Boletín Oficial de la República Argentina del 15/05/2009 - Primera Sección

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Viernes 15 de mayo de 2009

Primera Sección
Que la nombrada COMISION EVALUADORA estimó asimismo que debería rechazarse la impugnación de la firma ARSONI S.A. en cuanto a la carga de balances de cierre de ejercicio 2006 y 2007 en el SISTEMA DE INFORMACION DE PROVEEDORES: no obstante le asiste razón respecto de la vigencia de las autoridades designadas en ocasión de la apertura de ofertas.
Que dicho dictamen fue notificado a los oferentes interesados.
Que las firmas ARSONI S.A. y SERVICIOS COMPLEJOS HOSPITALARIOS S.R.L. dedujeron impugnaciones asimismo contra el último dictamen de evaluación.
Que la firma ARSONI S.A. esgrimió la oportuna carea de los balances de cierre de ejercicio 2006
y 2007 en el SISTEMA DE INFORMACION DE PROVEEDORES.
Que la firma SERVICIOS COMPLEJOS HOSPITALARIOS S.R.L. sostuvo entre otras consideraciones que el requerimiento a su respecto de la presentación de certificado de habilitación de la empresa misma torna al procedimiento palmariamente desigual y arbitrario.
Que la COMISION EVALUADORA DE OFERTAS ratificó en todos sus términos su opinión anterior y consideró que no se aportaron nuevos fundamentos que alcancen a conmover la misma.
Que dicho dictamen fue notificado a los oferentes interesados.
Que de acuerdo con el artículo 82 del Anexo al Decreto Nº 436/00 si se hubieren formulado impugnaciones contra el dictamen de evaluación de las ofertas, éstas serán resueltas en el mismo acto que disponga la adjudicación.
Que el canon que percibirá la SUPERINTENDENCIA DE BIENESTAR de la POLICIA FEDERAL
ARGENTINA por ambas concesiones en el plazo de CUATRO 4 años de duración del contrato, en ningún caso podrá ser inferior a la suma de PESOS UN MILLON SEISCIENTOS OCHENTA Y NUEVE
MIL CIENTO VEINTE $ 1.689.120, sin perjuicio de los reajustes mensuales que se establezcan incrementando la misma conforme al procedimiento establecido en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
Que han tomado la intervención de su competencia las DIRECCIONES GENERALES DE
ASUNTOS JURIDICOS de la POLICIA FEDERAL ARGENTINA y de este Ministerio.
Que la presente se dicta en uso de Ias facultades conferidas por el Decreto Nº1344/07.
Por ello, EL MINISTRO
DE JUSTICIA, SEGURIDAD y DERECHOS HUMANOS
RESUELVE:
ARTICULO 1º Apruébase el procedimiento de Licitación Pública Nacional Nº03/08 sustanciado por la POLICIA FEDERAL ARGENTINA mediante Expediente NºS02:0001947/2007, con el objeto de otorgar en concesión DOS 2 espacios existentes en el Complejo Médico CHURRUCA-VISCA
para la explotación independiente de los servicios de restaurante, confitería y bar, para consumo por parte del personal del Hospital, afiliados y visitantes, por un plazo de CUATRO 4 años con opción a prórroga por DOCE 12 meses.
ARTICULO 2º Adjudícase a la firma FRIENDS FOOD S.R.L. el Renglón Nº1 por un canon que en ningún caso podrá ser inferior a la suma de PESOS OCHOCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL
TRESCIENTOS VEINTE $892.320, sin perjuicio de los reajustes mensuales que se establezcan incrementando el mismo conforme el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, por ser su oferta conveniente y ajustarse a lo solicitado, y a la firma HISPAN S.A. el Renglón Nº 2 por un canon que en ningún caso podrá ser inferior a la suma de PESOS SETECIENTOS NOVENTA Y SEIS
MIL OCHOCIENTOS $ 796.800, sin perjuicio de los reajustes mensuales que se establezcan incrementando el mismo conforme el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, por ser su oferta conveniente y ajustarse a lo solicitado.
ARTICULO 3º Desestímanse las ofertas presentadas por las firmas ARSONI S.A., SERVICIOS
COMPLEJOS HOSPITALARIOS S.R.L., FONTAINBLEAU S.A. y COCIÑA DE ARTE S.A. en función del artículo 141 del Anexo al Decreto Nº 436/00, por haber cumplimentado en forma parcial la requisitoria cursada.
ARTICULO 4º Recházase la impugnación formulada por la firma ARSONI S.A.
ARTICULO 5º Recházase la impugnación formulada por la firma SERVICIOS COMPLEJOS
HOSPITALARIOS S.R.L.
ARTICULO 6º Delégase la firma de las órdenes de compra en el Jefe de la SUPERINTENDENCIA
DE BIENESTAR de la POLICIA FEDERAL ARGENTINA.
ARTICULO 7º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Dr. ANIBAL D. FERNANDEZ, Ministro de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos.
e. 15/05/2009 Nº40648/09 v. 15/05/2009

MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS
Resolución Nº1471/2009
Bs. As., 8/5/2009

VISTO el Expediente Nº04369/08 del registro de la DIRECCION NACIONAL DEL SERVICIO
PENITENCIARIO FEDERAL, la Ley Nº24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional, los Decretos Nros. 436 del 30 de mayo de 2000, 1023 del 13 de agosto de 2001 y 1344 del 4 de octubre de 2007, y CONSIDERANDO:

BOLETIN OFICIAL Nº 31.654

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Que efectuado el Acto de Apertura de ofertas el 19 de diciembre de 2008 se presentaron cotizando las firmas BAC-DALL ARGENTINA S.A., SANUCCI RICARDO ANDRES, TECNOLOGIA
CONTRA INCENDIOS S.A. e IVECAM S.A.
Que a fojas 558/559 obra agregado el Cuadro Comparativo de las ofertas de cada una de las firmas intervinientes en la presente licitación.
Que a fojas 626/628 obra glosado Dictamen de Evaluación Nº024/09 del 20 febrero de 2009, por el cual se preadjudica la presente licitación de acuerdo al siguiente detalle: Renglón Nº01 a la firma SANUCCI RICARDO ANDRES y Renglones Nº 02 y 03 a la firma TECNOLOGIA CONTRA
INCENDIOS S.A. por resultar sus ofertas convenientes y ajustarse técnicamente según el informe técnico emitido por la Dirección de Protección Contra Siniestros y Seguridad Laboral fojas 566, declarándose desestimadas las ofertas correspondientes a las firmas: BAC-DALL ARGENTINA S.A.
por aplicación del artículo 8, punto d, inciso 1 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares no poseer certificado fiscal vigente a la fecha de apertura, TECNOLOGIA CONTRA INCENDIOS S.A.
en relación a los Renglones Nº01 por resultar su precio excesivo y el Renglón Nº02 alternativa por no ajustarse a las condiciones del pliego de bases y condiciones e IVECAM S.A. en relación al Renglón Nº02 por resultar su precio excesivo según informe técnico antes mencionado.
Que resulta necesario destacar que para la preadjudicación la Comisión Evaluadora consideró los valores de referencia informados por la Sindicatura General de la Nación en su Nota nro. 5119/2008 y aclaratoria nro. 0475/2009, lo informado por la Dirección de Protección Contra Siniestros y Seguridad Laboral a fojas 566 y las propuestas más económicas.
Que el Director de Contrataciones de la Institución propiciante ha informado a fojas 674 que de acuerdo a los presupuestos actualizados adjuntos, se desprende que los precios considerados por la Comisión Evaluadora en oportunidad de emitirse el Dictamen de Evaluación Nº024/09 se ajustan a los valores corrientes en plaza.
Que se ha notificado a cada una de las firmas participantes del Dictamen de Evaluación Nº024/09, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 80 del Anexo al Decreto Nº436/00.
Que el Director de Protección Contra Siniestros y Seguridad Laboral ha solicitado a fojas 678, dejar sin efecto la adquisición de los equipos de respiración autónomos Renglón Nº03, basándose tal requerimiento en que se encuentra en trámite avanzado la contratación de similares efectos que cubrirían las necesidades de la Institución, mediante Expte. Nº23.575/08.
Que han tomado la intervención que les compete la DIRECCION DE AUDITORIA GENERAL de la DIRECCION NACIONAL DEL SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL y la DIRECCION GENERAL
DE ASUNTOS JURIDICOS de este Ministerio.
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el Decreto Nº1344/07.
Por ello, EL MINISTRO
DE JUSTICIA, SEGURIDAD
Y DERECHOS HUMANOS
RESUELVE:
ARTICULO 1º Apruébase la Licitación Pública Nº 018/08, convocada por la DIRECCION
NACIONAL DEL SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL, para resolver la adquisición de dos autobombas livianas uso bomberil totalmente equipadas, equipos de bomberos y de respiración autónoma, con destino al COMPLEJO PENITENCIARIO FEDERAL NºI - EZEIZA y al COMPLEJO
PENITENCIARIO FEDERAL NºII - MARCOS PAZ.
ARTICULO 2º Adjudícase la Licitación referida en el artículo 1º de acuerdo al siguiente detalle: a la firma SANUCCI RICARDO ANDRES el Renglón Nº01 por un importe total de PESOS
VEINTISIETE MIL CUATROCIENTOS DOS $ 27.402,00 y a la firma TECNOLOGIA CONTRA
INCENDIOS S.A. el Renglón Nº 02 por un importe total de PESOS UN MILLON TRESCIENTOS
CINCUENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS $1.356.300,00 con mejora de precios incluida, por resultar sus ofertas admisibles y convenientes, ascendiendo las adjudicaciones al importe total de PESOS
UN MILLON TRESCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL SETECIENTOS DOS $1.383.702,00.
ARTICULO 3º Decláranse desestimadas, conforme lo establecido en los considerandos de la presente, las ofertas correspondientes a las firmas: BAC-DALL ARGENTINA S.A., TECNOLOGIA
CONTRA INCENDIOS S.A. en relación a los Renglones Nº 01, el Renglón Nº 02 alternativa y Renglón 03 e IVECAM S.A. en relación al Renglón Nº02.
ARTICULO 4º Autorízase a la DIRECCION NACIONAL DEL SERVICIO PENITENCIARIO
FEDERAL a emitir las respectivas Ordenes de Compra.
ARTICULO 5º El gasto que demande la presente medida se imputará con cargo a la cuenta Administración Central - Servicio Administrativo Financiero 331 - Ejercicio 2009.
ARTICULO 6º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Dr. ANIBAL D. FERNANDEZ, Ministro de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos.
e. 15/05/2009 Nº40651/09 v. 15/05/2009

