Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 31/10/2019

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 31 de Octubre de 2019

BOLETIN OFICIAL N 5821

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Nota: La versión completa de la presente Resolución se puede consultar en la página web del EPRE www.eprern.gov.ar o en la sede central del EPRE
9 de julio 174 de Cipolletti, Río Negro.
Ing. Néstor Pérez, Presidente del Directorio del EPRE.

Nota: La versión completa de la presente Resolución se puede consultar en la página web del EPRE www.eprern.gov.ar o en la sede central del EPRE
9 de julio 174 de Cipolletti, Río Negro.
Ing. Néstor Pérez, Presidente del Directorio del EPRE.oOo
Resolución EPRE Nº 114/19
Cipolletti, 28/03/2019
Visto: El expediente del Registro del Ente Provincial Regulador de la Electricidad de Río Negro Nº 29022/19 caratulado Reajuste del Valor de la Energía Período Marzo 2019 - Febrero 2020 para la Distribuidora EdERSA, y; Considerando
El Directorio del Ente Provincial Regulador de la Electricidad RESUELVE
Artículo 1º: Determinar como coeficiente de variación de la Tarifa T1G media suministro monofásico en un valor de 27,2173 a los fines de la valorización y cálculo de las multas de Servicio y Producto Técnico que sean de aplicación a la Distribuidora Empresa de Energía Río Negro S.A. EDERSA
con vigencia para el período Marzo 2019 - Febrero 2020.
Art. 2: Regístrese, notifíquese a la Distribuidora EdERSA, publíquese en la página web del EPRE y en el Boletín Oficial. Cumplida la notificación a la Distribuidora EdERSA, vuelvan las actuaciones al Área Técnica a los fines que correspondan.
Nota: La versión completa de la presente Resolución se puede consultar en la página web del EPRE www.eprern.gov.ar o en la sede central del EPRE
9 de julio 174 de Cipolletti, Río Negro.
Ing. Néstor Pérez, Presidente del Directorio del EPRE.

SPRN
Servicio Penitenciario Provincial Resolución Nº 05 JDSP
ACTA Nº 03/19 JD
Viedma, 30 de Septiembre de 2019.Visto; el Expediente Nº 14.182-MSyJ-2014, caratulado: S/Agente Penit.
Flores Gustavo Ariel Legajo Personal 28.228/6, S/Presunta Infracción Reglamento de Disciplina Ley 4.283 Establecimiento de Ejecución Penal N 2 de Gral. Roca del registro del Ministerio de Seguridad y Justicia, Ley Orgánica Nº 5.185, Decreto Reglamentario Nº 1.915/18 y;
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo se instruye Sumario Administrativo por una presunta infracción al Reglamento de Disciplina Ley S N.º 4.283, Articulo 80º inciso b a fin de investigar un supuesto abandono de servicio por parte del Agente Penitenciario Flores Gustavo Ariel Legajo Personal 28.228/6;
Que las presentes actuaciones se originan en virtud a las inasistencias ininterrumpidas a su lugar de trabajo, Establecimiento de Ejecución Penal Nº 2 de la ciudad de General Roca, por parte del Agente Penitenciario Flores Gustavo Ariel, desde el día 26 de Septiembre de 2.014 a la fecha;
Que a fojas 02 obra Oficio N 309 DRH-SA de fecha 17 de Noviembre de 2.014, proveniente del Establecimiento de Ejecución Penal N 2 de la ciudad de General Roca, mediante el cual se informa a la Dirección General del Servicio Penitenciario, que el Agente Penitenciario Flores Gustavo Ariel Legajo Personal 28.228/6, inasiste al servicio desde fecha 26 de Septiembre de 2.014 por Razones de Salud, sin justificar y sin reintegrarse a la fecha antes mencionada, no pudiendo ser habido en el último domicilio declarado, por lo que se solicita la retención de haberes del mismo hasta que pueda ser notificado y clarifique su situación;
Que a foja 03/04 obra Parte Diario de Asistencia del Área de Recursos Humanos del Servicio Penitenciario Provincial de fecha 01 de Diciembre de 2.014 que da cuenta que el Agente Flores continua inasistiendo;
Que a fojas 05 se agregó certificación laboral del agente en cumplimiento de lo estipulado por el Artículo 73º, Apartado 1º, del Decreto Nº 77/11 donde consta el domicilio denunciado del agente en cuestión sito en Villegas 4012
del Barrio Belgrano de la ciudad de General Roca;
Que a fojas 07/08 obra carta documento por la cual se intimó al agente a reintegrarse y presentar justificación de inasistencias bajo apercibimiento de quedar configurado el abandono de servicio conforme al Artículo 80º inciso b de laLey S Nº 4283. De la misma surge que se dejó aviso de visita por ausencia;
Que el Director General del Servicio Penitenciario Provincial, ante la imposibilidad de notificar al agente, ordena la publicación de Edictos en el Boletín Oficial N 5320 y 5321 de fechas 15 y 19 de enero de 2.015, a los fines de intimar al Agente Penitenciario Flores Gustavo Ariel a reintegrarse y presentar justificativo de sus inasistencias en el plazo de 48 horass, de conformidad a lo estatuido en la Ley S Nº 4.283, a fojas 09/12;
Que a fojas 14/15 la Asesoría Legal del Ministerio de Seguridad y Justicia, mediante Dictamen Nº 18/15 A.L. DGSPP, considera que se deben remitir las presentes actuaciones a la Junta de Disciplina del Servicio Penitenciario, entendiendo que se encontraría configurada la causa del abandono de servicio conforme surge del artículo 80º, inciso b de la Ley S Nº 4.283;
Que mediante Resolución Nº 84/16 JDSP, la Junta de Disciplina en fecha 15 de abril de 2.016, ordena la instrucción de sumario administrativo, a los efectos de deslindar responsabilidades en relación a las inasistencias ininterrumpidas por el agente penitenciario Flores Gustavo Ariel, en los términos del Articulo 80 inciso b de la Ley S Nº 4.283, reglamentado por Decreto Nº 77/11, designando en calidad de instructora sumariante a la Agente Llamila Digregorio, fojas 22/24;
Que a fojas 27 obra Informe Nº 520 SPP de fecha 07 de julio de 2.016
proveniente del Establecimiento de Ejecución Penal Nº 2 de Gral. Roca, mediante el cual se informa al Presidente de la Junta de Disciplina del Servicio Penitenciario que el agente Flores Gustavo Ariel, no pudo ser notificado de la Resolución antes mencionada por no ser habido en el último domicilio declarado;
Que a fojas 32/38 obra Providencia de Imputación de Cargos N 12 JD, de fecha 22 de Junio de 2016, de conformidad al apartado 10 del Decreto N77/11, donde la falta que se le atribuye al agente es la estipulada en el Articulo 80 b de la Ley S Nº 4283 por abandono de servicio, sin lograr notificar al empleado;

