Boletín Oficial de la República Argentina del 25/08/2009 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Martes 25 de agosto de 2009

Primera Sección
DECISIONES
ADMINISTRATIVAS

BOLETIN OFICIAL Nº 31.722

5

Art. 2º El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida, será atendido con cargo a los créditos del presupuesto correspondiente a la Jurisdicción 51 - MINISTERIO DE PRODUCCION, aprobado para el corriente ejercicio por la Ley Nº26.422 de Presupuesto General de la Administración Nacional, y distribuido por la Decisión Administrativa Nº 2 de fecha 9 de enero de 2009, de conformidad con lo indicado en el anexo adjunto.
Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Aníbal D. Fernández. Débora A. Giorgi.

MINISTERIO DE PRODUCCION

ANEXO

Decisión Administrativa 148/2009
Apruébase una contratación celebrada en el marco del Decreto Nº1421/02 en la Subsecretaría de Coordinación.
Bs. As., 20/8/2009
VISTO el Expediente NºS01:0177541/2009 del Registro del MINISTERIO DE PRODUCCION, las Leyes Nros. 25.164 y 26.422 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2009, los Decretos Nros. 491 de fecha 12 de marzo de 2002, 601 de fecha 11
de abril de 2002, 1421 de fecha 8 de agosto de 2002, 577 de fecha 7 de agosto de 2003
y su modificatorio Nº149 de fecha 22 de febrero de 2007, la Decisión Administrativa Nº3
de fecha 21 de enero de 2004 y sus modificatorias Nros. 1151 de fecha 28 de diciembre de 2006 y 52 de fecha 6 de marzo de 2009, la Decisión Administrativa Nº2 de fecha 9 de enero de 2009 y la Resolución Nº48 de fecha 30 de diciembre de 2002 de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y su modificatoria, y CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto tramita la propuesta de aprobación de la contratación de la persona que se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, celebrada bajo el régimen del Artículo 9º del Anexo a la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº25.164 y su reglamentación, de acuerdo a lo solicitado por la SUBSECRETARIA DE COORDINACION del MINISTERIO DE PRODUCCION con el objeto de fortalecer y complementar su labor, asegurando de tal modo su eficaz desenvolvimiento operativo.
Que los Artículos 7º y 9º del Anexo a la Ley Nº25.164, reglamentada por el Decreto Nº1.421
de fecha 8 de agosto de 2002 y la Resolución Nº48 de fecha 30 de diciembre de 2002 de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS y su modificatoria, norman respecto de la naturaleza y características de la relación de empleo del personal que revista en el régimen de contrataciones para la prestación de servicios de carácter no permanente, el que será equiparado en los niveles y grados de la planta permanente.
Que se han cumplimentado, en lo pertinente, las previsiones contenidas en los Artículos 9º y 14 del Anexo I al Decreto Nº1421/02, las pautas para la aplicación del régimen de contrataciones de personal aprobadas por la Resolución Nº48/02 de la ex SUBSECRETARIA
DE LA GESTION PUBLICA y su modificatoria y las prescripciones referidas a la asignación de grado contenidas en la Decisión Administrativa Nº3 de fecha 21 de enero de 2004 y sus modificatorias Nros. 1151 de fecha 28 de diciembre de 2006 y 52 de fecha 6 de marzo de 2009.
Que la persona indicada en el Anexo que integra la presente medida ha dado cumplimiento a lo establecido en la Circular Nº4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
Que por el Artículo 1º del Decreto Nº577 de fecha 7 de agosto de 2003 y su modificatorio Nº149 de fecha 22 de febrero de 2007, se estableció que toda contratación encuadrada en las previsiones del Decreto Nº491 de fecha 12 de marzo de 2002 y su reglamentación será aprobada por el señor Jefe de Gabinete de Ministros en aquellos supuestos en los que se pacte una retribución mensual u honorario equivalente superior a la suma de PESOS TRES
MIL CIEN $3.100.

MINISTERIO DE EDUCACION
Decisión Administrativa 150/2009
Apruébase una contratación en el marco del Contrato de Préstamo Nº1966/OC-AR en la Subsecretaría de Coordinación Administrativa.

