Boletín Oficial de la República Argentina del 02/05/2008 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Viernes 2 de mayo de 2008

Que se ha dado debido cumplimiento a lo preceptuado por el artículo 6º del Decreto Nº 601
de fecha 11 de abril de 2002.

Pág.
RADIODIFUSION
252/2008-COMFER
Establécese que la transmisión de obras audiovisuales tales como largometrajes cinematográficos y películas concebidas para televisión, realizada por señales transmitidas a través de servicios complementarios, podrá interrumpirse una vez cada período completo de Treinta 30 minutos.
Derógase la Resolución Nº 1391-COMFER/03.
IMPUESTOS
General 2438-AFIP
Impuesto al Valor Agregado. Resolución General Nº 18, sus modificatorias y complementarias.
Nómina de sujetos comprendidos.
IMPORTACIONES
General 2440-AFIP
Procedimiento. Libramiento a plaza de destinaciones definitivas de importación para consumo a las cuales les correspondan ventajas impositivas. Resolución General Nº 660. Su sustitución.

Que ha tomado intervención el servicio permanente de asesoramiento jurídico del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS.

Por ello,
7

LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:

7

Artículo 1º Desígnanse transitoriamente, a partir de la fecha del presente decreto y por el término de CIENTO OCHENTA 180 días hábiles, en la planta permanente de la INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, a las personas consignadas en el Anexo I que forma parte integrante de la presente medida, en los cargos allí indicados, con carácter de excepción a lo establecido en el Título III, Capítulos I y II, del Anexo I al Decreto Nº 993/91 t.o. 1995 y a lo dispuesto por el artículo 7º de la Ley Nº 26.337.
Art. 2º Los cargos involucrados en este acto deberán ser cubiertos conforme los sistemas de selección previstos por el SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA Decreto Nº 993/91 t.o. 1995 en el término de CIENTO OCHENTA 180 días hábiles contados a partir de la fecha del presente decreto.

9

CONCURSOS OFICIALES
Nuevos

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL y los artículos 7º y 10 de la Ley Nº 26.337, como así también en función de lo dispuesto por el artículo 1º del Decreto Nº 491/02.

6

DISPOSICIONES
PRODUCTOS DE USO DOMESTICO
2370/2008-ANMAT
Prohíbese la comercialización del producto Lavandina Marsol, elaborado por Marsol S.R.L.

2

BOLETIN OFICIAL Nº 31.396

Art. 3º El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con los créditos asignados a la Jurisdicción 40 - MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS
HUMANOS.
Art. 4º Comuníquese, publíquese; dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
FERNANDEZ DE KIRCHNER. Alberto A. Fernández. Aníbal D. Fernández.

10
ANEXO I

AVISOS OFICIALES
Nuevos

MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS
INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA

10

NIVEL Y
DOCUMENTO Nº
GRADO

FUNCION

GALLI BASUALDO, Mariana Laura
DNI 22.278.579

C-0

Inspector con firma delegada
CIPRIANO, Nidia Alejandra
DNI 14.096.378

C-0

Inspector con firma delegada
APELLIDO Y NOMBRE

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CONVENCIONES COLECTIVAS DE TRABAJO

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MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS

MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS

Decreto 737/2008

Decreto 736/2008

Designaciones transitorias en la planta permanente de la Secretaría de Seguridad Interior.

Designaciones transitorias en la planta permanente de la Inspección General de Justicia.
Bs. As., 29/4/2008
Bs. As., 29/4/2008
VISTO el Expediente Nº 162.381/07 del registro del ex MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS
HUMANOS, actual MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, la Ley Nº 26.337, los Decretos Nros. 993/91 t.o. 1995, 491 del 12 de marzo de 2002, 601 del 11
de abril de 2002, y
VISTO el Expediente Nº 23.035/2008 del registro de la SECRETARIA DE SEGURIDAD INTERIOR del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, la Ley Nº 26.337 aprobatoria del Presupuesto General de Gastos y Recursos de la Administración Nacional para el Ejercicio 2008, los Decretos Nº 491 del 12 de marzo de 2002, Nº 601 del 11 de abril de 2002
y la Decisión Administrativa Nº 1 del 15 de enero de 2008, y CONSIDERANDO:

CONSIDERANDO:
Que por la Ley Nº 26.337 se aprobó el Presupuesto de Gastos y Recursos de la Administración Nacional para el ejercicio 2008.

Que el artículo 7º de la Ley mencionada en el Visto establece que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de sanción de aquélla, ni los que se produzcan con posterioridad, salvo decisión fundada del JEFE DE GABINETE DE MINISTROS.

Que por el artículo 7º de la Ley Nº 26.337 se estableció que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de su sanción ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros o del Poder Ejecutivo Nacional de conformidad con lo dispuesto por el artículo 10 de esa misma ley.

Que la Decisión Administrativa Nº 1/08 distribuyó los créditos presupuestarios aprobados por la Ley Nº 26.337 incluyendo las vacantes financiadas existentes en cada Jurisdicción o entidad de la Administración Nacional.

Que mediante el Decreto Nº 491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente, será efectuada por el Poder Ejecutivo Nacional a propuesta de la Jurisdicción correspondiente.

Que por el artículo 10 de la Ley precitada se dispuso que las facultades otorgadas por dicha Ley al señor Jefe de Gabinete de Ministros podrán ser asumidas por el PODER EJECUTIVO
NACIONAL, en su carácter de responsable político de la administración general del país y en función del artículo 99, inciso 10 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Que las personas propuestas reúnen los conocimientos, experiencia e idoneidad necesarios para el desempeño de los cargos a cubrir.

Que el Decreto Nº 491/02 establece que toda designación, asignación de funciones, promoción y reincorporación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada en los términos del artículo 2º del Decreto Nº 23 del 23 de diciembre de 2001 en cargos de planta permanente y no permanente, incluyendo en estos últimos al personal transitorio y contratado, cualquiera fuere su modalidad y fuente de financiamiento, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la jurisdicción o entidad correspondiente.

Que a los efectos de implementar las referidas coberturas transitorias resulta necesario designar a las personas que se proponen con carácter de excepción a lo establecido en el Título III, Capítulos I y II, del Anexo I al Decreto Nº 993/91 t.o. 1995 y a lo dispuesto por el artículo 7º de la Ley Nº 26.337.

Que el señor Secretario de Seguridad Interior del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD
Y DERECHOS HUMANOS solicita la cobertura transitoria de DOS 2 cargos vacantes financiados existentes en la planta de personal permanente del citado Organismo, a partir del 1º de febrero de 2008.

Que la cobertura de los cargos en cuestión no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.

Que en consecuencia, resulta necesario proceder a autorizar la cobertura de dichos cargos vacantes existentes en la Planta de Personal Permanente de la SECRETARIA DE SEGURIDAD INTERIOR, exceptuándose a tal efecto de lo dispuesto por el Título III, Capítulo II del Anexo I del SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA SINAPA aprobado por el Decreto Nº 993 del 27 de mayo de 1991 t.o. 1995 y de lo establecido por el artículo 7º de la Ley Nº 26.337.

Que la señora Inspectora General de Justicia del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y
DERECHOS HUMANOS solicita la cobertura transitoria de DOS 2 cargos vacantes financiados existentes en la planta de personal permanente de la citada Inspección.

Que se cuenta con el crédito necesario en el presupuesto del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS para atender el gasto resultante de la medida que se propicia.

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 02/05/2008 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data02/05/2008

Conteggio pagine32

Numero di edizioni9418

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione05/08/2024

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