Boletín Oficial de la República Argentina del 12/01/2004 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN OFICIAL Nº 30.315

Primera Sección
Lunes 12 de enero de 2004
INSTITUTO NACIONAL DE LA YERBA MATE

PRODUCCION TOTAL DE HOJA VERDE DURANTE LOS AÑOS:

Resolución N 2/2004

2000
2001
2002
2003

Posadas, Mnes., 5/1/2004
VISTO: Los incs. i y j del Art. 4 y el Art. 8 del Decreto N 1240/02; y, CONSIDERANDO:
QUE, es función del INYM realizar estadísticas, censos y relevamientos de la producción, elaboración, industrialización, comercialización y consumo de la yerba mate y derivados, a efectos de implementar medidas que faciliten el equilibrio de la oferta y la demanda.
QUE, es también un deber del INYM crear registros para la identificación de la producción, elaboración, industrialización, comercialización de la yerba mate y derivados debiendo inscribirse en ellos, con carácter obligatorio los productores, elaboradores, acopiadores, molineros, fraccionadores, importadores, exportadores, y cualquier otro participante de la cadena del negocio de la yerba mate y derivados.
QUE, se encuentra pendiente de creación el Registro Nacional de Productores de Yerba Mate del INYM.
QUE, el INYM se encuentra facultado para implementar la medidas necesarias para asegurar el cumplimiento de la Ley 25.564, su decreto reglamentario 1240/02 y a las disposiciones que en su consecuencia se dicten, según se desprende de lo dispuesto en los Art. 4 y 5 de la Ley 25.564.
QUE, corresponde dictar el instrumento legal respectivo.
POR ELLO;

ESTABLECIMIENTOS O SECADEROS A LOS QUE ENTREGA LA PRODUCCION:



OBSERVACIONES:

Firma del Agente Aclaración y N de Documento
Firma del Declarante Aclaración y N de Documento
Completar por triplicado Tachar lo que no corresponda En caso de existir varios lotes, utilizar un formulario para cada lote.

EL DIRECTORIO
DEL INYM
RESUELVE:
ARTICULO 1 CREASE, el Registro Nacional de Productores de Yerba Mate del INYM, y DISPONESE que deberán inscribirse en forma obligatoria en dicho registro todas las personas físicas o jurídicas que se dediquen a la producción de hoja verde de yerba mate en el ámbito del Territorio Nacional Argentino.
ARTICULO 2 DETERMINASE, que los requisitos para cumplir con la inscripción en el Registro de Productores del Yerba Mate del INYM son los especificados en el ANEXO I, el cual forma parte de la presente resolución.
ARTICULO 3 FIJASE como plazo de vencimiento para la inscripción el Registro Nacional de Productores de Yerba Mate del INYM el día 31 de Marzo de 2004. Transcurrido dicha fecha, los solicitantes deberán abonar una tasa de inscripción equivalente a 100 kg. de yerba mate canchada al precio vigente al momento del pago de la misma, sin perjuicio de las demás sanciones que el Directorio estime corresponde aplicar al caso particular.
ARTICULO 4 ESTABLECESE que es requisito indispensable para la obtención de los Certificado de Producción Yerbatera por parte de un productor, encontrarse debidamente inscripto en el Registro Nacional de Productores de Yerba Mate del INYM, y cumplir con toda la normativa aplicable emanada del INYM.
ARTICULO 5 DISPONESE que el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones establecidas en la presente resolución hará pasible al infractor de las sanciones establecidas en el Art. 28 de la Ley 25.564.
ARTICULO 6 La presente norma entrará en vigencia a los diez 10 días de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.
ARTICULO 7 REGISTRESE, comuníquese, PUBLIQUESE por dos 2 días en el Boletín Oficial de la República Argentina y en dos 2 diarios de amplia circulación en la Zona Productora. Cumplido, ARCHIVESE. Ing. Agr. LUIS FRANCISCO PRIETTO, Presidente, Instituto Nacional de la Yerba Mate. JUAN TARASIUK, Director, Instituto Nacional de la Yerba Mate. SERGIO BAZILA, Director, Instituto Nacional de la Yerba Mate. RICARDO MACIEL, Director, Instituto Nacional de la Yerba Mate. JUAN C. DIMITROWICZ, Director, Instituto Nacional de la Yerba Mate. PEDRO J. ANGELONI, Director, Instituto Nacional de la Yerba Mate. JORGE E. E. HADAD, Director, Instituto Nacional de la Yerba Mate. HERNAN LAFFITE, Director, Instituto Nacional de la Yerba Mate. MIGUEL A.
SNIECHOWSKI, Director, Instituto Nacional de la Yerba Mate. RICARDO CESAR COLOMBO, Director, Instituto Nacional de la Yerba Mate.
ANEXO I RESOLUCION 2/2004
INYM
REGISTRO DE PRODUCTORES
DE YERBA MATE
Los siguientes datos brindados revisten el carácter de declaración jurada:
CUIT/CUIL:

