Boletín Oficial de la República Argentina del 30/08/2006 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Miércoles 30 de agosto de 2006

Doctores Graciela Olivia Sarada Angulo, Pablo Daniel Bertuzzi, Edgardo Fabián Bistolfi, Carlos Manuel Bruniard, Walter José Candela, Claudia Leticia Cavalleri, Alejandro Rodolfo Cilleruelo, José Codino, Néstor Guillermo Costabel, Rodolfo Carlos Cresseri, María Inés DEspósito, Miguel Angel Rafael Dapueto de Ferrari, Benigno José Del Carril, Diana Ester Delest, Federico Carlos Fox, Adrián Jorge García Lois, Ruth Alejandra Geiler, Gabriel Omar Ghirlanda, Gloria María Kehoe, Hernán Martín López, Oscar Enrique Magistris, Domingo Esteban Montanaro, José Luis Ortega, Alicia Ester Pérez de Gallego, Fernando Luis Rodolfo Poviña, Santiago Quian Zavalía, Víctor Domingo Righero, Isidro Omar Rojas, Mauricio Agustín Viera y Delia Cristina Zorzi de Mori.
Las copias de los informes mencionados, están disponibles en la sede de la Comisión de Selección de Magistrados y Escuela Judicial del Consejo de la Magistratura Libertad 731, 1º piso, Buenos Aires en el horario de 9:30 a 14:30.
Las impugnaciones a las calificaciones de las pruebas de oposición y a la evaluación de los antecedentes, que sólo podrán basarse en supuestos errores materiales, vicios de forma o de procedimiento, o en la presunta existencia de arbitrariedad manifiesta y que deberán presentarse por escrito, acompañando una versión de su texto en soporte magnético, podrán plantearse hasta el día 11 de septiembre de 2006 en la Secretaría General del Consejo de la Magistratura Libertad 731, 1º piso, Buenos Aires en el horario indicado.

BOLETIN OFICIAL Nº 30.979

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

50

EXCLUSION
ANEXO B
FORMULARIO Nº 349
REGISTRO DE OPERADORES DE PRODUCTOS EXENTOS DESTINADOS A RANCHO
ARTICULO 7º, INCISO B, TITULO III DE LA LEY Nº 23.966 Y SUS MODIFICACIONES
NOMINA DE CONTRIBUYENTES EXCLUIDOS DEL REGISTRO RESOLUCION
GENERAL AFIP Nº 1665

C.U.I.T.

APELLIDO Y NOMBRE, DENOMINACION Y/O RAZON
SOCIAL

SECCION SUB/
SECCION

Dominio Nº o Matrícula Nº
30-70862265-2

DEPIETRI TRANSPORTE S.R.L.

3/3.2

AAK 605

30-70862265-2

DEPIETRI TRANSPORTE S.R.L.

3/3.2

BXX 900

Chasis Nº o Nombre
NUEVOS INTEGRANTES DEL JURADO
De conformidad con lo establecido por los artículos 2º, 4º y 6º del Reglamento de Concursos Públicos de Oposición y Antecedentes para la designación de magistrados del Poder Judicial de la Nación, se hace saber el nombre de dos nuevos integrantes del Jurado que intervendrán en los siguientes concursos:
Concurso Nº 156, destinado a cubrir un cargo de juez en el Juzgado Federal de Primera Instancia de Reconquista Provincia de Santa Fe.
Integra el jurado el doctor Said Jorge Llapur abogado, suplente.

Integra el jurado el doctor Walter Rubén Jesús Ton abogado, suplente.

COMISION DE SELECCION DE MAGISTRADOS Y ESCUELA JUDICIAL

Nota Externa Nº 42/2006

VISTO los procedimientos instrumentados en la Zona de Vigilancia Especial Resolución Nº 697/
1986 ANA y modificatoria Resolución General Nº 2048 AFIP por la Nota Externa Nº 29/2006 DGA, y
Que se han iniciado las tareas de control ordenadas respecto de las mercaderías definidas como de alto riesgo fiscal que ingresan a la Zona de Vigilancia Especial.

