Boletín Oficial de la República Argentina del 09/01/2004 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Viernes 9 de enero de 2004

TELECOMUNICACIONES
Resolución 1/2004-SC
Otórgase a la Empresa Provincial de Energía de Córdoba licencia única de servicios de telecomunicaciones y regístranse a nombre de la misma los servicios de Telefonía Pública y Revendedor de Servicios de Telecomunicaciones.
TRANSPORTE AEROCOMERCIAL
Resolución 392/2003-ST
Autorízase a la empresa Copa-Compañía Panameña de Aviación S.A. a funcionar como agencia fuera de línea, promocionando y comercializando los servicios que presta la línea aérea Continental Airlines Inc.

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té de Administración, cuyos miembros serán designados por el PODER EJECUTIVO NACIONAL.

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Que los mencionados Comité de Inversiones y Comité de Administración fueron reglamentados por el Decreto Nº 1074 de fecha 24 de agosto de 2001, estableciendo su integración, funciones y atribuciones.

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Resolución 395/2003-ST
Dase por reproducida en todos sus términos la Resolución N 436/2002 de la Secretaría de Turismo y Deporte de la Presidencia de la Nación, por la que se otorgó a Southern Winds S.A. la concesión de servicios regulares internacionales de transporte aéreo de pasajeros, carga y correo con aeronaves de gran porte en una determinada ruta.

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ZONAS DE DESASTRE
Decreto 26/2004
Extiéndense los alcances del Decreto N 1386 del 1 de noviembre de 2001, a los sujetos que desarrollen sus actividades en las zonas declaradas de desastre por la Ley N 25.735 y dispónese la aplicación supletoria de las disposiciones de la Ley N 22.913, ampliando su alcance a las actividades industriales, comerciales, agropecuarias, pesqueras, forestales y de servicios, en los aspectos no contemplados en la Ley N 25.735 y en el Decreto N 1386/2001.

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DECRETOS SINTETIZADOS

4

DISPOSICIONES SINTETIZADAS

8

REMATES OFICIALES
Nuevos

9

AVISOS OFICIALES
Nuevos
Anteriores

9
20

NOAMERICANA DE INTEGRACION ALADI, que entró en vigencia el 18 de marzo de 1981.
Que el Decreto Nº 7/81 establece que la Representación Alterna de la República ante el COMITE DE REPRESENTANTES DE LA
ASOCIACION LATINOAMERICANA DE INTEGRACION ALADI deberá ser desempeñada por un funcionario del Cuerpo Permanente Activo del Servicio Exterior de la Nación.
Que resulta necesario designar un REPRESENTANTE ALTERNO de la República ante el COMITE DE REPRESENTANTES DE LA
ASOCIACION LATINOAMERICANA DE INTEGRACION ALADI en Montevideo.
Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL se halla facultado para disponer en la materia, de acuerdo con las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 7. de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Desígnase REPRESENTANTE
ALTERNO de la República ante el COMITE DE
REPRESENTANTES DE LA ASOCIACION LATINOAMERICANA DE INTEGRACION ALADI en Montevideo, REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY, al señor Ministro Plenipotenciario de Segunda Clase D. Ricardo HARTSTEIN M.I.
N 7.377.548.
Art. 2º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. KIRCHNER. Rafael A. Bielsa.

MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS
EMPRESAS
Decreto 20/2004
Designación de los integrantes titulares y suplentes del Comité de Inversiones del Fondo Nacional de Desarrollo para la Micro, Pequeña y Mediana Empresas y del Comité de Administración del Fondo de Garantía para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa.
Bs. As., 7/1/2004
VISTO el Expediente Nº S01:0161987/2002 del Registro de la entonces SECRETARIA DE LA

PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del ex-MINISTERIO DE
LA PRODUCCION, lo dispuesto en la Ley Nº 25.300 y en los Decretos Nros. 1074 de fecha 24 de agosto de 2001, 1555 de fecha 22
de agosto de 2002, 25 de fecha 27 de mayo de 2003, y CONSIDERANDO:
Que el Decreto N 25 de fecha 27 de mayo de 2003 aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Centralizada, por el cual se transfirió la ex-SECRETARIA DE LA
PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL a la órbita del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, asignándole a la SUBSECRETARIA DE LA
PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la SECRETARIA DE
INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO
DE ECONOMIA Y PRODUCCION competencia en todo lo relativo a las pequeñas y medianas empresas.
Que la Ley Nº 25.300 de FOMENTO PARA
LA MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA creó el FONDO NACIONAL DE DESARROLLO PARA LA MICRO, PEQUEÑA Y
MEDIANA EMPRESA FONAPYME, cuyo objeto es realizar aportes de capital y brindar financiamiento a mediano y largo plazo para inversiones productivas a las empresas y formas asociativas comprendidas en el Artículo 1º de la misma.
Que asimismo, la referida ley creó el FONDO
DE GARANTIA PARA LA MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA FOGAPYME, cuyo objeto es otorgar garantías en respaldo de las que emitan las sociedades de garantía recíproca y ofrecer garantías directas a las entidades financieras acreedoras de las micro, pequeñas y medianas empresas MlPyMES y formas asociativas comprendidas en el Artículo 1 de la Ley Nº 25.300, a fin de mejorar las condiciones de acceso al crédito de las mismas.
Que el Artículo 5º de la Ley Nº 25.300 establece que la elegibilidad de las inversiones a financiar con recursos del FONDO NACIONAL DE DESARROLLO PARA LA MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA FONAPYME estará a cargo de un Comité de Inversiones, cuyos miembros serán designados por el PODER EJECUTIVO NACIONAL.
Que el Artículo 11 de la Ley Nº 25.300 estableció que la administración del patrimonio fiduciario del FONDO DE GARANTIA PARA
LA MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA FOGAPYME y la elegibilidad de las operaciones a avalar estará a cargo de un Comi-

Que, por su parte, el Artículo 12 del Decreto Nº 1074/01 estableció que el Comité de Inversiones a que se refiere el Artículo 5º de la Ley Nº 25.300 estará integrado, inicialmente, por CUATRO 4 miembros titulares y CUATRO 4 suplentes, cada uno de ellos en representación de la entonces SECRETARIA
DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, del BANCO DE LA NACION ARGENTINA, ente autárquico en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION y del BANCO DE INVERSION Y COMERCIO EXTERIOR SOCIEDAD ANONIMA BICE.
Que por la norma citada en el considerando precedente, la Presidencia del Comité de Inversiones será ejercida por el señor Secretario de la Pequeña y Mediana Empresa, actual Subsecretario de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional dependiente de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO
Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA
o por el representante que éste designe.
Que asimismo, el Artículo 24 del Decreto Nº 1074/01, estableció que el Comité de Administración a que se refiere el Artículo 11 de la Ley Nº 25.300 estará integrado, inicialmente, por CUATRO 4 miembros titulares y CUATRO 4 suplentes, cada uno de ellos en representación de la entonces SECRETARIA
DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, de la SECRETARIA DE HACIENDA, del BANCO DE LA NACION ARGENTINA y del BANCO DE INVERSION Y COMERCIO EXTERIOR SOCIEDAD ANONIMA BICE.
Que según la mencionada norma, la Presidencia de dicho Comité será ejercida por el Secretario de la Pequeña y Mediana Empresa, actual Subsecretario de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional dependiente de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y
MEDIANA EMPRESA o por el representante que éste designe.
Que el Decreto Nº 1555 de fecha 22 de agosto de 2002 designó los integrantes del Comité de Inversiones del FONDO NACIONAL DE
DESARROLLO PARA LA MICRO, PEQUEÑA
Y MEDIANA EMPRESA FONAPYME y del Comité de Administración del FONDO DE
GARANTIA PARA LA MICRO, PEQUEÑA Y
MEDIANA EMPRESA FOGAPYME.
Que en virtud del cambio de autoridades producido recientemente en el PODER EJECUTIVO NACIONAL, resulta conveniente designar nuevamente a los miembros del Comité de Inversiones del FONDO NACIONAL DE
DESARROLLO PARA LA MICRO, PEQUEÑA
Y MEDIANA EMPRESA FONAPYME y del Comité de Administración del FONDO DE
GARANTIA PARA LA MICRO, PEQUEÑA Y
MEDIANA EMPRESA FOGAPYME.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente se dicta de conformidad con las facultades emergentes del Artículo 99, inciso 7, de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello,
BOLETIN OFICIAL Nº 30.314

