Boletín Oficial de la República Argentina del 12/05/2008 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Lunes 12 de mayo de 2008

Pág.
SALARIOS
26/2008-CNTA
Fíjanse las remuneraciones mínimas para el personal que se desempeña en las tareas forestales, en jurisdicción de la Comisión Asesora Regional Nº 7.
SALARIOS
27/2008-CNTA
Fíjanse las remuneraciones para el personal ocupado en las tareas de tala, preparación, manipuleo y transporte de especies forestales, en jurisdicción de la Comisión Asesora Regional Nº 3.
SALARIOS
28/2008-CNTA
Apruébase la tabla salarial que establece las remuneraciones mínimas para el personal que se desempeña en ferias y remates en jurisdicción de la Comisión Asesora Regional Nº 5.
TELECOMUNICACIONES
72/2008-SC
Asígnase numeración geográfica, no geográfica y Código de Identificación de Operador de Larga Distancia a Universal Video Cable Sociedad de Responsabilidad Limitada.
TRANSPORTE AEROCOMERCIAL
303/2008-ST
Apruébanse los montos a compensar en el período enero de 2008 a las empresas beneficiarias del Régimen de Compensación de Combustible Aeronáutico.

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TRANSPORTE AEROCOMERCIAL
304/2008-ST
Apruébanse los montos a compensar en el período febrero de 2008 a las empresas beneficiarias del Régimen de Compensación de Combustible Aeronáutico.

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MINISTERIO DE EDUCACION
484/2008-ME
Créase el Registro Federal de Instituciones y Ofertas de Formación Docente. Reglamento de Organización y Funcionamiento.

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ADHESIONES OFICIALES
791/2008-SC
Declárase de interés nacional la celebración del Cincuentenario de la Pontificia Universidad Católica Argentina.

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BOLETIN OFICIAL Nº 31.402

Art. 4º El CENTRO DE ESTUDIOS ESTRATEGICOS PARA LA DEFENSA MANUEL BELGRANO estará integrado, además, por el CONSEJO CONSULTIVO y el CONSEJO ACADEMICO.
Art. 5º El CONSEJO CONSULTIVO referido en el artículo precedente tendrá representación de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, del ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS, de Universidades Nacionales y Privadas y quien l a Presidenta del CENTRO considere oportuno convocar.
Art. 6º El CONSEJO ACADEMICO mencionado en el Artículo 4º del presente Decreto, estará conformado por personalidades de prestigio académico del ámbito nacional, entendidos o vinculados con los temas estratégicos nacionales que interesan a la Defensa Nacional y la Seguridad Internacional. Su participación en el CONSEJO
ACADEMICO mencionado será ad honorem.
Art. 7º El CENTRO DE ESTUDIOS ESTRATEGICOS PARA LA DEFENSA MANUEL BELGRANO tendrá como funciones:
a Producir investigaciones estratégicas en materia de Defensa Nacional y Seguridad Internacional, así como en aquellas cuestiones relacionadas o con potencial incidencia sobre dichas materias, tales como asuntos antárticos, marítimos, territoriales, aeroespaciales, organizaciones internacionales, Derecho Humanitario, medio ambiente, recursos naturales, desarrollo científico y tecnológico, entre otros.

d Desarrollar una capacidad reconocida de estudios e investigación científica para abordar las temáticas de Defensa Nacional y Seguridad Internacional.
e Integrar y coordinar esfuerzos interdisciplinarios e interinstitucionales en la temática de Defensa Nacional y Seguridad Internacional.
f Contribuir a fortalecer la integración de esfuerzos de investigación en materia de Defensa que se realizan actualmente en el país.
g Interactuar con organizaciones nacionales, extranjeras e internacionales abocadas a la temática en cuestión.
Art. 8º Delégase en la Ministra de Defensa la reglamentación del presente Decreto.
Art. 9º La presente medida no implica erogación presupuestaria.
Art. 10. Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. FERNANDEZ DE KIRCHNER. Alberto A. Fernández. Jorge E. Taiana.
Nilda C. Garré.

