Boletín Oficial de la República Argentina del 17/03/2006 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Viernes 17 de marzo de 2006

Pág.

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7/2006-SGAI-AFIP
Régimen de reemplazos de las áreas dependientes de la Subdirección General de Auditoría Interna.

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174/2006-AFIP
Titularización y asignación de Categoría o Grupo a Directores y reubicación escalafonaria de Autoridades Superiores.

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ESPECIALIDADES MEDICINALES
1552/2006-ANMAT
Prohíbese, con carácter preventivo, el uso y la comercialización de determinados lotes del producto Atural Solución Inyectable por 6 Ampollas y Aci-Tip Suspensión por 200 ml, en razón de que no se pueden garantizar las condiciones de conservación y destino legal de los mismos.

11

1554/2006-ANMAT
Prohíbese, con carácter preventivo, la comercialización y uso de determinados productos de la firma Apolo S.A.
PLANTAS MEDICINALES
1551/2006-ANMAT
Prohíbese la comercialización y uso de diversos productos que no presentan datos del elaborador, número de lote y fecha de vencimiento.
PRODUCTOS DOMESTICOS
1553/2006-ANMAT
Prohíbese la comercialización y uso del producto apócrifo Off! Spray, contenido neto 200 cm3, lote 402001, vencimiento 20/01/07.

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REMATES OFICIALES
Nuevos

sociales, elementos de juicio que fueron incorporados por la UNIDAD DE RENEGOCIACION
Y ANALISIS DE CONTRATOS DE SERVICIOS PUBLICOS a los análisis de la renegociación.

Que la UNIDAD DE RENEGOCIACION Y ANALISIS DE CONTRATOS DE SERVICIOS PUBLICOS y la Empresa Concesionaria encontraron puntos de coincidencia respecto a las modificaciones planteadas luego de realizada la AUDIENCIA PUBLICA.
Que el ACUERDO DE RENEGOCIACION CONTRACTUAL suscripto por las partes ad referéndum del PODER EJECUTIVO NACIONAL y sujeto al cumplimiento de los demás recaudos legales que se detallan en los considerandos precedentes, comprende la renegociación del Contrato de Concesión de Obra Pública del Acceso Norte a la CIUDAD AUTONOMA DE
BUENOS AIRES, con miras a preservar la continuidad y calidad del servicio prestado.
Que de conformidad con el Artículo 4º de la Ley Nº 25.790 y el Artículo 20 de la Ley Nº 25.561, se dio intervención al HONORABLE CONGRESO DE LA NACION, a través de la misión que le fuera asignada a la COMISION BICAMERAL DE SEGUIMIENTO, a los efectos de considerar el ACUERDO DE RENEGOCIACION CONTRACTUAL.
Que efectuada la correspondiente evaluación del ACUERDO DE RENEGOCIACION CONTRACTUAL, la COMISION BICAMERAL DE SEGUIMIENTO, mediante dictamen de mayoría, aprobó el mismo.
Que en la sesión ordinaria realizada el 8 de junio de 2005, el ACUERDO DE RENEGOCIACION CONTRACTUAL fue aprobado por el HONORABLE SENADO DE LA NACION, disponiendo su consecuente giro para el análisis de la HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS
DE LA NACION.
Que la HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION no llegó a expedirse formalmente sobre el ACUERDO DE RENEGOCIACION CONTRACTUAL dentro del plazo que fuera previsto en el Artículo 4º de la Ley Nº 25.790.
Que atento a lo dispuesto en dicha norma, ha transcurrido en exceso el plazo legal determinado para la intervención por parte del HONORABLE CONGRESO DE LA NACION, motivo por el cual y de conformidad con lo allí dispuesto, corresponde tener por aprobado el ACUERDO DE RENEGOCIACION CONTRACTUAL que fuera presentado por el PODER EJECUTIVO NACIONAL.
Que la PROCURACION DEL TESORO DE LA NACION ha emitido dictamen de conformidad con lo previsto en el Artículo 8º del Decreto Nº 311/03, sin formular objeciones al ACUERDO
DE RENEGOCIACION CONTRACTUAL.

CONCURSOS OFICIALES
Nuevos

2

Que a resultas de ello, la citada Unidad estimó la conveniencia de modificar determinados aspectos parciales del entendimiento que fuera oportunamente alcanzado, tal como consta en el Informe de Evaluación de la AUDIENCIA PUBLICA adjunto a las actuaciones y publicado en el sitio de Internet de la UNIDAD DE RENEGOCIACION Y ANALISIS DE CONTRATOS
DE SERVICIOS PUBLICOS.

DISPOSICIONES
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
7/2006-DGI-AFIP
Designación de representantes del Fisco Nacional AFIP para actuar ante los tribunales del interior del país.

