Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 8/3/2013

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Nº 25.176 - 044/13

PARANA, viernes 8 de marzo de 2013

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
VICEGOBERNADOR DE LA PROVINCIA
Ministerio de Gobierno y Justicia Ministerio de Educación, Deportes y Prevención de Adicciones Ministerio de Cultura y Comunicación Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas Ministerio de Desarrollo Social Ministerio de Salud Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios Ministerio de Producción Ministerio de Turismo Ministerio de Trabajo Secretaría Gral. y de Relaciones Institucionales de la Gobernación
SECCION ADMINISTRATIVA
MINISTERIO DE EDUCACION, DEPORTES Y PREVENCION DE
ADICCIONES
DECRETO Nº 169 MEDyPA
Paraná, 7 de febrero de 2013
Disponiendo la renovación de los contratos de locación de servicios del personal dependiente de la Jurisdicción 55-Ministerio de Educación, Deportes y Prevención de Adicciones, por el término de 1 año, a partir del 2 de enero y hasta el 31 de diciembre del año 2013, según el detalle que como anexo pasa a formar parte del presente y en los mismos términos pactados oportunamente.
ANEXO
Secretaría de Lucha Contra las Adicciones Nuñez Juan José, DNI 17.962.867, Legajo 182.775;
Fercher Verónica Analía, DNI 29.855.963, Legajo 182.773;
Rodríguez Griselda Ernestina, DNI
12.499.628, Legajo 182.774;
Cymbalista Pablo Ezequiel, DNI 31.440,435, Legajo 182.200.
DECRETO Nº 172 MEDyPA
DESESTIMANDO RECURSO
Paraná, 7 de febrero de 2013
VISTO:
El recurso de apelación jerárquica interpuesto por la señora Cecilia Graciela Uhrich con patrocinio letrado de la abogada María Elena Ramos, contra la Resolución N 2649 CGE de fecha 26 de julio de 2011; y CONSIDERANDO:
Que por la citada norma legal se resuelve
EDICION: 170 Págs. - $ 2,50

D. Sergio Daniel Urribarri D. José Orlando Cáceres Cr. D. Adán Humberto Bahl Dr. D. José Eduardo Lauritto D. Pedro Baez Cr. D. Diego Enrique Valiero D. Carlos Gustavo Ramos Dr. D. Hugo Ramón Cettour Ing. D. Juan Javier García Cr. D. Roberto Emilio Schunk D. Hugo José María Marsó Dr. D. Guillermo Smaldone Dra. Da. Sigrid Elisabeth Kunath
desestimar el recurso de apelación jerárquica interpuesto por la señora Cecilia Graciela Uhrich contra el dictamen de Jurado de Concursos, emitido en el Expte. 1188037 y notificado a la docente en fecha 26 de abril de 2011;
Que ha tomado intervención Fiscalía de Estado de la Provincia de Entre Ríos emitiendo el dictamen Nº 0401/12, en el que señala que dentro del aspecto formal corresponde mencionar que las decisiones de los entes como el Consejo General de Educación pueden ser recurridas por esta vía ante el Poder Ejecutivo -artículo 60 segundo apartado de la Ley N
7060- quien ejerce control de legitimidad o tutela sobre sus actos definitivos;
Que asimismo manifiesta que corresponde señalar que el acto cuestionado fue notificado a la recurrente en fecha 11 de agosto de 2011
y el recurso en tratamiento fue articulado en fecha 24 de agosto de 2011 por lo que el mismo ha sido deducido en legal tiempo y forma según las previsiones contenidas en la ley de rito local;
Que las presentes actuaciones se inician con la impugnación y recurso de revocatoria articulado por la señora Uhrich respecto del concurso para cubrir cargo de Rector/a de la Escuela de Educación Técnica N 68 Facundo Arce de la ciudad de Seguí, Departamento Paraná, carácter SVC, 2 categoría, turno rotativo, realizado en fecha 15 de febrero de 2011;
Que se incorpora a las presentes acta de adjudicación por la que se adjudicó el cargo al señor Cesar Borgetto y se estableció además el siguiente orden de mérito a saber: 02 Ernesto Kauffman - 03 Irma Alonso - 04 Omar Heck;
Que en fecha 22 de marzo de 2011 Jurado de Concursos rechaza la impugnación articulada señalando Que el Decreto 1830/08 en el artículo 2 establece que es requisito para acceder a los cargos de conducción directivo en
instituciones de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario los títulos docentes según el siguiente orden de prioridad: - 1
Título docente específico de la modalidad de Educación Técnico Profesional - 2 Título docente de cualquier asignatura con acreditación de por lo menos de cinco años de desempeño en instituciones de Educación Técnica;
Que asimismo Jurado de Concursos continúa expresando que la Circular Nº 01/08
D.E.P.T. aclara en el inciso d que los cargos de conducción directiva en instituciones de educación técnica profesional es con referencia a cargos de Rector y Vicerrector Que la Prof. Uhrich no posee título específico para la modalidad Educación Técnica Profesional. Que el cargo de Secretaria que ostenta la docente Uhrich Cecilia Graciela no es un cargo de conducción que se encuadra en el artículo 3 del Decreto 1830/08. Que el profesor Borgetto Cesar cumple con el requisito de título docente específico de la modalidad de Educación Técnico Profesional;
Que contra dicho dictamen se articula el recurso de apelación jerárquica, presentado por la docente Uhrich, el cual es ratificado por Jurado de Concursos en fecha 11 de febrero de 2009;
Que el Departamento Asuntos Legales del Consejo General de Educación emite dictamen en el mismo sentido que lo expresado por el jurado de concursos agregando además que:
en casos de igual tenor se ha procedido con un criterio unánime sobre la importancia de la especificidad de los títulos, para el desempeño de cargos directivos en instituciones dependientes de la DETP. En virtud de ello se dicta la Resolución Nº 2649/11 CGE que desestima el remedio articulado, acto contra el cual se agravia la recurrente incoando el presente recurso de apelación jerárquica;
Que toma nueva intervención el Departamento Asuntos Legales del Consejo General de

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Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 8/3/2013

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaeseArgentina

Data08/03/2013

Conteggio pagine18

Numero di edizioni4782

Prima edizione01/12/2003

Ultima edizione05/07/2024

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