104

FECHA:

SIT. ANTE AFIP: IVA RESPONSABLE: INSCRIPTO / MONOTRIBUTO / NO INSCRIPTO

Ing. Agr. LUIS FRANCISCO PRIETTO, Presidente, Instituto Nacional de laYerba Mate. JUAN TARASIUK, Director, Instituto Nacional de la Yerba Mate. SERGIO BAZILA, Director, Instituto Nacional de la Yerba Mate.
RICARDO MACIEL, Director, Instituto Nacional de la Yerba Mate. JUAN C. DIMITROWICZ, Director, Instituto Nacional de la Yerba Mate. PEDRO J. ANGELONI, Director, Instituto Nacional de la Yerba Mate.
JORGE E. E. HADAD, Director, Instituto Nacional de la Yerba Mate. MIGUEL A. SNIECHOWSKI, Director, Instituto Nacional de la Yerba Mate. RICARDO CESAR COLOMBO, Director, Instituto Nacional de la Yerba Mate.
e. 12/1 N 437.037 v. 13/1/2004

REMATES OFICIALES
Anteriores BANCO DE LA NACION ARGENTINA
Subasta Administrativa Art. 29 de la ley 21.799 y 22.232
En cumplimiento de lo dispuesto u ordenado en los autos caratulados: PROVINCIA DEL CHACO c/
ALBARRAN SERGIO DANIEL s/APREMIO Expte. 19419/02, Juzgado Civil y Comercial de Resistencia, Chaco; el BANCO DE LA NACION ARGENTINA; hace saber por TRES publicaciones que el Martillero HECTOR RAMON OVANDO, rematará el día 16 de enero de 2004 9 horas, en el Colegio de Martilleros del Chaco, sito en Don Bosco 88, 3er. Piso, de Resistencia, Chaco, el siguiente Inmueble Urbano: Que se determina como: Parcela 28, Manzana 28, Sección B, Circunscripción I, de la localidad de Las Breñas, abarcando una Superficie de 431m2. 395cm2. Inscripto al Folio Real Matrícula N 3.921, del Departamento 9 de Julio, Provincia del Chaco. Con todo lo Edificado, Clavado y Plantado. Ocupado por su Propietario con Convenio de Desocupación. Base: $ 70.000. Condiciones: Al contado y al mejor postor. Comisión: 3% a cargo del comprador. Seña: 20%. Acto Remate, Saldo del precio dentro de los diez 10 de aprobada la Subasta por el BANCO DE LA NACION ARGENTINA. El saldo del precio se actualizará por Tasa de Cartera General que fija el Banco de la Nación Argentina para Operaciones, o la que pueda variar en el futuro, hasta el efectivo pago, no así la seña, que se retornará en su importe nominal, en caso de no aprobación de la subasta. Deudas: A la Municipalidad Impuestos Inmobiliarios y Tasas y Servicios $
114,93 al 02/10/03. Las deudas que pesan sobre el Inmueble a Subastar serán por cuenta exclusiva de la parte Compradora. Plazo para escriturar 45 días, corridos a partir de la aprobación del Remate. Escribano designado por el BANCO DE LA NACION ARGENTINA. Gastos de Escrituración a cargo del Comprador.
Remate ordenado en asunto: BANCO DE LA NACION ARGENTINA C/ALBARRAN SERGIO DANIEL S/
LIQUIDACION ADMINISTRATIVA DE INMUEBLE URBANO HIPOTECADO, por tercería en autos mencionado más arriba. De acuerdo con el art. 29 de la Carta Orgánica del Banco de la Nación Argentina Ley 21.799 y Ley 22.232 Bco. Hipotecario Nacional. IVA si correspondiese a cargo del comprador. EL BANCO
DE LA NACION ARGENTINA NO RESPONDE POR EVICCION O SANEAMIENTO. De fracasar por falta de postores, transcurrida una hora, se realizará otra Subasta, con la Base Reducida en un 25%. Por Ofertas Bajo Sobre Cerrado y Créditos, consultar en Gerencia. Informes: Banco de la Nación Argentina, Suc. Las Breñas, Gral. Jones 1702 Tel. 03731 460233 / 46007 y/o Martillero HECTOR RAMON OVANDO, San Martín 1171, Sáenz Peña, Chaco, Tel. 03732 425316 / 420526. CASO DE FUERZA MAYOR Lluvia el Remate se realizará el próximo 23 de enero de 2004. En el mismo lugar y hora.

