Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 7/4/2011

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

DISPOSICION
S.P. y A.P.

DISPOSICION Nº 122
RIO GALLEGOS, 06 de Abril de 2011.VISTO:
El Expediente Nº 426.565/M.P./2011, la Ley Provincial de Pesca Nº 1464, Decretos Nros 1875/90 y 300/05, Decreto Nº 699/06; y CONSIDERANDO:
Que durante el período comprendido entre las fechas 30 de marzo al 08 de abril del corriente año, se operó con esfuerzo restringido en Jurisdicción Provincial, tendiente a evaluar el recurso langostino Pleoticus Muelleri, en el marco de la Disposición Nº 108-SPyAP-2011;
Que de los informes provenientes de los observadores a bordo de los buques participantes de la misma, arroja resultados positivos en cuanto al estado estructural del recurso y el rendimiento de la pesquería del langostino;
Que a los efectos enunciados en el párrafo precedente y de acuerdo a las capturas reflejadas por los buques que se encuentran operando en jurisdicción provincial, se observan rendimientos acorde para el inicio de la actividad de la flota tangonera;
Que en el marco de la cláusula séptima del Convenio Marco del Golfo San Jorge suscripto entre las provincia de Santa Cruz y del Chubut, se autoriza al ingreso de las embarcaciones de ambas jurisdicciones para realizar tareas de pesca;
Que sin perjuicio de lo señalado conforme la cláusula 5ta. del Convenio Marco del Golfo San Jorge, cada jurisdicción se encuentra facultada para que, a los fines de la protección del recurso en su jurisdicción pueda disponer medidas de veda que juzgue conveniente según su propia legislación;
Que conforme a los artículos 6 y 13 del Decreto Nº 1875/90 la Autoridad de Aplicación se encuentra facultada para el dictado de medidas de restricción con fundamentos en la conservación de los recursos pesqueros;
Que obra dictamen de Asesoría Letrada;
Que se hace necesario proceder al dictado del instrumento legal correspondiente;
POR ELLO:

Página 3

RIO GALLEGOS, 07 de Abril de 2011.-

BOLETIN OFICIAL

costa Latitud 46 00,00 S Longitud 66 10,00 W
Latitud 46 00,00 S Longitud 65 24,05 W límite con la jurisdicción nacional Latitud 47 30,00 S límite con la jurisdicción nacional Latitud 47 30,00 S Longitud 65 44,19 W costa ZONA D: ZONA DE VEDA GENERAL: para todo tipo de buque pesquero, cualquiera sea la categoría del permiso:
Latitud 46º 49,50 S Longitud 67º 00,00 W costa Latitud 46º 25,00 S Longitud 67º 00,00 W
Latitud 46º 25,00 S Longitud 66º 10,00 W
Latitud 47º 05,15 S Longitud 66º 10,00 W costa 2º.-TOMEN CONOCIMIENTO: Dirección Provincial de Intereses Marítimos y Portuarios, Dirección de Control de Actividades Pesqueras, Secretaría de Pesca de la provincia del Chubut, Empresas Pesqueras, Delegaciones de Pesca dependientes de la Subsecretaría, Prefectura de Zona Mar Argentino Sur; dése al Boletín Oficial y cumplido ARCHIVESE.
Lic. JUAN CARLOS BRACCALENTI
Subsecretario de Pesca y Actividades Portuarias Ministerio de la Producción SANTI GERARDO NAVARRO
Director Gral. de Gestión Técnica Administrativa Subsecretaria de Pesca y Actividades Portuarias.


DISPOSICION
D.P.R.H.
DISPOSICION Nº 03
RIO GALLEGOS, 14 de Marzo de 2011.-

VISTO:
El Expediente Nº 485.913/08 1º y 2º cuerpo, iniciado por la Dirección Provincial de Recursos Hídricos; y CONSIDERANDO:
Que mediante nota obrante a fojas Nº 318-319, del expediente de referencia, la empresa Estelar Resources LTD., solicita permiso para la captación de agua pública, de un pozo denominado MRC
190, ubicado en la estancia Cerro Moro;
Que la empresa solicita dicha extracción, para ser utilizada en las perforaciones con carácter exploratorio minero, para lubricación de la herramienta durante la perforación y para la estabilización de las paredes del pozo;
EL SUBSECRETARIO DE PESCA Y
Que la dotación solicitada se ha fijado en un máxiACTIVIDADES PORTUARIAS
mo de cuarenta metros cúbicos por día 40 m3/día,
durante un período de seis 6 meses;
Que el uso que se dará al agua extraída será D I S P O N E:
catalogado como uso especial, por lo que deberá cumplimentar con la Disposición Nº 22/09, de la 1º.- ESTABLECER a partir de las 00:00 hs. del Ley 1451;
día 9 de abril de 2011, la apertura de la Jurisdicción Que los metros cúbicos solicitados serán rade Santa Cruz, para realizar tareas de pesca, según se tificados mediante la lectura del caudalímetro detalla a continuación:
instalado;
ZONA A: ZONA DE VEDA: para buques conQue obra en expediente a fojas Nº 262 317, geladores de todo tipo y buques fresqueros de altura:
Informe Hidráulico del pozo mencionado;
Latitud 46º 00,00 S Longitud 67º 37,00 Wcosta Que obra Informe Técnico a fojas Nº 320, en Latitud 46º 00,00 S Longitud 67º 13,00 W
expediente de referencia;
Latitud 46º 25,00 S Longitud 67º 13,00 W
Que mediante Ley Nº 2625 promulgada por Latitud 46º 25,00 S Longitud 67º 00,00 W
Decreto Nº 1949, de fecha 2 de Agosto de 2002 se Latitud 46º 49,50 S Longitud 67º 00,00 W costa designa al Consejo Agrario Provincial, Autoridad ZONA B: ZONA DE VEDA: para buques congelade Aplicación de la Ley Nº 1451, el que mediante dores que utilicen red de arrastre clásico, convencional, Resolución Nº 998 delega dicha función a la Directangonero, así como palangreros y poteros. Veda para ción Provincial de Recursos Hídricos dependiente buques fresqueros con especie objetivo langostino o de ese Organismo;
que utilicen tangones o redes con mallas inferiores a Que para ello se hace necesario dictar el instru120 mm. de lumen en su copo o bolsa:
mento legal correspondiente;
Latitud 46º 00,00 S Longitud 67º 13,00 W
POR ELLO:
Latitud 46º 00,00 S Longitud 66º 10,00 W
Latitud 46º 25,00 S Longitud 66º 10,00 W
LA DIRECTORA PROVINCIAL DE
Latitud 46º 25,00 S Longitud 67º 13,00 W
RECURSOS HÍDRICOS
Latitud 46º 00,00 S Longitud 67º 13,00 W
DISPONE:
ZONA C: ZONA DE VEDA: para buques congeladores con red de arrastre clásico, convencional, para 1º Otorgar permiso a favor de la Empresa Estebuques fresqueros con especie objetivo merluza o con lar Resources LTD., con domicilio legal en Pasaje red de arrastre por popa clásico, convencional y para E. Feruglio 157, de la Ciudad de Río Gallegos, buques palangreros o poteros:
Provincia de Santa Cruz, para realizar la captación Latitud 47 05,15 S
Longitud 66 10,00 W

ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
B.O. Nº 4480 DE 8 PAGINAS

de agua del pozo denominado MRC 190, ubicado en las coordenadas X: 2676712,5 Y: 4668313,5 en la Estancia Cerro Moro, de acuerdo a lo presentado y a la Normativa Vigente.
2º Que la dotación que se autoriza es hasta un máximo de 40 m3/día, por un período de seis 6
meses, a partir de recepcionada la presente.
3º Que el objeto de la dotación será destinada a las explotaciones con carácter de minero, en el Proyecto Cerro Moro.
4º Establecer que el agua utilizada tendrá carácter de uso industrial, por lo que la empresa deberá dar cumplimiento al pago del canon correspondiente, el que se encuentra estipulado en la Disposición Nº 22/09 Sistema Tarifario por uso especial de agua de la Ley 1451.
5º Que la empresa deberá presentar ante las oficinas de esta Dirección Provincial de Recursos Hídricos, la lectura del caudalímetro instalado, en forma mensual, en carácter de Declaración Jurada.
6º Que el pago del canon deberá hacerse efectivo mediante depósito en el Banco Santa Cruz, a la cuenta CAP-Fondos de Terceros, Suc. Río Gallegos, previa conformidad de esa Autoridad de Aplicación y de acuerdo al valor establecido.
7º Dar cumplimiento a lo establecido en la Disposición Nº 03/03 de la Ley 1451 Preservación de los Recursos Hídricos en la explotación con destino industrial.
8º Facultar a los técnicos, designados a tales efectos, de la Dirección Provincial de Recursos Hídricos, a efectuar inspecciones sin necesidad de previo aviso y cuando así lo considere conveniente.
9º Que esta Dirección Provincial podrá revocar el permiso otorgado en los casos que crea conveniente, ante la detección de anomalías que pudieran afectar negativamente al recurso o ante el incumplimiento de la Normativa Vigente.
10º Que tal lo establece el Artículo Nº 40, de la Ley Provincial de Agua 1451, el solicitante deberá publicar, a su cargo, por tres días en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz, su presentación con la respectiva Disposición emanada de esta Dirección Provincial.
11º REGISTRESE. Tomen conocimiento:
Presidencia, Dirección General de Gestión Técnica y Administrativa, Dirección de Administración.
Notifíquese a Estelar Resources LTD. Dése al Boletín Oficial y cumplido. ARCHIVESE.MARTA MAYORGA
Directora Provincial de Recursos Hídricos Consejo Agrario Provincial P-1


EDICTOS
EDICTO DE SUBASTA
JUZGADO PROVINCIAL DE PRIMERA
INSTANCIA Nº 1, en lo CIVIL, COMERCIAL, LABORAL y de MINERIA, a/c. del Dr. CARLOS
ENRIQUE ARENILLAS SECRETARIA DE
REGISTRO PUBLICO DE COMERCIO, CONCURSO Y QUIEBRA, a mi cargo, con sede Marcelino Álvarez Nº 113 de R. Gallegos. Hace saber por el término de cinco 5 días en autos: LAFUENTE, SANDRA GABRIELA S/ QUIEBRA INDIRECTA, Expte: L 5709/04, que el martillero público CARLOS VIVAR, rematará el día 11 de Abril de 2011, a las 11,00 Hs., en el salón de la calle Gral.
Enrique MOSCONI Nº 290 Bº Gdor. T. Fernández CODEPRO I R. Gallegos El 33,33% indiviso del Inmueble sito en calle Av. San Martín 464/470
Río Gallegos, individualizado como: Sección: A;
Cir.: II; Frac.: II; Mza.: 167; Solar: a; Parcela: 14;
Depart. I Ger Aike; Matrícula Nº 703 de la Ciudad de Río Gallegos. Se trata de un inmueble compuesto por: a Vivienda familiar con ingreso por calle San Martín 464 y posee las siguientes comodidades: Sala estar.- Cocina.- Lavadero.- Baño principal.- Tres

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 7/4/2011

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

PaeseArgentina

Data07/04/2011

Conteggio pagine8

Numero di edizioni1767

Prima edizione19/02/2002

Ultima edizione11/07/2024

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