Boletín Oficial de la República Argentina del 17/08/2007 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Viernes 17 de agosto de 2007

Primera Sección
BOLETIN OFICIAL Nº 31.220

Pág.
ASIGNACIONES FAMILIARES
259/2007-ANSES
Incorpóranse empleadores al Sistema Unico de Asignaciones Familiares.

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ASIGNACIONES FAMILIARES
260/2007-ANSES
Incorpóranse empleadores al Sistema Unico de Asignaciones Familiares.

8

9

ASIGNACIONES FAMILIARES
262/2007-ANSES
Incorpóranse empleadores al Sistema Unico de Asignaciones Familiares.

9

ASIGNACIONES FAMILIARES
263/2007-ANSES
Incorpóranse empleadores al Sistema Unico de Asignaciones Familiares.

10

ASIGNACIONES FAMILIARES
264/2007-ANSES
Incorpóranse empleadores al Sistema Unico de Asignaciones Familiares.

10

ASIGNACIONES FAMILIARES
265/2007-ANSES
Incorpóranse empleadores al Sistema Unico de Asignaciones Familiares.

10

ASIGNACIONES FAMILIARES
266/2007-ANSES
Incorpóranse empleadores al Sistema Unico de Asignaciones Familiares.

11

ASIGNACIONES FAMILIARES
267/2007-ANSES
Incorpóranse empleadores al Sistema Unico de Asignaciones Familiares.

11

ASIGNACIONES FAMILIARES
268/2007-ANSES
Incorpóranse empleadores al Sistema Unico de Asignaciones Familiares.

12

ASIGNACIONES FAMILIARES
272/2007-ANSES
Incorpóranse empleadores al Sistema Unico de Asignaciones Familiares.

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PROGRAMAS SOCIALES
Conjunta 455/2007-SE y 1111/2007-SPSDH
Convalídanse bajas en el Programa Jefes de Hogar y altas en el Programa Familias por Inclusión Social.
TRANSPORTE POR AUTOMOTOR DE PASAJEROS
481/2007-ST
Apruébanse los Coeficientes de Distribución Definitivos aplicados para la liquidación y pago del mes de febrero de 2007 de las compensaciones tarifarias al transporte automotor de pasajeros urbano y suburbano. Procedimiento de distribución.
ORGANISMO Y ENTIDADES CIENTIFICAS Y TECNOLOGICAS
506/2007-SCTIP
Régimen de Importaciones para Insumos destinados a investigaciones Científico-Tecnológicas.
Vigencia de los Certificados Ley Nº25.613.
ADHESIONES OFICIALES
822/2007-SE
Auspíciase la VII Argentina Oil & Gas Expo 2007 AOG, que se realizará conjuntamente con el III
Foro Internacional de Energía FIE, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
PROGRAMAS DE EMPLEO
914/2007-MTESS
Modificación de la Resolución Nº802/2004, mediante la cual se creó el Programa de Inserción Laboral para Trabajadores con Discapacidad.

13

13

17

17

FE DE ERRATAS
ADMINISTRACION DE PROGRAMAS ESPECIALES
19.133/2007-APE

17

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CONSEJO GREMIAL DE ENSEÑANZA PRIVADA
1161/2007-MECT
Desígnanse miembros integrantes del mencionado Consejo.

18

INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL
1810/2007-INAES
Resoluciones de carácter general en materia cooperativa y mutual que se encuentran vigentes.

19

CIRCUITOS ELECTORALES
1858/2007-MI
Apruébase la reestructuración de Circuitos Electorales del Municipio del Partido de Luján, Provincia de Buenos Aires y la reclasificación de sus electores.

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AVISOS OFICIALES
Nuevos

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Anteriores

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CONVENCIONES COLECTIVAS DE TRABAJO