TITULAR:

Las Breñas, Chaco, 16 de diciembre de 2003.

NOMBRES Y APELLIDO O RAZON SOCIAL:

FELIX ORLANDO CAMPOS, Sub Jefe de Contaduría, RF 5359 Resp. de Contabilidad.
e. 9/1 N 39.640 v. 13/1/2004

TIPO DE DOCUMENTO O N DE INSCRIPCION SOCIAL:
EXPEDIDO POR:
DOMICILIO REAL:

AVISOS OFICIALES
Anteriores
DOMICILIO LEGAL:

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
DATOS DEL LOTE:
LOTE: . SECC.: SUP.: Has.
COLONIA: MUNICIPIO:
DEPARTAMENTO N PROVINCIA:
ESTADO LEGAL DE LA TIERRA:
ESCRITURA - TITULO
SI/NO
N FECHA:
CONTRATO DE LOCACION
SI/NO
N FECHA:
BOLETO DE COMPRAVENTA
SI/NO
N FECHA:
TIERRA FISCAL - PER. OCUP.
SI/NO
N FECHA:
CARACTERISTICAS DE LA EXPLOTACION DE YERBA MATE
SUP. CULT. Has.- AÑOS DE IMPLANTACION RENDIMIENTO x Ha.
DENSIDAD: ALTA Has. MEDIA Has. BAJA Has.
LIMPIEZA MECANICA/AGROQUIMICOS
FRECUENCIA ANUAL

INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL
El INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL notifica que por Resolución Nro 3333/03., se ha dispuesto RETIRAR LA AUTORIZACION PARA FUNCIONAR y CANCELAR LA
MATRICULA N 2226 de la Capital Federal correspondiente a HABITAT MUTUAL. Y por Resolución N
3418/03 dispuso igual medida a la SOCIEDAD ITALIANA DE SOCORROS MUTUOS ROMA, mat. 89
de la Provincia de Buenos Aires. Contra la medida dispuesta Art. 40, Decreto N 1759/72 son oponibles los siguientes recursos: REVISION Artículo 22, inciso a 10 días y Artículo 22, incisos b, c y d
30 días Ley N 19.549. RECONSIDERACION Artículo 84, Decreto N 1759/72
10
días. JERARQUICO Artículo 89, Decreto N 1759/72 15 días, Y ACLARATORIA Artículo 102, Decreto N 1759/72 5 días. Quedan debidamente notificadas articulo 42, Decreto N 1759/72.
C.P. SARA JULIA DUBINSKI, a/c Gerencia de Administración y Finanzas.
e. 8/1 N 436.520 v. 12/1/2004

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 12/01/2004 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data12/01/2004

Conteggio pagine104

Numero di edizioni9389

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione07/07/2024

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