Boletín Oficial de la República Argentina del 21/08/2007 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Martes 21 de agosto de 2007

EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, ameritan la adopción de una serie de medidas tendientes a fortalecer la gestión de la mencionada Dirección, a cuyo fin resulta necesario aprobar las enmiendas a las contrataciones de las personas que se mencionan en el Anexo de la presente.
Que las personas cuyas enmiendas a las contrataciones se proponen reúnen los requisitos de idoneidad necesarios para cumplir las tareas asignadas.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 100, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL y lo dispuesto por el artículo 1º del Decreto Nº 577/03 y su modificatorio.

BOLETIN OFICIAL Nº 31.221

puesto por el artículo 4, inciso a, del Anexo de la citada Ley.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO
Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención que le compete.
Que la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO
PUBLICO de la SUBSECRETARIA DE LA
GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 100, incisos 1 y 2, de la CONSTITUCION NACIONAL y por el artículo 4, inciso a, del Anexo a la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N 25.164 y su Decreto reglamentario N 1421/02.

Por ello, EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1º Apruébanse las enmiendas a las contrataciones entre el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL y las personas que se detallan en la planilla que como Anexo forma parte integrante de la presente medida, por el período, monto mensual y total, y con la función y rango indicados en el mismo, bajo el régimen del Decreto Nº 1184/01.
Art. 2º El gasto que demande el cumplimiento de la presente Decisión, será atendido con cargo al Programa 01-00-01 - Partida Presupuestaria 1.8.7 - Contratos Especiales, Fuente de Financiamiento 11 TESORO NACIONAL, correspondiente a la Jurisdicción 75 - MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Nacional Nº 26.198.
Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Alberto A. Fernández. Carlos A. Tomada.
ANEXO

3

Por ello, EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1º Exceptúase a la Señora Doña María Da Conceicao SANTOS M.I. N
92.895.734 de nacionalidad brasileña, del requisito para el ingreso a la Administración Pública previsto en el inciso a, del artículo 4, del Anexo a la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N 25.164, a los fines de posibilitar su contratación por el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, en los términos del artículo 9 del Anexo de la citada Ley.
Art. 2 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Alberto A. Fernández. Carlos A. Tomada.

RESOLUCIONES

Comisión Administradora del Río de La Plata y Comisión Técnica Mixta del Frente Marítimo
PESCA

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

Resolución Conjunta 2/2007
Apellido
Nombre
GARFINKIEL GUSTAVO MARIO

Nº de Consultor Documento 8.589.387

Honorario Honorario Mensual Total
Desde
Hasta
Lugar Prest. Serv.

Establécese una zona de veda transitoria de la especie corvina en aguas de uso común del Río de la Plata.

CONSULTOR A
RANGO II

3.610

36.100 01/03/2007 31/12/2007 Dirección de Sistemas Informáticos
MARI

RICARDO ALEJANDRO 21.482.326 CONSULTOR A
RANGO III

4.061

40.610 01/03/2007 31/12/2007 Dirección de Sistemas Informáticos
GALIANO

SILVIA ALEJANDRA

3.250

32.500 01/03/2007 31/12/2007 Dirección de Sistemas Informáticos
Norma estableciendo una zona de veda transitoria de la especie corvina Micropogonias furnieri en aguas de uso común del Río de la Plata.
Bs. As., 16/8/2007

23.783.511 CONSULTOR A
RANGO I

Cuenta Ministerio de Trabajo E. y S.S
Total Ministerio de Trabajo E. y S.S

10.921

VISTO:
El estado del recurso corvina Micropogonias furnieri y la necesidad de adoptar medidas relativas a su conservación, en aguas bajo jurisdicción del Tratado del Río de la Plata y su Frente Marítimo.

109.210
3

CONSIDERANDO:
1 Lo establecido en la Resolución Conjunta CARP-CTMFM 1/07 de fecha 20 de julio de 2007.
2 Que las investigaciones desarrolladas permiten estimar la distribución de la especie en el área geográfica del Río de la Plata y en el Frente Marítimo.

