Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 31/10/2019

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

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BOLETIN OFICIAL N 5821

Art. 5: Instrúyase a EdERSA, CEARC y CEB a fines que en un plazo de antelación de 3 meses al vencimiento del Certificado RECS notifique fehacientemente al usuario de esta situación, garantizando asimismo los beneficios propios de la calidad de usuario electrodependiente hasta 6 meses posteriores al vencimiento del certificado RECS.Art. 6- Regístrese y notifíquese a las Distribuidoras EdERSA, CEB y CEARC, publíquese en la pagina web del EPRE y en el Boletín Oficial.Nota: La versión completa de la presente Resolución se puede consultar en la página web del EPRE www.eprern.gov.ar o en la sede central del EPRE
9 de julio 174 de Cipolletti, Río Negro.
Ing. Néstor Pérez, Presidente del Directorio del EPRE.
Resolución EPRE Nº 97/19
Cipolletti, 20/03/2019
Visto: El expediente del Registro del Ente Provincial Regulador de la Electricidad de Río Negro Nº 26630/18 caratulado 4 Revisión Tarifaria De Distribuidora CEB 2019 - 2023, y; Considerando
El Directorio del Ente Provincial Regulador de la Electricidad RESUELVE
Artículo 1º: Disponer como reconocimiento tarifario provisorio en el marco de la 4 Revisión Tarifaria Ordinaria de la Distribuidora Cooperativa de Electricidad Bariloche Ltda CEB, con vigencia al trimestre Febrero 2019 Abril 2019, una actualización de los costos salariales y precios de los insumos y servicios incorporados en la matriz de costos del modelo de empresa eficiente que formara parte del estudio de la anterior Revisión Tarifaria aprobada por Resolución EPRE N 440/14 y modif.
Art. 2: Atento a lo resuelto en el artículo anterior, déjense sin efecto los valores de Costo de Distribución y Costo de Gestión Comercial actualmente vigentes, los que serán reemplazados por los nuevos valores que forman parte del Anexo único de la presente resolución, entrando en vigencia a partir de las cero horas del 01 de Febrero de 2019.
Art. 3: Téngase por incorporado el Anexo I que forma parte integrante de esta Resolución, con los nuevos valores de VAD CD y CGC de carácter provisorios.
Art. 4: Regístrese y previo cumplimiento de lo dispuesto en el Art. 12
de la Ley K N 88, notifíquese a la Distribuidora CEB y publíquese en la página web del EPRE y en el Boletín Oficial.Nota: La versión completa de la presente Resolución se puede consultar en la página web del EPRE www.eprern.gov.ar o en la sede central del EPRE
9 de julio 174 de Cipolletti, Río Negro.
Ing. Néstor Pérez, Presidente del Directorio del EPRE.
Resolución EPRE Nº 98/19
Cipolletti, 20/03/2019
Visto: El expediente del Registro del Ente Provincial Regulador de la Electricidad de Río Negro Nº 28077/18 caratulado Reconocimiento Tarifario por Variación del Costo Laboral 2018 Distribuidora CEB y; Considerando
El Directorio del Ente Provincial Regulador de la Electricidad RESUELVE
Artículo 1º: Téngase por presentado en tiempo y forma el recurso de revocatoria interpuesto por la Distribuidora CEB contra la Resolución EPRE
N 280/18 y 318/18, declarándose el mismo formalmente admisible.
Art. 2: Rechácese el recurso de revocatoria interpuesto por la Distribuidora CEB contra la Resolución EPRE N 280/18 y 318/18 con fundamento en las consideraciones legales y técnicas que forman parte de la presente resolución y sus antecedentes.
Art. 3: Hágase lugar parcialmente a la solicitud de la Distribuidora CEB
de reconocimiento tarifario de los mayores costos laborales originados en la suscripción de las Actas Acuerdo entre ésta representada por FACE y las asociaciones sindicales de la actividad eléctrica FATLyF, APUAYE y APJAE
correspondientes al mes de Agosto del año 2018, con fundamento en la facultad reconocida a este Ente Regulador en el Art. 51 de la Ley J N 2.902
y Art. 6 de la Ley Nacional N 23.546.
Art. 4: Atento a lo resuelto en el artículo anterior, déjense sin efecto los valores de Costo de Distribución y Costo de Gestión Comercial aprobados por Resolución EPRE Nº 280/18 modif. Res. EPRE N 318/18, los que serán reemplazados por los nuevos valores que forman parte del Anexo I de la presente resolución, entrando en vigencia a partir de las cero horas del 1
de Noviembre de 2018. Estos nuevos valores de VAD comprenden el reconocimiento de un Costo Laboral Anual Total al mes de Agosto de 2018
por un valor de Pesos Ciento Setenta y Seis Millones Seiscientos Noventa Mil Doscientos $/año 176.690.200.

