Boletín Oficial de la República Argentina del 02/11/1998 - Primera Sección

Versione di testo Cosa è?Dateas è un sito indipendente non affiliato a entità governative. La fonte dei documenti PDF che pubblichiamo qui è l'entità governativa indicata in ciascuno di essi. Le versioni in testo sono trascrizioni che realizziamo per facilitare l'accesso e la ricerca di informazioni, ma possono contenere errori o non essere complete.

Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN OFICIAL Nº 29.013 1 Sección tiro voluntario al personal de la POLICIA FEDERAL ARGENTINA que durante los años 1960
y 1961 hubiere pasado a disponibilidad y ulteriormente retirado en forma obligatoria.
Que la referida norma estipula que se le concederán los beneficios, siempre que reúna las siguientes condiciones: habérsele gestionado el retiro durante los años 1960-1961, haber sido declarado en disponibilidad durante el mismo período y pasado ulteriormente a retiro sin que mediare sumario administrativo y no haber obtenido anteriormente beneficio similar por la misma causa.
Que la misma ley estipula que la CAJA DE RETIROS, JUBILACIONES Y PENSIONES DE LA
POLICIA FEDERAL atenderá con sus recursos los beneficios derivados de sus artículos 1º y 2º de acuerdo con la nueva situación de revista, no reconociéndosele, a los efectos del pago, retroactividad alguna.
Que surge de su Legajo Personal que fue puesto en disponibilidad el 28 de noviembre de 1961
y obra agregado el Decreto Nº 7264 del 25 de julio de 1962, donde se dispuso el pase a situación de retiro obligatorio del causante, como asimismo, no consta en la documentación compulsada que haya obtenido similares beneficios.

Que la Ley Nº 24.294 establece que se promoverá DOS 2 grados con el nomenclador de retiro voluntario al personal de la POLICIA FEDERAL ARGENTINA que durante los años 1960
y 1961 hubiere pasado a disponibilidad y ulteriormente retirado en forma obligatoria.
Que la referida norma estipula que se le concederán los beneficios, siempre que reúna las siguientes condiciones: habérsele gestionado el retiro durante los años 1960-1961, haber sido declarado en disponibilidad durante el mismo período y pasado ulteriormente a retiro sin que mediare sumario administrativo y no haber obtenido anteriormente beneficio similar por la misma causa.
Que la misma ley estipula que la CAJA DE RETIROS, JUBILACIONES Y PENSIONES DE LA
POLICIA FEDERAL atenderá con sus recursos los beneficios derivados de sus artículos 1º y 2º de acuerdo con la nueva situación de revista, no reconociéndosele, a los efectos del pago, retroactividad alguna.
Que obra agregado el Decreto Nº 4297 del 30
de mayo de 1961, donde se dispuso el pase a situación de retiro obligatorio del causante, como asimismo, no consta en la documentación compulsada que haya obtenido similares beneficios.

Que el sub-examine cumple con los requisitos establecidos por la ley, lo cual coloca al peticionante dentro del ámbito de aplicación tenido en cuenta por el legislador al sancionar la norma.

Que el sub-examine cumple con los requisitos establecidos por la ley, lo cual coloca al peticionante dentro del ámbito de aplicación tenido en cuenta por el legislador al sancionar la norma.

Que ha tomado la intervención que le compete la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DEL INTERIOR.

Que ha tomado la intervención que le compete la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DEL INTERIOR.

Que el presente se dicta en uso de la facultad conferida por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y la Ley Nº 24.294.

Que el presente se dicta en uso de la facultad conferida por el artículo 99, inciso 1. de la CONSTITUCION NACIONAL y la Ley Nº 24.294.

Por ello,
Por ello,
EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:

EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:

Artículo 1º Revócanse las Resoluciones de la Jefatura de la POLICIA FEDERAL ARGENTINA del 17 de noviembre de 1994 y 7 de abril de 1995.

Artículo 1º Revócanse las Resoluciones de la Jefatura de la POLICIA FEDERAL ARGENTINA del 17 de noviembre de 1994 y 2 de marzo de 1995.

Art. 2º Hácese lugar a lo solicitado por el Oficial Inspector R.O. de la POLICIA FEDERAL ARGENTINA Manuel GAGO M.I. Nº 4.018.163 y dispónese la promoción al grado de Subcomisario con la nomenclatura de Retiro Voluntario a partir del 30 de diciembre de 1993.

Art. 2º Hácese lugar a lo solicitado por el Oficial Subinspector R.O. de la POLICIA FEDERAL ARGENTINA Marco Aurelio RUSSO M.I. Nº 4.482.763
y dispónese la promoción al grado de Principal con la nomenclatura de Retiro Voluntario a partir del 30
de diciembre de 1993.

Art. 3º Reconócese a los efectos del cómputo definitivo de servicios, el tiempo desde su pase a situación de Retiro Obligatorio hasta el 7 de diciembre de 1993.

