Boletín Oficial de la República Argentina del 17/08/2006 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Jueves 17 de agosto de 2006

BOLETIN OFICIAL Nº 30.971

38

NOTA: El Acta y los Anexos de la LXIII Reunión Ordinaria del Grupo Mercado Común, celebrada entre los días 20 y 22 de junio de 2006, en la Ciudad de Buenos Aires, pueden ser consultadas en la Sede Central de esta Dirección Nacional Suipacha 767 Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en www.boletinoficial.gov.ar y en el sitio de internet de la Dirección Nacional de Asuntos Económicos Comerciales del Mercosur.
e. 17/8 N 520.965 v. 17/8/2006

AVISOS OFICIALES
Anteriores
SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS
ORGANO DE CONTROL DE CONCESIONES VIALES
Resolución Nº 424/2006
Bs. As., 8/8/2006
VISTO el Expediente Nº 4472/2004 del Registro del ORGANO DE CONTROL DE CONCESIONES VIALES, organismo descentralizado que funciona en el ámbito de la SECRETARIA DE OBRAS
PUBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, la Ley Nº 17.520, modificada por la Ley Nº 23.696, los Decretos Nº 966 de fecha 16 de agosto de 2005, y Nº 248 de fecha 8 de marzo de 2006, y la Resolución del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS Nº 1182 de fecha 29 de junio de 2006, y CONSIDERANDO:
Que por Resolución del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y
SERVICIOS Nº 1182 de fecha 29 de junio de 2006 se llamó a Licitación Pública Nacional para otorgar la concesión por peaje, de la construcción, mantenimiento, administración y explotación en concesión de la denominada AUTOPISTA PILAR - PERGAMINO, bajo el régimen de las Leyes Nº 17.520, Nº 23.696
y el Decreto Nº 966 de fecha 16 de agosto de 2005.
Que el Artículo 3º de la citada Resolución del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS Nº 1182, de fecha 29 de junio de 2006, faculta al ORGANO DE
CONTROL DE CONCESIONES VIALES para modificar el cronograma de la licitación Anexo II del Pliego; aprobar la calificación de los oferentes y resolver sus impugnaciones Apartado 7.6 del Pliego; modificar lugares y horarios de funcionamiento y resolver los demás asuntos previstos para la Autoridad de Aplicación antes de la adjudicación en el Pliego de Bases y Condiciones Generales aprobado en el artículo 2º de la mentada Resolución Nº 1182/2006.
Que la Subgerencia de Asuntos Jurídicos tomó la intervención que resulta de su competencia.
Que el presente acto se dicta en virtud de las facultades conferidas por los Decretos Nº 1994 de fecha 23 de septiembre de 1993, Nº 87 de fecha 25 de enero de 2001 y el artículo 3º de la Resolución del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS Nº 1182 de fecha 29 de junio de 2006.
Por ello, EL DIRECTOR EJECUTIVO
DEL ORGANO DE CONTROL
DE CONCESIONES VIALES
RESUELVE:
ARTICULO 1º Prorrógase el cronograma del proceso licitatorio, modificándose las fechas establecidas en el Anexo II del Pliego de la Licitación Pública Nacional para otorgar la concesión por peaje, de la construcción, mantenimiento, administración y explotación en concesión de la denominada AUTOPISTA PILAR - PERGAMINO, siendo las fechas definitivas las detalladas en el Anexo I que forma parte de la presente Resolución.
ARTICULO 2º Notifíquese por cédula a la ESCRIBANIA GENERAL DEL GOBIERNO.
ARTICULO 3º Instrúyase a la SUBSECRETARIA GENERAL DE ATENCION AL USUARIO para que notifique en la página web y a través de la cartelera de este ORGANO DE CONTROL DE CONCESIONES VIALES.
ARTICULO 4º Publíquese en DOS 2 diarios de circulación nacional.
ARTICULO 5º Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Sr. CLAUDIO UBERTI, Director Ejecutivo, Organo de Control de Concesiones Viales.
ANEXO I
AUTOPISTA PILAR - PERGAMINO
CRONOGRAMA DEL PROCESO LICITATORIO
LICITACION DEL PROYECTO

FECHA

VENTA DEL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES

7/07/06 al 04/09/06

PRESENTACION Y APERTURA SOBRE A.
REQUISITOS PARA CALIFICAR

05/09/06

NOTIFICACION DE ACTO DE CALIFICACION

13/09/06

CALIFICACION DEFINITIVA ACTO
ADMINISTRATIVO

21/09/06

PRESENTACION Y APERTURA SOBRE B.
FIRMA DEL CONTRATO.