Bs. As., 20/8/2009
VISTO el Expediente Nº 6.613/09 del Registro del MINISTERIO DE EDUCACION, el Contrato de Préstamo Nº1966/OC-AR suscripto entre la NACION ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO, los Decretos Nros. 491 de fecha 12 de marzo de 2002, 601
de fecha 11 de abril de 2002, 577 de fecha 7 de agosto de 2003, 656 de fecha 17 de abril de 2008 y 2345 de fecha 30 de diciembre de 2008, y CONSIDERANDO:
Que el Decreto Nº656/08 aprobó el modelo del Contrato de Préstamo mediante el cual el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO concurre con la NACION ARGENTINA en la financiación del PROGRAMA DE APOYO A LA POLITICA DE MEJORAMIENTO DE LA
EQUIDAD EDUCATIVA PROMEDU - Préstamo Nº1966/OC-AR.
Que el Programa al que se destinan los recursos tiene como objetivo general apoyar a la estrategia educativa de la REPUBLICA ARGENTINA mediante el financiamiento de actividades que contribuyan con la política de equidad educativa en los niveles inicial, primario y secundario; mejorar la retención y graduación en el nivel secundario y la expansión y el mejoramiento de la infraestructura educativa.
Que mediante el dictado del Decreto Nº491/02 se estableció que todas las designaciones de personal permanente y no permanente, incluyendo en este último al transitorio y contratado, serán efectuadas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la Jurisdicción o entidad correspondiente.
Que el Decreto Nº601/02 determina que las disposiciones citadas precedentemente son aplicables a la celebración, renovación y/o prórroga de toda contratación de servicios personales y de obra intelectual.

Que en la contratación propiciada se configura el supuesto previsto en la norma precedentemente citada, por lo que corresponde al suscripto disponer su aprobación.

Que el Decreto Nº577/03 modificado por su similar Nº149/07, establece que toda contratación encuadrada en las previsiones del Decreto Nº491/02 y su reglamentación será aprobada por el Jefe de Gabinete de Ministros en aquellos supuestos en los que se pacte una retribución mensual u honorario equivalente superior a PESOS TRES MIL CIEN $3.100 y de renovaciones o prórrogas en las cuales se modifique alguna de las condiciones pactadas en el contrato originario.

Que la atención del gasto resultante de la contratación alcanzada por la presente decisión administrativa se efectuará con los créditos del presupuesto correspondiente a la Jurisdicción 51 - MINISTERIO DE PRODUCCION, aprobado para el corriente ejercicio por la Ley Nº26.422 de Presupuesto General de la Administración Nacional y distribuido por la Decisión Administrativa Nº2 de fecha 9 de enero de 2009, de conformidad con lo indicado en el anexo respectivo.

Que el MINISTERIO DE EDUCACION ha elevado la propuesta de contrato de una consultora cuya prestación resulta indispensable para el debido cumplimiento de los diversos objetivos asignados a la mencionada jurisdicción, con el fin de asegurar plenamente la continuidad de las actividades sustantivas, técnicas y operativas para el año 2009, siendo que la misma reúne los requisitos de idoneidad necesarios para cumplir las tareas que se indican en el caso.

Que la Dirección General de Recursos Humanos dependiente de la SUBSECRETARIA DE
ADMINISTRACION Y NORMALIZACION PATRIMONIAL de la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete.

Que a la referida alta de contrato se le aplica solamente las escalas retributivas obrantes en los Anexos I Anexo 2 y II del Decreto Nº2345/08, de acuerdo a lo tipificado en el artículo 5º de la citada norma, no estando alcanzada por el propio régimen previsto en el Anexo I
del referido decreto.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 11 del Decreto Nº2102 de fecha 4 de diciembre de 2008, sustituido por el Artículo 1º del Decreto Nº98 de fecha 13 de febrero de 2009.

Que la financiación del contrato que se aprueba por la presente medida, será atendida íntegramente con cargo al PROGRAMA DE APOYO A LA POLITICA DE MEJORAMIENTO
DE LA EQUIDAD EDUCATIVA PROMEDU - Préstamo Nº1966/OC-AR, de acuerdo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 70 - MINISTERIO DE
EDUCACION.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCION NACIONAL y por el Artículo 1º del Decreto Nº577/03 y su modificatorio Nº149/07.
Por ello, EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1º Dase por aprobada la contratación con relación de empleo público, de la persona que se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, celebrada bajo el régimen del Artículo 9º del Anexo a la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº25.164 y su reglamentación, destinada a la SUBSECRETARIA DE COORDINACION
del MINISTERIO DE PRODUCCION, conforme al nivel, grado y plazo que para este caso se consignan.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE EDUCACION ha tomado la intervención de su respectiva competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades emergentes del artículo 100, incisos 1 y 2, de la CONSTITUCION NACIONAL, el Contrato de Préstamo Nº1966/OC-AR y lo dispuesto por el artículo 1º del Decreto Nº577/03 y su modificatorio Nº149/07.
Por ello, EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1º Apruébase el contrato suscripto entre el MINISTERIO DE EDUCACION y la persona que se detalla en la planilla que como ANEXO I forma parte integrante de la presente medida,

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 25/08/2009 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data25/08/2009

Conteggio pagine36

Numero di edizioni9423

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione10/08/2024

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