Boletín Oficial de la República Argentina del 20/01/2004 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Martes 20 de enero de 2004
Art. 3 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Alberto A. Fernández. Julio M. De Vido.

Anexo que forma parte integrante de la presente medida.

NOTA: El Anexo no se publica. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en www.boletinoficial.gov.ar.

Art. 2 El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida, será atendido con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios asignados al MINISTERIO DE SALUD, aprobados para el corriente ejercicio por la Ley N 25.725.

MINISTERIO DE SALUD

Art. 3 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Alberto A. Fernández. Ginés M. González García.

Decisión Administrativa 359/2003
Apruébase un contrato de locación de servicios, celebrado por la citada Jurisdicción bajo el régimen del Decreto N 1184/2001.
Bs. As., 30/12/2003
VISTO la Ley N 25.725, los Decretos Nros. 1184
de fecha 20 de septiembre de 2001, 491 de fecha 12 de marzo de 2002, 601 de fecha 11
de abril de 2002 y 577 de fecha 7 de agosto de 2003, la Circular N 4 del 15 de marzo de 2002 de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION y el Expediente N 1-2002-12.213/03-6 del registro del MINISTERIO DE SALUD, y CONSIDERANDO:
Que por las actuaciones mencionadas en el Visto tramita la propuesta de contratación del Ingeniero Dn. Eduardo Horacio OPORTO bajo el régimen de locación de servicios aprobado por el Decreto N 1184 de fecha 20 de septiembre de 2001.
Que el MINISTERIO DE SALUD ha elevado la propuesta de contratación del aludido profesional, cuya prestación resulta indispensable para el debido cumplimiento de los diversos objetivos asignados a dicho organismo.
Que por el artículo 1 del Decreto N 577 de fecha 7 de agosto de 2003 se estableció que toda contratación encuadrada en las previsiones del Decreto N 491 del 12 de marzo 2002
y su reglamentación será aprobada por el JEFE DE GABINETE DE MINISTROS en aquellos supuestos en los que se pacte una retribución mensual u honorario equivalente superior a la suma de PESOS DOS MIL
$ 2.000.-
Que en la contratación propiciada se configura el supuesto previsto en la norma precedentemente citada, por lo que corresponde al suscripto disponer su aprobación.
Que la persona comprendida en la presente medida ha dado cumplimiento a lo establecido en el artículo 6 del Decreto N 601 de fecha 11 de abril de 2002, reglamentario de su similar N 491/02.
Que se cuenta con el crédito necesario en el presupuesto del MINISTERIO DE SALUD, aprobado para el corriente ejercicio por la Ley N 25.725, a fin de atender al gasto resultante de la contratación alcanzada por la presente medida.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SALUD, ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCION NACIONAL y por el artículo 1 del Decreto N 577/03.
Por ello, EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1 Apruébase el contrato de locación de servicios encuadrado en las previsiones del Decreto N 491 de fecha 12 de marzo de 2002
y su reglamentación, celebrado bajo el régimen del Decreto N 1184 de fecha 20 de septiembre de 2001 entre el MINISTERIO DE SALUD y el Ingeniero Dn. Eduardo Horacio OPORTO DNI
N 11.637.637, de conformidad con las condiciones, período y monto mensual consignados en el
NOTA: El Anexo no se publica. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en www.boletinoficial.gov.ar.

MINISTERIO DE SALUD
Decisión Administrativa 362/2003
Apruébase un contrato de locación de servicios celebrado por la citada Jurisdicción bajo el régimen del Decreto N 1184/2001.
Bs. As., 30/12/2003
VISTO la Ley N 25.725, los Decretos Nros. 1184
de fecha 20 de septiembre de 2001, 491 de fecha 12 de marzo de 2002, 601 de fecha 11 de abril de 2002 y 577 de fecha 7 de agosto de 2003, la Circular N 4 del 15 de marzo de 2002 de la SECRETARIA LEGAL
Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA
NACION y el Expediente N 1-2002-10.979/
03-1 del registro del MINISTERIO DE SALUD, y CONSIDERANDO:
Que por las actuaciones mencionadas en el Visto tramita la propuesta de contratación del Contador Público Nacional D. Mariano Eduardo ANDRADE bajo el régimen de locación de servicios aprobado por el Decreto N 1184
de fecha 20 de septiembre de 2001.
Que el MINISTERIO DE SALUD ha elevado la propuesta de contratación del aludido profesional, cuya prestación resulta indispensable para el debido cumplimiento de los diversos objetivos asignados a dicho organismo.
Que por el artículo 1 del Decreto N 577 de fecha 7 de agosto de 2003 se estableció que toda contratación encuadrada en las previsiones del Decreto N 491 del 12 de marzo 2002
y su reglamentación será aprobada por el JEFE DE GABINETE DE MINISTROS en aquellos supuestos en los que se pacte una retribución mensual u honorario equivalente superior a la suma de PESOS DOS MIL
$ 2.000.-.
Que en la contratación propiciada se configura el supuesto previsto en la norma precedentemente citada, por lo que corresponde al suscripto disponer su aprobación.
Que la persona comprendida en la presente medida ha dado cumplimiento a lo establecido en el artículo 6 del Decreto N 601 de fecha 11 de abril de 2002, reglamentario de su similar N 491/02.
Que se cuenta con el crédito necesario en el presupuesto del MINISTERIO DE SALUD, aprobado para el corriente ejercicio por la Ley N 25.725, a fin de atender el gasto resultante de la contratación alcanzada por la presente medida.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SALUD, ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 100;
incisos 1 y 2 de la CONSTITUCION NACIONAL y por el artículo 1 del Decreto N 577/
03.

