Boletín Oficial de la República Argentina del 23/04/2008 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN OFICIAL Nº 31.390

Primera Sección
Miércoles 23 de abril de 2008

Que atento a las nuevas responsabilidades agregadas a los causantes corresponde elevar los honorarios de los mismos a la suma de PESOS CUATRO MIL SESENTA Y UNO
$ 4.061.-.
Que las personas involucradas en la presente medida han dado cumplimiento a lo establecido en el Artículo 6º del Decreto Nº 601 de fecha 11 de abril de 2002, reglamentario de su similar Nº 491/02.
Que se cuenta con el crédito necesario en el presupuesto de la SECRETARIA DE TURISMO de la PRESIDENCIA DE LA NACION, aprobado para el corriente ejercicio por la Ley Nº 26.337, a fin de atender el gasto resultante de las contrataciones alcanzadas por la presente medida.
Que las DIRECCIONES GENERALES DE ADMINISTRACION y de LEGISLACION Y ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA DE TURISMO de la PRESIDENCIA DE LA NACION
han tomado la intervención que les compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCION NACIONAL y por el Artículo 1º del Decreto Nº 577/03
modificado por su similar Nº 149/07.

gimen previsto por la Ley antes citada, del señor Carlos Mariano CATERBETTI, para quien requiere se lo exceptúe del requisito de educación formal para el acceso al nivel escalafonario B Agrupamiento General del escalafón SI.NA.PA., en función de su reconocida aptitud y experiencia, a efectos de posibilitar su contratación, pactándose una equiparación retributiva equivalente al nivel mencionado en el marco del régimen referenciado.
Que la financiación de la contratación que se posibilita efectuar por la presente, será atendida con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 30 MINISTERIO DEL INTERIOR, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Nacional Nº 26.337.
Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DEL INTERIOR.

Por ello, EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1º Danse por rescindidos los contratos de locación de servicios personales encuadrados en las previsiones del Decreto Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002 y su reglamentario, celebrados bajo el régimen del Decreto Nº 1184 de fecha 20 de septiembre de 2001 entre la SECRETARIA
DE TURISMO de la PRESIDENCIA DE LA NACION y los Contadores Gustavo Daniel CASENAVE;
Walter Rubén GONZALIA y el Licenciado Hernán Miguel CHICHIZOLA que fueron aprobados por Resolución de la Secretaría de Turismo Nº 19 de fecha 8 de diciembre de 2007, a partir del 1º de enero de 2008.
Art. 2º Danse por aprobados los contratos de locación de servicios personales encuadrados en las previsiones del Decreto Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002 y su reglamentario, celebrados bajo el régimen del Decreto Nº 1184 de fecha 20 de septiembre de 2001 entre la SECRETARIA DE
TURISMO de la PRESIDENCIA DE LA NACION y las personas que se detallan en el Anexo I que forma parte integrante de la presente medida de conformidad con el período, monto mensual, función y rango que se indica en el mismo, en el marco de los contratos individuales de la SECRETARIA DE
TURISMO de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
Art. 3º El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida, será atendido con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la SECRETARIA DE TURISMO de la PRESIDENCIA DE LA NACION, aprobado para el corriente ejercicio por la Ley Nº 26.337.

3

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCION NACIONAL y el artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº 1421/02.
Por ello, EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1º Exceptúase al señor Carlos Mariano CATERBETTI DNI Nº 22.695.051 del requisito de educación formal previsto en el artículo 11 del Anexo I del Decreto Nº 993/91 t.o. 1995
para el acceso al nivel escalafonario B Agrupamiento General a efectos de posibilitar su contratación en el ámbito del MINISTERIO DEL INTERIOR, conforme el régimen previsto en el artículo 9º del Anexo a la Ley Nº 25.164.
Art. 2º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Alberto A. Fernández. Aníbal F. Randazzo.

MINISTERIO DEL INTERIOR
Decisión Administrativa 108/2008
Dase por aprobada una contratación celebrada bajo el régimen del Decreto Nº 1184/01.

Bs. As., 22/4/2008
VISTO el Expediente Nº S02:0001675/2008 del registro del MINISTERIO DEL INTERIOR, los Decretos Nº 1184 del 20 de septiembre de 2001, Nº 491 del 12 de marzo de 2002, Nº 601 del 11 de abril de 2002, modificado por su similar Nº 1196 del 5 de julio de 2002, Nº 577 del 7 de agosto de 2003 y Nº 2031 del 28 de diciembre de 2006, modificados por su similar Nº 149 del 22 de febrero de 2007, y CONSIDERANDO:

Art. 4º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Alberto A. Fernández. Aníbal F. Randazzo.

Que mediante el dictado del Decreto Nº 491/02 y su reglamentación, se ha establecido que todas las designaciones de personal permanente y no permanente, incluyendo en este último al transitorio y contratado, serán efectuadas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.

ANEXO I

Que específicamente, por el Decreto Nº 601/02 y su modificatorio Nº 1196/02 se estableció, entre otros extremos, que las disposiciones de su similar Nº 491/02 resultan aplicables a la celebración, renovación y/o prórroga de toda contratación de servicios personales y de obra intelectual.

