Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 10/03/2006

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

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BOLETIN OFICIAL N 4393

Viedma, 13 de Marzo del 2006

DECRETO Nº 1875
Viedma, 30 de diciembre de 2005.Visto,el expediente N 091666-G-2005 del registro del Ministerio de Gobierno, las Leyes N 1.340, N 2.541, el Decreto N 377/93, y;
CONSIDERANDO:
Que por el mismo el Notario Demián ASUAD solicita se le otorgue la titularidad de un Registro de Contratos Públicos con asiento en la Ciudad de San Carlos de Bariloche;
Que se encuentran cumplimentados todos los requisitos que establece el Decreto N 377/93;
Que corresponde proceder a la creación del Registro respectivo y otorgar su titularidad;
Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, Asesoría Legal y Fiscalía de Estado mediante Vista N 102350;
Que el presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 181 Inciso 3 de la Constitución Provincial;
Por ello:
El Gobernador de la Provincia de Río Negro D E C R E T A:
Artículo 1.- Crear el Registro Notarial N 137 con asiento en la Ciudad de San Carlos de Bariloche, Provincia de Río Negro.Art. 2.- Designar Notario Titular del Registro de Contratos Públicos N 137, con asiento en la Ciudad de San Carlos de Bariloche, al Escribano Demián ASUAD
D.N.I. N 26.933.477.Art. 3.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro de Gobierno.Art. 4.- Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al Boletín Oficial y archivar.SAIZ.- P. I. Lázzeri.oOo
Art. 2.- Autorizar al Consejo Provincial de la Función Pública y Reconversión del Estado a designar dos 2 Coordinadores Generales, uno 1 en representación del Poder Ejecutivo Provincial, y 1 uno en representación de la unión Personal Civil de la Nación.
Art. 3.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Gobierno.
Art. 4.- Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al Boletín Oficial y archivar.SAIZ.- P. I. Lázzeri.

DECRETO Nº 1883
Viedma, 30 de diciembre de 2005.Visto, el expediente N 56356-DGA-CPFP-02, del registro del Ex Ministerio de Coordinación, los Decretos N 449/02, N 243/04; y, CONSIDERANDO:
Que el Decrcto N 449/02 ratifica el Convenio suscripto entre el Consejo Provincial de la Función Pública y Reconversión del Estado, la Secretaría de Estado de Salud y la Unión Personal Civil de la Nación UPCNSeccional Río Negropara desarrollar el Programa de formación Superior de Enfermería RedFEnSur;
Que el Decreto N 243/04 valida el modelo organizacional y de gestión desarrollado en la formación de enfermeras a través del Convenio ratificado por el Decreto N 449/02 que crea la RedFEnSur, y extiende sus alcances a otras propuestas educativas que favorecen el desarrollo, fortalecimiento, formación y capacitación de otros grupos de empleados públicos. Asimismo ratifica los principios rectores, enfoques metodológicos, lineamientos de gestión administrativa y organizacional planteados en el marco del Convenio ratificado, y modifica los alcances de la sigla RedFEnSur que pasa a significar Red de Formación en el Sur RedfenSur;
Que el programa está enmarcado en los lineamientos de la educación permanente, siendo coherente con los principios de la Ley N 3.052 y la política de capacitación que se implementa en el Consejo Provincial de la Función Pública y Reconversión del Estado en pos de la profesionalización de los empleados públicos, tal como lo plantea el Estatuto-Escalafón aprobado por la Ley N 3.487;
Que resulta necesario aprobar la estructura organizativa de la RedFenSur, y fijada mediante el Decreto N 243/04.
Que asimismo es atendible aprobar las misiones y funciones descriptas para la estructura organizativa señalada;
Que se autoriza al Consejo Provincial de la Función Pública y Reconversión del listado a designar dos 2 Coordinadores Generales, uno 1 en representación del Poder Ejecutivo Provincial, y uno 1 en representación de la Unión Personal Civil de la Nación.
Que la necesidad surge del importante crecimiento que ha presentado la Red en el último tiempo y en la firma de Convenios con diversas Universidades Nacionales para el desarrollo de Maestrías en la Región:
Que han tomado intervención los organismos de control, Secretaría Ejecutiva del Consejo Provincial de la Función Pública y Reconversión del Estado, Secretaría Legal, Técnica y de Asuntos Legislativos y la Fiscalía de Estado mediante Vista N 100.771;
Que el presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 181, inciso 1 de la Constitución Provincial;
Por ello:
El Gobernador de la Provincia de Río Negro D E C R E T A:
Artículo 1.- Aprobar la estructura organizativa de la Red de Formación en el Sur RedFenSur, y las misiones y funciones detalladas en el Anexo I que forma parte integrante del presente decreto.