Resolución EPRE Nº 147/19
Cipolletti, 30/04/2018
Visto: El expediente del Registro del Ente Provincial Regulador de la Electricidad de Río Negro Nº 28374/18, caratulado Reconocimiento Tarifario Por Variación Del Costo Laboral 2018 - Distribuidora EDERSA, y; Considerando
El Directorio del Ente Provincial Regulador de la Electricidad RESUELVE
Artículo 1º: Hágase lugar a la solicitud de la Distribuidora EdERSA de reconocimiento tarifario de los mayores costos laborales correspondientes a los meses de Diciembre 2018, Enero y Febrero 2019, con fundamento en la facultad reconocida a este Ente Regulador en el Art. 51 de la Ley J N
2.902 y Art. 6 de la Ley Nacional N 23.546.
Art. 2: Atento a lo resuelto en el artículo anterior, déjense sin efecto los valores de Costo de Distribución y Costo de Gestión Comercial aprobados por Resolución EPRE Nº 19/19, los que serán reemplazados por los nuevos valores que forman parte del Anexo I de la presente resolución, entrando en vigencia a partir de las cero horas del 1 de Marzo de 2019.
Art. 3: Téngase por incorporado el Anexo I que forma parte integrante de esta Resolución y que comprende los nuevos valores de Costo de Distribución y Costo de Gestión Comercial aprobados por Art. 2 que antecede y que reconocen los mayores costos laborales Diciembre 2018, Enero y Febrero 2019, de la Distribuidora EdERSA.
Art. 4: El reconocimiento de los mayores costos laborales dispuesto por Arts. 1 y 2 de la presente, tendrá carácter provisorio, ad referéndum de las resoluciones que oportunamente dicte el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación en cada caso. Si las actas acuerdos no fueran homologadas, o en su caso, lo fueran con distinto alcance del previsto en las mismas, este Organismo procederá de conformidad con lo estipulado en el Art. 50 de la Ley J N 2.902.
Art. 5: Requiérase a la Distribuidora EdERSA que presente ante este Ente, dentro del plazo ciento veinte 120 días corridos contados a partir de la fecha de notificación de la presente, copia de las resoluciones homologatorias emitidas por el Ministerio de Producción y Trabajo de la Nación respecto de las actas acuerdos sobre las que versa la presente, bajo apercibimiento de configurarse por el sólo vencimiento del plazo - un incumplimiento al Art. 25 inc. w y x del Contrato de Concesión, con fundamento en el Numeral 6.3 del Subanexo 3 del referido Contrato.
Art. 6.- Regístrese y previo cumplimiento de lo dispuesto en el Art. 12
de la Ley K N 88, notifíquese a la Distribuidora EdERSA y publíquese en la página web del EPRE y en el Boletín Oficial. Cumplida la notificación a la Distribuidora, remítanse las actuaciones al Área técnica para el control del cumplimiento de lo dispuesto en los Arts 1, 2, 4 y 5.-

Firmado Digitalmente por PAULINA BELEN OJEDA FERNANDEZ - Su validación se efectúa en http rionegro.gov.ar/download/boletin/5821.pdf

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 31/10/2019

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaeseArgentina

Data31/10/2019

Conteggio pagine72

Numero di edizioni1919

Prima edizione03/01/2002

Ultima edizione11/07/2024

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