Boletín Oficial de la República Argentina del 04/06/1998 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN OFICIAL Nº 28.911 1 Sección
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Jueves 4 de junio de 1998

pautas generales, mecanismos y plazos de presentación, evaluación y aprobación de proyectos, criterios de selección de beneficiarios, así como todo otro aspecto que haga al mejor funcionamiento del Programa.

Art. 11. Es obligación de los Organismos Responsables realizar el proyecto en los términos en que fue aprobado, caso contrario serán sancionados conforme lo establezca la reglamentación del Programa.

TRAMITE

Art. 9º La SECRETARIA DE EMPLEO Y
CAPACITACION LABORAL será la responsable de la instrumentación, seguimiento, fiscalización y evaluación del Programa en todo el país. A tal fin podrá contratar a entidades públicas o privadas, para realizar las tareas que considere necesarias.

Art. 12. El Programa prevé la contratación, a través del MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL, de un seguro para cubrir los riesgos de siniestros que pudieran acaecer a los beneficiarios durante el desarrollo de las tareas previstas en el proyecto, el cual será sufragado con recursos provenientes del FONDO NACIONAL DE EMPLEO.

Regularización 1

Art. 10. Se les solicitará a los GOBIERNOS
PROVINCIALES y a la CONFEDERACION GENERAL DEL TRABAJO que establezcan prioridades para calificar los proyectos en función de los objetivos sociales y emergencia laboral en cada jurisdicción, conforme lo establezca la reglamentación del Programa.

Art. 13. Regístrese, comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, para su publicación, remítase copia autenticada al Departamento Biblioteca y archívese. Antonio E. González.

FORMULARIO Nº
Reconducción 1
Artículo 60, Ley 19.550 9

Solicitud concurrencia de inspector a asamblea 9
Reformas de estatuto

1

SOCIEDADES NO ACCIONARIAS:
Idéntico tratamiento respecto de constituciones, inscripciones registrales, previsto en sociedades accionarias.
Cesión de cuotas sociales

1

Renuncia y nombramiento de gerentes

9

Disolución sociedad conyugal

9

TRAMITES DE ENTIDADES DE BIEN PUBLICO:

INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA
Personería jurídica Asociaciones civiles, federaciones, confederaciones, fundaciones

Resolución General 6/98
Modificación de la Resolución G Nº 3/87, por la que se reglamentó el uso de los formularios a presentar para cada uno de los distintos trámites a realizar ante el citado Organismo.

1

Reformas 1
Aprobación de reglamentos internos

1

Autorización asamblea fuera jurisdicción

9

Solicitud concurrencia de inspector a asamblea

9

Bs. As., 26/5/98
VISTO la Resolución I.G.J. G 3/87, por la que se reglamentó el uso de los formularios a presentar para cada uno de los distintos trámites a realizar ante este Organismo conforme el Convenio de Asistencia Técnica para la Inspección General de Justicia celebrado entre la entonces Secretaría de Justicia de la Nación y el Colegio de Escribanos de la Capital Federal, el Colegio Público de Abogados de la Capital Federal y el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Capital Federal, y
Denuncias 9
Cambio de sede

9

CONSIDERANDO:

Cambio de jurisdicción

1

Que hasta el presente han transcurrido más de diez años desde la puesta en vigencia del citado Convenio.

Consultas de entidades formuladas por escrito 9

Que en el transcurso de dicho lapso se han operado modificaciones de orden práctico, en los distintos trámites previstos en la Resolución I.G.J. G 3/87, cayendo algunos en desuso y apareciendo en su lugar, según las necesidades tanto de los administrados como del Organismo, nuevas formas de petición o variaciones sustanciales del grado de complejidad del servicio prestado.

SOCIEDADES EXTRANJERAS:

Que siendo así, se aprecia adecuado proceder al reordenamiento de trámites y del uso de formularios a presentarse en cada uno de ellos y a tal fin resulta necesario modificar el ANEXO al que remite el Artículo 3º de la Resolución referida.
Que de acuerdo a lo previsto en el Artículo 20 del Convenio de Cooperación Técnica citado, han sido consultados los Entes Cooperadores respecto del dictado de la presente.
Por ello, en ejercicio de las facultades que acuerdan la Ley 22.315 y su Decreto Reglamentario 1493/82.
EL INSPECTOR
GENERAL DE JUSTICIA DE LA NACION
RESUELVE:

Inscripción de sucursales o representaciones de sociedades extranjeras Art. 118 Ley 19.550

1

Inscripción para participar en sociedad local art. 123
Ley 19.550

1

CONTRATOS DE COLABORACION EMPRESARIA:
Inscripción contratos unión transitoria de empresas

1

Inscripción contratos agrupación de colaboración

1

Modificaciones de contratos de colaboración empresaria 1
TRANSFERENCIAS DE FONDOS DE COMERCIO:
Inscripción registral

Artículo 1º Sustitúyese el Anexo de la Resolución I.G.J. G Nº 3/87 Anexo referido en el Artículo 3º de dicha norma, por el Anexo que por la presente se aprueba.
Art. 2º Esta Resolución comenzará a regir a partir del día siguiente al de su publicación.
Art. 3º Regístrese como Resolución General. Publíquese. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, comuníquese a las Autoridades del Ministerio de Justicia de la Nación y a los Entes Cooperadores. Pase a esos efectos al Departamento de Coordinación Administrativa. Oportunamente archívese. Mariano A. Posse.

9

ENTIDADES CONTROLADAS POR EL DEPARTAMENTO DE AHORRO:
Constitución de sociedades anónimas

1

Reforma de estatutos

1

Solicitud aprobación de bases técnicas

4

Solicitud de reforma de bases técnicas

4

Solicitud aprobación convenio de provisión ampliación

9

Consultas por escrito

9

Publicidad: Control

9

ANEXO
Formularios correspondientes a cada trámite TRAMITE

FORMULARIO Nº MATRICULAS:

SOCIEDADES ACCIONARIAS:
Constitución de sociedades 1

Solicitudes de matrículas de comerciantes, despachantes de aduana, agentes de bolsa y demás agentes auxiliares de comercio 9

Constitución de Sociedades con aportes no dinerarios

1

Inscripción de autorizaciones para ejercer el comercio

Participaciones en otras sociedades art. 31 Ley 19.550

1

RUBRICA DE LIBROS COMERCIALES:

Reorganizaciones Transformación, fusión, escisión

1

Disoluciones. Nombramientos de Liquidadores

1

Por Foja de Individualización y Rúbrica de Libros Decreto 754/95, Resolución G I.G.J.
7/95.

9

TRAMITES ADMINISTRATIVOS:

Inscripciones que no impliquen reforma estatutaria.
Cambio sede social, aumento capital por art. 188
Ley 19.550, cambio de fecha de cierre de los ejercicios económicos

9

Reservas de nombres 3

Cancelación de inscripción registral Art. 112 Ley 19.550

1

Solicitud de fotocopia de protocolo

9

Inscripción de declaratorias de herederos, participaciones y adjudicaciones de partes sociales por disolución de sociedades conyugales en las sociedades en comandita por acciones 9

Exhibición de balances y expedientes y solicitud de desarchivos

8

Expedición testimonios de actos inscriptos

9

Denuncias

9

Expedición de certificados y testimonios

9

Cambio de Jurisdicción

1

Revalúos Técnicos

9

Oficios Judiciales. suscriptos por letrados patrocinantes o Secretarios o Magistrados, salvo en juicio en que el impulso procesal esté a cargo del Juez 8

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 04/06/1998 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data04/06/1998

Conteggio pagine28

Numero di edizioni9385

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione03/07/2024

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