BOLETIN OFICIAL Nº 30.868

17

AVISOS OFICIALES
Nuevos

17

Anteriores

26

PRODUCCION y Nº 44 del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS de fecha 6 de agosto de 2003.
Que para llevar a cabo la renegociación con las Empresas Prestatarias, se dispuso por el Decreto Nº 311/03 la creación de la UNIDAD DE RENEGOCIACION Y ANALISIS DE CONTRATOS DE SERVICIOS PUBLICOS en el ámbito de los MINISTERIOS DE ECONOMIA Y
PRODUCCION y DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.
Que la citada Unidad tiene asignadas, entre otras, las misiones de llevar a cabo el proceso de renegociación de los contratos de obras y servicios públicos; suscribir acuerdos integrales o parciales con las empresas concesionarias y licenciatarias de servicios públicos ad referéndum del PODER EJECUTIVO NACIONAL; elevar proyectos normativos concernientes a posibles adecuaciones transitorias de precios, o cláusulas contractuales relativas a los servicios públicos, así como también efectuar todas aquellas recomendaciones vinculadas a los contratos de obras y servicios públicos y al funcionamiento de los respectivos servicios.
Que respecto a la concesión de la Empresa AUTOPISTAS DEL SOL SOCIEDAD ANONIMA, la UNIDAD DE RENEGOCIACION Y ANALISIS DE CONTRATOS DE SERVICIOS PUBLICOS ha efectuado el análisis de la situación contractual, realizando las tratativas orientadas a establecer un entendimiento de renegociación contractual.

Que la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION, ente descentralizado en el ámbito de la PRESIDENCIA DE LA NACION, ha tomado la intervención que le compete según lo dispuesto en el Artículo 14 de la Resolución Conjunta Nº 188/03 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
PRODUCCION y Nº 44/03 del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION
PUBLICA Y SERVICIOS, expresando no tener objeciones respecto del procedimiento llevado a cabo.
Que habiendo cumplido con los requisitos establecidos en las normas aplicables al proceso de renegociación, y conforme a lo previsto en el Decreto Nº 311/03, corresponde al PODER
EJECUTIVO NACIONAL ratificar el ACUERDO DE RENEGOCIACION CONTRACTUAL alcanzado dentro del ámbito de la UNIDAD DE RENEGOCIACION Y ANALISIS DE CONTRATOS DE SERVICIOS PUBLICOS.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete, en virtud de lo dispuesto en el Artículo 9º del Decreto Nº 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades otorgadas por el Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y conforme a las previsiones contenidas en las Leyes Nros. 25.561, 25.790, 25.820, 25.972 y 26.077.
Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Ratifícase el ACUERDO DE RENEGOCIACION CONTRACTUAL suscripto por la UNIDAD DE RENEGOCIACION Y ANALISIS DE CONTRATOS DE SERVICIOS PUBLICOS y la Empresa Concesionaria AUTOPISTAS DEL SOL SOCIEDAD ANONIMA con fecha 16 de diciembre de 2005, que como Anexo l forma parte integrante de la presente medida.
Art. 2º Comuníquese, conforme a lo previsto en el Artículo 20 de la Ley Nº 25.561, a la COMISION BICAMERAL DE SEGUIMIENTO del HONORABLE CONGRESO DE LA NACION.
Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. KIRCHNER. Alberto A. Fernández. Julio M. De Vido. Felisa Miceli.
ACUERDO DE RENEGOCIACION CONTRACTUAL
CONTRATO DE CONCESION DEL ACCESO NORTE

Que como resultado de las negociaciones mantenidas, la citada Unidad y la Empresa AUTOPISTAS DEL SOL SOCIEDAD ANONIMA suscribieron con fecha 21 de diciembre de 2004
una CARTA DE ENTENDIMIENTO conteniendo los puntos de consenso sobre la adecuación contractual.
Que en dicho instrumento fueron determinados los términos y condiciones del acuerdo de renegociación a celebrarse entre el Concedente y el Concesionario.
Que la CARTA DE ENTENDIMIENTO fue sometida a un proceso de AUDIENCIA PUBLICA, la que fue convocada a través de la Resolución Conjunta Nº 18 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION y Nº 20 del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS de fecha 13 de enero de 2005.
Que la realización de la AUDIENCIA PUBLICA posibilitó la participación y la expresión de opiniones de los usuarios y consumidores, así como también de distintos sectores y actores
En la Ciudad de Buenos Aires a los 16 días del mes de diciembre de 2005, en el marco del proceso de renegociación de los contratos de obras y servicios públicos dispuesto por las Leyes Nº 25.561;
25.790 y 25.972, y su norma complementaria el Decreto Nº 311/03, hallándose presentes la MINISTRA
de ECONOMIA Y PRODUCCION, Lic. Felisa Josefina MICELI y el MINISTRO DE PLANIFICACION
FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, Arq. Julio De VIDO como Presidentes de la UNIDAD
DE RENEGOCIACION Y ANALISIS DE CONTRATOS DE SERVICIOS PUBLICOS Decreto Nº 311
del 2003 por una parte, y por la otra, la empresa concesionaria AUTOPISTAS DEL SOL S.A., representada por el lng. Don Luis Ramón FREIXAS, en su carácter de Presidente del Directorio a efectos de suscribir el presente instrumento, ad referendum de la aprobación definitiva de lo aquí convenido por el PODER EJECUTIVO NACIONAL.
Las partes manifiestan haber alcanzado un ACUERDO sobre la ADECUACION del CONTRATO
DE CONCESION del ACCESO NORTE, integrante de la Red de Accesos a la Ciudad de Buenos Aires, que se instrumenta a través del presente conforme a las siguientes consideraciones y términos.

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 17/03/2006 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data17/03/2006

Conteggio pagine32

Numero di edizioni9385

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione03/07/2024

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