Viedma, 31 de Octubre de 2019

Art. 5: Téngase por incorporado el Anexo I que forma parte integrante de esta Resolución y que comprende los nuevos valores de Costo de Distribución y Costo de Gestión Comercial aprobados por Art. 4 que antecede y que reconocen los mayores costos laborales 2018 a favor de la Distribuidora CEB.
Art. 6: El reconocimiento de los mayores costos laborales dispuesto por Arts. 3 y 4 de la presente, tendrá carácter provisorio, ad referéndum de las resoluciones homologatorias que oportunamente dicte el Ministerio de Producción y Trabajo de la Nación en cada caso. Si las actas acuerdos no fueran homologadas, o en su caso, lo fueran con distinto alcance del previsto en las mismas, este organismo procederá de conformidad con lo estipulado en el Art. 50 de la Ley J N 2.902.
Art. 7: Requiérase a la Distribuidora CEB que presente ante este Ente, dentro del plazo ciento veinte 120 días hábiles contados a partir de la fecha de notificación de la presente, copia de las resoluciones homologatorias emitidas por el Ministerio de Producción y Trabajo de la Nación respecto de las actas acuerdos sobre las que versa la presente, bajo apercibimiento de configurarse por el sólo vencimiento del plazo - un incumplimiento al Art.
16 inc. t, u y v de la Resolución EPRE N 94/98.
Art. 8.- Regístrese y previo cumplimiento de lo dispuesto en el Art. 12
de la Ley K N 88, notifíquese a la Distribuidora CEB y publíquese en la página web del EPRE y en el Boletín Oficial. Cumplida la notificación a la Distribuidora, remítanse las actuaciones al Área Técnica para el control del cumplimiento de lo dispuesto en los Arts 3, 4, 6 y 7.Nota: La versión completa de la presente Resolución se puede consultar en la página web del EPRE www.eprern.gov.ar o en la sede central del EPRE
9 de julio 174 de Cipolletti, Río Negro.
Ing. Néstor Pérez, Presidente del Directorio del EPRE.
Resolución EPRE Nº 99/19
Cipolletti, 20/03/2019
Visto: El expediente del Registro del Ente Provincial Regulador de la Electricidad de Río Negro Nº 28915/19, caratulado Solicitud de Reconocimiento Tarifario por Mayores Costos Laborales 2018 Distribuidora CEARC, y; Considerando
El Directorio del Ente Provincial Regulador de la Electricidad RESUELVE
Artículo 1º: Hágase lugar a la solicitud de la Distribuidora CEARC de reconocimiento tarifario de los mayores costos laborales correspondientes al año 2018, con fundamento en la facultad reconocida a este Ente Regulador en el Art. 51 de la Ley J N 2.902 y Art. 6 de la Ley Nacional N 23.546.
Art. 2: Atento a lo resuelto en el artículo anterior, déjense sin efecto los valores de Costo de Distribución y Costo de Gestión Comercial aprobados por Resolución EPRE Nº 279/18, los que serán reemplazados por los nuevos valores que forman parte del Anexo I de la presente resolución, entrando en vigencia a partir de la cero hora del 1 de Febrero de 2019.
Art. 3: Téngase por incorporado el Anexo I que forma parte integrante de esta Resolución y que comprende los nuevos valores de Costo de Distribución y Costo de Gestión Comercial aprobados por Art. 2 que antecede y que reconocen los mayores costos laborales 2018 a favor de la Distribuidora CEARC.
Art. 4: El reconocimiento de los mayores costos laborales dispuesto por Arts. 1 y 2 de la presente, tendrá carácter provisorio, ad referéndum de las resoluciones que oportunamente dicte el Ministerio de Producción y Trabajo de la Nación respecto de las cinco 5 Actas Acuerdo restantes. Si las actas acuerdos no fueran homologadas, o en su caso, lo fueran con distinto alcance del previsto en las mismas, este Organismo procederá de conformidad con lo estipulado en el Art. 50 de la Ley J N 2.902. Los estudios de números de usuarios, costos e ingresos, conforme artículos 49 y 50 Bis de la Ley Provincial N 2.902, serán realizados y analizados en una etapa posterior, en razón de la necesidad de llevar adelante un estudio completo de costos e ingresos desde el inicio del quinquenio.
Art. 5: Requiérase a la Distribuidora CEARC que presente ante este Ente, dentro del plazo ciento veinte 120 días corridos contados a partir de la fecha de notificación de la presente, copia de las resoluciones homologatorias emitidas por el actual Ministerio de Producción y Trabajo de la Nación respecto de las Actas Acuerdos sobre las que versa la presente, bajo apercibimiento de configurarse por el sólo vencimiento del plazo incumplimiento al Art. 16 inc. m y x del Decreto N 336/14.
Art. 6.- Regístrese y previo cumplimiento de lo dispuesto en el Art.
12 de la Ley K N 88, notifíquese a la Distribuidora CEARC y publíquese en la página web del EPRE y en el Boletín Oficial. Cumplida la notificación a la Distribuidora, remítanse las actuaciones al Área técnica para el control del cumplimiento de lo dispuesto en los Arts 1, 2, 4 y 5.-

Firmado Digitalmente por PAULINA BELEN OJEDA FERNANDEZ - Su validación se efectúa en http rionegro.gov.ar/download/boletin/5821.pdf

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 31/10/2019

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaeseArgentina

Data31/10/2019

Conteggio pagine72

Numero di edizioni1925

Prima edizione03/01/2002

Ultima edizione01/08/2024

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