Boletín Oficial de la República Argentina del 17/08/2006 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Jueves 17 de agosto de 2006

Primera Sección
BOLETIN OFICIAL Nº 30.971

Que se encuentra adecuado el texto del artículo 1 del Estatuto Social de la entidad en su parte pertinente relacionada con la zona de actuación.
Que obra dictamen de la Asesoría Legal de la DIRECCION NACIONAL DE ASOCIACIONES SINDICALES receptando favorablemente lo solicitado.
Que la presente se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 23 inciso 7 de la Ley de Ministerios N 22.520 texto ordenado por Decreto N 438/92 y sus modificatorias, y en atención a lo dispuesto por el Decreto N 355/02.
Por ello, EL MINISTRO
DE TRABAJO, EMPLEO
Y SEGURIDAD SOCIAL
RESUELVE:
ARTICULO 1 Apruébase la adecuación del ámbito de representación territorial que la ASOCIACION DE EMPLEADOS DE FARMACIA con domicilio en la calle Rincón 1044 de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, posee con Personería Gremial comprendiendo su zona de actuación la Capital Federal, Hurlingham, Ituzaingó, San Martín, Morón, Tres de Febrero, Merlo, San Justo, Esteban Echeverria, Lanús, Avellaneda, 4 de Junio, San Isidro, San Fernando, Vicente López, Lomas de Zamora, Tigre y Moreno, del GRAN BUENOS AIRES.

BOLETIN OFICIAL

DE LA REPUBLICA ARGENTINA
Presidencia de la Nación Secretaria Legal y Técnica Dirección Nacional del Registro Oficial
Colección de Separatas Textos de consulta obligatoria
ARTICULO 2 Dispónese la publicación sintetizada y sin cargo de la presente Resolución en el Boletín Oficial, en la forma indicada por la Resolución de la DIRECCION NACIONAL DE ASOCIACIONES SINDICALES N 12/01.
ARTICULO 3 Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL, y archívese. Dr. CARLOS A. TOMADA, Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Resolución 787/2006
Otórgase personería gremial a la Asociación de Trabajadores Auxiliares de Casas Particulares, con domicilio en la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe.
Bs. As., 11/8/2006
VISTO el Expediente N 535.542/04 del Registro de la Agencia Territorial Rosario del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N 23.551, su modificatoria por la Ley N
25.674, Decretos Reglamentarios N 467/88 y N 514/03, y
Constitución Nacional y Tratados y Convenciones con Jerarquía Constitucional
CONSIDERANDO:
Que mediante el expediente de referencia tramita la solicitud de personería gremial formulada por la ASOCIACION DE TRABAJADORES AUXILIARES DE CASAS PARTICULARES, con domicilio en calle Juan José Paso N 1077, Ciudad de Rosario, Provincia de SANTA FE.

Ley de Concursos y Quiebras Ley 24.522 y normas modificatorias
$6.-

$5.-

Que por Resolución N 599, de fecha 3 de septiembre de 2002, MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la mencionada entidad obtuvo inscripción gremial, la que se encuentra registrada bajo el N 2228.
Que el ámbito reconocido a la entidad conforme su inscripción gremial, comprende a los trabajadores que se desempeñen bajo relación de dependencia en tareas de la vida doméstica y que no importen para el empleador lucro o beneficio económico, trabajando más de cuatro horas por día y más de cuatro días por semana para el mismo empleador, en los términos que fija el artículo 1 del Decreto Ley N 326/56, con zona de actuación en la Ciudad de Rosario, Provincia de SANTA FE.
Que por dictamen de fecha 26 de enero de 2006 se tuvo por acreditado el universo de trabajadores de la actividad cuya representación pretende la peticionante.
Que mediante audiencia celebrada en fecha 21 de abril de 2006 en sede de la Agencia Territorial Rosario, se ha constatado la acreditación de la representatividad pretendida, por el período que comprende los meses de noviembre de 2003 a abril de 2004, de conformidad con lo establecido por el artículo 25 de la Ley N 23.551.
Que no existiendo, en el ámbito y zona de actuación solicitados, colisión con los ámbitos de otras entidades que gocen de personería gremial preexistente en dicha esfera de actuación, corresponde exclusivamente verificar el cumplimiento de los recaudos exigidos por el artículo 25 de la Ley N 23.551.
Que obra dictamen jurídico de la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales al tomar intervención, receptando favorablemente la petición de autos.
Que consecuentemente, y de acuerdo a lo dispuesto por los artículos 25 y siguientes de la Ley 23.551, corresponde otorgar la personería gremial a la peticionante, disponiendo su inscripción registral y la publicación en el Boletín Oficial.
Que la presente se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 23 inciso 7 de la Ley de Ministerios N 22.520 texto ordenado por Decreto N 438/92 y sus modificatorias, y en atención a lo dispuesto por el Decreto N 355/02.

Propiedad Intelectual Ley 11.723
Normas modificatorias y complementarias
AmparoLey 16.986
Habeas CorpusLey 23.098
Habeas Data - Ley 25.326

$5.-

$5.-

La información oficial, auténtica y obligatoria en todo el país.

Por ello, EL MINISTRO
DE TRABAJO, EMPLEO
Y SEGURIDAD SOCIAL
RESUELVE:
ARTICULO 1 Otórgase a la ASOCIACION DE TRABAJADORES AUXILIARES DE CASAS
PARTICULARES, con domicilio en calle Juan José Paso N 1077, Ciudad de Rosario, Provincia de SANTA FE, la personería gremial sobre el ámbito de representación personal que agrupa a los trabajadores que se desempeñen bajo relación de dependencia en tareas de la vida doméstica que no importen para el empleador lucro o beneficio económico, trabajando más de cuatro horas por día y más de cuatro días por semana para el mismo empleador, en los términos que fija el articulo 1 del Decreto Ley N 326/56, con zona de actuación en la Ciudad de Rosario, Provincia de SANTA FE.
ARTICULO 2 Dispónese la publicación sintetizada y sin cargo de la presente Resolución en el Boletín Oficial, en la forma indicada por la Resolución D.N.A.S. N 12/01.
ARTICULO 3 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y, archívese. Dr. CARLOS A. TOMADA, Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

Ventas:
Sede Central:
Suipacha 767 11:30 a 16:00 hs., Tel.: 011 4322-4055
Delegación Tribunales:
Libertad 469 8:30 a 14:30 hs., Tel.: 011 4379-1979
Delegación Colegio Público de Abogados:
Av. Corrientes 1441 10:00 a 15:45 hs., Tel.: 011 4379-8700 int. 236

Ciudad Autónoma de Buenos Aires
40

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 17/08/2006 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data17/08/2006

Conteggio pagine40

Numero di edizioni9389

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione07/07/2024

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