PRESIDENCIA DE LA NACION
Decisión Administrativa 135/2008

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Danse por aprobados contratos celebrados en el ámbito de la Secretaría General.

Bs. As., 8/5/2008

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VISTO la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, reglamentada por el Decreto Nº 1421 del 8 de agosto de 2002, la Resolución S.G.P Nº 48 del 30 de diciembre de 2002, la Decisión Administrativa Nº 1151 del 28 de diciembre de 2006 y el Decreto Nº 577 del 7 de agosto de 2003 modificado por su similar Nº 149 del 22 de febrero de 2007, y CONSIDERANDO:

AVISOS OFICIALES
Nuevos

c Facilitar la comunicación y el diálogo de especialistas nacionales y extranjeros a través de un espacio abierto al debate e intercambio de ideas.

REMATES OFICIALES
Nuevos

b Promover estudios en materia de Defensa Nacional y Seguridad Internacional.

DECISIONES
ADMINISTRATIVAS

DISPOSICIONES
HIDROCARBUROS
20/2008-SSC
Ampliación del plazo de validez de las auditorías técnicas, ambientales y de seguridad, como consecuencia de la implementación de la Resolución Nº 266/2008 del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios.

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Que el CONSEJO NACIONAL DE COORDINACION DE POLITICAS SOCIALES, ha elevado la propuesta de contratar diverso personal cuya prestación resulta indispensable para el debido cumplimiento de los diversos objetivos asignados a dicha jurisdicción.
Que dichas contrataciones se realizan bajo el régimen del Art. 9º del Anexo I del Decreto Nº 1421/02 mediante el cual se reglamenta la Ley Nº 25.164 citada en el Visto.

ASOCIACIONES SINDICALES
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Resolución 451/2008-MTESS
Reconócese a la Asociación del Personal de los Organismos de Control, la ampliación del ámbito de actuación con carácter de Inscripción Gremial.

CONVENCIONES COLECTIVAS DE TRABAJO
DEFENSA han tomado la correspondiente intervención.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 99, inciso 1º de la CONSTITUCION DE LA NACION ARGENTINA.
Por ello, LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Créase en el ámbito del MINISTERIO DE DEFENSA el CENTRO DE ESTUDIOS

Que mediante el artículo 1º del Decreto Nº 149/07, se modificó la suma consignada en el 1º párrafo del artículo 1º del Decreto 577/03 por la suma de PESOS TRES MIL CIEN
$ 3.100.-.

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ESTRATEGICOS PARA LA DEFENSA MANUEL
BELGRANO, con la finalidad de promover, coordinar y desarrollar estudios e investigaciones en materia de Defensa Nacional y de Seguridad Internacional.
Art. 2º La Ministra de Defensa será la titular en calidad de Presidenta, del Organismo creado en el artículo precedente, siendo asistida por un Secretario Ejecutivo.
Art. 3º La SECRETARIA EJECUTIVA será desempeñada por el funcionario del MINISTERIO
DE DEFENSA que la Ministra de Defensa designe al efecto.

Que la financiación de los contratos que se aprueban por la presente, serán atendidas con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la jurisdicción 20 - 01 - SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA
NACION.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades emergentes del artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCION NACIONAL y del artículo 1º del Decreto Nº 577/03 y su modificatorio.
Por ello, EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1º Danse por aprobados los contratos celebrados entre la SECRETARIA GENERAL
de la PRESIDENCIA DE LA NACION, y las personas que se detallan en las planillas que como Anexos I y II, forman parte integrante de la presente Decisión Administrativa, en el Nivel, Grado y período indicado en el mismo.
Art. 2º El gasto que demande el cumplimiento de la presente Decisión Administrativa, será atendido con cargo a la partida específica del Presupuesto de la Jurisdicción 20 - 01 - SECRETARIA
GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 12/05/2008 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data12/05/2008

Conteggio pagine32

Numero di edizioni9417

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione04/08/2024

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