Art. 3º Reconócese a los efectos del cómputo definitivo de servicios, el tiempo desde su pase a situación de Retiro Obligatorio hasta el 7 de diciembre de 1993.

Art. 4º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
MENEM. Carlos V. Corach.

Art. 4º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
MENEM. Carlos V. Corach.

POLICIA FEDERAL ARGENTINA

CONDECORACIONES
Decreto 1261/98

1998, mediante la cual se acuerda la condecoración de la ORDEN DE MAYO AL MERITO, a autoridades de la SANTA SEDE, en el grado de GRAN CRUZ, al Reverendo Monseñor D. Tommaso CAPUTO, Jefe de Protocolo de la Secretaría de Estado y en el grado de CABALLERO, al señor Gentilhombre de Su Santidad, Ingeniero D. Angelo BALDUCCI; al señor Jefe del Servicio Fotográfico de LOsservatore Romano, D. Arturo MARI y al señor Gentilhombre de Su Santidad, Profesor D. Alberto BOCHICCHIO.
Art. 2º Extiéndanse los correspondientes diplomas, de acuerdo con lo estipulado por el artículo 19
de la Reglamentación de la ORDEN DE MAYO aprobada por el Decreto Nº 16.644 del 18 de diciembre de 1957.
Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
MENEM. Guido Di Tella.

CONDECORACIONES
Decreto 1260/98
Apruébase un Acta por la cual se acuerda una condecoración al Embajador de la República de Venezuela en la República.

Apruébase un Acta mediante la cual se acuerdan condecoraciones a autoridades de la Santa Sede.

Bs. As., 22/10/98

Bs. As., 22/10/98

VISTO el Expediente Nº 462-57-000.226/94 del registro de la POLICIA FEDERAL ARGENTINA, con agregados sin acumular Expedientes Nros.
871-57-001.436/94, 871-57-022.867/94 ambos del mismo registro, fotocopia del Legajo Personal 10.109, y 24.450/61 de la CAJA DE RETIROS, JUBILACIONES Y PENSIONES DE LA
POLICIA FEDERAL, y
VISTO lo establecido por el Decreto Ley Nº 16.629
del 17 de diciembre de 1957, ratificado por la Ley Nº 14.467, por el que se creó la ORDEN
DE MAYO, y
CONSIDERANDO:
Que el Subinspector R.O. de la POLICIA FEDERAL ARGENTINA Marco Aurelio RUSSO, solicita se le concedan los beneficios de la Ley Nº 24.294.
Que conforme lo establece la citada ley en sus artículos 1º y 2º, es competencia del PODER
EJECUTIVO NACIONAL en razón de la materia entender en estos actuados, no encontrándose facultado para ello el Jefe de la POLICIA FEDERAL ARGENTINA por no haber delegación de facultades, correspondiendo la revocación de las Resoluciones Policiales del 17 de noviembre de 1994 y del 2 de marzo de 1995, conforme el artículo 17 de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos.

CONSIDERANDO:
Que el Consejo de la Orden ha prestado acuerdo a la propuesta de condecorar a autoridades de la SANTA SEDE, quienes se han hecho acreedores al honor y al reconocimiento de la Nación.
Que toca al PODER EJECUTIVO NACIONAL
dictar la medida aprobatoria complementaria prevista en el artículo 6º del Decreto Ley Nº 16.629 del 17 de diciembre de 1957, ratificado por Ley Nº 14.467.
Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Apruébase el Acta del Consejo de la ORDEN DE MAYO, suscripta el 5 de octubre de
3

Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Apruébase el Acta del Consejo de la ORDEN DEL LIBERTADOR SAN MARTIN, suscripta el 5 de octubre de 1998, mediante la cual se acuerda la condecoración de la ORDEN DEL LIBERTADOR SAN MARTIN, a autoridades de la SANTA SEDE, en el grado de GRAN CRUZ, a Su Excelencia Reverendísima Monseñor James HARVEY, Prefecto de la Casa Pontificia; a Su Excelencia Reverendísima Monseñor Piero MARINI, Maestro de Ceremonias Litúrgicas Pontificias; al Reverendo Monseñor Pedro LOPEZ QUINTANA, Asesor para los Asuntos Generales de la Secretaría de Estado y al Reverendo Monseñor Celestino MIGLIORE, Subsecretario para las Relaciones con los Estados de la Secretaría de Estado.
Art. 2º Extiéndanse los correspondientes diplomas, de acuerdo con lo estipulado por el artículo 13
de la Reglamentación de la ORDEN DEL LIBERTADOR SAN MARTIN aprobada por el Decreto Nº 16.643 del 18 de diciembre de 1957.
Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
MENEM. Guido Di Tella.