A partir de esta definición se establecieron las misiones y funciones de cada uno de los espacios de organización:
a Sede Definidora de Políticas y Estrategias: Se trata de las autoridades Gubernamentales y del gremio mayoritarios que integran el Consejo Provincial de la Función Pública y Reconversión del Estado con la participación de diferentes Ministerios según el programa que se defina implementar. Son quienes definen las Políticas macro y las estrategias necesarias para favorecer el desarrollo de diferentes grupos de agentes públicos que requieren redefinir y/o actualizar su perfil laboral a fin de prestar un servicio público de calidad a la comunidad en la que se desenvuelven.
b Equipo de Producción y Coordinación General: Representantes Gubernamentales y Gremiales estables, al que se integran Grupos de Profesionales de distintas ciencias expertos en la temática a desarrollar en cada Curso y/o Carrera y de las Ciencias de la Educación, El Grupo se constituye a los fines de ejercer la tarea de armonización, cohesión, creación y elaboración de los lineamientos básicos y centrales de cada curso o carrera a desarrollarse en la RedFenSur y definido mediantes convenios marco en la Sede definidora de políticas y estrategias.
c Sede de Coordinación Administrativa e Interinstitucional SCAI: en Viedma, será la responsable legal de los procesos que se implementen en la RedFenSur por tanto será la encargada de establecer los contactos interinstitucionales y de organizar la estructura administrativa, necesaria para el gerenciamiento de la RedFenSur. Tendrá a su cargo la centralización de la información académica administrativa de las carrera y Cursos que se implementen, para posteriormente elevar a las Instituciones intervinientes en cada caso.
d Sede de Coordinación Académica SCA con residencia en la entidad emisora de los títulos y se integrará a la Red según los convenios que se establezcan en cada caso particular, según los cursos y carreras que se decidan implementar.
e SubSedes de Encuentros Tutoriales SSET: constituirán espacios institucionales de asistencia académica del alumno trabajador. Estas se ubicarán en aquellas localidades donde se encuentren un número determinado de alumnos, conformando un centro educacional destinado a proveer asistencia administrativa y académica a todos los inscriptos de la región. Allí se realizarán los encuentros presenciales y el seguimiento de los circuitos administrativos que exige el programa en su relación con la SCA y la SCAI. El número de encuentros en estas sedes puede presentar variaciones de acuerdo al número de inscriptos regionales y a la accesibilidad de los participantes, tanto del grupo docente como de alumnos y de los requerimientos académicos de cada curso o carrera implementada. En cada SSET y si el curso o carrera lo requiere, se conformará una mínima estructura académico-administrativa en la que los alumnos contarán con la presencia de un cotutor, el que será el primer responsable de guiarlos, adquiriendo así, el proceso de enseñanza aprendizaje la dimensión humana que la distingue y caracteriza. Por otra parte según el número
ANEXO I

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 10/03/2006

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaeseArgentina

Data10/03/2006

Conteggio pagine50

Numero di edizioni1920

Prima edizione03/01/2002

Ultima edizione15/07/2024

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