Boletín Oficial de la República Argentina del 07/05/2008 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Miércoles 7 de mayo de 2008

BOLETIN OFICIAL Nº 31.399

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Pág.
ACTIVIDAD FERROVIARIA
752/2008
Instrúyese al Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, para que proyecte la totalidad de las normas reglamentarias y disponga las medidas complementarias que estime necesarias para la implementación de las previsiones establecidas en la Ley Nº 26.352 de Reordenamiento de la Actividad Ferroviaria. Apruébanse los Estatutos de Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad del Estado y de Operadora Ferroviaria Sociedad del Estado.
BANCO DE INVERSION Y COMERCIO EXTERIOR
753/2008
Desígnase Director Titular.

Ley 26.367

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ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
754/2008
Desígnase Director Ejecutivo.

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ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
755/2008
Desígnase Administrador Federal.

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BANCO DE LA NACION ARGENTINA
756/2008
Desígnase Director.

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MERCADO DE CARNE BOVINA
42/2008-ONCCA
Apruébase el procedimiento establecido para la solicitud denominada R.O.E. Rojo, en el Registro de Operaciones de Exportación, respecto de las mercaderías comprendidas en las posiciones arancelarias incluidas en el Anexo de la Resolución Nº 6/2008 del Ministerio de Economía y Producción. Declaración Jurada y contenido. Encaje productivo exportador. Sanciones. Vigencia.

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
151/2008-AFIP
Zona Primaria Aduanera. Autorización para el ingreso, permanencia, circulación y salida de funcionarios de la Subdirección General de Auditoría Interna.
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
153/2008-AFIP
Reglamentación del Inciso b del Artículo 56 del Régimen General para Contrataciones de Bienes, Servicios y Obras Públicas de la AFIP aprobado por Disposición Nº 297/2003 AFIP. Régimen Sancionatorio.
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
162/2008-AFIP
Concurso para cobertura de cargos de Jefatura Intermedia.

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc.
sancionan con fuerza de Ley:
ARTICULO 1º Declárase Monumento Histórico Nacional al edificio ubicado en la calle Austria 2593, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, donde funciona el Instituto Nacional Juan Domingo Perón de Estudios e Investigaciones Históricas, Sociales y Políticas.

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ARTICULO 4º La Comisión Nacional de Museos, Monumentos y Lugares Históricos inscribirá en el Registro Nacional de Bienes Históricos, el monumento declarado en el artículo 1º de la presente ley con la referencia de Monumento Histórico Nacional, Instituto Nacional Juan Domingo Perón, de Estudios e Investigaciones Históricas, Sociales y Políticas.

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ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
177/2008-AFIP
Subdirección General de Coordinación Técnico Institucional. Aceptación de renuncia del Subdirector General.

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AVISOS OFICIALES
Nuevos

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Anteriores

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ARTICULO 3º Deberá considerarse el examen bacteriológico y la profilaxis como prestación de rutina tanto por parte de establecimientos de atención de la salud públicos o privados, como por obras sociales, seguros médicos, prepagas y todo otro organismo financiador de prestaciones de la salud.
ARTICULO 4º El Ministerio de Salud de la Nación, como autoridad de aplicación de la presente ley, en coordinación con las jurisdicciones provinciales y del Gobierno de la Ciudad, dispondrá de los programas de investigación de prevalencia a nivel provincial y/o local, necesarios para la formación de los agentes de salud, acerca de la sepsis bacteriana temprana del recién nacido por estreptococo Grupo B Agalactiae, estrategias de prevención, y obligaciones de los médicos y centros de salud, a fin de que se proceda de forma uniforme a la aplicación del examen bacteriológico de detección y la profilaxis, en todo el país.
ARTICULO 5º Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A
LOS DIECISEIS DIAS DEL MES DE ABRIL DEL
AÑO DOS MIL OCHO.
REGISTRADA BAJO EL Nº 26.369
EDUARDO A. FELLNER. JULIO C. COBOS.
Enrique Hidalgo. Juan J. Canals.

DECRETOS

PRESIDENCIA DE LA NACION
Decreto 743/2008

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A
LOS NUEVE DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO
DOS MIL OCHO.