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en el producido de los impuestos nacionales sujetos a distribución o de los montos previstos en el Compromiso Federal, que deberán ser reintegrados dentro del mes de su otorgamiento, mediante retenciones sobre el producido de los mismos impuestos coparticipados, con el objeto de subsanar deficiencias transitorias de caja o cuando razones de urgencia así lo aconsejen. Asimismo, cuando razones fundadas aconsejen extender dicho plazo, el PODER EJECUTIVO NACIONAL, con opinión favorable del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y PRODUCCION, podrá ampliarlo sin exceder el ejercicio fiscal en que se otorgue. Los montos anticipados devengarán intereses sobre saldos, desde la fecha de su desembolso hasta la de su efectiva devolución, de acuerdo con la tasa que fije el citado Ministerio en cada oportunidad, no pudiendo exceder la que abone el TESORO NACIONAL por el acceso a los mercados de crédito.
Que por el Artículo 97 de la Ley Nº 11.672
Complementaria Permanente de Presupuesto T.O. 2005, se establece que una vez verificada la retención total del anticipo otorgado se determinará el interés devengado, el cual será reintegrado mediante el mecanismo dispuesto en el primer párrafo de dicho artículo.
Que el mencionado anticipo puede otorgarse, ya que lo posibilita la participación local prevista para dichos gravámenes.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades otorgadas por el Artículo 99 inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y el Artículo 97 de la Ley Nº 11.672 Complementaria Permanente de Presupuesto T.O. 2005.

EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Facúltase a la SECRETARIA DE
HACIENDA dependiente del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y PRODUCCION a otorgar adelantos financieros a la Provincia de RIO NEGRO, por hasta un monto total de PESOS CINCUENTA MILLONES $ 50.000.000.-.
Art. 2º Facúltase a la SECRETARIA DE HACIENDA a disponer la cancelación de los anticipos otorgados con más los intereses que se devenguen, la que se efectuará mediante la afectación de la respectiva participación en el Régimen de la Ley Nº 23.548 y modificatorias o el que lo sustituya y en otros recursos coparticipables sin afectación a un destino específico, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 97 de la Ley Nº 11.672
Complementaria Permanente de Presupuesto T.O. 2005.
A tal fin, el Gobierno de la Provincia de RIO
NEGRO deberá disponer:

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CONCURSOS OFICIALES

Por ello,
MINISTERIO DE SALUD
975/2007-MS
Programa Nacional de Control del Tabaco. Apruébanse las bases para el concurso nacional de afiches Ambientes Libres de Humo de Tabaco.

FACTURACION Y REGISTRACION
General 2289-AFIP
Procedimiento. Régimen especial de emisión y almacenamiento electrónico de comprobantes originales. Resolución General Nº2177, sus modificatorias y complementaria. Su modificación.

Pág.

Nuevos

ASIGNACIONES FAMILIARES
261/2007-ANSES
Incorpóranse empleadores al Sistema Unico de Asignaciones Familiares.

2

a La afectación de su participación en el Régimen de Distribución de Recursos Fiscales entre la Nación y las Provincias establecido por la Ley
Nº 23.548 y sus modificatorias o el régimen que lo sustituya y en otros recursos coparticipables sin afectación a un destino específico por hasta los montos anticipados con más sus intereses.
b La autorización al Gobierno Nacional para retener automáticamente los fondos emergentes de la Ley Nº 23.548 y sus modificatorias o el régimen que la sustituya y en otros recursos coparticipables sin afectación a un destino específico por hasta los montos anticipados, a fin de cancelar los fondos que se otorgan más sus intereses.
Art. 3º La CONTADURIA GENERAL DE LA
NACION registrará la presente erogación en concepto de anticipo de fondos de la TESORERIA
GENERAL DE LA NACION, ambas dependientes de la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO
DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y cargará en cuenta el importe equivalente a la Provincia de RIO NEGRO.
Art. 4º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. KIRCHNER. Alberto A. Fernández.
Miguel G. Peirano.

MINISTERIO DE JUSTICIA Y
DERECHOS HUMANOS
Decreto 1104/2007
Designaciones en la planta permanente de la Dirección de Investigaciones de la Oficina Anticorrupción del citado Ministerio.

Bs. As., 15/8/2007
VISTO el Expediente Nº 159.299/07 del registro del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, la Ley Nº 26.198, los Decretos Nros. 993/91 t.o. 1995, 491 del 12 de marzo de 2002, 601 del 11 de abril de 2002 y 505 del 18 de mayo de 2005, y la Decisión Administrativa Nº 1 del 15 de enero de 2007, y CONSIDERANDO:
Que por la Ley Nº 26.198 se aprobó el Presupuesto de Gastos y Recursos de la Administración Nacional para el ejercicio 2007.
Que el artículo 7 de la citada ley establece que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de su sanción ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros o del Poder Ejecutivo Nacional, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 11
de la referida ley.
Que mediante el Decreto Nº 491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente, será efectuada por el Poder Eje-

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 17/08/2007 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data17/08/2007

Conteggio pagine44

Numero di edizioni9397

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione15/07/2024

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