Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 28/4/2015

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ
Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación
BOLETIN
Correo Argentino RIO
GALLEGOS

FRANQUEO A PAGAR

OFICIAL
DIRECCION GENERAL BOLETIN OFICIAL E IMPRENTA
AUGUSTO RENE CARCAMO
Director General
CUENTA Nº 07-0034

AÑO LX Nº 4927

PUBLICACION BISEMANAL Martes y Jueves
Río Gallegos, 28 de Abril de 2015.-

Sr. DANIEL ROMAN PERALTA
Gobernador Ing. GUSTAVO ERNESTO MARTINEZ
Ministro de Gobierno a/c Jefatura de Gabinete de Ministros C.P.N. EDGARDO RAUL VALFRE
Ministro de Economía y Obras Públicas Sr. MAURO ALEJANDRO CASARINI
Ministro de la Secretaría General de la Gobernación Sr. HAROLD JOHN BARK
Ministro de la Producción Prof. GABRIELA ALEJANDRA PERALTA
Ministro de Desarrollo Social Dr. ROBERTO ALEJANDRO ORTIZ
Ministro de Salud Prof. SILVIA ALEJANDRA SANCHEZ
Presidente Consejo Provincial de Educación Dr. IVAN FERNANDO SALDIVIA
Fiscal de Estado
CIÓN DEL PRECIO DEL SERVICIO Nº 05, suscripta con fecha 15 del mes de agosto de 2014, entre la Contadora Mayor de la Contaduría General de la Provincia a/c de la Secretaría de Estado de Hacienda, C.P.N. Gabriela S. SMART
y en representación de la Empresa LAMCEF
S.A., el Contador Alfredo Alberto RICIGLIANO
y la C.P. Belkis DAVICINO, ambos en carácter de Apoderado de la firma, acordando en dicha Acta la Readecuación del Precio del Servicio desde el mes de enero a diciembre de 2013, la cual forma parte integrante del presente.Artículo 2º.- ESTABLÉZCASE el costo mensual del servicio a partir del 1º de enero de 2014 en la suma indicada en la Cláusula Séptima del Acta ratificada en el Artículo 1º del presente.Artículo 3º.- RECONÓCESE y APRÓPIESE
al presente Ejercicio Financiero, la suma de PESOS
UN MILLÓN NOVECIENTOS TREINTA Y
UN MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO
CON DIECISEIS CENTAVOS $ 1.931.285,16, de acuerdo a lo establecido en los considerandos del presente.Artículo 4º.- DÉJESE ESTABLECIDO que el importe mencionado en el Artículo anterior se abonará conforme al esquema que se consensúe entre el Ministerio de Economía y Obras Públicas y la Empresa LAMCEF S.A.Artículo 5º.- ESTABLÉZCASE el valor del Canon Adicional por caja excedente, en la suma de PESOS
CIENTO SIETE CON OCHENTA Y CINCO
CENTAVOS $ 107,85, para el período de enero a marzo de 2013, en PESOS CIENTO DOCE CON
VEINTISEIS CENTAVOS $ 112,26, para el trimestre de abril a junio de 2013, en PESOS CIENTO VEINTITRES CON SESENTAY DOS CENTAVOS $ 123,62, para el trimestre de julio a septiembre de 2013, en PESOS CIENTO VEINTIOCHO CON VEINTIDOS CENTAVOS $ 128,22 para el trimestre de octubre a diciembre de 2013. El costo de la misma a partir del 1º de enero de 2014 será de PESOS CIENTO
VEINTIOCHO CON VEINTIDOS CENTAVOS
$ 128,22.Artículo 6º.- DISPÓNGASE que la afectación del gasto que demande el cumplimiento del presente será realizado por la Jefatura de Gabinete de Ministros en el Ítem pertinente, conforme lo establecidos en los considerandos de la presente.Artículo 7º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Economía y Obras Públicas.Artículo 8º.- PASE al Ministerio de Economía y Obras Públicas a sus efectos, tomen conocimiento Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.