Desígnase Jefe de la Unidad Asuntos Contenciosos de la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Subsecretaría de Asuntos Legales de la Secretaría Legal y Técnica.

REGISTRADO BAJO EL Nº 26.367
JULIO CESAR C. COBOS. EDUARDO A.
FELLNER. Juan J. Canals. Marta A. Luchetta.

SALUD PUBLICA
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y tiempo previsto por la ciencia médica, a fin del control de la bacteria de referencia.

ARTICULO 5º Comuníquese al Poder Ejecutivo.

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
163/2008-AFIP
Finalización de funciones y designación de Director de la Dirección de Coordinación y Evaluación Operativa Aduanera en jurisdicción de la Dirección General de Aduanas.

REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CREDITOS PRENDARIOS
318/2008-DNRNPACP
Digesto de Normas Técnico Registrales del Registro Nacional de la Propiedad del Automotor. Modificación de la Disposición Nº 309/2008.

Sancionada: Abril 9 de 2008
Promulgada de Hecho: Mayo 2 de 2008

ARTICULO 3º Colóquese una placa recordatoria en el edificio en conmemoración a los hechos acontecidos.

DISPOSICIONES
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
122/2008-SGRH-AFIP
Finalización de funciones y designación de Jefe Interino de la División Revisión y Recursos de la Dirección Regional Río Cuarto.

Declárase Monumento Histórico Nacional al edificio donde funciona el Instituto Nacional Juan Domingo Perón de Estudios e Investigaciones Históricas, Sociales y Políticas, ubicado en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

ARTICULO 2º A los fines dispuestos en el artículo 1º, estos bienes quedan amparados por las disposiciones de la Ley Nº 12.665, modificada por la Ley Nº 24.252.

RESOLUCIONES
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
27/2008-DGA
Cuadro de Tarifas de Servicios Extraordinarios de Habilitación.

MONUMENTOS HISTORICOS
NACIONALES

Bs. As., 5/5/2008
VISTO el PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL para el Ejercicio 2008 aprobado por la Ley Nº 26.337, distribuido por la Decisión Administrativa Nº 1 de fecha 15 de enero de 2008, los Decretos Nros. 78/00 y sus modificatorios y 491 del 12 de marzo de 2002 y lo solicitado por la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA
NACION, y
Ley 26.369

CONSIDERANDO:

Incorpórase, con carácter obligatorio de control y prevención, la realización del examen de detección del estreptococo Grupo B Agalactiae, a todas las embarazadas con edad gestacional entre las semanas 35 y 37, presenten o no condiciones de riesgo. Deberá considerarse dicho examen y la profilaxis como prestación de rutina, tanto por parte de establecimientos públicos o privados, como por las obras sociales, seguros médicos, prepagas y todo otro organismo financiador de prestaciones de la salud.

Que por la Ley Nº 26.337 se aprobó el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2008.

Sancionada: Abril 16 de 2008
Promulgada de Hecho: Mayo 6 de 2008

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc.
sancionan con fuerza de Ley:
ARTICULO 1º Incorpórase con carácter obligatorio como práctica rutinaria de control y prevención la realización del examen de detección del estreptococo Grupo B Agalactiae, a todas las embarazadas con edad gestacional entre las semanas 35 y 37, presenten o no condiciones de riesgo.
ARTICULO 2º Si el resultado de la detección fuere positivo, se establece la obligatoriedad del tratamiento correspondiente con la modalidad
Que por el artículo 7º de la citada Ley se establece que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de su sanción ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros.
Que por el artículo 10 de la citada Ley Nº 26.337
se dispuso que las facultades otorgadas por dicha Ley al Jefe de Gabinete de Ministros podrán ser asumidas por el PODER EJECUTIVO
NACIONAL, en su carácter de responsable político de la administración general del país y en función de lo dispuesto por el inciso 10 del artículo 99 de la Constitución Nacional.
Que por el Decreto Nº 78/00 y sus modificatorios se aprobó la estructura organizativa de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
Que mediante el Decreto Nº 491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el Poder Ejecutivo Nacional a propuesta de la Jurisdicción correspondiente.

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 07/05/2008 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data07/05/2008

Conteggio pagine28

Numero di edizioni9418

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione05/08/2024

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