Publíquese los días 30 y 31 de agosto y 1º de septiembre de 2006 en el Boletín Oficial de la República Argentina.
e. 30/8 Nº 522.006 v. 31/8/2006

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
EXCLUSION
ANEXO B
FORMULARIO Nº 340 NUEVO MODELO
REGISTRO DE OPERADORES DE PRODUCTOS EXENTOS POR DESTINO Y/O
SUSCEPTIBLES DE REINTEGRO ART. 7º, INC. C Y ART. AGREGADO A
CONTINUACION DEL ART. 9º DE LA LEY Nº 23.966
RESOLUCION GENERAL Nº 1104 - ARTICULO Nº 12
NOMINA DE CONTRIBUYENTES EXCLUIDOS DEL REGISTRO
Régimen de Reintegro - Art. 22
Dto. Nº 74/98

Bs. As., 25/8/2006

CONSIDERANDO:

Eduardo D. E. Orio Presidente
Exención Directa Art. 21 Dto. Nº 74/98

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

Zona de Vigilancia Especial Mercaderías de alto riesgo fiscal - Fijación de cantidades para el consumo. Ampliación Nota Externa Nº 30/2006 DGA

Los postulantes podrán recusarlos, por causa fundada y por escrito, antes del 8 de septiembre de 2006, en la Secretaría General del Consejo de la Magistratura Libertad 731, 1º piso, Capital Federal en el horario de 9:30 a 14:30, y en las Cámaras Federales de Apelaciones de Rosario, Provincia de Santa Fe Entre Ríos 435 de esa ciudad; de Resistencia, Provincia de Chaco 25 de Mayo 470/4 de esa ciudad y en el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Fe, Provincia del mismo nombre Primera Junta 2687, de esa ciudad, en el horario de 7:30 a 12:30.

SECCION
SUBSECCION

e. 30/8 Nº 522.476 v. 30/8/2006

DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

Concurso Nº 158, destinado a cubrir siete cargos de juez en los Juzgados Nacionales de Primera Instancia en lo Comercial números 1, 5, 14, 16, 17, 19 y 26 de la Capital.

Eduardo R. Graña Secretario
Ing. Agr. LUCIO OMAR FARINA, Director, Dirección de Análisis de Fiscalización Especializada.

C.U.I.T.

APELLIDO Y NOMBRE, DENOMINACION Y/O
RAZON SOCIAL

Número de Dominio Transportistas
30-59562751-2

AGROQUIMICA SUD S.A.

10/10.2

EHY 718

23-10526277-9

VILCHES JULIO OSCAR

10/10.2

APM 322

Ing. Agr. LUCIO OMAR FARINA, Director, Dirección de Análisis de Fiscalización Especializada.
e. 30/8 Nº 522.473 v. 30/8/2006

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
ANEXO A
FORMULARIO Nº 349
REGISTRO DE OPERADORES DE PRODUCTOS EXENTOS DESTINADOS A RANCHO
ARTICULO 7º, INCISO B, TITULO III DE LA LEY Nº 23.966 Y SUS MODIFICACIONES
NOMINA DE CONTRIBUYENTES CON ACEPTACION DE INSCRIPCION RESOLUCION
GENERAL AFIP Nº 1665
VIGENCIA: HASTA EL 30/06/2007 INCLUSIVE