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS
Resolución Nº222/2009
Bs. As., 11/5/2009

VISTO el Expediente Nº 252.130/2007 del Registro de la ADMINISTRACION FEDERAL DE
INGRESOS PUBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y
PRODUCCION, su Anexo I, y CONSIDERANDO:

Que con motivo de lograr lo solicitado la DIRECCION NACIONAL DEL SERVICIO PENITENCIARIO
FEDERAL convocó la Licitación Pública Nº018/2008, autorizada por Resolución M.J.S. y D.H. Nº3482
de fecha 18 de noviembre de 2008.

Que a fojas 1/12 del expediente mencionado en el Visto, la firma CAMINOS DEL VALLE
CONCESIONARIA S.A. interpone recurso de apelación en los términos del quinto párrafo del Artículo sin número incorporado a continuación del Artículo 4º de la Ley Nº11.683, texto ordenado en 1998
y sus modificaciones; y del Artículo 13 de la Resolución General Nº1948 de fecha 30 de septiembre de 2005 de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, contra la Resolución Nº21 de fecha 10 de abril de 2007 de la Subdirección General de Técnico Legal Impositiva de la Dirección General Impositiva dependiente de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS.

Que asimismo la mencionada Resolución aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares elaborado al efecto.

Que mediante la citada resolución se llevó a conocimiento de la recurrente, que las sumas devengadas y/o abonadas durante el Período Fiscal 2005 en concepto de multas impuestas por
Que el Expediente citado en el Visto fue iniciado con el objeto de adquirir dos autobombas livianas uso bomberil totalmente equipadas, equipos de bomberos y de respiración autónoma, con destino al COMPLEJO PENITENCIARIO FEDERAL NºI - EZEIZA y al COMPLEJO PENITENCIARIO
FEDERAL NºII - MARCOS PAZ.

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 15/05/2009 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data15/05/2009

Conteggio pagine48

Numero di edizioni9388

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione06/07/2024

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