Bs. As., 22/10/98
VISTO lo establecido por el Decreto Ley Nº 16.628
del 17 de diciembre de 1957, ratificado por la Ley Nº 14.467, por el que se creó la ORDEN
DEL LIBERTADOR SAN MARTIN, y CONSIDERANDO:
Que el Consejo de la Orden ha prestado acuerdo a la propuesta de condecorar a S.E. el señor Embajador de la REPUBLICA DE VENEZUELA
en la República, D. Ignacio ARCAYA, quien se ha hecho acreedor al honor y al reconocimiento de la Nación.
Que toca al PODER EJECUTIVO NACIONAL
dictar la medida aprobatoria complementaria prevista en el artículo 5º del Decreto Ley Nº 16.628 del 17 de diciembre de 1957, ratificado por Ley Nº 14.467.
Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Apruébase el Acta del Consejo de la ORDEN DEL LIBERTADOR SAN MARTIN, suscripta el 27 de julio de 1998 mediante la cual se acuerda la condecoración de la ORDEN DEL LIBERTADOR SAN MARTIN, en el grado de GRAN CRUZ, a S.E. el señor Embajador de la REPUBLICA DE
VENEZUELA en la República D. Ignacio ARCAYA.
Art. 2º Extiéndanse el correspondiente diploma, de acuerdo con lo estipulado por el artículo 13
de la Reglamentación de la ORDEN DEL LIBERTADOR SAN MARTIN aprobada por el Decreto Nº 16.643 del 18 de diciembre de 1957.
Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
MENEM. Guido Di Tella.

Decreto 1262/98
Promoción.

Lunes 2 de noviembre de 1998

CONDECORACIONES
Decreto 1259/98
Apruébase un Acta mediante la cual se acuerdan condecoraciones a autoridades de la Santa Sede.

CONDECORACIONES
Decreto 1254/98
Apruébase un Acta mediante la cual se acuerda una condecoración a Sus Altezas Reales del Reino de Marruecos.
Bs. As., 22/10/98
VISTO lo establecido por el Decreto Ley Nº 16.629
del 17 de diciembre de 1957, ratificado por la Ley Nº 14.467, por el que se creó la ORDEN
DE MAYO, y CONSIDERANDO:
Que el Consejo de la Orden ha prestado acuerdo a la propuesta de condecorar a Sus Altezas Reales del REINO DE MARRUECOS, Príncipe Heredero SIDI MOHAMMED y Príncipe MOULAY RACHID, quienes se han hecho acreedores al honor y al reconocimiento de la Nación.
Que toca al PODER EJECUTIVO NACIONAL
dictar la medida aprobatoria complementaria prevista en el artículo 6º del Decreto Ley Nº 16.629 del 17 de diciembre de 1957, ratificado por Ley Nº 14.467.
Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Apruébase el Acta del Consejo de la ORDEN DE MAYO, suscripta el 6 de noviembre de 1996, mediante la cual se acuerda la condecoración de la ORDEN DE MAYO AL MERITO, a Sus Altezas Reales del REINO DE MARRUECOS, en el grado de GRAN CRUZ, al Príncipe Heredero SIDI
MOHAMMED y Príncipe MOULAY RACHID.
Art. 2º Extiéndanse los correspondientes diplomas, de acuerdo con lo estipulado por el artículo 19
de la Reglamentación de la ORDEN DE MAYO aprobada por el Decreto Nº 16.644 del 18 de diciembre de 1957.
Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
MENEM. Guido Di Tella.

Bs. As., 22/10/98
VISTO lo establecido por el Decreto Ley Nº 16.628
del 17 de diciembre de 1957, ratificado por la Ley Nº 14.467, por el que se creó la ORDEN
DEL LIBERTADOR SAN MARTIN, y CONSIDERANDO:
Que el Consejo de la Orden ha prestado acuerdo a la propuesta de condecorar a autoridades de la SANTA SEDE, quienes se han hecho acreedores al honor y al reconocimiento de la Nación.
Que toca al PODER EJECUTIVO NACIONAL
dictar la medida aprobatoria complementaria prevista en el artículo 5º del Decreto Ley Nº 16.628 del 17 de diciembre de 1957, ratificado por Ley Nº 14.467.

ADHESIONES OFICIALES
Decreto 1251/98
Declárase de interés nacional la participación de la comunidad aborigen Toba de la Provincia de Formosa en la Feria Internacional de Ikebukuro.
Bs. As., 22/10/98
VISTO el expediente Nº 4518/98 del registro de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, y CONSIDERANDO:
Que mediante el citado expediente se solicita la declaración de interés nacional para la partici-

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 02/11/1998 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data02/11/1998

Conteggio pagine32

Numero di edizioni9388

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione06/07/2024

Scarica questa edizione

Altre edizioni

<<<Noviembre 1998>>>
DLMMJVS
1234567
891011121314
15161718192021
22232425262728
2930