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N 18.323.790, en representación de la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL dependiente de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO
Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y en calidad de miembro titular al señor D. Ricardo Daniel VELASCO M.I. Nº 8.443.740, en representación del BANCO DE LA NACION ARGENTINA, ente autárquico en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, cuyos cargos serán desempeñados ad-honorem.
Art. 2º Desígnanse en carácter de miembros suplentes del Comité de Inversiones del FONDO
NACIONAL DE DESARROLLO PARA LA MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA FONAPYME
y del Comité de Administración del FONDO DE
GARANTIA PARA LA MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA FOGAPYME en los términos del Decreto Nº 1074/01, al señor D. Horacio Rogelio RIEZNIK M.I. Nº 4.245.540 en representación de la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL dependiente de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, al señor D. Rubén León GUILLEN M.I.
Nº 12.084.478 en representación del BANCO DE
LA NACION ARGENTINA y al señor D. Alfredo Ramón RAMIREZ M.I. Nº 11.931.396 en representación del BANCO DE INVERSION Y COMERCIO EXTERIOR SOCIEDAD ANONIMA BICE, cuyos cargos serán desempeñados ad-honorem.
Art. 3º Ratifícanse a los señores D. Jorge Silvio HEILPERN M.I. N 4.515.539, en representación de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION y D. Hugo Daniel GUERRIERI M.I. Nº 8.437.045
en representación del BANCO DE INVERSION Y
COMERCIO EXTERIOR SOCIEDAD ANONIMA
BICE, ambos en calidad de miembros titulares ad-honorem del Comité de Inversiones del FONDO NACIONAL DE DESARROLLO PARA LA MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA FONAPYME y del Comité de Administración del FONDO DE GARANTIA PARA LA MICRO, PEQUEÑA
Y MEDIANA EMPRESA FOGAPYME, cuyas designaciones fueran dispuestas a través del Decreto N 1555 de fecha 22 agosto de 2002.
Art. 4º Ratifícase al señor D. Edgardo LIFSCHITZ M.I. N 7.717.463 en representación de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y PRODUCCION, como miembro suplente ad-honorem del Comité de Inversiones del FONDO NACIONAL DE DESARROLLO PARA LA
MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA FONAPYME y del Comité de Administración del FONDO DE GARANTIA PARA LA MICRO, PEQUEÑA
Y MEDIANA EMPRESA FOGAPYME, cuya designación fuera dispuesta a través del Decreto N 1555 de fecha 22 agosto de 2002.
Art. 5º A los efectos de la designación del representante provincial que tomará parte en las deliberaciones del Comité de Inversiones, en representación del Estado Provincial en que se radique el proyecto bajo tratamiento, la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA
Y DESARROLLO REGIONAL dependiente de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE
LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION comunicará al PODER EJECUTIVO PROVINCIAL, con una antelación de QUINCE 15 días, la fecha de la celebración de la Asamblea en que se evaluará la propuesta a realizar en su jurisdicción, notificándole el orden del día, fecha, hora, lugar y sede para el desarrollo de la misma, y se le invitará a la designación del representante provincial correspondiente, cuya selección estará a exclusivo cargo del PODER EJECUTIVO PROVINCIAL, o el responsable del gabinete de dicha área.
Art. 6º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. KIRCHNER. Roberto Lavagna.

EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:

MINISTERIO PUBLICO

Artículo 1 Desígnanse a los integrantes titulares del Comité de Inversiones del FONDO
NACIONAL DE DESARROLLO PARA LA MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA FONAPYME
y del Comité de Administración del FONDO DE
GARANTIA PARA LA MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA FOGAPYME en los términos del Decreto Nº 1074 de fecha 24 de agosto de 2001, respectivamente, en calidad de Presidente al señor D. Federico Ignacio POLI M.I.

Acéptase la renuncia del titular de la Fiscalía N 25 ante los Juzgados Nacionales en lo Criminal de Instrucción de la Capital Federal.

Decreto 22/2004

Bs. As., 7/1/2004
VISTO el expediente Nº 140.553/03 del registro del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD
Y DERECHOS HUMANOS, y

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 09/01/2004 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data09/01/2004

Conteggio pagine20

Numero di edizioni9389

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione07/07/2024

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