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

do de la Jurisdicción solicitante, exceptúe del cumplimiento de tal exigencia.

Decisión Administrativa 346/2007

Que por la Resolución de la SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N 48
de fecha 30 de diciembre de 2002, se aprobaron las pautas para la aplicación del régimen de contrataciones de personal, estableciéndose el procedimiento para aquellos supuestos en que sea necesario tramitar la contratación de personas con ciudadanía extranjera.

Excepción al requisito previsto en el inciso a, del artículo 4º, del Anexo a la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, a los fines de una contratación en el citado Ministerio.
Bs. As., 16/8/2007
VISTO el Expediente N 1.201.282/06 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO
Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N 25.164, los Decretos Nros. 1421 del 8 de agosto de 2002 y la Resolución de la SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
N 48 de fecha 30 de diciembre de 2002, y CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley N 25.164 se aprobaron los principios generales que regulan la relación de Empleo Público Nacional.
Que por Decreto N 1421/02 se aprobó la reglamentación de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional.
Que el artículo 4, inciso a, del Anexo a la referida Ley establece como requisito para el ingreso en la Administración Pública Nacional, ser argentino nativo, por opción o naturalizado, salvo que el Jefe de Gabinete de Ministros, mediante decisión fundada a pedi-

Que el artículo 4, inciso a, del Decreto N 1421/02 establece el procedimiento de excepción para autorizar la incorporación de las personas que no cumplan con el requisito de nacionalidad.
Que el Señor Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social solicita exceptuar de las precitadas previsiones legales a la Señora Doña María Da Conceicao SANTOS M.I. N
92.895.734, de nacionalidad brasileña.
Que la medida solicitada se sustenta en la necesidad de contar en la Dirección Nacional de Promoción de Empleo dependiente de la SECRETARIA DE EMPLEO del MINISTERIO
DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD
SOCIAL, con una persona con amplia experiencia, capacidad y conocimientos sobre la temática referida a la promoción del empleo.

3 Que la Delegación argentina ante la CTMFM informó que la Subsecretaría de Actividades Pesqueras y Desarrollo del Delta de la Provincia de Buenos Aires consideró necesario el establecimiento de una zona de veda para la pesca con redes de arrastre de la especie corvina en su jurisdicción. Dicha autoridad sugirió adoptar una medida similar contigua a la citada área, que abarca una superficie en aguas de uso común del Río de la Plata.
4 Que en virtud de lo expuesto, se ha resuelto adoptar un área de veda precautoria que contemple las características señaladas en el acápite anterior.
5 Que ello contribuirá a la conservación y desarrollo sustentable de la especie en toda el área de distribución de la misma. Dicha medida se encuentra en los cometidos que el Tratado otorga a las Comisiones relativo a la conservación y racional explotación de los recursos.
ATENTO:
A lo establecido en los Artículos 54, 66 incisos a y b, 80 y 82 incisos b, c y d del Tratado del Río de la Plata y su Frente Marítimo.
LA COMISION ADMINISTRADORA
DEL RIO DE LA PLATA
Y LA COMISION TECNICA MIXTA
DEL FRENTE MARITIMO
RESUELVEN:
Artículo 1º Establecer en forma transitoria un área de veda para la pesca con redes de arrastre de la especie corvina Micropogonias furnieri, en aguas de uso común del Río de la Plata, comprendido por las siguientes referencias geográficas:
a al Norte por el paralelo 3511 S
b al Sur por el paralelo 3527 S
c al Este por la línea determinada por los puntos: 3511 S, 5654 W y 3527 S, 5649 W

Que a fin de posibilitar la contratación de la mencionada persona en los términos del artículo 9 del Anexo a la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N 25.164, corresponde exceptuar a la misma de lo dis-

d al Oeste por la línea de 7 millas desde la costa argentina.
Art. 2º Efectuar un monitoreo permanente en el área vedada a los fines de determinar las medidas de manejo que correspondan.

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 21/08/2007 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data21/08/2007

Conteggio pagine28

Numero di edizioni9397

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione15/07/2024

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