Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 6/1/2017

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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bito del Centro de Salud La Constitución de Concordia, de conformidad a lo expresado en los considerandos precedentes.
Art. 2º Dispónese la instrucción de un sumario administrativo al agente Carlos José Ramón Argumedo, Doc. Nº 16.360.247, quien revista en un cargo de categoría 19, Tramo A, Carrera Enfermería, Escalafón Sanidad con funciones en el Centro de Salud La Constitución de Concordia, por encontrarse su conducta presuntamente incursa en la causal de cesantía prevista en el artículo 71º, inciso e de la Ley 9.755 Marco de Regulación del Empleo Público en la Provincia, por el incumplimiento de los deberes determinados en el artículo 61º, inciso a, b, c, d y e de ésta ley o quebrantamiento de las prohibiciones establecidas en el artículo 62º del presente régimen, cuando por la magnitud y gravedad de la falta así correspondiera, por remisión del artículo 43º de la Ley 9.564 Carrera Provincial de Enfermería, atento a lo expuesto en el presente decreto.
Art. 3º Dispónese la instrucción de un sumario administrativo a la agente Graciela Isabel Gómez, Doc. Nº 16.534.521, quien revista como Personal Suplente en el Hospital Delicia C. Masvernat de Concordia, al haber quedado su conducta presuntamente incursas en la causal de Cesantía prevista en el artículo 71º, inciso el de la Ley 9.755 Marco de Regulación del Empleo Público en la Provincia, por el incumplimiento de los deberes determinados en el artículo 61º Inciso a, b, c, d y e de ésta ley o quebrantamiento de las prohibiciones establecidas en el artículo 62º del presente régimen, cuando por la magnitud y gravedad de la falta así correspondiera, por remisión del artículo 43º de la Ley 9.564 Carrera Provincial de Enfermería, atento a lo expuesto en el presente decreto.
Art. 4º Dispónese la instrucción de un sumario administrativo a la agente María Adelina Quiroz, Doc. Nº 20.974.585, quien revista en un cargo de categoría 12, Carrera Enfermería, Escalafón Sanidad del Centro de Salud La Constitución de Concordia, por encontrarse su conducta presuntamente incursa en la causal de cesantía prevista en el artículo 71º, inciso e de la Ley 9.755 Marco de Regulación del Empleo Público en la Provincia, por el incumplimiento de los deberes determinados en el artículo 61º Incisos a, b, c, d, e y m de ésta ley o quebrantamiento de las prohibiciones establecidas en el artículo 62º del presente régimen, cuando por la magnitud y gravedad de la falta así correspondiera, por remisión del artículo 43º de la Ley 9.564 Carrera Provincial de Enfermería, atento a lo expuesto en el presente decreto.
Art. 5º Dispónese la instrucción de un sumario administrativo a la doctora Gisela Friesen, Doc. Nº 20.670.957, quien cumple funciones como Directora del Centro de Salud La Constitución de Concordia, por estar su conducta presuntamente incursa en la causal de negligencia manifiesta y faltas graves en el desempeño de sus funciones, al no haber realizado la denuncia policial y/o penal obligación de todo funcionario o agente público en el ejercicio de sus funciones, realizar la denuncia ante la eventual comisión de un posible delito penal que llegare a su conocimiento artículo 235 CPPER, que como máxima autoridad de la institución quien tomó conocimiento del hecho un día después de sucedido el mismo, por lo que debería haber realizado la correspondiente denuncia, teniendo en consideración la gravedad de los mismos, entendiéndose que
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se podría haberse configurado el tipo penal de abandono de persona y/o denegación de auxilio u omisión de socorro, tipificado en el Código Penal, pasible de la sanción disciplinaria de cesantía, conforme lo prescripto por el artículo 46º, inciso d de la Ley 9.892, Carrera Profesional Asistencial-Sanitaria, atento a lo manifestado en el presente decreto.
Art. 6º Remítase por intermedio de la Dirección General de Despacho del Ministerio de Salud, copia certificada del Dictamen Nº 21/15
DSFE, obrante de fojas 257 a 264 de autos, como asimismo del presente decreto, al Juzgado Civil y Comercial Nº 4 de Concordia, para toma de razón de lo actuado por la Administración, atento a que se encuentra tramitándose los autos caratulados Gastardello, Horacio s/Diligencias preliminares, Expediente Nº 8.722, de conformidad a lo expresado en los considerandos precedentes.
Art. 7º Manténgase plenamente en vigencia y en todos sus términos el Reglamento de Sumarios Administrativos establecido por el artículo 20º y concordantes Resolución Nº 555/71 y Decreto Nº 2/70 SGG, conforme lo dispuesto por el artículo 1º del Decreto Nº 2.840/07 GOB.
Art. 8º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Salud.
Art. 9º Comuníquese, pásense las presentes actuaciones a la Dirección de Sumarios dependiente de Fiscalía de Estado, a sus efectos, archívese.
GUSTAVO E. BORDET
Ariel L. de la Rosa
DECRETO Nº 576 M.S.
AUTORIZACION
Paraná, 1 de abril de 2016
VISTO:
Las presentes actuaciones por las cuales la Dirección Materno Infanto Juvenil del Ministerio de Salud, tramita la adquisición de 60.000
Kg. sesenta mil kilogramos de leche entera fortificada con Hierro, Zinc y Vitamina C; y CONSIDERANDO:
Que lo peticionado es para cubrir el stock del Programa Apoyo Alimentario como evidente complemento en la atención y seguimiento de niños/as embarazos y madres que lactan asistidas desde el programa de Crecimiento y Desarrollo, Control y Seguimiento de Embarazo y Seguimiento de la Lactancia Materna en nodriza;
Que la presente compra se deberá realizar mediante el sistema de licitación pública por intermedio de la Unidad Central de Contrataciones, cuyo monto estimado a invertir asciende a la suma de pesos tres millones seiscientos mil $ 3.600.000,00;
Que en autos obran agregados los pliegos de condiciones particulares de fojas 84 a fojas 88
y vta., especificaciones técnicas de fojas 89 a fojas 92 y vta, y de condiciones generales de fojas 93 a fojas 96 y vta. de autos, los que agregados forman parte integrante del presente texto normativo, y los cuales regirán el acto licitatorio que se tramita en las presentes;
Que la Dirección General de Administración del Ministerio de Salud ha realizado la reserva de fondos y la imputación correspondiente como asimismo el informe técnico pertinente;
Que obra a fojas 63 autos intervención del ICAB, dando conformidad a los pliegos de especificaciones técnicas;
Que ha dictaminado en las presentes la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Salud;