decretoS DEL
PODER EJECUTIVO
DECRETO Nº 1712
RIO GALLEGOS, 26 de Septiembre de 2014.VISTO:
El Expediente MEOP-Nº 415.522/11, elevado por el Ministerio de Economía y Obras Públicas; y CONSIDERANDO:
Que mediante la Licitación Pública Nº 02/05, se contrató la Instalación de una Planta de Tratamiento de Residuos Biopatogénicos para el servicio de Recolección, Transporte, Tratamiento y Disposición final de dichos Residuos en todo el ámbito de la Provincia de Santa Cruz suscribiendo el pertinente contrato con la firma LAMCEF S.A., adjudicataria de la mencionada Licitación, con fecha 27 del mes de febrero de 2006, ratificado por Decreto Nº 3114/07;
Que la empresa atento a lo establecido en el antedicho contrato solicitó la readecuación de la tarifa por el servicio prestado, para lo cual se conviene aplicar la metodología prevista en la cláusula Novena del Contrato, cláusula que fuera modificada por Addenda a dicho contrato de fecha 2 de julio de 2009, y ratificada por Decreto 1980/09, requiriendo LA PROVINCIA a LA EMPRESA la presentación de toda documentación respaldatoria que permita establecer la estructura real de los distintos componentes de costos del servicio prestado;
Que se han efectuado a la fecha tres readecuaciones de precios, firmando la pertinente Acta entre las partes, la que fuera ratificada por los Decretos Nros. 1980/09, 1288/11, 842/13 y 304/14;
Que desde la puesta en vigencia de la tercera readecuación de precios, al cuarto trimestre de 2012, han existido importantes variaciones en términos económicos de los distintos componentes del costo del servicio, que han tornado su prestación excesivamente onerosa;
Que a los efectos de analizar la solicitud efectuada por la empresa se procedió a realizar un análisis exhaustivo de la estructura de costo, discriminada por trimestre;
Que se tramita la ratificación del ACTA ACUERDO DE READECUACIÓN DEL PRECIO DEL
SERVICIO Nº 05 suscripta con fecha 15 del mes de agosto de 2014, entre la Contadora Mayor de la Contaduría General de la Provincia a/c de la Secretaría de Estado de Hacienda. C.P.N. Gabriela S. SMART
y en representación de la Empresa LAMCEF SA, el Contador Alfredo Alberto RICIGLIANO y la C.P.
Belkis DAVICINO, ambos en carácter de Apoderado de la firma, acordando en dicha Acta la Readecuación del Precio del Servicio desde el mes de enero a diciembre de 2013;
Que la empresa había facturado por los servicios prestados desde el mes de enero hasta el mes de diciembre de 2013, ambos inclusive la suma de PESOS UN MILLÓN SESENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS
OCHENTA Y DOS CON OCHENTA Y CUATRO
CENTAVOS $ 1.065.982,84 mensuales, ascendiendo a la suma total por los doce 12 meses a PESOS DOCE
MILLONES SETECIENTOS NOVENTA Y UN
MIL SETECIENTOS NOVENTA Y CUATRO CON
OCHO CENTAVOS $ 12.791.794,08;

ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
b.o. nº 4927 DE 14 PAGINAS

Que en virtud de los valores establecidos en las cláusulas, primera a la octava del ACTA
ACUERDO DE READECUACIÓN DE PRECIOS
DEL SERVICIO Nº 05, cuyo monto total asciende a la suma de PESOS CATORCE MILLONES
SETECIENTOS VEINTITRES MIL SETENTA
Y NUEVE CON VEINTICUATRO CENTAVOS
$ 14.723.079,24, surge una diferencia a favor de LA EMPRESA como consecuencia de la readecuación de precios efectuada y conforme a los nuevos valores establecidos, por la suma de PESOS
UN MILLÓN NOVECIENTOS TREINTA Y
UN MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO
CON DIECISEIS CENTAVOS $ 1.931.285,16;
Que así mismo se fijó el valor del servicio a partir del mes de enero de 2014 y se dejó establecido a partir de dicho mes, el ajuste para la tarifa de los generadores privados, que se realizará en la misma proporción en que se ha convenido ajustar el costo mensual del servicio;
Que por tratarse de compromisos originados en ejercicios vencidos se deberá reconocer y apropiar al ejercicio en vigencia y proceder a abonar conforme al esquema que se consensúe entre el Ministerio de Economía y Obras Públicas y la firma en cuestión;
Que atento a lo determinado en el Artículo 8º inciso e de la Ley de Contabilidad Nº 760 y sus modificatorias nada obsta para el dictado del presente Instrumento Legal;
Que de acuerdo a lo informado por la Contaduría General de la Provincia la imputación deberá efectuarse por la Jefatura de Gabinete en el Ítem de la Subsecretaría de Medio Ambiente, una vez sancionado el presente, en atención de realizarlo en los presentes actuados implica realizar el compromiso y luego el ordenado de la erogación y posteriormente el pago, generando dificultades al momento de la rendición del cargo;
Por ello y atento al Dictamen CAJ-Nº 578/14, emitido por la Coordinación de Asuntos Jurídicos, obrante a fojas 240 y vta. y a Nota SLyT-GOB-Nº 951/14, emitida por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 251;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1º.- RATIFÍCASE en todos los términos el ACTA ACUERDO DE READECUA-

Sr. PERALTA - C.P.N. Edgardo Raúl Valfré _______
DECRETO Nº 1713
RIO GALLEGOS, 26 de Septiembre de 2014.VISTO:
El Expediente GOB-Nº 113.349/14; y CONSIDERANDO:
Que por el actuado de referencia se propicia ratificar en todas sus partes el Convenio suscripto con fecha 31 de julio del año 2014, entre el Gobierno

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 28/4/2015

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

PaeseArgentina

Data28/04/2015

Conteggio pagine14

Numero di edizioni1765

Prima edizione19/02/2002

Ultima edizione02/07/2024

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