10/10/06

DECRETO APROBATORIO DE LA
ADJUDICACION

26/10/06

TOMA DE POSESION. INICIO DE EJECUCION

01/11/06

e. 16/8 Nº 520.870 v. 23/8/2006

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL
RESOLUCIONES SINTETIZADAS
Por Resolución Nº 2232 del 03/08/06, el Directorio del INAES deja sin efecto la liquidación extrajudicial de la ASOCIACION MUTUAL 4 DE ABRIL, matr. 1445-Prov. Bs. As., disponiéndose su liquidación judicial. El Liquidador designado mediante Resolución Nº 165/06 deberá solicitar ante el Sr. Juez con jurisdicción y competencia, la liquidación judicial de la mutual indicada. El INAES
propone en tal carácter al señor D. José Mariano MALTESE D.N.I. Nº 21.715.467. Hasta tanto se provea de conformidad dicho trámite se adoptarán las medidas propias de un proceso liquidatorio en los términos de la Res. Nº 119/88 del ex INAM y las necesarias para la preservación del patrimonio Por Resolución Nº 2245 del 07/08/06, el Directorio del INAES, dispone la liquidación Judicial de la COOPERATIVA DE VIVIENDA BARRIO FUTURO LIMITADA, matr. Nº 11.363-Prov. Bs. As., designándose Liquidador al CPN. D. Walter Hugo DEU D.N.I. Nº 17.495.973, cuyos honorarios se encuadrarán exclusivamente y por todo concepto dentro del marco del Convenio vigente entre este Instituto y la FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS-UBA, previa aprobación de la SECRETARIA DE CONTRALOR. El Liquidador designado deberá solicitar ante el Sr. Juez con jurisdicción y competencia la liquidación judicial de la Cooperativa. Hasta tanto se provea de conformidad dicho trámite adoptarán las medidas propias de un proceso liquidatorio.
Por Resolución Nº 2246 del 07/08/06, el Directorio del INAES deja sin efecto la designación del señor Rubén Gabriel GIMENEZ como Liquidador del CLUB ATLETICO CHABAS MUTUAL, SOCIAL Y
CULTURAL, matr. 542-Sta. Fe. Designa Liquidador de la citada mutual al Dr. D. Luis Alberto REINOSO
D.N.I. Nº 10.189.093, cuyos honorarios se encuadrarán exclusivamente y por todo concepto dentro del marco del Convenio vigente entre este Instituto y la FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICASUBA, previa aprobación de la SECRETARIA DE CONTRALOR El Liquidador designado deberá solicitar ante el Sr. Juez con jurisdicción y competencia la liquidación judicial de la mutual. Hasta tanto se provea de conformidad dicho trámite adoptarán las medidas propias de un proceso liquidatorio en los términos de la Resolución Nº 119/99-ex INAM.
Por Resolución Nº 2247 del 07/08/06, el Directorio del INAES deja sin efecto la designación de la Sra. Da. Sara Beatriz CABRERA como liquidadora de la ASOCIACION MUTUAL DEL PERSONAL Y
FUNCIONARIOS DE LOS FERROCARRILES DEL ESTADO, matr.1526-C.F. Designa Liquidador de la mutual mencionada al Dr. D. Carlos Armando LEICHNER D.N.I. 13.839.973, cuyos honorarios se encuadrarán exclusivamente y por todo concepto dentro del marco del Convenio vigente entre este Instituto y la FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS-UBA, previa aprobación de la SECRETARIA
DE CONTRALOR. El liquidador designado deberá solicitar ante el Sr. Juez con jurisdicción y competencia la liquidación judicial de la mutual. Hasta tanto se provea de conformidad dicho trámite adoptarán las medidas propias de un proceso liquidatorio en los términos de la Resolución Nº 119/88 del ex INAM.
Asimismo, se deja constancia que en cada una de las Resoluciones nombradas precedentemente queda dispuesto lo siguiente: El proceso liquidatorio será presidido por los principios de justicia distributiva y la igualdad jurídica de los acreedores. A tal fin el Liquidador designado deberá requerir al Sr. Juez competente por analogía con la Ley Nº 24.522 y en los plazos procesales oportunos sin perjuicio de otras que considere complementarias o convenientes y en los casos de corresponder, las siguientes medidas: a Fuero de atracción de todos los juicios de contenido patrimonial contra la entidad para su sometimiento a las normas procesales. b Reconocimiento de las funciones del Liquidador designado por el INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL equivalentes a las del síndico de concursos y quiebras. c Medidas cautelares que sean del caso para la preservación del patrimonio. d Revisión de las relaciones jurídicas preexistentes en defensa del interés de la masa. e Procedimientos y plazos para la verificación de los créditos y reconocimiento de los privilegios. f Ejercicio de acciones de responsabilidad, si se comprobaran, contra anteriores administraciones o terceros. g Facultades para proponer formas de cancelación del pasivo. Y
SOLO PARA LAS MUTUALES se agrega el siguiente Inciso: h Aplicación de la Resolución Nº 119/
88 del ex INAM previa autorización del INAES en todo aquello que resultare compatible con el presente proceso.
Por Resolución Nº 2244 del 07/08/06, el Directorio del INAES retira la autorización para funcionar al CIRCULO DE PERIODISTAS DE BUENOS AIRES, matr. 265 Prov. Bs. As. y dispone la Liquidación extrajudicial de la citada entidad, designando Liquidador al CPN. D. Pablo Mariano RUFINO D.N.I.
Nº 16.827.659, cuyos honorarios se encuadrarán exclusivamente y por todo concepto dentro del marco del Convenio vigente entre este Instituto y la FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS-UBA, previa aprobación de la SECRETARIA DE CONTRALOR.
Además cabe consignar que en la parte pertinente de todas las resoluciones antes detalladas, se establece que los gastos que genera la liquidación, inferiores a PESOS QUINIENTOS $ 500.-, serán abonados por el Liquidador y reintegrados al mismo por este Instituto, previa rendición de los comprobantes respectivos y aprobados por la Secretaría de Contralor. Los gastos superiores a dicho valor sólo serán reembolsados al Liquidador si previo a la erogación hubiera presentado al menos un presupuesto y el gasto hubiera sido aprobado por la citada Secretaría Las sumas que erogue este Organismo, por todo concepto, con relación al proceso liquidatorio, constituirán un crédito a favor del INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL que el Liquidador debe incluir en el pasivo de la mutual como gastos de conservación, administración y liquidación. El Liquidador podrá requerir a este Organismo autorización para el asesoramiento profesional y patrocinio letrado cuando la materia exceda su competencia. Los gastos y honorarios que genere dicho asesoramiento serán a cargo de este Instituto, debiendo observarse los mecanismos establecidos en las precitadas resoluciones.
ELSA LIDIA SVIATKEVICH, Responsable Area Despacho.
e. 15/8 Nº 520.786 v. 17/8/2006

BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA
El Banco Central de la República Argentina notifica, en el Sumario Nº 596, Expediente Nº 100.855/
83, caratulado Ginversa Compañía Financiera S.A., que, mediante Resolución Nº 222 del 16/12/
05, el Superintendente de Entidades Financieras y Cambiarias resolvió imponer al señor Alberto MARINO C.I.P.F. Nº 5.572.280 multa de $ 95.000 pesos noventa y cinco mil, y al señor Alejandro DEL ACEBO L.E. Nº 4.406.584 - C.I.P.F. Nº 4.784.567 multa de $37.000 pesos treinta y siete mil en los términos del art. 41, inc. 3, de la ley Nº 21.526. El importe de la multas deberá ser depositado en este Banco Central en CUENTAS TRANSITORIAS PASIVAS MULTAS - LEY DE ENTIDADES
FINANCIERAS - ARTICULO 41, dentro de los 5 cinco días contados a partir de la última publicación del presente, bajo apercibimiento de perseguirse su cobro por la vía de la ejecución fiscal. De conformidad con la Sección 3 de la Comunicación A 4006 del 26 de agosto de 2003 B.O. del 03.09.03 podrán optar por el régimen de facilidades para el pago de las multas; toda presentación al respecto deberá dirigirse a la Gerencia Principal de Liquidaciones y Recuperos, Subgerencia de Control de Fideicomisos, con copia a la Gerencia de Asuntos Contenciosos-. De interponer recurso

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 17/08/2006 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data17/08/2006

Conteggio pagine40

Numero di edizioni9397

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione15/07/2024

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