BOLETIN OFICIAL Nº 30.321

Por ello, EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1 Apruébase el contrato de locación de servicios encuadrado en las previsiones del Decreto N 491 de fecha 12 de marzo de 2002
y su reglamentación, celebrado bajo el régimen del Decreto N 1184 de fecha 20 de septiembre de 2001 entre el MINISTERIO DE SALUD y el Contador Público Nacional D. Mariano Eduardo ANDRADE DNI N 21.431.569, de conformidad con las condiciones, período y monto mensual consignados en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida.
Art. 2 El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida, será atendido con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios asignados al MINISTERIO DE SALUD, aprobados para el corriente ejercicio por la Ley N 25.725.
Art. 3 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Alberto A. Fernández. Ginés M. González García.
NOTA: El Anexo no se publica. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en www.boletinoficial.gov.ar
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posean una especialidad de reclutamiento crítico en el mercado laboral para la cual no se requiera la posesión de título universitario o terciario, no obstante la determinación de su exigencia como requisito específico de la función.
Que el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO
Y SEGURIDAD SOCIAL ha elevado la propuesta de contratación de la persona cuya prestación resulta indispensable para el debido cumplimiento de los diversos objetivos asignados a dicha jurisdicción.
Que la persona cuya contratación se propone reúne los requisitos de idoneidad necesarios para cumplir las tareas asignadas, de conformidad con la Circular de la S.L. y T.
N 4/02.
Que la financiación del contrato que se aprueba por la presente, será atendida con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 75 MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Nacional N 25725.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades emergentes del artículo 100, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL, lo dispuesto por el artículo 7 del Anexo I del Decreto N 1184/01 y el artículo 1 del Decreto N 577/03.
Por ello,
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Decisión Administrativa 369/2003
Apruébase una contratación de la citada Jurisdicción celebrada bajo el régimen del Decreto N 1184/2001.
Bs. As., 30/12/2003
VISTO el Expediente del registro del MINISTERIO
DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N 1.077.765/03, la Ley N 25725, los Decretos Nros. 1184, de fecha 20 de septiembre de 2001; 491, de fecha 12 de marzo de 2002; 601, de fecha 11 de abril de 2002; 577, de fecha 7 de agosto de 2003, la Decisión Administrativa N 7, de fecha 24 de enero de 2003, la Circular de la SECRETARIA LEGAL
Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION N 4, de fecha 15 de marzo de 2002, lo solicitado por el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, y CONSIDERANDO:
Que por la Ley citada en el Visto se aprobó el Presupuesto de la Administración Nacional para el ejercicio 2003.
Que por Decreto N 491/02 se estableció que toda contratación sería efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.
Que por Decreto N 601/02 se dispuso que las disposiciones del Decreto N 491/02 son aplicables a la celebración, renovación y/o prórroga de toda contratación de servicios personales y de obra intelectual, incluidos los de locación de servicios celebrados en virtud de lo dispuesto en el Decreto N 1184/01.
Que por Decreto N 577/03 se modificaron determinados aspectos del Decreto N 491/02
relativos a los contratos, estableciéndose entre otros extremos, que las referidas contrataciones serán aprobadas por el JEFE DE
GABINETE DE MINISTROS en los casos de nuevos contratos que superen la suma mensual de PESOS DOS MIL $ 2.000.- y en los casos de renovaciones o prórrogas en las cuales se modifique alguna de las condiciones originalmente pactadas.
Que por el artículo 7 del Anexo I del Decreto N 1184 de fecha 20 de setiembre de 2001, se estableció que el JEFE DE GABINETE DE
MINISTROS podrá autorizar con carácter de excepción, mediante decisión fundada y a requerimiento de las autoridades incluidas en el artículo 1 del Anexo del Decreto mencionado, la contratación de consultores cuando
EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1 Apruébase la contratación entre el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL y la persona que se detalla en la planilla que como Anexo I forma parte integrante de la presente Decisión, por el período, monto mensual y total, y con la función y rango indicados en el mismo, bajo el régimen del Decreto N 1184/01.
Art. 2 Exceptúase al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL de lo dispuesto por el artículo 7 del Anexo I del Decreto N 1184/01, al solo efecto de posibilitar la contratación de la persona que figura en el Anexo I de la presente Decisión Administrativa.
Art. 3 El gasto que demande el cumplimiento de la presente Decisión, será atendido con cargo a las partidas específicas del Presupuesto de la Jurisdicción 75 MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.
Art. 4 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Alberto A. Fernández. Carlos A. Tomada.
NOTA: El Anexo I no se publica. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en www.boletinoficial.gov.ar.

MINISTERIO DEL INTERIOR
Decisión Administrativa 377/2003
Apruébase una contratación celebrada por la Unidad Ejecutora Central, en el marco del Segundo Programa de Desarrollo Provincial.
Bs. As., 30/12/2003
VISTO el Expediente N 009224/2003 del registro del MINISTERIO DEL INTERIOR, los Decretos N 202 del 30 de enero de 1991, N 807
del 21 de noviembre de 1995, N 1184 del 20
de septiembre de 2001, N 601 del 11 de abril de 2002, N 258 del 24 de junio de 2003, N
577 del 7 de agosto de 2003, la Decisión Administrativa N 5 del 31 de enero de 2000, y CONSIDERANDO:
Que de acuerdo a las normas mencionadas en el Visto tramita la propuesta de contratación del personal especializado a celebrarse en el ámbito de la UNIDAD EJECUTORA
CENTRAL del MINISTERIO DEL INTERIOR.

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 20/01/2004 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data20/01/2004

Conteggio pagine16

Numero di edizioni9401

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione19/07/2024

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