica Total
CUARTO: La Empresa otorgará el día 02/01/2013 en carácter de anticipo de la liquidación del mes de marzo de 2013 los valores que a continuación se detallan. Dicho anticipo será descontado de la liquidación del mes de marzo de 2013:
Valor a anticipar $ 453
$ 522
$ 623
$ 705
$ 769
$ 825
$ 760
$ 832
$ 898
$ 965
$ 1.051
$ 1.124
$ 1.194
$ 1.255

45

del personal convencionado con jornada reducida, su aplicación será proporcional a la extensión efectiva de dicha jornada.

El pago de los montos establecidos en el presente punto se realizarán al personal activo al momento de cada pago y conforme la categoría que detente al momento de cada pago.

Categoría 1
2 3
4 5
6 W
X Y
Z Z1
Z2
Z3
Z4

BOLETIN OFICIAL Nº 32.619

Acta Jul/12

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 16/04/2013 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data16/04/2013

Conteggio pagine48

Numero di edizioni9405

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione23/07/2024

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