Que efectuado el análisis de las cantidades de estas mercaderías ingresadas por los medios de transporte a dicha área, según surge de los registros obtenidos hasta la fecha, la Dirección Regional Aduanera Córdoba advierte la necesidad de acentuar el control respecto de las cantidades de AZUCAR que ingresan a la Zona de Vigilancia Especial.
Que en razón de ello, la Dirección Regional Aduanera Córdoba solicita incluir esta mercadería en el procedimiento reglado por Nota Externa Nº 30/2006 DGA, según la cual únicamente se autorizará el ingreso de dicho producto a la Zona de Vigilancia Especial, en tanto se encuentre destinado a la exportación y al solo efecto de su transporte para el egreso del país, con la sola excepción de las cantidades específicamente destinadas al consumo.
Que teniendo en cuenta las importantes cantidades de este producto registradas en los puntos de control de ingreso a la Zona de Vigilancia Especial, las que exceden por mucho las más amplias previsiones de un razonable consumo local, y ante la urgencia de prevenir perjuicios mayores, resulta necesario instrumentar en forma inmediata un eficaz control, fijando pautas cuantitativas basadas en datos poblacionales y consumos relevados por conducto de la Dirección Regional Aduanera Córdoba, los que se fijan ad referéndum del informe que elabore la Dirección de Estudios dependiente de la Subdirección General de Planificación de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, quantum que, con el mismo criterio aplicado en la Nota Externa Nº 30/2006 DGA, corresponde incrementar en un 30% como paliativo provisorio de la grave situación social imperante que viven tanto los habitantes de la frontera norte del país de las localidades de La Quiaca y Salvador Mazza, así como los habitantes de la vecina República de Bolivia.
Que en función de lo expuesto, procede ampliar la nómina de mercaderías incluidas en el Anexo I de la Nota Externa Nº 30/2006 DGA e instruir que únicamente se autorice el ingreso y circulación de las mismas dentro de la Zona de Vigilancia Especial, en tanto exhiban en el punto de control establecido el documento de exportación correspondiente Permiso de Embarque, Permiso de Exportación Simplificada o presenten la Declaración Jurada prevista en el artículo 2º de la Resolución Nº 697/1986 ANA y modificatoria, en los casos de las mercaderías que en las cantidades fijadas sean destinadas al consumo local, quedando las mismas sujetas al ulterior control aduanero de la Jurisdicción.
Que tanto las mercaderías que se encuentren documentadas en un documento aduanero de exportación como aquellas destinadas al consumo local, deberán ser registradas en el punto de control de ingreso a la Zona de Vigilancia Especial.
Que en razón de lo expuesto, la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS, en virtud de las facultades conferidas en el artículo 9, punto 2, incisos b y p del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997 y el artículo 125 de la Ley 22.415, establece los siguientes lineamientos:
I.- La Dirección Regional Aduanera Córdoba autorizará el ingreso de los productos críticos en las cantidades fijadas en el Anexo I de la presente a la Zona de Vigilancia Especial que corresponde a su jurisdicción, a los fines de abastecer el consumo local y previa presentación de la Declaración Jurada establecida por la normativa vigente, sujeta a control aduanero ulterior.

TRANSPORTISTA
C.U.I.T.

APELLIDO Y NOMBRE, DENOMINACION Y/O RAZON
SOCIAL

SECCION
SUB/
SECCION

Dominio Nº o Matrícula Nº
30-70862265-2

DEPIETRI TRANSPORTE S.R.L.

3/3.2

FTF 267

30-70862265-2

DEPIETRI TRANSPORTE S.R.L.

3/3.2

FTO 645

Chasis Nº o Nombre
Ing. Agr. LUCIO OMAR FARINA, Director, Dirección de Análisis de Fiscalización Especializada.
e. 30/8 Nº 522.478 v. 30/8/2006

II.- Los transportistas sólo podrán ingresar las cantidades que excedan los límites fijados a la Zona de Vigilancia Especial provenientes del Territorio Aduanero General Argentino previa presentación del documento que acredite la correspondiente exportación ante la autoridad responsable del control.
La presente será obligatoria a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETIN OFICIAL
DE LA REPUBLICA ARGENTINA. REGISTRESE. PUBLIQUESE en el Boletín de la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación en el BOLETIN OFICIAL. Archívese. Dr. RICARDO ECHEGARAY, Director General de Aduanas.

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 30/08/2006 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data30/08/2006

Conteggio pagine52

Numero di edizioni9415

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione02/08/2024

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