APELLIDO Y NOMBRES

PERIODO

MONTO
MENSUAL

MONTO
TOTAL

FUNCION

RANGO

CASENAVE, Gustavo Daniel D.N.I. Nº 21.438.279
GONZALIA, Walter Rubén D.N.I. Nº 20.737.172
CHICHIZOLA, Hernán Miguel D.N.I. Nº 20.694.630

01-01-2008 al 30-06-2008
01-01-2008 al 30-06-2008
01-01-2008 al 30-06-2008

$ 4.061.-

$ 24.366.-

Consultor A

III

$ 4.061.-

$ 24.366.-

Consultor A

III

$ 4.061.-

$ 24.366.-

Consultor A

III

Que posteriormente, por el Decreto Nº 577/03 y su modificatorio Nº 149/07, con el fin de agilizar los trámites, se modificaron diversos aspectos de la normativa reseñada precedentemente estableciéndose, entre otros extremos, que las referidas contrataciones serán aprobadas por el señor JEFE DE GABINETE DE MINISTROS en aquellos supuestos en los que se pacte una retribución mensual u honorario equivalente superior a la suma de PESOS TRES
MIL CIEN $ 3.100,00 y en los de renovaciones o prórrogas en las cuales se modifique alguna de las condiciones pactadas en el contrato originario.
Que el MINISTERIO DEL INTERIOR ha elevado la propuesta de contratación de una persona, en el marco del régimen aprobado por el Decreto Nº 1184/01, cuya prestación resulta indispensable para el debido cumplimiento de los diversos objetivos asignados a dicha Jurisdicción.

MINISTERIO DEL INTERIOR
Decisión Administrativa 107/2008
Excepción al requisito de educación formal previsto en el artículo 11 del Anexo I del Decreto Nº 993/91 t.o. 1995, al solo efecto de posibilitar una contratación.

Bs. As., 22/4/2008
VISTO el Expediente Nº S02:0000524/2008 del registro del MINISTERIO DEL INTERIOR, la Ley Nº 25.164, los Decretos Nº 993 del 27 de mayo de 1991 t.o. 1995, Nº 1421 del 8 de agosto de 2002 y Nº 577 del 7 de agosto de 2003, modificado por su similar Nº 149 del 22
de febrero de 2007, las Decisiones Administrativas Nº 3 del 21 de enero de 2004 y Nº 1151 del 28 de diciembre de 2006 y la Resolución de la entonces SUBSECRETARIA
DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA
DE GABINETE DE MINISTROS Nº 48 del 30
de diciembre de 2002, y CONSIDERANDO:
Que el artículo 9º del Anexo de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 prevé un régimen de contrataciones de personal por tiempo determinado que comprende la prestación de servicios de carácter transitorio o estacional.

Que el Decreto Nº 1421/02 establece la reglamentación de la Ley Nº 25.164 y prevé en su artículo 9º, último párrafo, que el Jefe de Gabinete de Ministros podrá autorizar excepciones a los requisitos mínimos establecidos para el acceso a cada nivel o posición escalafonaria mediante decisión fundada y a requerimiento del titular de la jurisdicción u organismo descentralizado, en los casos de funciones que posean una especialidad crítica en el mercado laboral.
Que la Resolución de la entonces SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Nº 48/02 aprobó las pautas para la aplicación del régimen de contrataciones de personal a celebrarse según lo establecido en el artículo 9º del Anexo de la Ley Nº 25.164 y su Decreto reglamentario Nº 1421/02.
Que el artículo 11 del Anexo I del Decreto Nº 993/91 t.o. 1995 exige, entre otros requisitos, la posesión de título universitario o terciario como educación formal para el acceso al nivel escalafonario B Agrupamiento General, pudiendo prescindirse de dicha exigencia siempre que se acredite la posesión de título secundario y una experiencia laboral atinente a las funciones a desempeñar no inferior a DIEZ 10 años.
Que el MINISTERIO DEL INTERIOR ha solicitado la contratación en los términos del ré-

Que la financiación del contrato que se aprueba por la presente, será atendida con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 30 MINISTERIO
DEL INTERIOR, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Nacional Nº 26.337.
Que la persona cuya contratación se propone reúne los requisitos de idoneidad necesarios para cumplir las tareas que se indican.
Que se dio cumplimiento a la Circular de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION Nº 4 de fecha 15 de marzo de 2002.
Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS
JURIDICOS del MINISTERIO DEL INTERIOR.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCION NACIONAL y de lo dispuesto por el artículo 1º del Decreto Nº 577/03, modificado por su similar Nº 149/07.
Por ello, EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1º Dase por aprobada la contratación para el MINISTERIO DEL INTERIOR de la persona que se detalla en la planilla que, como Anexo I, forma parte integrante de la presente, por el período y monto mensual indicados en el mismo.
Art. 2º El gasto que demande el cumplimiento de la presente, será atendido con cargo a las partidas específicas del Presupuesto vigente para el Ejercicio Financiero 2008 de la Jurisdicción 30 MINISTERIO DEL INTERIOR.
Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Alberto A. Fernández. Aníbal F. Randazzo.

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Boletín Oficial de la República Argentina del 23/04/2008 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data23/04/2008

Conteggio pagine44

Numero di edizioni9387

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione05/07/2024

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