Paraná, viernes 6 de enero de 2017
Que la Delegación Contable de la Contaduría General de la Provincia en el citado Ministerio ha tomado la intervención que le compete;
Que la presente gestión se encuadra en la Ley 5.140 - texto único y ordenado Decreto Nº 404/95 MEOSP, artículo 26º, inciso A, Título III, concordante con el Decreto Reglamentario Nº 795/96 MEOSP, Título I, artículo 6º, punto 1 º y T í t u lo I I y D ecret o m odif icat orio N º 3.368/15 MEHyF;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Autorízase a la Unidad Central de Contrataciones a efectuar un llamado a licitación pública para la adquisición de 60.000 Kg.
sesenta mil kilogramos de leche entera fortificada con Hierro, Zinc y Vitamina C, con destino a la Dirección Materno Infanto Juvenil del Ministerio de Salud, por la suma aproximada de pesos tres millones seiscientos mil $
3.600.000,00, en mérito de lo expresado en los considerandos precedentes.
Art. 2º Encuádrese la presente gestión en la Ley 5.140 - texto único y ordenado Decreto Nº 404/95 MEOSP, artículo 26º, inciso A, Título 3º, concordante con el Decreto Reglamentario Nº 795/96 MEOSP, Título I, artículo 6º, punto 1 º y T í t u lo I I y D ecret o m odif icat orio N º 3.368/15 MEHyF.
Art. 3º Apruébense pliegos de condiciones particulares obrantes de 84 a fojas 88 y vta., especificaciones técnicas de fojas 89 a fojas 92 y vta, y de condiciones generales de fojas 93 a fojas 96 y vta. de autos, los que agregados forman parte integrante del presente texto normativo y los cuales regirán el acto licitatorio cuyo llamado se autoriza en el artículo 1º del presente decreto.
Art. 4º Imputar el gasto a la siguiente cuenta del presupuesto vigente: DA 960 - C 1
- J 45 - SJ 00 - ENT 0000 - PG 25 - SP 00 - PY
00 - AC 01 - OB 00 - FI 3 - FU 11 - FF 11 - SF
0001 - I 2 - PP 1 - PP 1 - SP 0000 - DP 84 - UG
07.
Art. 5º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Salud.
Art. 6º Comuníquese, publíquese y archívese.
GUSTAVO E. BORDET
Ariel L. de la Rosa
DECRETO Nº 583 M.S.
RECTIFICANDO PARCIALMENTE
ARTÍCULO
Paraná, 4 de abril de 2016
VISTO:
El Decreto Nº 4615 M.S., del 9 de diciembre de 2015; y CONSIDERANDO:
Que por un error involuntario, mediante el artículo 1º de dicho texto legal, se reconocen a favor de la agente Laura Mabel Jazmín, DNI
Nº 20.288.927, las funciones desempeñadas como Jefe de División Análisis y Registro, desde el 1.12.11 al 30.9.12 y del 25.10.12 al 8.12.15 y se le asignan a partir del 9.12.15 las funciones de Jefa de Departamento Gestión Administrativa, ambos de la Dirección de Salud Mental del Ministerio de Salud;
Que, asimismo, por los artículos 3º y 4º del Decreto Nº 4.615/15 M.S. se reconocen a la agente Diana Herrera, DNI Nº 13.353.808, las funciones de Jefe de Departamento Gestión Administrativa de la Dirección de Salud Mental del Ministerio de Salud a partir del 20.11.12 al 9.12.15 y se le asignan las mencionadas funciones a partir del 20.11.12 y hasta tanto se desempeñe en las mismas;

Riguardo a questa edizione

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 6/1/2017

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaeseArgentina

Data06/01/2017

Conteggio pagine32

Numero di edizioni4800

Prima edizione01/12/2003

Ultima edizione01/08/2024

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